Constitucional de la 51 a la 301 Flashcards
el Resto de Constitucional
¿Qué es una constitución nominal?
Es una constitución jurídicamente válida; pero la dinámica político social no se adapta a sus normas. El traje le queda grande.
¿Qué es una constitución semántica?
Es la que los detentores fácticos del poder buscan justificar su gestión a través del texto constitucional. Un disfraz.
¿Qué es una constitución material?
Es el conjunto de reglas fundamentales que se aplican al ejercicio del poder estatal. Son aquellas normas escritas o no; pero referidas a la organización fundamental del Estado.
¿Qué es una constitución formal?
Aquí la constitución se define a partir de los órganos y procedimientos que intervienen en su adaptación; de ahí genera una de sus características principales: su supremacía sobre cualquier otra norma del ordenamiento jurídico. Las constituciones formales se refieren a un sistema de normas según la estructura del poder estatal.
¿Quién o quiénes tienen iniciativa para reformar la Constitución?
a) Presidente de la República en Consejo de Ministros; b) Diez o más diputados al Congreso de la República c) C.C. d) Pueblo por petición dirigida al Congreso de la República por no menos de 5;000 ciudadanos empadronados en el Registro de Ciudadanos. (art. 277).
¿Por qué medio se pueden reformar los artículos comprendidos del 3º al 46?
Sólo se puede hacer por una ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE; convocada por el Congreso de la República con el voto afirmativo de las dos terceras partes de diputados que lo integran. La convocatoria debe contener los artículos a reformar; comunicándose al Tribunal Supremo Electoral para fijar fecha de las elecciones de diputados (Art. 278 y 279).
¿Indique qué artículos no pueden ser reformados?
Los artículos 140; 141 Estado de Guatemala y forma de gobierno; 165 inciso g) facultad del Congreso de desconocer al Presidente de la República; si continúa ejerciendo el cargo habiendo vencido su período; 186 y 187 prohibición para optar al cargo de presidente y vicepresidente de la República y prohibición de reelección.
¿De un concepto de inviolabilidad de la Constitución?
Inviolabilidad; es imposibilidad jurídica de que la ley suprema sea desconocida; contravenida o reemplazada por otros poderes que no sean o provengan del poder constituyente o que no expresen la mayoría del pueblo.
¿Indique si dentro del texto Constitucional se regula el principio de inviolabilidad?
La Constitución Política de la República no desarrolla expresa y específicamente el principio de inviolabilidad constitucional; pero sí se infiere con claridad del principio de supremacía; además de los siguientes preceptos: Art. 135 puntualiza como derechos y deberes de los guatemaltecos… b) cumplir y velar; porque se cumpla la Constitución de la República… Los artículos 138 y 139 prevén las situaciones extraordinarias de anormalidad institucional (estado de prevención; estado de alarma; estado de sitio; estado de calamidad pública y estado de guerra); en que por vía jurídica; si pueden ser limitados los derechos constitucionales; pero no de hecho. El artículo 154 que regula a los funcionarios públicos con sujeción a la ley y jamás superiores a ella. El artículo 268 establece la Corte de Constitucionalidad con una función esencial de defensa del orden constitucional y la determinación de las garantías constitucionales; que son los medios procesales de defensa del orden supremo (amparo; exhibición personal; inconstitucionalidad de leyes).
¿Cuáles son las connotaciones de la palabra Estado?
Estado como término designador del conjunto de instituciones gubernamentales de una nación. Es un margen conceptual estrecho o restringido que hace alusión a los depositarios del poder público. Estado asimilado a instituciones que hacen gobierno; por lo que a esta dirección se le conoce como estado-gobierno.
Qué es la autarquía?
La capacidad de un pueblo para bastarse a sí mismo y realizar sus fines sin injerencia; ayuda o cooperación de poderes extraños AUTOSUFICIENCIA.
¿Qué es el imperium?
Significaba mando; fuerza de dominación del imperio romano; término a la medida del carácter de pueblo conquistador.
¿Qué significaba soberanía en la edad media?
Hegemonía; supremacía del poder temporal estatal personificado en el Rey; frente al poder espiritual del papado.
¿Cuáles son los elementos de un poder democrático?
1) Elecciones por sufragio universal; 2)la división de poderes; 3)una jerarquía de normas jurídicas presididas por la Constitución;.
¿Cómo se concibe a la Soberanía?
Poder supremo; poder del que provienen todos los demás poderes constituidos; poder formado por la suma de todas las voluntades individuales de la colectividad de ciudadano; y que por ende; pertenece al pueblo.
Enumere las teorías sobre la Representación Popular.
1) representación fraccionada 2) representación nacional.
¿Quién fue el precursor de la teoría de la representación fraccionada o soberanía fraccionada?
Juan Jacobo Rousseau (Jean Jacques).
¿En qué consiste la teoría de la representación fraccionada o soberanía fraccionada?
La soberanía pertenece al pueblo; la cual está formada por el total o la suma de cada una de las fracciones de soberanía que poseen los individuos de la comunidad en particular.
¿Cómo se expresa este tipo de representación fraccionada?
A través del voto o sufragio universal; que pertenece a cada ciudadano; y por medio del cual expresa su fracción o parte de soberanía.
¿Cuándo surge la teoría de la representación nacional?
Surgió durante la Revolución Francesa atribuyéndole su creación a la Asamblea Constituyente.
¿En qué consiste la teoría de la representación nacional?
Parte de la idea que la suma de voluntades individuales forma una comunidad de electores; una colectividad de ciudadanos o un ente colectivo que es un ser real distinto de los individuos que lo componen. La soberanía en este sentido; no pertenece a los individuos sino al ente colectivo: la nación.
¿Cómo se concibe el voto bajo el amparo de la teoría de la representación nacional?
No es un derecho de la persona; sino por su medio se realiza una función pública. No tiene que ser universal como lo propugnó la teoría de la soberanía fraccionada; porque la nación como detentadora de la soberanía tiene la potestad de otorgar el poder electoral a aquellos ciudadanos que estime más dignos y más aptos; con lo que se justifica las restricciones y limitaciones que se le hagan al ejercicio del sufragio; (razones de edad; de analfabetismo).
¿Cuáles son las principales diferencias entre la teoría de la representación fraccionada y la teoría de la representación nacional?
a)representación fraccionada hace descansar la soberanía en la suma de los ciudadanos y en cada uno de los ciudadanos en particular; HACIENDO MÁS HINCAPIÉ EN LOS CIUDADANOS en cambio la tesis de la representación nacional; ATRIBUYE LA SOBERANÍA A LA NACIÓN COMO ENTE OLECTIVO O SER REAL COLECTIVO; distinto de los individuos que la componen. b) Para la primera; cada ciudadano posee una parte del mandato general otorgado a los representantes; cada ciudadano posee una parte del mandato; y por tanto; exigible con posibilidades de revocación del mandato por incumplimiento. La segunda; el ente colectivo únicamente otorga el mandato de representación al conjunto de representantes; sin posibilidad de exigir cumplimiento porque los diputados poseen la libertad en sus decisiones; trasladando prácticamente la soberanía al parlamento c)La primera; el sufragio es un derecho de los ciudadanos y es universal. Para la segunda; el sufragio no es un derecho de los ciudadanos sino una función pública para seleccionar representantes de la nación. No es universal; pues la nación tiene el poder de imponer limitaciones por motivos concurrentes.
¿Por qué se forma la Nación originaria?
Se forma por la suma de todos los individuos; y como ente colectivo; llega a obtener una voluntad general; la más suprema y general formada por todas las voluntades individuales; pero a la vez diferentes.
