Conceptos Qlos Flashcards

1
Q

Accords de désistement:

A

Acuerdos de desistimiento: Posibilidad de retirar a un candidato qué pasó a segunda vuelta en beneficio de una tercera mayoría que tiene mayores posibilidades de ser electa.

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2
Q

Voto de censura:

A

Expresión por parte del parlamento de que no se comparte o apoya la forma en que el gobierno esta llevando la conducción política. El parlamento retira su confianza en el gobierno, lo que usualmente va seguida de la renuncia del gabinete como forma de asumir su responsabilidad política.

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3
Q

Cláusula pétrea:

A

Preceptos de una constitución que disponen que uno o más de sus artículos no podrán ser derogados.

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4
Q

Consenso fundamental:

A

Consenso en someter la vida política a reglas formuladas racionalmente en el lenguaje, lo que a su vez implica renunciar a otros ámbitos o criterios para la solución de controversias políticas, en especial, el uso de la fuerza.

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5
Q

Concepto descriptivo político de constitución:

A

Se refiere a la forma o modo en que esta constituida la realidad política de un sistema. Posee carácter descriptivo de la configuración efectiva del poder político institucionalizado en el sistema.

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6
Q

Constitución en un sentido descriptivo constitucional:

A

Se refiere a la constatación de reglas que en un sistema político son usadas para identificar al poder político institucionalizado. Con independencia de si limita el poder.

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7
Q

Constitución en un sentido jurídico:

A

Conjunto de normas, consuetudinarias o emanadas de textos escritos, que disponen las reglas fundamentales de la organización política y su funcionamiento.

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8
Q

Constitución en un sentido racional normativo:

A

Documento escrito y único, elaborado en esa calidad de manera deliberada, en el cual se contempla la organización política fundamental sobre la base de a división de poderes y se reconocen y protegen las libertades y derechos individuales.

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9
Q

Constitución en sentido formal:

A

Corresponde a la totalidad del texto constitucional protegido por la rigidez.

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10
Q

Constitución en sentido material:

A

Conjunto de materias de relevancia constitucional que estén comprendidas en el texto constitucional o no.

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11
Q

Constitución en sentido amplio:

A

Pretensión de regular el poder político a través del derecho, sometiéndole a normas jurídicas.

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12
Q

Constitución en sentido estricto:

A

Se refiere a un texto único de base escrita que concentra la normatividad del poder, formulando los criterios normativos que han de regir el poder político institucionalizado.

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13
Q

Convenciones constitucionales:

A

Reglas políticas de comportamiento constitucional que se consideran vinculantes por y sobre aquellos que operan la constitución, pero cuyo cumplimiento no puede ser exigido ante/por los tribunales, ni por funcionarios superiores del parlamento.

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14
Q

Formas de estado:

A

Forma de estructurar las competencias estatales (estados simples, compuestos, etc).

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15
Q

Formas de gobierno:

A

Alude a la radicación del poder gubernamental en uno, minoría o una mayoría.

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16
Q

Regímenes de gobierno:

A

Configuraciones específicas de la relación entre órganos ejecutivo y legislativo, que dan lugar a las cinco grandes divisiones (parlamentario, presidencial, semi-parlamentario o semi-presidencial, regímenes presidencialistas y regímenes parlamentaristas).

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17
Q

Impeachment:

A

Instrumento de control del poder legislativo sobre el poder ejecutivo a través del cual se pide la destitución del presidente o de altos funcionarios. Su principal objetivo es hacer efectiva la responsabilidad constitucional y acusar comportamientos del tipo traición, penal, conductas reprochables, etc.

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18
Q

Jurisdicción contenciosa-administrativa:

A

Institución que tiene por función conocer las controversias producidas entre los órganos públicos y los individuos, para así resolverlas manteniendo la imparcialidad.

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19
Q

Mutación constitucional:

A

Cambio de las normas constitucionales sin modificación del texto constitucional, debido a la interpretación que se de del texto.

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20
Q

Poder constituyente:

A

Facultad de dotar a una comunidad de una organización jurídico-político fundamental.

21
Q

Poder constituyente originario:

A

La capacidad de dotar a un sistema político de una constitución sin vincularse a un ordenamiento jurídico preexistente.

22
Q

Poder constituyente derivado:

A

Potestad de modificar una constitución por los órganos y procedimientos que ella misma contempla.

23
Q

Referéndum:

A

Pronunciamiento popular sobre una materia de carácter legislativo, o sobre una decisión política.

24
Q

Ruptura de la constitución:

A

Derogación de una norma constitucional para un caso determinado, conservando su vigencia en los demás supuestos que pueda aplicarse.

25
Q

Rigidez constitucional:

A

Carácter de una constitución que contempla procedimientos agravados de reforma y mecanismos de control de constitucionalidad de las leyes.

