Definiciones Acto Jurídico Flashcards

1
Q

Hecho Jurídico

A

Todo suceso o acontecimiento generado por la naturaleza o por la acción del hombre.

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Q

Acto Jurídico (Vial)

A

Manifestación de la voluntad hecha con el propósito de crear, modificar y extinguir derechos y que produce los efectos queridos por el autor o las partes, ya que el derecho sanciona dicha manifestación de la voluntad.

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3
Q

Art. 1444

A

Se distinguen en cada contrato las cosas que son de su esencia, las que son de su naturaleza, y las puramente accidentales. Son de la esencia de un contrato aquellas sin las cuales no produce efecto alguno, o degenera en otro contrato diferente; son de la naturaleza de un contrato, las que, no siendo esenciales en él, se entienden pertenecerle, sin necesidad de una cláusula especial; son accidentales a un contrato aquellas que no esencial ni naturalmente le pertenecen, y que se le agregan por medio de cláusulas especiales.

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4
Q

Voluntad

A

(Boetsch) El libre querer interno de hacer o no hacer alguna cosa.

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5
Q

Oferta

A

(Boetsch) Acto jurídico unilateral por cual una parte propone a otra celebrar una convención determinada.

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6
Q

Aceptación

A

(Boetsch) Acto jurídico unilateral por el cual el destinatario de una oferta manifiesta su total conformidad con ésta.

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7
Q

Error

A

(Boetsch) Falsa representación de la realidad, esto es, la disconformidad del pensamiento con la realidad.

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8
Q

Error de derecho

A

(Boetsch) Ignorancia o concepto equivoco que se tiene se una norma jurídica, en cuanto a su exigencia, alcance, inteligencia o permanencia en vigor.

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9
Q

Error esencial

A

(Art. 1453) El error de hecho vicia el consentimiento cuando recae sobre la especie de acto o contrato que se ejecuta o celebra, o sobre la identidad de la cosa especifica de que se trata.

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10
Q

Error sustancial

A

(Art 1454) El error de hecho vicia asimismo el consentimiento cuando la sustancia o calidad esencial del objeto sobre que versa el acto o contrato es diversa de lo que se cree.

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11
Q

Error en las cualidades accidentales

A

El error acerca de otra cualquiera calidad de la cosa no vicia el consentimiento de los que contratan, sino cuando esa calidad es el principal motivo de una de ellas para contratar, y este motivo ha sido conocido de la otra parte.

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12
Q

Error en las personas

A

(Art. 1455) El error acerca de la persona con que se tiene intención de contratar no vicia el consentimiento, salvo que la consideración de esta persona sea la causa principal del contrato.

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13
Q

Dolo

A

(Art. 44) Consiste en la intención positiva de inferir injuria a la persona o propiedad de otro.

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14
Q

Dolo como vicio

A

Maquinación fraudulenta destinada a que una persona preste su consentimiento para la celebración de un acto o contrato.

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15
Q

Fuerza

A

(Boetsch) Apremios físicos o morales que se ejercen sobre una persona destinados a que preste su consentimiento para la celebración de un acto jurídico.

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16
Q

Fuerza grave

A

(Art.1456) Cuando es capaz de producir una impresión fuerte en una persona de sano juicio tomando en cuenta su edad, sexo y condición.

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17
Q

Temor reverencial

A

(Art. 1456) El solo temor de desagradar a las personas a quienes se debe sumisión y respeto.

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18
Q

Lesión

A

(Boetsch) el perjuicio que experimenta una persona cuando ejecuta ciertos actos jurídicos, y que resulta de la desigualdad existente entre la ventaja obtenida y el sacrificio hecho para obtenerla.

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19
Q

Capacidad

A

(Boetsch) Aptitud para adquirir derechos y ejercitarlos.

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20
Q

Capacidad de goce

A

(Boetsch) Idoneidad o aptitud para adquirir, gozar y ser titular de un derecho.

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21
Q

Capacidad de ejercicio

A

(Art. 1445) La capacidad legal de una persona consiste en poderse obligar por sí misma, y sin el ministerio o la autorización de otra.

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22
Q

Objeto

A

(Art. 1460) Toda declaración de voluntad debe tener por objeto una o más cosas que se trata de dar, hacer o no hacer. El mero uso de la cosa o su tenencia puede ser objeto de la declaración.

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23
Q

Objeto ilícito

A

Aquel que versa sobre hechos prohibidos por leyes o contrarios a las buenas costumbres o al orden público.

24
Q

Enajenación en sentido amplio

A

Transferencia del dominio o la constitución de cualquier otro derecho real.

25
Q

Causa

A

(Art.1467) El motivo que induce al acto o contrato.

26
Q

Formalidades

A

(Boetsch) Ciertos requisitos que dicen relación con la forma o aspecto externo que deben revestir ciertos AJ, exigidos por ley para su existencia, validez, prueba u otro efecto determinado.

26
Q

Formalidades habilitantes

A

(Boetsch) Requisitos que la ley, velando por los intereses de los incapaces, exige para la validez o eficacia de ciertos actos jurídicos que los afectan y que tienden a integrar la voluntad de aquellos o el poder de sus representantes legales y, consecuentemente, a remover la incapacidad o la falta de poder.