De un concepto de Soberanía:
Es una voluntad general suprema que reside en el pueblo o nación.
¿Cuál es la función principal de la soberanía?
La AUTODETERMINACIÓN de la nación.
¿Qué se entiende por autodeterminación?
La potestad de la Nación de determinar y darse su propio derecho (contenido y forma) principalmente su Constitución; por sí y sin injerencia o intervención de otro poder o sujeto distinto al de la nación.
¿Qué involucra la autodeterminación para la nación?
a) Proporcionarse una estructura jurídica político fundamental; matizada expresamente en la Constitución. b)diseñarse una organización y límites; c) no permitir la intervención de otra potestad o poder interno o externo; diferente y que se superponga al de la propia nación.
¿Qué es la autolimitación?
Es la que señala límites en el ejercicio del poder; en el alcance de principios; y la autolimitación se realiza por medio del cuerpo normativo primario o Constitución.
¿Indique a quién pertenece la soberanía?
Pertenece al pueblo; a la nación; no al Estado; porque éste es el ente creado por virtud de la soberanía.
¿Cuáles son las características de la soberanía?
Es única; inalienable e indivisible.
¿Qué es el poder constituyente?
Es la potestad; parte de la voluntad general soberana; que tiene el pueblo de imponerse su propia constitución. Es la fuerza o potestad suprema de darse una Constitución. El poder constituyente es la voluntad que configura la forma de organización política de una nación. Establece las bases del pacto político y su expresión en la distribución de las ramas del poder público y sus relaciones con el ciudadano.
¿Qué es una asamblea nacional constituyente?
Es un ente colectivo formado por una pluralidad de representantes del pueblo o nación; elegidos por medio del sufragio popular; con la finalidad única de preparar discutir; aprobar e implantar la Constitución. Cuerpo u órgano a quien se le otorga el mandato de hacer efectivo el poder constituyente.
¿Quiénes son los miembros constituyentes?
Son representantes políticos y jurídicos del titular del poder constituyente; por lo que con base en una aprehensión lo más fidedigna posible de las condiciones sociales; culturales; políticas y jurídicas del grupo humano deben hacer las proyecciones respectivas al efecto de condicionar adecuadamente la producción constitucional.
¿Cuáles son las características o caracteres del poder constituyente?
a. Es un PODER ORIGINARIO pues pertenece sólo al pueblo quien lo ejerce directamente por medio de representantes elegidos. b. Es UNITARIO E INDIVISIBLE: ya que es la base que abarca todos los otros poderes y división de poderes. c. Es PERMANENTE: porque su actividad no se agota con la construcción de los poderes constituidos en la Constitución; normalmente latente; se hace manifiesto cuando las circunstancias políticas reclaman emergencia. d. Es INALIENABLE: consecuente con su origen en la soberanía popular.
¿Cuáles son las clases del poder Constituyente?
a. originario. b. derivado.
¿Explique lo relativo al poder constituyente originario?
Felipe Tena Ramírez indica que si los órganos de poder reciben su investidura y sus facultades de una fuente superior a ellos mismos; como es la Constitución; eso quiere decir que el autor de la Constitución debe de ser distinto y estar por encima de la voluntad política de los órganos. La doctrina designa al primero con el nombre de poder constituyente y a los segundos los lama poderes constituidos. Antecede a la constitución; parte de un vacío constitucional; al quebrantarse a través de un golpe de Estado o una revolución; un determinado orden constitucional. Su misión es construir sobre nuevas bases el sistema político; y en consecuencia; elaborar una nueva constitución.
¿Explique lo relativo al poder constituyente derivado?
Se encuentra en una situación intermedia entre el poder constituyente originario y el poder legislativo. El mismo está prescrito en la Constitución; como mecanismo de reforma constitucional que evita el rompimiento del hilo constitucional. ES UN PODER CONSTITUYENTE ENCAUSADO DENTRO DEL ESTADO DE DERECHO; aunque por sus efectos pueda implicar; al igual que el poder constituyente originario; la aprobación de una nueva constitución.
¿Cuándo fue aprobada la Constitución Política de la República de Guatemala?
El 31 de mayo de 1985.
¿Cómo considera la Corte de Constitucionalidad la declaración hecha por la Asamblea Nacional Constituyente en el preámbulo?
Es una declaración de principios; por lo que se expresan los valores que los constituyentes plasmaron en el texto; siendo además una invocación que solemniza el mandato recibido y el acto y promulgación de la carta fundamental.
¿Cuál es el fin general del Estado?
El bien común
¿Indique los elementos importantes del Estado?
El poder público y la organización jurídica.
¿Qué otras denominaciones tiene el poder público?
Poder del Estado; poder político; majestas; autoritas; potestas; imperium; mando; dominación; sin embargo predomina el vocablo poder público.
¿En dónde tiene su origen el poder?
En el conjunto de normas primarias o fundamentales la constitución.
¿Qué es el poder público?
Es la capacidad jurídica que tiene el Estado por medio de sus órganos de tomar decisiones y ejecutarlas.
¿Cuáles son las características del poder público?
Imperatividad; unilateralidad y coercitividad.
¿Qué significa la imperatividad?
Denota el poder que puede IMPONERSE A TODOS los poderes o fuerzas individuales y colectivas; que suelen desarrollarse en el grupo social.
¿Qué significa la unilateralidad?
Hace referencia a la capacidad para decidir y ejecutar lo decidido por sí solo; con plena obligatoriedad.
¿Qué significa la coercibilidad?
La facultad de hacer cumplir lo decidido por medios coactivos.
¿Cómo se materializa o exterioriza el poder público?
Por medio de las tres funciones tradicionales: legislativa; ejecutiva y judicial.
¿En dónde encuentra su razón de validez el poder público?
En la Constitución y debe de ejecutarse de acuerdo a la Constitución.
¿Qué son los actos de autoridad?
Son acciones del Estado; por medio de sus órganos singulares; que tienen como contenido el poder público. Los actos de autoridad deciden algo unilateralmente con carácter vinculante y coercitivo.
¿Cuáles son las características de los actos de autoridad?
Son imperativos; unilaterales y coercitivos.
¿Qué es el Estado?
Es una sociedad política organizada; asentada en un territorio y dotada de una estructura jurídica que define las reglas de su funcionamiento organizativo y de sus relaciones con el elemento poblacional.
¿Cómo organización como se encuentra estructurado el Estado?
Por un conjunto de órganos colocados en una situación jerárquica; por virtud de la cual se desempeñan en relación de supraordinación y subordinación.
¿Qué es la voluntad jurídica o colectiva del Estado?
Es la expresión de las decisiones tomadas por voluntades individuales en nombre de la organización estatal.
¿Por quién está integrada la organización estatal?
Por personas humanas individuales.
¿Cuáles son las dos formas de actuación de las personas humanas dentro de la organización pública o estatal?
a) como FUNCIONARIO PÚBLICO; sus actuaciones competenciales las realiza a nombre de la organización; por ende del Estado. b) como PARTICULAR; actúa en nombre propio y su comportamiento sólo le afecta individualmente; sin tener vinculación con la organización.
¿Cuáles son los elementos en cuanto a su composición de las organizaciones públicas o estatales?
1) PERSONAS INDIVIDUALES que actúan en nombre de la organización pública. 2) COMPETENCIA que equivale a la porción de poder o funciones públicas limitadas que se puede ejercitar; otorgada por la Constitución; la ley o el reglamento.