26
Q

Sistemas políticos:

A

Realidades política concreta de organización del poder en una comunidad.

27
Q

Constituciones otorgadas:

A

Constituciones impuestas por una figura autoritaria que detenta o se ha arrogado el ejercicio del poder constituyente en forma unilateral.

28
Q

Constituciones pactadas:

A

Constituciones que son producto de un acuerdo entre un núcleo autoriatario (uni o pluripersonal) y un grupo más extenso, constituido al menos en parte importante por los destinatarios de la Constitución.

29
Q

Constituciones democráticas:

A

Constituciones donde el poder constituyente originario se encuentra radicado en el pueblo, coincidiendo con la teoría de la soberanía popular, y su ejercicio se ejerce efectivamente por este.

30
Q

Prerrogativa Real:

A

Conjunto de facultades políticas del monarca frente a cuyo ejercicio no cabe recurso judicial.

31
Q

Prerrogativa Real:

A

Conjunto de facultades políticas del monarca frente a cuyo ejercicio no cabe recurso judicial.

32
Q

Prerrogativa Real:

A

Conjunto de facultades políticas del monarca frente a cuyo ejercicio no cabe recurso judicial.

33
Q

Constitucionalismo en sentido lato:

A

Ideal humano de someter el ejercicio del poder político a normas jurídicas objetivas.

34
Q

Estado Gendarme:

A

Estado que se limita a ocuparse del orden público en lo interno y de la seguridad externa, sin intervenir jamás en el amplio ámbito reservado a los individuos.

35
Q

Estado de policía:

A

Estado en el que la seguridad como valor rector de la sociedad se sobrepone a la libertad y derechos de los individuos, permitiéndose así a la administración pasar por encima de estos (los derechos) y esta (la libertad) con tal de asegurar aquella (la seguridad).

36
Q

Estado autoritario:

A

Estado dirigido a aumentar el poder de los gobernantes con el objeto de que una élite especialmente cualificada pueda efectuar una acción de mayor eficacia en beneficio de la colectividad.

37
Q

Imperio de la ley:

A

Substitución de la voluntad arbitraria y personal, caprichosa e inestable, de los gobernantes por la autoridad de la Ley cuyas normas abstractas, generales y permanentes excluyen la arbitrariedad y la parcialidad.

38
Q

Estado de Derecho:

A

Estado en el que el principio rector o finalidad del mismo es el bienestar y libertad de los individuos y no ya la mayor gloria del aparato estatal o el príncipe, para lo cual se cuenta con una serie de principios o técnicas propio de este mismo.

39
Q

Principio de juridicidad:

A

Autoridades y órganos públicos sólo pueden hacer lo que el derecho expresamente les permite.

40
Q

Principio de legalidad de la administración:

A

Principio en virtud del cual la ley no solo constituye un límite para la actuación de la administración, sino también su fundamento, de tal manera que la administración no puede actuar sin una base jurídica.

41
Q

Derechos sociales:

A

La facultad de los individuos consistente reclamar determinadas prestaciones por parte del Estado que obligan a éste a una actividad positiva de intervención en los asuntos privados que lo comprometen a un hacer en términos de servicios públicos, subsidios, empresas económicas, etc.

42
Q

Garantías:

A

Procedimientos específicos que pueden ser puestos en marcha para contener la violación del derecho o libertad cuando todavía es tiempo para ello.

43
Q

Homogeneidad jurídico-política:

A

Igual participación formal de los individuos en la formación de la unidad estatal y la igualdad en el acceso a los cargos públicos.

44
Q

Estado social de derecho:

A

Aquella específica forma de estado que, junto con garantizar las libertades y derechos propios del estado de derecho, asiste a los individuos en su procura existencial, les garantiza un mínimo vital, y persigue lograr que éstos hagan efectivo ejercicio de los derechos y libertades del estado de derecho.

45
Q

Resquicios legales:

A

Institución del ordenamiento jurídico que permite una adaptación de medidas ideológicas, en cuanto lo legal puede ser la forma que tiene un sector ideológico de entender el derecho, por lo que, lo legítimo cambia según quien este en el poder, dandole una nueva forma a la legalidad.

46
Q

Cordones industriales:

A

Grupos de militantes de la Unidad Popular, que en teoría debían ser capaces de tomar el control de determinado un barrio frente a una “reacción burguesa.

47
Q

Libertad (Kant):

A

No obedecer a otra ley, sino aquella que se le haya prestado aprobación, a la que se haya adherido.

48
Q

Estado Social de Derecho:

A

Aquella específica forma de estado que, junto con garantizar las libertades y derechos propios del estado de derecho, asiste a los individuos en su procura existencial, les garantiza un mínimo vital, y persigue lograr que éstos hagan su efectivo ejercicio de los derechos y libertades del estado de derecho.