Capitulo II / Negocios Juridicos Flashcards
Hechos no voluntarios:
Independientes de la voluntad del hombre.
Hechos jurídicos:
La concreta aplicación de la norma jurídica depende de que se verifique ciertos hechos por ella generalmente prefijados.
Hechos voluntarios o actos jurídicos, tienen dos categorías:
A) acto ilícito: perseguidor de un fin prohibido por la ley, y contra el cual esta reacciona, con miras a restaurar el orden jurídico.
B) negocio jurídico: acto enderezado al logro de un fin que la norma jurídica reconoce y tutela.
¿Que es el negocio jurídico?
Es una manifestación de voluntad encaminada a la consecución de un fin practico permitido y protegido por la ley.
Nombre las consecuencias del negocio jurídico:
- Adquisición
- Modificación
- Perdida de un derecho subjetivo, según conformidad con el fin practico.
Las categorías del negocio jurídico son:
A) negocios unilaterales y bilaterales B) negocios formales o solemnes y no formales o no solemnes C) negocios onerosos o gratuitos D) negocios causales y abstractos E) negocios mortis causa e Inter vivos
Negocios unilaterales y bilaterales:
- unilateral: negocio jurídico puesto en existencia por la voluntad de un solo sujeto.
- bilateral: creado por las voluntades de dos sujetos, en cuanto un acuerdo.
Negocios formales o solemnes y no formales o no solemnes:
- formales o solemnes: negocios respecto a los cuales esta prescrita por el ordenamiento jurídico la observancia de una forma precisa y taxativa.
- no formales o no solemnes: negocios en los que la manifestación de voluntad puede tener lugar de cualquier modo.
Negocios onerosos y gratuitos:
- onerosos: adquisición de un derecho o de una ventaja económica mediante una contrapartida. Se trata de un cambio de prestaciones, de un recíproco desprendimiento patrimonial.
- gratuitos: la adquisición se verifica sin una pérdida correspondiente, como en la donación.
Negocios causales y abstractos:
- causales: el fin práctico, de modo inmediato, persiguen las partes, se unimisa con el negocio, dotando a este una estructura y de una función uniformes.
- abstractos: el fin practico, que se llama causa, no aparece en los negocios abstractos.
Negocios mortis causa e Inter vivos:
- mortis causa: son aquellos que tienen por objeto regular el destino del patrimonio o de particulares bienes después de la muerte del disponente.
- Inter vivos: gozan de eficacia en vida de ambas partes.
Explicar la voluntad en el negocio jurídico:
La voluntad interna no es suficiente para que el negocio nazca a la vida de la realidad jurídica. La voluntad ha de ser declarada o manifestada, ya sea de acuerdo con las normas prescritas por la ley, ya a tenor de la peculiar naturaleza de las relaciones que entran en juego. La declaración puede ser oral o escrita, expresa o tácita, con solemnidad o sin ella.
¿Que son los elementos accidentales?
Pueden las partes modificar sus efectos mediante cláusulas accesorias. Tales cláusulas tienen una libertad de disposición que la norma jurídica no limita de antemano, pero ha de advertirse que, una vez acordadas, se convierten en elementos esenciales del negocio concreto.
¿Cuales son las cláusulas accesorias más frecuentes?
Condición, término y modo.
Cláusula accesoria de CONDICIÓN:
- hecho futuro e incierto del cual depende la eficacia del negocio jurídico.
- pede ser suspensiva o resolutoria según su realización determine, respectivamente, la producción o el cese de los efectos del negocio jurídico.