¿Cuáles son los dos tipos de relaciones que se dan entre la persona individual y la organización pública?
a) relación de SERVICIO del ente individual al ente estatal; la cual se inicia desde el momento en que la persona individual queda investiga del carácter de funcionario público. b) relación de COMPETENCIA atribuida al órgano; pero que la ejecuta a título organizacional la persona individual; quien pasa a formar parte de la organización.
¿Qué son los órganos públicos?
Son los vehículos de expresión del poder público. Los órganos por intermedio de las personas individuales; realizan acciones desarrolladoras del poder público; a nombre o en representación del Estado.
¿Por su origen los órganos se clasifican en?
Órganos Constitucionales u originarios y legales o derivados. Constitucionales u originarios son los creados por el texto constitucional (ejecutivo; legislativo y judicial). Legales o derivados son los creados en leyes ordinarias; determinándose en tales cueros su competencia funciones; estructura.
¿Por su composición o número de personas que los integran los órganos se clasifican en?
INDIVIDUALES están integrados y representados por una persona; a la que; generalmente se le asigna la categoría de funcionario público. Los COLEGIADOS están compuestos por más de una o varias personas individuales; sus decisiones son colectivas por mayoría de voto; y según su organización; su representación se le puede asignar a uno de los componentes o a todos actuando conjuntamente.
¿Por quién se encuentra limitado el poder público?
Limitado en la CONSTITUCIÓN Y EN LA LEY; por lo que los órganos públicos y funcionarios deben enmarcar estrictamente sus actuaciones dentro de tales limitaciones.
¿Qué es la hermenéutica jurídica?
Es la disciplina que tiene por objeto el estudio y sistematización de los PRINCIPIOS Y MÉTODOS INTERPRETATIVOS.
¿Cómo se estima a la interpretación?
Como la actividad cognoscitiva y enderezada a inquirir y determinar el significado; el alcance y el valor de determinados actos o comportamientos.
¿Cómo trabaja la escuela de la exégesis?
Mantiene un culto al texto de la ley como primera actitud; y si excepcionalmente el texto resulta insuficiente; investigar la intención del legislador. Es decir; a juicio de esta escuela; el intérprete puede encontrarse ante tres direcciones: a) existencia de una ley expresa y CLARA; debe de aplicarse tal como reza el texto prescindiendo de toda investigación. b) existencia de ley; pero con texto OSCURO o dudoso en cuyo caso debe acudirse a la interpretación gramatical y lógica para determinar la intención del legislador al momento de emitir la ley. c) NO EXISTENCIA de ley expresa; situación en la que debe recurrirse a leyes análogas y los principios generales del derecho.
¿Qué son las reglas jurídicas?
Son reguladoras de la conducta humana; exteriorizada en la vida de relación de las personas; que; generalmente; imponen obligaciones; otorgan derechos o permiten conductas.
¿Qué es la interpretación jurídica?
Es aquella actividad intelectual; subjetiva; tendiente a DESENTRAÑAR O ENCONTRAR EL SENTIDO; SIGNIFICADO; CONTENIDO O MANDATO DE LA NORMA. Una operación intelectual consistente en determinar el alcance; la extensión; el sentido y el significado de cualquier norma jurídica; bien sea general; abstracta e impersonal; o particular; concreta o individualizada.
¿En qué consiste el método gramatical?
En determinar el sentido de la norma ateniéndose al SIGNIFICADO LITERAL DE LAS PALABRAS utilizadas por el legislador en la conformación de la norma.
¿En qué consiste el método conceptual o lógico?
Interese determinar qué CONCEPTOS O IDEAS GENERALES TRATAN DE REFLEJAR LAS PALABRAS del texto para integrar; sobre esa base; el sentido general de la norma.
¿En qué consiste el método sistemático?
Consiste en que para encontrar en forma precisa el contenido de una norma hay que interrelacionarla con los demás preceptos de la ley; incluso; con reglas de otros textos normativos hasta constitucionales; pues todas las reglas jurídicas; forman un sistema normativo e interdependiente entre sí.
¿En qué consiste el método de interpretación histórico o causal-teleológico?
como recurso importante es aconsejable auxiliarse con la determinación de cuáles fueron las circunstancias; factores condiciones de la realidad que precedieron; influyeron o fueron determinantes en la emisión de la ley a interpretar; y en todo caso; cuál fue la finalidad última perseguida con su promulgación o par qué fue creada.
¿Qué es la interpretación constitucional?
Toda aquella operación intelectual tendiente a establecer el significado; sentido; alcance y extensión de los preceptos que conforman el texto constitucional. Es indagar el contenido de las disposiciones de la Constitución.
¿Qué son las antinomias jurídicas?
Se les llama así a las reales o aparentes contradicciones de mandato entre dos o más normas positivas. Mientras una norma impone una obligación; prohíbe o permite una conducta; otra u otras de igual; superior o inferior jerarquía ordenan lo contrario o parcialmente contrario.
¿Cómo se solucionan las antinomias jurídicas?
A trabes de los siguientes criterios de solución: axiológico; jerárquico; cronológico; de especialidad; de la libertad.
¿Cómo soluciona las antinomias jurídicas el criterio axiológico?
debe darse preminencia a aquella en que se contemplen valores de mayor peso o jerarquía. Opera en antinomias de normas constitucionales y ordinarias
¿Cómo soluciona las antinomias jurídicas el criterio jerárquico?
Se basa en la jerarquía de las normas jurídicas entre sí; haciendo prevalecer la norma de superior rango sobre la inferior. .
¿Cómo soluciona las antinomias jurídicas el criterio cronológico?
Enuncia que la norma emitida con posterioridad en el tiempo; la más reciente; deja sin efecto la anterior. Opera en antinomias entre normas ordinarias; cuando una de ellas no ha sido derogada expresamente; y por ende; coexisten formalmente.
¿Cómo soluciona las antinomias jurídicas el criterio de especialidad?
Destaca la situación de que una norma especial tiene prevalencia respecto de una norma general.
¿Cómo soluciona las antinomias jurídicas el criterio de la libertad?
Expresa que si el conflicto se produce entre una norma que fortalece; otorga o regula una libertad y otra que ordena una prohibición; DEBE OPTARSE POR AQUELLA QUE CONCEDE UNA LIBERTAD
¿Indique qué queda incluido dentro del término denominado interpretación constitucional?
a) constitución. b) leyes constitucionales c) la realizada sobre preceptos de la legislación ordinaria o disposiciones generales de menor jerarquía o disposiciones generales de menor jerarquía constitucional; comparando su sentido con normas de la Constitución para determinar su coherencia o incoherencia. .
¿Cuál es la clasificación de la interpretación jurídica; desde el punto de vista de quienes son los sujetos que interpretan?
a) Legislativa. b) judicial. c) Administrativa. d) Jurisdiccional Constitucional. e) científica o doctrinaria. f) Contractual.
¿En qué consiste la interpretación jurisdiccional Constitucional?
efectuada; por el Tribunal Constitucional o el órgano máximo afín al que se le otorgue tal facultad.
¿Cuál es la función fundamental del intérprete constitucional?
Es determinar el exacto; cabal y verdadero significado; sentido y alcance de las normas y comportamientos constitucionales; evitando caer en la unilateralidad que proporciona al intérprete una visión parcial; incompleta de normas y comportamientos.
¿Por qué se dice que para la interpretación constitucional es importante el enfoque histórico?
Para poder desentrañar el sentido y alcance de las normas y comportamientos constitucionales. Han de tomarse en cuenta las condiciones fácticas de tipo social y político que la precedieron; a la actividad preparativa; los ensayos; discusiones; acuerdos; es decir; los antecedentes vívidos que culminaron con el texto escrito fundamental.
