De la 1 a la 50 Flashcards
¿De un concepto de Derecho Constitucional?
Es una rama del derecho público; cuyo campo de estudio incluye el análisis de las leyes fundamentales que definen un Estado.; los derechos fundamentales de las personas. 2. La organización Básica del Estado. Y 3 las Garantías Constitucionales
¿Cuál es el objeto de la ciencia política?
El estudio del poder político y las diversas manifestaciones del poder que se dan en una sociedad. Trata de establecer las causas y condicionamientos del fenómeno del poder; y en este sentido determina el contenido del Derecho Constitucional.
¿Indique en qué siglo surgen las Constituciones?
Surgen en el siglo XVIII.
¿Indique cuál era el contenido de las primeras Constituciones?
Se integraban declaraciones de derechos de los ciudadanos como el primer gran capítulo; la organización de los poderes públicos que incluye la estructura fundamental del Estado y sus principios políticos básicos; como segundo gran capítulo.
¿Por qué se dice que las Constituciones llevan implícita el control de los gobernantes?
Los gobernantes deberán ordenas sus actos públicos a la Constitución; la cual no podrá ser modificada sino siguiendo los procedimientos solemnes; especiales y complicados definidos en la propia constitución.
De un concepto de Constitución.
Es un documento jurídico fundamental; proveniente del poder supremo y soberano de la Nación; que contiene la voluntad fundacional de una sociedad política global; su forma de organización; las reglas del juego que regirán las relaciones del poder político y la convivencia social; el fundamento axiológico de la organización política; implícito en los fines que contiene el conjunto de normas básicas en las cuales se basa el origen y validez de todo el ordenamiento jurídico de la sociedad política. Del latín cun (con) y statuere (establecer). Es la norma fundamental escrita o no; de un Estado soberano; establecida o aceptada para regirlo. La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado y de éstos con sus ciudadanos; estableciendo así las bases para su gobierno y organización de las instituciones en que tales poderes se asientan; además de garantizar al pueblo derechos y libertades.
¿Por qué se dice que la Constitución es la ley suprema?
Porque todas las normas contenidas en la Constitución pueden ser desarrolladas por otras normas y otras leyes; pero nunca pueden ser contrariadas o tergiversadas; es decir; que sobre la Constitución no existe otro disposición o ley superior a ella.
¿Por qué se dice que es un texto normativo supremo de una nación?
Ya que se le asigna la cima de la jerarquía de las normas jurídicas; presidiendo todo el sistema jurídico; además; determina la organización del poder del estado; sus organismos; forma de integración; sus competencias; así como los límites al ejercicio del poder; con lo que también confluyen profundos componentes políticos en su contenido. Es vinculante para todos.
9 ¿Por qué se dice que la Constitución es normadora de los principales principios de la vida política y social de una nación?
Es portadora de la realidad social para la que se ha trazado; sus costumbres; su religión; sus usos; etc.; al extremo que se habla de la Constitución real que es punto del orden social; de la práctica colectiva.
¿Por qué se dice que la Constitución tiene fuertes componentes axiológicos?
Porque precisa todo un orden de valores de convivencia; vinculando a ciudadanos y los poderes del Estado.
¿Cuál es la principal distinción cualitativa de la Constitución?
Que estructura e incorpora el sistema de valores esenciales que han de regir el orden de convivencia social y política de una nación; los que impregna a todo el ordenamiento jurídico.
¿Cómo caracterizan el texto constitucional las concepciones sociológicas?
Como constitutivo de la realidad social y de que debe existir la máxima coincidencia entre el texto constitucional y la realidad constitucional; pues aquella se ve hondamente condicionada por la realidad histórico-social.
¿Indique; además de las normas qué otras cosas integran la Constitución?
Principios y Valores.
¿Qué son los principios?
Son normas que ordenan que se realice algo en la mayor medida posible; en relación a las posibilidades jurídicas y fácticas. Son por consiguiente; mandatos de optimización.
¿Qué son los valores?
Se enuncia sin recurrir a la estructura sintáctica de una proposición o un juicio. Son conceptos axiológicos expresos; al modo de la justicia; la paz y la libertad. Se constituyen en los fines o los fundamentos sobre los que se estructura el orden integral de la sociedad; en lo jurídico; político; económico y cultural en general y por eso si bien su vigencia alcanza a todo el sistema jurídico; el contenido de los valores desborda el campo del derecho.
¿Indique qué función cumplen los valores?
Se constituyen en el núcleo básico ético-social; informador; orientador y legitimador último del ordenamiento jurídico; es decir; tienen por misión la de operar principalmente con una función crítica y orientadora de la producción jurídica; de modo que indican los fines fundamentales; por ende; permiten ir justipreciando el contenido apropiado o desacertado de las reglas jurídicas.
¿Indique qué función cumplen los principios?
Tienen una función finalista e informadora de todo o parte del sistema jurídico; lo más peculiar y propio de ellos como auténticas fuentes del derecho a los que pueden recurrir de manera directa los juristas al crear; interpretar o aplicar el derecho.
¿Indique qué tienen de común los valores; principios y reglas jurídicas?
Tienen la caracterización y cumplen una función normativa. Poseen siempre una imperatividad; en la medida que directa o indirectamente; son preceptivas de conductas. Las tres llevan implícito el enunciado o la exigencia de conductas que pueden ser obligatorias; prohibidas o permitidas.
¿Indique cómo se conforman los principios?
En una doble vía: por inducción; generalizando las disposiciones concretas de las leyes; y por deducción; partiendo de principios más generales como los valores; determinando su conformación a las normas concretas de la ley.
20 ¿En cuántas partes podemos dividir nuestra Constitución?
En tres grandes partes: la parte Dogmática; la parte Orgánica y la parte Práctica o prágmatica.