B. OBLIGACIONES PURAS Y SIMPLES- OBLIGACIONES SUJETAS A MODALIDAD Flashcards

1
Q

A. PURAS Y SIMPLES

A

son obligaciones que nacen y son exigibles simultáneamente, en las obligaciones puras y simples el momento en que la obligación nace debe ser cumplida. Ejemplo: ir al OMA a comprar un café.

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2
Q

Características de las obligaciones puras simples

A
  1. No están sujetas a ninguna modalidad
  2. Su existencia y exigibilidad dependen de que se de los elementos estructurales del hecho u acto fuente
  3. Exigibilidad inmediata
  4. El momento en que la obligación nace y aquel en que debe ser cumplida se confunde
  5. Son la regla general referencia a los elementos de la esencia, de la naturaleza y accidentales (modalidades)
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3
Q

Régimen jurídico- efectos.

OBLIGACIONES PURAS Y SIMPLES-

A
  1. El acreedor pide emprender todas las acciones pertinentes para hacer efectiva la obligación en caso de no cumplirse inmediatamente
  2. Si el deudor no paga inmediatamente, estará en situación de incumplimiento.
  3. Mora (retardo injustificado) aplica regla general del art 1608 CC y 94 del CGP indemnización de perjuicios.
  4. La prescripción corre desde el mismo día en que nace la obligación.
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4
Q

C. OBLIGACIONES SUJETAS A PLAZO. Art 1551 CC

A
  1. Se trata de obligaciones cuya exigibilidad o extinción depende de la ocurrencia de un hecho futuro y cierto.
  2. Lo que depende el plazo es la exigibilidad o extinción depende de la ocurrencia de un hecho futuro y cierto.
  3. Son aquellas cuya exigibilidad o extinción depende de la ocurrencia o no de un hecho futuro y cierto.
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5
Q

Criticas a la definición de obligaciones sujetas a plazo

A

la definición deja por fuera el plazo extintivo y solo menciona el plazo extintivo

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6
Q

Características del plazo

A

1- Es un hecho futuro, es decir, algo que está por venir, pero aún no ha ocurrido.
2- La diferencia con la condición es que el plazo además de que es un hecho futuro, es un hecho cierto.
3- Hecho cierto: se sabe que va a ocurrir y necesariamente ocurrirá según las leyes físicas y de la naturaleza. Se predica del hecho, no de la época de la ocurrencia.
4- El vencimiento o cumplimento del plazo produce efectos únicamente hacia el futuro, no produce efectos retroactivos como si ocurre en la condición.

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7
Q

¿Cuándo se entiende que se cumple el plazo?

A

Art 68 CC : se entenderá que vale si se ejecuta antes de la media noche en que termina el último día de plazo; y cuando se exige que haya transcurrido un espacio de tiempo para que nazcan o expiren ciertos derechos, se entenderá que estos derechos no nacen o expiran sino después de la media noche en que termina el último día de dicho espacio de tiempo.
Art 829 Co C

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8
Q

Clasificación del plazo

A

1- Plazo suspensivo: hecho futuro y cierto del que depende la exigibilidad de la obligación. Ej.: en un contrato de arrendamiento en el 20 de cada mes se debe pagar el canon. Ej. #2:

2- Plazo extintivo: hecho futuro y cierto del que depende de la extinción de la obligación. Ej.: la obligación de los padres de manutención para sus hijos hasta la mayoría de edad o si estos siguen con sus estudios, hasta los 25 años.

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9
Q

3- Plazo legal

A

plazo establecido en la ley o definido por el legislador y este usualmente lo fija para suplir la obligación de las partes y admiten pacto en contrario. Art 225 CC. Los términos se entiende cono días hábiles.

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10
Q

4- Plazo voluntario o convencional:

A

se entiende en días calendario no hábiles. Art 70 CC.