¿Qué significa la regla de la razonabilidad en la interpretación del texto constitucional?
El concepto de razonabilidad lleva implícito las ideas de ponderación; justicia; moderación; equilibrio; prudencia buena fe; buen juicio; las que se sintetizan en sentido común; se afirma que es el ciudadano ordinario; el hombre corriente el mejor ejercitador de ese buen sentido o juicio recto. (art 44 Constitución) La razonabilidad consiste en una valoración jurídica de la justicia; lo cual significa que la obligación constitucional de que los órganos estatales actúen razonablemente; implica la de QUE ACTÚEN CON JUSTICIA.
¿Qué es la revisión judicial constitucional?
Los diferentes tribunales tienen la facultad de examinar y declarar la conformidad o no de las normas de origen legislativo con las normas fundamentales de la Constitución.
¿Qué otros nombres recibe el sistema de revisión judicial de la Constitución (JUDICIAL REVIEW)?
Orientación americana o angloamericana.
¿En qué consiste el sistema Austríaco de control Constitucional?
En establecer un tribunal constitucional especializado; el cual debía tener como atribución exclusiva el conocer y decidir acera de las cuestiones constitucionales.
¿Enumere los sistemas de control Constitucional vigentes hoy día?
a) Sistema Británico: no existe ningún control de constitucionalidad. b) Sistema Europeo; Austríaco o Concentrado. c) Sistema Americano; Angloamericano o Difuso.
¿En qué consiste el sistema de control constitucional Americano o difuso?
El control de constitucionalidad puede ser ejercido por cualquier juez o tribunal; siempre que conozca de un caso concreto. Los efectos de la DECLARACIÓN son únicamente INTERPARTES; y adquiere carácter vinculante a través de los precedentes; es decir; la regla de stare decisis.
¿En dónde se encuentra regulado o resguardado el sistema americano o difuso?
Se encuentra fundamentalmente en el principio de supremacía de la Constitución; y la inaplicabilidad de las normas a los casos concretos en que éstas vulneran la Constitución.
¿En qué consiste el sistema Continental Europeo o Concentrado?
En crear una jurisdicción o tribunal constitucional; que se convierte en una especie de legislador negativo encargado de anular leyes o actos públicos inconstitucionales.
¿Por qué se dice que es concentrado?
Porque el tribunal especializado monopoliza el conocimiento y resolución de los asuntos relativos a constitucionalidad de leyes.
¿Qué tipos de control constitucional ejerce el tribunal constitucional?
a) un control A PRIORI por medio de opiniones o dictámenes acerca de disposiciones legales o proyectos de ley; b) a POSTERIORI o reparador; resolviendo recursos de inconstitucionalidad de normas; interpuesto por personas o entidades a quienes se les otorga legitimación para promoverlos.
¿Qué función se le otorga al tribunal constitucional?
La potestad de ser el intérprete final de la Constitución; y sus resoluciones tienen efectos erga omnes; es decir; con efectos generales para todos.
¿Cuándo se forma la jurisdicción constitucional?
Después de la segunda guerra mundial; en Italia 1948; la República Federal de Alemania 1949; Grecia 1968; España 1978. Ha estado determinada a partir de los reclamos del hombre para garantizar de manera efectiva sus derechos humanos.
¿Cuándo se forma la jurisdicción constitucional en América Latina?
En Guatemala 1985; Chile 1980; Ecuador 1979; Colombia 1991 y Bolivia 1999.
¿Qué comprende la justicia constitucional?
No es solo defender la Constitución; sino mantenerla; desarrollarla e interpretarla para su fiel penetración en el sentido que reclama la sociedad donde se inscribe como valor fundamental.
¿Qué característica tiene el tribunal constitucional en Guatemala?
Es PERMANENTE; de JURISDICCIÓN PRIVATIVA e INDEPENDIENTE de los demás poderes y organismos del Estado.
¿Qué características tiene el tribunal constitucional de Guatemala; al amparo de la Constitución Política de la República?
Carácter permanente; asignándole la función esencial del orden constitucional y de ser el intérprete final de constitución.
¿Qué tipo de independencia tiene el tribunal constitucional guatemalteco?
económica y política (artículo 268).
¿Qué sistema de control constitucional adopta la Constitución de Guatemala?
Adopta un sistema MIXTO; una fusión del sistema americano o difuso y del sistema austríaco o concentrado.
¿Qué es el control preventivo?
Es la potestad otorgada a los tribunales de justicia constitucional para que conozcan y se pronuncien; acerca de la compatibilidad con la constitución de determinados textos normativos; antes de que éstos entre en vigencia.
¿Cómo se ejerce el control preventivo en Guatemala?
Se otorga al tribunal constitucional la función de emitir opinión sobre la constitucionalidad de tratados; convenios y proyectos de ley; a solicitud de cualquiera de los organismos del Estado; emitir opinión sobre la inconstitucionalidad de los proyectos de ley a solicitud del Congreso de la República; y dictaminar sobre la reforma de las leyes constitucionales; previamente a su aprobación por parte del Congreso. OPINION CONSULTIVA.
¿Cómo es considerada la actuación del tribunal constitucional en la opinión sobre la constitucionalidad de tratados; convenios y proyectos de ley a solicitud de los organismos del estado; incluyendo el Congreso y de los proyectos de ley vetados por el Ejecutivo?
A título de consejo; de orientación técnica y especializada; porque la opinión no tiene carácter obligatorio; carece de fuerza vinculante. Puede acatarse o no.
¿Cómo es considerada la actuación del tribunal constitucional en la facultad de dictaminar acerca de la reforma a leyes constitucionales?
Las leyes constitucionales solo pueden ser reformadas con el voto de las dos terceras partes del congreso de la república previo dictamen favorable de la Corte de Constitucionalidad; son decisiones de carácter VINCULANTE.
¿En qué consiste el control reparador o a posteriori?
Es el control de constitucionalidad ejercido por el ente jurisdiccional sobre textos normativos que ya han sufrido y agotado el proceso de formación de ley. Es una fiscalización a posteriori porque se produce después de la sanción; promulgación y publicación de la ley; y por ende; el texto ya forma parte del ordenamiento jurídico.
¿Cuáles son las formas de fiscalización a posteriori?
a) la inconstitucionalidad de leyes reglamentos y disposiciones de carácter GENERAL. b) la inconstitucionalidad en CASOS CONCRETOS.
¿Qué otro nombre recibe la inconstitucionalidad general de leyes u otras disposiciones?
Inconstitucionalidad directa o en abstracto.
¿Quiénes tienen legitimación activa para promover la inconstitucionalidad general de leyes u otras disposiciones?
A. Junta Directiva del Colegio de Abogados y Notarios por medio de su presidente; B) La Procuraduría General de la Nación; C) El Procurador de Derechos Humanos en normas que afecten intereses de su competencia D) Cualquier persona con el auxilio de tres abogados colegiados.
¿A quién corresponde la actio popularis?
A cualquier persona le corresponde la facultad para promover la inconstitucionalidad general. La petición de inconstitucionalidad debe expresar en forma razonada y clara los motivos jurídicos en que descansa la impugnación.
¿Por qué razones se puede plantear la inconstitucionalidad general?
En aquellos casos en donde se vislumbre un choque frontal; a fondo y sin lugar a dudas con la norma constitucional; bien sea; porque las normas inferiores tergiversen; restrinjan o disminuyan derechos; principios o valores protegidos por la norma suprema; o bien porque trastoquen la estructura organizativa fundamental del Estado y sus organismos o la distribución y ejercicio de las competencias o poder público.
