Cortes Generales (CCGG) Cap1 1. Las Cámaras 66-80) Flashcards
Aspectos generales de las CCGG
ART 66
- Órgano representativo de la soberanía. Representan al pueblo español.
- Las Cortes Generales son inviolables.
- Órgano de poder político.
- Sus actos escapan a la jurisdicción de los tribunales ordinarios.
- Solo se revisan, en tanto sean contrarios a la CE, por el Trib.Const.
- Permanente.
-Aun en periodo de vacaciones o, en caso de disolución, las CCGG continúan funcionando a través de las Diputaciones permanentes (mín. 21 miembros).
Funciones CCGG
Las + importantes
ART. 66
- Representar al pueblo español.
- Ejercer la potestad legislativa.
- Aprobar los presupuestos generales del Estado (también los suyos propios)
- Controlar la acción del Gobierno.
- Demás competencias que les atribuya la Constitución.
¿Cuáles son las fases de la elaboración de leyes?
- Fase de iniciación (87.1): Gob./Congr./Senado
- Fase de tramitación o parlamentaria (fase constitutiva) (87-90)
- Fase integradora de la eficacia (91)
CCGG relacionada con la Corona
Art. 74
CCGG actuando como un ente unitario. Sesiones conjuntas:
- Prohibir la celebración de matrimonio a personas con derecho a la sucesión.
- Proclamar al Rey y tomar juramento a éste, al Príncipe Heredero y al regente o Regentes.
- Reconocer inhabilitación del Rey.
- Nombrar tutor del Rey.
- Nombrar Regente (1,3 o 5 personas), si no hubiera ninguna persona a quien corresponda.
- Proveer a la sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España en caso de extinción de todas las líneas llamadas en derecho.
No actuando como un ente unitario (ley orgánica).
- Abdicaciones, renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden
sucesorio a la Corona (art. 57.5 CE).
¿Quién controla la acción del Gobierno?
La CE atribuye el control de la acción del Gobierno a las CCGG, y sucede en algunos
ámbitos (presupuestos generales, sesiones de control, etc.). Pero, los puntos más importantes, moción de censura y
cuestión de confianza, se dan en realidad entre el gobierno y el Congreso exclusivamente.
Control al ejecutivo por parte de las CCGG (de forma conjunta)
-
Solicitud de información al Gobierno (Art. 109 CE): las cámaras o sus Comisiones, a través de sus
presidentes, podrán solicitar información al Gobierno, a cualquiera de sus Departamentos o a cualquier
autoridad estatal o autonómica. -
Solicitar la presencia de los miembros del Gobierno (Art. 110 CE).
-A su vez, los miembros del Gobierno tienen acceso a las sesiones de las Cámaras y sus Comisiones y la facultad de hacerse oír en ellas, y podrán solicitar que informen ante las mismas.
funcionarios de sus Departamentos. -
Comisiones de investigación (Art. 76 CE)
- Para cualquier asunto de interés público.
- Creadas por el Congreso, por el Senado o por ambas cámaras conjuntamente.
- Sus conclusiones no son vinculantes para los tribunales ni afectarán a las resoluciones judiciales.
▪ Sin perjuicio de que el resultado de la investigación sea comunicada al Ministerio Fiscal
para el ejercicio, cuando proceda, de las acciones oportunas.- Será obligatorio comparecer a requerimiento de las Cámaras.
Funciones de las CCGG en el orden interno de las Cámaras
Art. 72
- Las Cámaras establecen sus propios Reglamentos. Por M/abs
- Cada cámara el suyo
- También uno conjunto (regula las sesiones conjuntas). No ha pasado todavía.
- Aprueban autónomamente sus presupuestos (M/simp).
- Regulan el Estatuto del Personal de las Cortes Generales, de común acuerdo.
Funciones de las CCGG en el orden financiero
Aparte de lo relativo a los presupuestos grales del Estado.
- Planificación, mediante ley (dictada a propuesta del Gobierno), de la acción económica general (no se
refiere a los presupuestos generales del Estado aquí, sino a la planificación de la economía) (art. 131 CE). - De las Cortes depende el Tribunal de Cuentas, supremo órgano fiscalizador de las cuentas del Estado
(art. 136 CE). - El Tribunal de Cuentas ejerce sus funciones por delegación de las Cortes en el examen y comprobación de la Cuenta General del Estado.
Periodo de sesiones de las Cámaras
Sesiones de las cámaras. En ambos casos, convocadas por sus respectivos presidentes (a excepción de la sesión constitutiva, en la que convoca el Rey).
* Ordinarias (se dan en los periodos ordinarios)
- Primero: Septiembre-diciembre.
- Segundo: Febrero-junio.
* Extraordinarias (fuera de los periodos ordinarios). A petición de:
- El Gobierno.
- Diputación Permanente.
- M/abs de cualquiera de las Cámaras.
Funcionamiento de las Cámaras
art. 75
En Pleno y por Comisiones.
¿Cómo funcionan las Cámaras por comisiones?
- Por Comisiones: órganos especializados por materias. Número de miembros elegidos por los propios Grupos parlamentarios en proporción numérica.
-
Comisiones permanentes legislativas (el pleno puede delegar en éstas la aprobación de det. leyes) (ver también tema 1. Bloque III).
▪ No pueden:
-
Comisiones permanentes legislativas (el pleno puede delegar en éstas la aprobación de det. leyes) (ver también tema 1. Bloque III).
- Leyes de bases
- Leyes orgánicas
- Cuestiones internacionales
- Reforma de la Constitución
- Presupuestos Grales del Estado.
- Comisiones permanentes no legislativas
-
Comisiones mixtas (miembros de ambas cámaras)
▪ Cuando el Congreso y Senado deban ponerse de acuerdo en algunos asuntos (reforma de la CE, distribución Fondo compensación)
▪ Para estar en contacto con órganos e instituciones o hacer frente a un determinado problema social. Ejemplo:- Com. Mixta para el estudio del problema de las drogas
- Com. Mixta de relaciones con el Defensor del Pueblo.