cuarto tema Flashcards
¿Quiénes son los sujetos del procedimiento administrativo?
Son:
Administrados: Personas naturales o jurídicas que participan en el procedimiento, ya sea como titulares de derechos o intereses, o como aquellos que pueden resultar afectados por la decisión administrativa.
Autoridad Administrativa: El agente de las entidades que, bajo cualquier régimen jurídico, ejerciendo potestades públicas, conducen el inicio, instrucción, sustanciación, resolución o ejecución del procedimiento administrativo.
Órganos Colegiados: Están integrados por varias personas físicas que se encuentran en un plano horizontal, con funciones como:
Presidente: Su designación se ajusta a las normas del órgano.
Secretario: Asegura la regularidad del procedimiento.
Miembros: Deliberan y votan sobre los temas planteados.
¿Qué es la competencia en el procedimiento administrativo?
La competencia es la facultad de la autoridad administrativa para conocer y resolver un asunto específico. Se debe verificar la competencia en cada caso, considerando:
Materia: El tema del asunto.
Territorio: La zona geográfica donde se produce el asunto.
Tiempo: El momento en que se produce el asunto.
Grado: La instancia en la que se produce el asunto.
Cuantía: El valor económico del asunto.
¿Cómo se controla la competencia?
Se controla mediante:
Control de oficio: La autoridad debe verificar su competencia al inicio del procedimiento.
Declinación de competencia: La autoridad se declara incompetente y remite el asunto a la autoridad competente.
Conflicto de competencia: Dos o más autoridades se atribuyen la competencia para conocer un mismo asunto. Se resuelve ante la autoridad superior.
¿Cuándo debe la autoridad administrativa abstenerse de participar en un procedimiento?
La autoridad debe abstenerse cuando:
Tenga interés en el asunto.
Haya tenido intervención como asesor, perito o testigo.
Tenga amistad íntima, enemistad manifiesta o conflicto de intereses con alguna de las partes.
Haya tenido relación de servicio o subordinación con alguna de las partes.
¿Qué establece el derecho de petición?
El derecho de petición permite a cualquier administrado, individual o colectivamente, promover por escrito el inicio de un procedimiento administrativo ante todas y cualesquiera de las entidades. La autoridad está obligada a dar una respuesta por escrito dentro del plazo legal.
¿Quién es considerado un administrado?
Es cualquier persona natural o jurídica que participa en un procedimiento administrativo, ya sea:
Iniciando el procedimiento: Como titular de derechos o intereses legítimos, individuales o colectivos.
Viéndose afectado por la decisión: Aunque no haya iniciado el procedimiento, sus derechos o intereses legítimos pueden resultar afectados por la decisión administrativa.
¿Qué es la autoridad administrativa?
Es el agente de las entidades que, bajo cualquier régimen jurídico, ejerciendo potestades públicas, conducen el procedimiento administrativo. Esto incluye:
Inicio del procedimiento: Recibir la solicitud.
Instrucción: Recopilar información y pruebas.
Sustanciación: Analizar la información y pruebas.
Resolución: Tomar una decisión sobre la solicitud.
Ejecución: Poner en práctica la decisión.
¿Qué son los órganos colegiados?
Dorso: Son aquellos que están integrados por varias personas físicas que se encuentran en un plano horizontal. Suelen tener:
Presidente: Su designación se ajusta a las normas del órgano.
Secretario: Asegura la regularidad del procedimiento y las deliberaciones.
Miembros: Deliberan y votan sobre los temas planteados.
¿Qué es la competencia en el procedimiento administrativo?
La competencia es la facultad de la autoridad administrativa para conocer y resolver un asunto específico. Se debe verificar la competencia en cada caso, considerando:
Materia: El tema del asunto.
Territorio: La zona geográfica donde se produce el asunto.
Tiempo: El momento en que se produce el asunto.
Grado: La instancia en la que se produce el asunto.
Cuantía: El valor económico del asunto.
¿Cómo se controla la competencia?
Se controla mediante:
Control de oficio: La autoridad debe verificar su competencia al inicio del procedimiento.
Declinación de competencia: La autoridad se declara incompetente y remite el asunto a la autoridad competente.
Conflicto de competencia: Dos o más autoridades se atribuyen la competencia para conocer un mismo asunto. Se resuelve ante la autoridad superior.
¿Cuándo debe la autoridad administrativa abstenerse de participar en un procedimiento?
La autoridad debe abstenerse cuando:
Tenga interés en el asunto.
Haya tenido intervención como asesor, perito o testigo.
Tenga amistad íntima, enemistad manifiesta o conflicto de intereses con alguna de las partes.
Haya tenido relación de servicio o subordinación con alguna de las partes.
¿Qué establece el derecho de petición?
El derecho de petición permite a cualquier administrado, individual o colectivamente, promover por escrito el inicio de un procedimiento administrativo ante todas y cualesquiera de las entidades. La autoridad está obligada a dar una respuesta por escrito dentro del plazo legal.