¿Cuándo se da la doctrina legal?
La interpretación adquiere fuerza vinculante irrefutable; con obligación de respetarla por todos los tribunales y por la propia Corte de Constitucionalidad; cuando se han pronunciado tres fallos de ésta última en el mismo sentido y en forma sucesiva. (Art. 43 Ley de Amparo; Exhibición Personal y de Constitucionalidad).
¿Quién puede apartarse de la doctrina legal?
La Corte de Constitucionalidad es la única que puede apartarse de la doctrina legal sentada; pero en tales casos debe exponer con suficiente claridad los motivos de innovación; los cuales; por seriedad del órgano jurisdiccional y en honor a la certidumbre jurídica en la aplicación de leyes; deben ser de un alto grado de razonabilidad y fundamentación.
¿Ante quién se plantea la inconstitucionalidad general?
Ante la Corte de Constitucionalidad.
¿Qué clase de efectos produce el planteamiento de la inconstitucionalidad general?
Provisionales y definitivos.
¿Cuáles son los efectos provisionales del planteamiento de la inconstitucionalidad general?
El tribunal constitucional dentro de los 8 días siguientes a la petición estima que todas o algunas de las normas atacadas de transgresoras del ordenamiento supremo; presentan una inconstitucionalidad notoria y puede causas gravámenes irreparables; puede suspender en forma general; para todos; la vigencia de las disposiciones generales a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.
¿Qué es la inconstitucionalidad Notoria?
Es aquella colisión esencial entre normas de inferior jerarquía y la carta fundamental que se presenta como evidente; fácilmente perceptible o que se aprecia sin mayores esfuerzos de interpretación.
¿En qué consiste la susceptibilidad de causar gravámenes irreparables?
Es la posibilidad más o menos fuerte que puedan tener ciertas normas redargüidas de causar daños o perjuicios en los derechos o intereses particulares o del Estado ante la inminencia de su aplicación.
¿Cómo son resueltos los asuntos de inconstitucionalidad de leyes?
Como fundos de derecho; no cabe rendición de medios de prueba convencionales; más que la consulta de antecedentes; dictámenes; opiniones; doctrina o jurisprudencia a discreción del tribunal.
¿Contra las sentencias de la Corte de Constitucionalidad en casos de inconstitucionalidad general; cabe algún recurso?
No cabe ningún recurso.
¿A quiénes se aplican los efectos de las sentencias de la Corte de Constitucionalidad en casos de inconstitucionalidad general?
Erga omnes; para todos.
¿En qué casos se puede hacer valer una inconstitucionalidad en caso concreto?
Es una acción que puede hacerse valer en todo tipo de proceso de cualquier competencia o jurisdicción; en cualquier instancia; incluso EN CASACIÓN; HASTA ANTES DE DICTARSE SENTENCIA.
¿Quiénes tienen legitimación para plantear la inconstitucionalidad en caso concreto?
Se puede plantear por cualquiera de las partes como ACCIÓN; EXCEPCIÓN O INCIDENTE.
¿Quién resuelve la inconstitucionalidad en caso concreto?
El propio tribunal que conoce de la controversia.
¿La resolución definitiva de la inconstitucionalidad en caso concreto; admite algún recurso?
Sí; el de APELACIÓN; conociendo en segunda instancia la Corte de Constitucionalidad.
¿Qué efecto produce la acción de inconstitucionalidad en caso concreto?
La declaratoria de inaplicabilidad al caso concreto o particular de las normas que pretendidamente acusan vicio de inconstitucionalidad. Solo un efecto INTERPARTES. Vale para las partes y en el caso concreto donde se resuelve la inaplicabilidad.
¿Qué sistema adopta Guatemala para el caso de la inconstitucionalidad en caso concreto?
El de control difuso o americano.
¿Qué representa la figura del Amparo?
Representa el instrumento o garantía constitucional dirigido a la tutela o protección de los derechos fundamentales de la persona; con excepción de la libertad individual; lesionados o puestos en peligro por parte de los poderes públicos o entes asimilados a la categoría de autoridad.
¿En qué casos procede el Amparo?
Procederá siempre que los actos; resoluciones; disposiciones o leyes de autoridad lleven implícitas una amenaza; restricción o violación de los derechos que la Constitución y las leyes garantizan.
¿Cuál es la naturaleza jurídica del Amparo?
Tiene la naturaleza de un proceso; de un PROCESO CONSTITUCIONAL.
¿Cómo se inicia el Amparo?
Mediante una ACCIÓN DE AMPARO instaurada por persona interesada.
¿Qué personas pueden iniciar la acción de Amparo?
Toda persona que se sienta agraviada en uno de sus derechos por un acto de autoridad; puede hacer uso de esa potestad jurídica de pedir al tribunal constitucional que se le ampare ante el abuso del poder.
¿En qué consiste la pretensión de amparo?
Consiste en que se mantenga a la persona en el goce de sus derechos en caso de amenaza; o bien; se le restituya en el goce de sus derechos anulando el acto lesivo en caso de violación efectiva.
¿Quiénes son las partes de la Acción de Amparo?
- La postulante del amparo; cualquier persona. 2. La autoridad contra la cual se acciona 3. Terceros interesados.
¿A quién se considera una autoridad?
A la persona o grupo de personas debidamente autorizadas para ejercitar una fracción del poder público.
¿Qué es un acto de autoridad?
Es toda actuación de una persona u órgano investigo legalmente de función pública; que constituye la orden impositiva de un comportamiento; para el que existe la posibilidad cierta de hacerla cumplir coactivamente.
¿Cuáles son las características de los actos de la autoridad?
Imperatividad; unilateralidad y coercibilidad.
¿Cuáles son las funciones principales del Amparo?
- La preventiva y 2. Restauradora.
¿En qué consiste la función preventiva del Amparo?
Cuando se denuncia una amenaza de violación a un derecho garantizado por la Constitución y las leyes; es condición ineludible que la amenaza que se quiere evitar sea inminente y que provenga de un acto de autoridad; para que el amparo cumpla con prevenirlo.
¿En qué consiste la función restauradora del Amparo?
Una vez cometida la violación que debió evitarse; el amparo cumple con repararla; y declara que el acto que se impugna no le afecta por contravenir o restringir cualquiera de los derechos garantizados por la Constitución y las leyes.
¿Cuáles son las formas que asume una conducta inconstitucional?
a) la autoridad realiza actos positivos constitutivos de una conducta de hacer en contra de lo constitucionalmente ordenado. b) la autoridad realiza una conducta negativa; de OMISIÓN; de no hacer o de abstención de lo constitucionalmente ordenado. Se produce un incumplimiento de lo mandado en la Constitución.
¿Qué efecto produce la resolución del amparo por conducta positiva?
El efecto resolutivo será restituir al agraviado en el pleno goce de la garantía violada; anulando o dejando sin efectos jurídicos la conducta que no se ajusta a la norma constitucional o legal.
¿Qué efecto produce la resolución del amparo por conducta negativa?
El efecto del fallo que otorgue la protección constitucional será el de OBLIGAR A LA AUTORIDAD RESPONSABLE A QUE ACTÚE respetando la garantía de que se trate y cumplir con lo que el derecho omitido ordena. Una conducta omisa da lugar a una orden de hacer.
¿Ejerce el amparo una función de control de constitucionalidad?
