Cap 3-4 Flashcards
Solio Regio
Dentro del Palatium (Consejo de magnates) designa al trono del rey asturleonés que
simboliza su majestad. Se utiliza por vez primera con Silo en su sede regia de Pravia. A
medida que se traslada la sede regia lo hace el solio regio
Populares/populatio
Tipo de explotación y repoblación de la tierra con condiciones algo diferentes de la pressura, a partir del s. X, que remite a la creación de establecimientos de los poderosos.
Relacionado con la organización de un espacio y no necesariamente con la llegada de población
Dux, ducado
Jefe militar
Servus
Grupo descendiente de los esclavos rurales, cuyo origen arranca de los siglos
bajoimperiales romanos. La condición jurídica y social del siervo podía equipararse con la de los colonos si bien, a diferencia de éstos, su adscripción a la tierra era prácticamente total.
Aprisio
Término aplicado en la repoblación de los territorios orientales (Cataluña) equivalente a
pressura en las tierras occidentales. Modalidad de colonización que permitía al
campesino convertirse en propietario de tierras abandonadas tras roturarla y cultivarla.
Cadi del yund
Juez del Yund, desaparece con Abderramán I
Alfanquí
Especialistas de la ley Coránica y ciencia jurídica (Fiqh). Su misión consitía en
vigilar que la justicia y el gobierno se realizara conforme al libro sagrado (Corán). Eran asesores de los cadíes (jueces) y formaban parte de la curia de consejeros (sura)
Marcas
Tugures
Comissos
Áreas, no muy extensas que agrupaban un conjunto de asentamientos rurales, bajo control regio, que podían ceder su gestión de forma temporal a laicos o eclesiásticos.
Regula Comunis
Aunque se atribuyo a San fructuoso, se considera hoy un conjunto de decisiones emanadas de las reuniones de abades del noroeste hispano. Sus disposiciones se refieren más a los abades, para su buen gobierno, que a los monjes, quizás para conseguir una cierta uniformidad entre los diferentes monasterios
Rota Civitas
centro político relevante
Vegería o vicaría
ntiguamente también veguerío) fue una jurisdicción administrativa medieval de Occitania (sur de Francia) y Cataluña (España). Toma su nombre de la demarcación correspondiente, el vicus, la ciudad de menor importancia. Aparecida durante la época carolingia, la veguería era inicialmente la sede de la jurisdicción civil y penal dictada en nombre del conde o vizconde. Sin embargo, con el declive del poder local y el creciente poder de las jurisdicciones reales, las veguerías llegaron a convertirse en la jurisdicción menor, tratando solo asuntos rutinarios. Era administrada por un veguer (que procedía del vicarius comitis), es decir,
Alodio
régimen de propiedad de bienes inmuebles, generalmente tierras, en el cual el propietario tiene el dominio completo sobre ellas, es decir, tanto del directo como el de uso
Castells termenats
Distritos en torno a castillos.