26
Q

Solemnidades de existencia

A

(Boetsch) Requisitos externos que la ley exige para la celebración de ciertos actos jurídicos, pasando a ser esta el único medio a través del cual el autor o las partes que celebren el acto pueden manifestar su voluntad.

27
Q

Formalidades de prueba

A

(Boetsch) Formas que sirven como prueba de realización de los AJ y de su contenido.

27
Q

Efectos del AJ

A

Derechos y obligaciones que nacen de él.

28
Q

Efectos esenciales

A

Aquellos que determina la ley, y que se producen como obligada consecuencia de su celebración; de modo que las partes no pueden descartarlos ni sustraerse de ellos.

29
Q

Efectos naturales

A

Aquellos que, estando establecidos por la ley, pueden ser eliminados por las partes mediante una cláusula especial.

30
Q

Efectos accidentales

A

Aquellos que las partes, en virtud de la autonomía privada, pueden incorporar a los AJ.

31
Q

Partes

A

Personas, que personalmente o representadas, concurren a la formación de acto.

32
Q

Terceros relativos

A

Terceros que están o estarán en relaciones jurídicas con las partes, sea por propia voluntad o la de la ley.

33
Q

Ineficacia en sentido amplio

A

Acto jurídico no genera sus efectos propios o deja de producirlos por cualquier causa, sea esta intrínseca o inherente a la estructura del acto mismo, sea que dicha causa consista en un hecho extrínseco o ajeno a él.

34
Q

Inexistencia jurídica

A

Sanción que tienen los actos jurídicos celebrados con omisión de uno de los requisitos necesarios para su existencia en el mundo del derecho.

35
Q

Nulidad (doctrina)

A

Sanción legal establecida por la omisión de los requisitos y formalidades que se prescriben para el valor de un acto según su especie y la calidad o estado de las partes.

36
Q

Nulo

A

(Art. 1681) Es nulo todo acto o contrato a que falta alguno de los requisitos que la ley prescribe para el valor del mismo acto o contrato, según su especie y la calidad o estado de las partes.

37
Q

Nulidad absoluta

A

Sanción a todo acto o contrato a que falte alguno de los requisitos que la ley prescribe para el valor del acto o contrato, según su especie.

38
Q

Nulidad relativa

A

Sanción a todo acto o contrato a que falte alguno de los requisitos que la ley prescribe en atención a la calidad o estado de las partes.

39
Q

Ratificación tácita

A

(Art. 1695 Es la ejecución voluntaria de la obligación contratada.

40
Q

Acción reivindicatoria

A

(Art. 889) La reivindicación o la acción de dominio es la que tiene el dueño de una cosa singular, de que no está en posesión, para que el poseedor de ella sea condenado a restituirla.

41
Q

Conversión

A

Cuando un AJ inválido como tal se utiliza para producir los efectos de otro AJ cuyos requisitos esenciales reúne

42
Q

Suspensión

A

Cuando los efectos del AJ, para tener lugar, quedan subordinados a la ocurrencia de un hecho, y este todavía no se ha verificado.

43
Q

Resolución

A

situación de un AJ cuyos efectos pueden cesar y eliminarse la eficacia de los ya producidos, si sobreviene un hecho determinado o el acto de un sujeto cuya declaración de voluntad es capaz de provocar esas consecuencias.

44
Q

Revocación

A

Forma de hacer cesar un acto jurídico unilateral, mediante la declaración de voluntad del actor.

45
Q

Caducidad

A

Pérdida de la facultad de hacer valer un derecho, como consecuencia de la expiración de un plazo fatal.

46
Q

Retractación

A

Arrepentimiento del oferente a su propuesta

47
Q

Resciliación o mutuo disenso

A

Convención en que las partes interesadas, siendo capaces de disponer libremente de lo suyo, consienten en darla por nula.

48
Q

Inoponibilidad

A

Sanción legal que consiste en el impedimento de hacer valer, frente a ciertos terceros, un derecho nacido de un AJ válido o de uno nulo, revocado o resuelto.

49
Q

Representación

A

Institución jurídica en virtud de la cual los efectos del acto que celebra una persona que actúa a nombre o en lugar de otra, se radican en forma inmediata y directa en esta última, como si ella personalmente lo hubiera celebrado.

50
Q

Poder de representación

A

La autorización que tiene una persona para concertar negocios por cuenta de otra, obligando exclusiva y directamente al representado.

51
Q

Mandato

A

(Art. 2116) El mandato es un contrato en que una persona confía la gestión de uno o más negocios a la otra, que se hace cargo de ellos por cuenta y riesgo de la primera.

52
Q

Contemplatio domini

A

El representante ha de manifestar de un modo inequívoco si intención de obrar en nombre y por cuenta de otro, y que la persona que contrata con el representante, si el acto es bilateral, participe de esa intención.

53
Q

Estipulación a favor de otro

A

Estipulación mediante la cual una de las partes, el estipulante, se hace prometer de la otra, el promitente, una prestación a favor de un tercero, llamado beneficiario.