Felipe Tena Ramírez no cree que el amparo cumpla una función de control de constitucionalidad. Estima; que el amparo se apoya en tres ideas: 1) se sigue el juicio a petición de parte agraviada; 2) esa parte agraviada debe ser un individuo particular y 3) la sentencia se limita a resolver el caso concreto sin hacer declaraciones generales respecto de la ley o la Constitución.Sin embargo otros autores opinan que si ejerce un control de constitucionalidad tanto en la parte declarativa de los derechos fundamentales; como en la parte de estructuración del poder. Por tanto el amparo; si desarrolla labor de control constitucional.
¿Qué se entiende por control de legalidad?
La fiscalización hecha por el tribunal constitucional a efecto de constatar si los actos de autoridad se adecuan a lo previsto en las leyes ordinarias. Es propio de la función cotidiana de los tribunales de jurisdicción ordinaria.
¿Ejerce el amparo una función de control de legalidad?
Sí la ejerce y así está previsto en el artículo 43 de la ley de amparo; exhibición personal y de constitucionalidad cuando prescribe que: la interpretación de las normas de la Constitución y de otras leyes contenidas en las sentencias de la Corte de Constitucionalidad sienta doctrina legal que debe respetarse por los tribunales al hacer tres fallos conteste de la misma corte.
¿Qué es la legitimación en el proceso de amparo?
La posición o situación en que se encuentran las partes (postulante y autoridad reclamada); respecto de la relación jurídica material que se discute en el amparo; la que los hace aptos o habilitados para comparecer procesalmente; ya sea para sostener y promover el acogimiento de la pretensión; o bien; para rectificarla u oponerse a ella.
¿Quién tiene legitimación activa en el amparo?
Están legitimados para promover amparo toda persona natural o jurídica que pueda ser titular de derechos fundamentales y que invoque un interés directo; personal y legítimo. (Artículos: 265 Constitución y 8 y 10 de la Ley de Amparo; Exhibición Personal y Constitucionalidad).
¿Cuáles son los dos aspectos de la legitimación activa en el proceso de amparo?
a) la CAPACIDAD PROCESAL o capacidad para ser parte en el proceso de amparo; condición que tienen todas las personas que tengan posibilidad de ser titulares de derechos fundamentales. b) que el titular del derecho invoque un INTERÉS DIRECTO; personal y legítimo; con lo que la acción de amparo se presenta como personal al tenerla que intentar la persona directamente afecta en sus derechos; excluyéndose; en cuanto a las personas en general la acción popular.
¿Quiénes tienen legitimación activa en el proceso de amparo?
a. las personas físicas nacionales y extranjeras. b. las personas privadas. c. la Procuraduría General de la Nación (intereses difusos o generales). d. Procurador de Derechos Humanos. (intereses difusos o generales).
¿Qué es la legitimación pasiva?
Es la situación de la parte demandada o autoridad reclamada respecto de la relación jurídico material discutida en el amparo; que la habilita para comparecer; reclarificar u oponerse a la pretensión hecha valer. Es la persona o ente productora del acto de autoridad lesivo a un derecho fundamental de un ciudadano.
¿Quiénes tienen legitimación pasiva en el proceso de amparo?
Art. 9 de la ley de amparo; exhición personal y de constitucionalidad. a. contra el poder público.b. entidades descentralizadas o autónomas. c. las sostenidas con fondos del Estado creadas por ley o concesión o las que actúen por delegación de los órganos del estado; en virtud de contrato; concesión o conforme otro régimen semejante. d. entidades a las que deba ingresarse por mandato legal y otras reconocidas por ley; tales como partidos políticos; asociaciones; sociedades; sindicatos; cooperativas y otras semejantes.
¿Quiénes son los terceros interesados?
El artículo 34 de la ley de amparo; exhibición personal y de constitucional determina que si el sujeto activo o pasivo en el amparo tiene conocimiento de persona o personas con interés directo en subsistencia o suspensión del acto; resolución o procedimiento; ya sea por ser parte en las diligencias o por tener alguna otra relación jurídica con la situación planteada; están obligadas a hacerlo saber al tribunal; indicando nombre; dirección y relación sucinta de tal interés. El tribunal de amparo dará audiencia a tales personas en la misma forma que a la Procuraduría General de la Nación.
¿Qué facultades tienen los terceros interesados?
Se les corre audiencia y son tenidos como parte en el proceso; por lo que pueden promover dentro del amparo; aportar pruebas; hacer uso de recursos y quedarán sujetos al resultado de la sentencia final (efectos del amparo; condena en constas y sanciones).
¿Qué se requiere para ser involucrado como tercero en un proceso de amparo?
Se requiere tener interés directo o personal en la subsistencia o suspensión del acto reclamado (acto; resolución o procedimiento). Este interés puede venir dado por ser parte de las diligencias en las que se originó el amparo o por tener cualquiera otra relación con la situación planteada. Por eso pueden ser denominados codemandados y coadyuvantes
¿Quién tiene la calidad de tercero sin tener interés directo o personal?
La única institución que dentro del amparo se le tiene como parte sin ningún interés directo con la pretensión o el acto reclamado es la PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. Tal participación es derivada de la calidad de institución autónoma que le asigna la Constitución Política de la República; con el fin de velar por el estricto cumplimiento de las leyes del país; y entre ellas; las constitucionales.
¿En dónde debe de quedar establecida la pretensión del amparo?
En la petición formulada por el postulante al tribunal.
¿Qué es la pretensión del amparo?
La declaración de voluntad hecha por el postulante ante el órgano jurisdiccional constitucional; solicitándole el reconocimiento de un derecho o libertad fundamental propio; y en consecuencia; la implementación de las medidas necesarias para preservar o restablecer su libre ejercicio; con fundamento en la concretización de actos de amenaza o efectiva lesión de algunos de sus derechos emanados de actos de autoridad arbitrarios.
¿Qué partes conforman el objeto del proceso de amparo?
La pretensión y la contestación de la parte reclamada.
¿Qué clase de pretensión es la del proceso de amparo?
Por una parte el postulante persigue el reconocimiento de su derecho fundamental; así como la suspensión definitiva o anulación del acto causante de la vulneración del tal derecho; con lo que es de naturaleza DECLARATIVA. Por otra parte; pretende que el tribunal acuerde el restablecimiento o preservación de su derecho infringido; tomando todas las medidas necesarias para ello; más las sanciones de rigor de CONDENA.
¿Cuáles son los elementos de la pretensión del proceso de amparo?
a) La CAUSA DETERMINADA; constituida por actos de vulneración de un derecho fundamental por medio de actos de autoridad. b) el PETIUM; que no es más que la petición de suspensión o anulación del acto de autoridad arbitrario; así como el reconocimiento; restablecimiento o preservación del derecho vulnerado; juntamente con las medidas que hagan efectivo su libre ejercicio.
¿Cuáles son los tipos de fundamentación de la pretensión de amparo?
a. la fundamentación MATERIAL; de hecho o fáctica. b. la de derecho o JURÍDICA.
¿a qué se refiere la fundamentación material; de hecho o fáctica del Amparo?
A aspectos objetivos; materiales o de hecho.
¿Por qué elementos se encuentra conformada la fundamentación material; de hecho o fáctica?
Artículos 265 de la Constitución y 8 de la Ley de Amparo; exhibición personal y de constitucionalidad. El bien o cosa litigiosa. Es el bien litigioso sobre el que recae la pretensión de amparo canalizada por medio de la petición. La pretensión debe de dirigirse o recaer sobre un derecho o libertad fundamental debidamente tutelado; porque el amparo está diseñado para proteger derechos fundamentales de la persona.
¿Qué derechos fundamentales protege el amparo?
Pata todos los derechos consignados en la constitución y en las leyes ordinarias. Hay un ámbito amplio de acción del amparo.
¿Cuáles son los requisitos esenciales que determinan la procedencia del aparo y hacen viable la reparación del agravio?
a) la LEGITIMACIÓN de los sujetos: activa y pasiva. b) el de oportunidad en el PLAZO; pues deben interponerse dentro del fijado por la ley específica que lo regula; salvo los casos de excepción que contempla; y c) la DEFINITIVIDAD; porque previamente a acudir al mismo ha debido procurarse la tutela ordinaria de tales derechos en la jurisdicción correspondiente y por los procedimientos y recursos idóneos establecidos por la leyes.
¿Qué es la fundamentación jurídica del Amparo?
la pretensión del amparo debe de estar fundamentada en normas de derecho constitucional; leyes ordinarias; y convenios internacionales; los derechos reconocidos en estos últimos cuerpos legales implícitamente tienen su fundamento en la Constitución.
¿Por qué se dice que el acto reclamado goza de cierto grado de autonomía en Amparo?
Esta autonomía se explica en que el acto; por sí mismo; es portador de una fuerza intrínseca; una vitalidad; una dinámica que lo hace producir y seguir haciéndolo de consecuencias jurídicas y materiales o de hecho.
¿Qué se puede hacer para evitar que el acto reclamado siga produciendo efectos?
Decretar un amparo provisional.
¿Qué otro nombre recibe el amparo provisional?
Suspensión del acto reclamado.
¿Qué son medidas o providencias cautelares?
Aquellas disposiciones tendentes a mantener una situación jurídica o de hecho; asegurar derechos futuros o determinadas expectativas.
¿Qué función cumple el amparo provisional?
Cumple la función paralizante del acto reclamado; impidiéndole la gestación de nuevas consecuencias. Sirve para PRESERVAR LA MATERIA del proceso de amparo.
¿Qué es el amparo provisional?
Es una providencia cautelar en los procesos de amparo cuyo fin principal es preservar la material del proceso; puesta en peligro por la dinámica del acto reclamado; la que se paraliza temporalmente; mientras se resuelve el conflicto o controversia constitucional planteada.
¿Cuál es la razón de ser del amparo provisional?
Es la necesidad de preservar la material de amparo; la cual a su vez; depende de la cualidad dinámica del acto reclamado. El amparo provisional solo puede ser proveído cuando un acto de autoridad tiene esa potencia vital.
¿Cuándo un acto de autoridad carece de capacidad vital?
1) porque por sí mismo en su estructura íntima sea INOFENSIVO o incapaz de generar consecuencias materiales o jurídicas; o bien; 2) porque ha llegado a su agotamiento total; ya GENERÓ TODOS SUS EFECTOS lo que ya no le permite germinar más; situación que lo determina como acto inmutable.
¿Qué se necesita para que se pueda otorgar el amparo provisional?
Probar la existencia del acto reclamado vulnerante de un derecho fundamental. El amparo provisional está diseñado para inmovilizar o mermar la energía provocadora de efectos del acto de autoridad; de ahí; que si no está probada su existencia; no hay ninguna necesidad apremiante de paralizar efectos de un comportamiento incierto o no probado.
¿En qué momento se decreta el amparo provisional?
de oficio o a petición de parte; EN LA PRIMERA RESOLUCIÓN DICTADA DENTRO DEL PROCESO; siendo necesario que a juicio del tribunal las circunstancias lo hagan aconsejable.
¿En qué casos se decreta de oficio el amparo provisional?
artículo 28 de LAEPC y son: a) (caso de riesgo las libertades) b) (caso de riesgo de la materia del amparo). c) (caso de ilegalidad o falta de competencia o jurisdicción de la autoridad). d (caso de notoria ilegalidad).
¿Cómo se hace constar el amparo provisional?
A través de un acta del estado que guardan los hechos y actos suspendidos. Cuando la singularidad del caso lo requiera; en el momento de comunicación a la autoridad impugnada de la suspensión del acto; se levantará acta en la que se hará constar detalladamente el estado que en ese momento guardan los hechos y actos que se suspenden y la prevención hecha de no modificarlos hasta que se resuelva en sentencia o lo ordene el tribunal. Art. 31 L
¿Procede el amparo en los actos futuros o inciertos?
No; procede; entendiendo pos estos aquellos meramente sospechados de que podrían acaecer; siendo; consecuentemente; su ejecución muy remota.
¿Es probable la procedencia del amparo en los actos inminentes?
Si es probable en los actos inminentes; siendo estos aquellos que pueden ser ejecutados de un momento a otro; siendo observable tal circunstancia por indicadores o aspectos objetivos de los cuales depende la ejecución; como el cumplimiento de una requisito legal; una gestión de parte determinada o determinadas condiciones que habían de realizarse forzosamente.
¿Cuál es la naturaleza jurídica del amparo?
Es un proceso y no un recurso; y se trata de un proceso concentrado; dado su procedimiento breve recogedor del principio de concentración procesal. En él debe de resolverse en forma definitiva la controversia constitucional sometida a conocimiento del órgano jurisdiccional.
¿Desde el punto de vista de sus efectos generadores; que tipo de proceso es el amparo?
Es un PROCESO DE ANULACIÓN; es un proceso autónomo de garantías; concentrado y de anulación. Los efectos jurídicos del amparo acogido es el de anular (dejar sin efectos) el acto reclamado y las consecuencias que de él se deriven; volviendo las cosas al estado que tenían antes de la vulneración arbitraria.
¿Cuáles son los efectos ordinarios de la sentencia que declara la procedencia del amparo?
a) dejar en suspenso en cuanto al reclamante; la ley; el reglamento; resolución o acto impugnado; y en su caso; el restablecimiento de la situación jurídica afectada o el cese de la medida. (se refiere a un acto positivo) b) fijar término razonable para que cese la demora; si el caso fuere de mero retardo en resolver; practicar alguna diligencia o ejecutar algún acto ordenado de antemano. c) cuando el amparo hubiere sido interpuesto por omisión de la autoridad en la emisión de la reglamentación de la ley; el tribunal de amparo resolverá fijando las bases o elementos de aplicación de ésta al caso concreto; según los principios generales de del derecho; de la costumbre; la analogía de otros reglamentos y la equidad; siguiendo el orden que el tribunal decida.
¿Cuáles son los efectos extraordinarios de la sentencia de amparo?
Es; deduciendo responsabilidades civiles y penales. Debe de fijarse la cantidad líquida o bien; fijar las bases conforme a las cuales debe hacerse la liquidación; y en último término; dejar la fijación de la cantidad a juicio de expertos tramitado en incidente. (Artos. 51 y 59 de la Ley de Amparo; Exhibición Personal y de Constitucionalidad)
¿Se impone alguna multa en la sentencia de amparo?
Si; contiene la conminatoria de aplicarlos los efectos de la sentencia; por parte del responsable dentro del término que se le fije; bajo apercibimiento de imposición de multa que se indique más las responsabilidades civiles y penales respectivas (Art. 52 de la Ley de Amparo; Exhibición Personal y de Constitucionalidad).
¿Qué otros efectos tiene la sentencia de amparo?
Son la condena de pago de COSTAS y fijación de MULTA AL ABOGADO patrocinante en caso de improcedencia del amparo.
¿En qué casos procede el pago de daños y perjuicios?
en los casos de actos de autoridad consumados de modo irreparable; y; a petición de parte; cuando ha existido demora en el cumplimiento de lo resuelto en la sentencia o resistencia a su ejecución.
¿En general cuáles son los efectos que pueden lograrse como consecuencia de la declaración de procedencia del amparo en una sentencia?
a) Dejar en suspenso; lo que equivale a la anulabilidad del acto reclamado (ley; reglamento; resolución u acto). b) fijación de daños y perjuicios en actos consumados de modo irreparable. c) fijar plazo para el cese de demora u omisión; con la orden de resolver; practicar diligencia; emisión de reglamentación o efectuar algún acto. d) condena al pago de costas procesales. e) sentar doctrina legal en interpretación de la Constitución y leyes. f) conminatoria de cumplimiento con apercibimiento (multa).
¿Cuál es la naturaleza jurídica de la sentencia de amparo?
Es eminentemente declarativa; porque al emitirse dentro de un proceso concentrado de anulación; en su parte decisoria; declaran la nulidad o la niegan; del acto reclamado; confirmando la existencia del derecho fundamental del quejoso.
¿Cuál es la naturaleza jurídica de la petición de amparo?
Es de naturaleza mixta: es declarativa y de condena. Es declarativa porque se solicita se deje en suspenso (nulidad) en cuanto al reclamante del acto de autoridad causante de la lesión; y su reconocimiento. Es de condena; porque el postulante también pide el restablecimiento de su derecho o libertad vulnerados; con la adopción de las medidas necesarias e idóneas para el caso.
¿Qué es el cumplimiento de la sentencia de amparo?
Es el acatamiento por parte de la autoridad contra la que se emitió el fallo de todos los aspectos ordenados; restituyendo al reclamante en el goce de su derecho fundamental.
¿Qué clase de efectos tiene la sentencia de amparo?
Tiene efectos ex nuc es decir que la protección otorgada por su medio es con aplicación desde este momento hacia adelante; o bien desde el momento en que se otorga el amparo provisional.
¿Cuáles son las actitudes que puede asumir la autoridad declarada responsable?
a) cumplir . b) no cumplir l . c) cumplimentarla en parte; . d) darle un cumplimiento distinto de lo realmente ordenado; dándole así un CUMPLIMIENTO APARENTE.
- ¿Para qué sirve el ocurso de queja?
Instrumento procesal instituido para uso de las partes; cuando estimen que en la ejecución del amparo el tribunal de amparo superior (en los casos de amparo de dos instancias) no se ha ajustado a lo resuelto en sentencia. Es resuelto por la Corte de Constitucionalidad; la que podrá resolver todas las medidas de ejecutabilidad; disciplinarias que sean necesarias; certificación de lo conducente al orden penal; devolviendo las actuaciones al tribunal de primer grado (Artos. 72 y 73 Ley de Amparo…)
¿Cuáles son las características que se le atribuyen al proceso de amparo?
El ser un instrumento de naturaleza extraordinaria; subsidiaria; de acción personal y orientado a determinar aspectos de constitucionalidad más que de legalidad.
¿Cuáles son los principios principales que se aplican al proceso de amparo?
a. definitividad. b. instancia de parte. c. la concreción de un agravio personal y directo. d. la oficiosidad en el impulso del proceso de amparo.e. la limitación de prueba y recursos en el amparo. f. concreción de la relatividad de los efectos de las sentencias de amparo.
¿A qué se refiere el principio de definitividad?
el acto reclamado; tiene que haber asumido un estado procesal de definitividad; lo que implica que tal acto ya no puede ser atacado para modificarlo o revocarlo; por ningún recurso o procedimiento regulado por la ley rectora del acto; por haber sido ya intentados.
¿Cuáles son las excepciones al principio de definitividad?
a) los amparos interpuestos por personas que no fueron parte en un juicio o le son extrañas; pero que resultan afectadas en sus derechos por la decisión judicial tomada dentro de tal juicio. b) aún existiendo una vía o procedimiento procesal ordinario que permitirían el enderezamiento del acto vulnerante de derechos; procede la estimativa del fondo del amparo si la remisión a tal vía ordinaria pudiera provocar un daño grave o irreparable para el derecho ilegítimamente restringido o tal vía resultare muy gravosa; lenta o muy poco eficaz. c) los amparos promovidos por personas reconocidas como tales por la ley; en defensa de INTERESES COLECTIVOS O DIFUSOS. (la PGN Y PDH).
¿En qué consiste el principio de instauración del proceso de amparo a iniciativa de parte agraviada?
artículo 6 LAEPC: impulso de oficio: en todo proceso relativo a la justicia constitucional sólo la iniciación del trámite es rogada. Todas las diligencias posteriores se harán de oficio bajo la responsabilidad del tribunal respectivo; quien mandará se corrijan por quien corresponda; las deficiencias de presentación y trámite que aparezcan en los procesos.
¿En qué consiste el principio de la concreción de un agravio personal y directo?
El agravio es un perjuicio o una lesión inferida a una persona en sus derechos o intereses. El daño causado puede ser en el patrimonio de una persona o en derechos no patrimoniales; pero si afecten la esfera jurídica. El agravio debe de ser personal; un perjuicio causado al invocante del amparo. Debe ser directo; lo que significa; en la línea recta; sin intermediarios; o que entre la situación vulnerante y el agravio hacia la persona exista una relación precisa de causalidad.
¿Cuáles son los elementos del agravio?
a) elemento MATERIAL; constituido por un daño o menoscabo patrimonial en la persona o en su esfera jurídica. b) elemento JURÍDICO. El cual identifica la circunstancia que el daño o perjuicio deben ser causados mediante violación de derechos individuales constitucionales.
¿En qué consiste el principio de limitación de pruebas?
El diseño del proceso de amparo conlleva la intención de un procedimiento breve; sencillo; rápido; en el cual deben establecerse; fundamentalmente dos hechos: la EXISTENCIA DEL ACTO reclamado; del acto de autoridad; en las circunstancias denunciadas por el interesado; lo que es una cuestión fáctica de hecho. Y la otra se refiere; a determinar si esa situación fáctica; ese acto reclamado VULNERA O NO DERECHOS FUNDAMENTALES.
¿Cuáles son las razones para limitar la prueba en el proceso de amparo?
a) por su pertinencia; tomando en cuenta que pruebe los hechos fundamentales en un amparo. b) pueden aceptarse pruebas que fueron rendidas ante autoridad responsable; pero no se admiten aquellas que debieron de haber sido rendidas ante la autoridad responsable.
¿En qué consiste el principio de limitación de recursos del amparo?
Se hace en función de mantener; en el amparo; un proceso concentrado; breve; sencillo y eficaz de protección de los derechos fundamentales. Solo se reconocen el recurso de apelación para ciertos tipos de resoluciones: sentencias; autos que resuelvan amparo provisional; autos de liquidación de costas y daños y perjuicios; ocurso de queja para revisar irregularidades en el trámite y ejecución; así como el de aclaración y ampliación.
¿A qué hace referencia el principio de concreción de la relatividad de los efectos de las sentencias de amparo?
efectos de la sentencia no pueden irradiarse hacia otros casos que no hayan siDo objeto de controversia del proceso concreto.
¿En dónde se encuentra el antecedente más antiguo del constitucionalismo guatemalteco?
Se encuentra en el proyecto de Constitución de 112 artículos más una Declaración de Derechos que el diputado por el ayuntamiento de la capital Antonio Larrazábal; llevo a las Cortes de Cádiz.
¿De la interpretación del acta de la Independencia; se puede deducir que nacen dos corrientes que luego constituirán los partidos políticos del siglo XIX; cuáles son?
Los Conservadores y los liberales.
¡¡¡Recuerda hacer un mapa sobre la historia de las Constituciones!!!!
Esta bien