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11
Q

5- Plazo Judicial:

A

establecido excepcionalmente por el juez en los casos en que señala la ley. Art 961 CC. El juez es quien puede habilitar el plazo SIEMPRE Y CUANDO el legislador le permita hacerlo.

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12
Q

¿Qué es el plazo?

A

El plazo es un elemento accidental y requiere pacto expreso de las partes y si no lo hacen y no hay regla que opere, la obligación se ejecuta como pura y simple.

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13
Q

6- Plazo expreso:

A

explícitamente convenido por las partes.

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14
Q

7- Plazo tácito

A

art 1551 CC es tácito el indispensable para cumplir: ej.: puede haber casos en que la partes no viene un término para la exigibilidad de la prestación, pero por la naturaleza misma de la obligación se necesita haber un plazo, por ejemplo, si yo pido un domicilio debe esperar el plazo de que el restaurante prepare mi comida, y luego que el domiciliario la recoja y la lleve a mi casa.

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15
Q

8- Plazo determinado

A

es aquel en el que tengo certeza cuando va a ocurrir el hecho. Ejemplo: una fecha fija. Art 1139 CC.

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16
Q

9- Plazo indeterminado:

A

Son hechos respeto de los cuales hay certeza cuando efectivamente va a ocurrir ese hecho. Ejemplo: la muerte.

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17
Q

10- Plazo de derecho:

A

es el que esta estableció en la ley o pactado en las partes, está amparado por el derecho

18
Q

11- Plazo de gracia

A

es una figura originalmente francesa y el juez puede concederle plazo al deudor para que cumpla con sus prestaciones por benevolencia. Art 1715 CC. El plazo de gracia equivale a la prórroga y esto implica que antes de que venza el plazo las partes deciden ampliarlo

19
Q

Efectos del plazo suspensivo

ANTES DEL VENCIMIENTO

A

• La obligación existe, pero su exigibilidad esta diferida en el tiempo.
• El acreedor no puede exigir el cumplimento de la obligación.
• No opera la compensación porque aún no es exigible (art 1715 CC).
• No corre la prescripción extintiva
- el deudor puede pagar la obligación si se entiende que el plazo se da en su beneficio (renuncia al plazo)

20
Q

Efectos del plazo suspensivo

DESPUÉS DEL VENCIMIENTO

A
  • La obligación se hace exigible y permite la acción ejecutiva
  • Opera la compensación
  • Comienza a correr el plazo de prescripción
  • El deudor incurre en mora si incumple la obligación una vez vence el plazo art 1608 CC.
21
Q

D. PLAZO EXTINTIVO.

A

Hecho futuro y cierto del que depende la extinción de una obligación

22
Q

CAUSALES DE LA EXTINCIÓN DEL PLAZO.

A
  1. Vencimiento
  2. Renuncia
  3. Caducidad
  4. Clausulas aceleratorias: art 69 de la ley 45 de 1990:
23
Q

OBLIGACIONES CONDICIONALES

A

Es un hecho fututo e incierto del cual depende el nacimiento o la extinción de una obligación.

24
Q

Características de la condición

A
  • Es externa a los elementos propios de la relación. Condictio iuris y Condictio facti. En la obligación condicional se trata de una condictio facti “externo a los elementos propios de la obligación jurídica obligatoria”.
  • La condición SIEMPRE tiene su fuente en la voluntad de las partes.
  • De la condición depende no solo la exigibilidad de una condición sino su nacimiento.
25
Q

Características de la condición

A
  • Es externa a los elementos propios de la relación. Condictio iuris y condictio facti. En la obligación condicional se trata de una condictio facti.
  • Su origen es voluntario (por las partes o por el testador).
  • Hecho futuro e incierto que pueda suceder. Ejemplo: que llueva mañana en Bogotá
  • Hecho futuro e incierto imposible. Ejemplo: que nieve mañana en Bogotá
26
Q

Características de la condición:

A
  • Puede ser expresa o tacita: pactada por las partes o implícita en el acuerdo de voluntades de las partes.
  • Las partes pueden pactar en contrario, se sobre entiende que todo contrato bilateral el incumplimiento del otro genera la resolución del vínculo.
  • Ejemplo: Yo me comprometo a regalarle una colección de libros de Fernando Hinestroza si Gabriel se gradúa, es una obligación tacita ya que mi obligación solo surge si Gabriel efectivamente se gradua.
27
Q

Características de la condición:

A
  • Debe ser posible superar la incertidumbre, es decir, para uno poder establecer en un caso determinado si la condición se cumplió o no o si se producen o no sus efectos es necesario verificar si el hecho futuro e incierto ocurrió o no.
  • Ejemplo: yo me obligo a pagarla a Gabriel 100 millones de pesos si mañana llueve en Bogotá, mañana yo podría verificar si la condición se cumplió o no.
28
Q

Condición suspensiva

A

si mientras no se cumple, suspende la adquisición de un derecho, hecho futuro incierto del que depende el nacimiento de una obligación y la adquisición de un crédito correlativo.

29
Q

Condición resolutoria

A

cuando por su cumplimiento se extingue un derecho. Cuya extinción está sujeta a un hecho futuro e incierto pero si esta acaece, se surgen efectos retroactivos en los contratos de ejecución instantánea. En un contrato de duración el efecto que produce es que no se generan efectos retroactivos por la naturaleza de la obligación.

Ejemplo: Sebastián le pago 100 mil pesos a federico pero gano la materia, por lo que federico le tiene que restituir los 100 mil pesos a Sebastián.

30
Q

IMPORTANTE 1

A

La condición es resolutoria no extintiva, el plazo es extintivo no resolutoria.

31
Q

Positiva o Negativa art 1531 CC

A

Positiva: un hecho que efectivamente suceda. Ejemplo: te pago 100 millones de pesos si gana Colombia.
Negativa: No suceda el hecho que sirve de condición. Ejemplo: te doy mi casa si no contraes matrimonio

32
Q

c) Casual

A

son las que depende de hechos de la naturaleza, lo que la ley determina “acaso” o que dependen de la voluntad exclusiva de un tercero. Ejemplo: que mañana llueva, que el flujo vehicular que transita por la ruta del sol aumente el otro año , le pago a Jorge 100 millones de pesos si james hace un gol.

33
Q
  1. Potestativa:
A

depende de la voluntad de una o ambas partes de la relación jurídica “me obligo si yo quiero”. Ejemplo: me obligo a darte 100 mil pesos si quiero.

34
Q

Potestativa pura:

A

exclusivamente depende del querer de una de las dos partes. No tiene valor si es suspensiva y depende de la voluntad del deudor, pero si vale si es resolutoria. Podría depender de la voluntad del acreedor. Ejemplo: Yo acreedor compro el computador de Vanessa si yo quiero comprarlo y yo por mi sola voluntad del acreedor puedo declarar extinguida esa obligación

35
Q

Potestativa simple:

A

depende de la voluntad de una de las partes pero no simplemente de esto, implica que realicen o se abstengan de realizar una conducta voluntariamente. Ejemplo: si Héctor se corta el pelo, yo le pago 50 mil pesos. Si Héctor lo hace, tiene el derecho a hacer exigible la obligación. Ejemplo #2: si me vienes a visitar te doy 40 mil pesos

36
Q
  1. Mixta:
A

: condición que depende simultáneamente de un tercero o de la naturaleza o de las partes. “cuando concurre un hecho de la naturaleza con un hecho de las partes o un hecho de un tercero con un hecho de las partes”. Ejemplo: yo le digo a Jorge que si mañana llueve y alguien se cae en un charco le pago 100 mil pesos.

37
Q

Licita e ilícita art 1532-1537 CC

A

Esta dada porque el hecho sea o no sea inductivo a hechos ilegales

38
Q

LICITA

A

Licita: cuyo hecho futuro e incierto es conforme a la ley imperativa, las normas y las buenas costumbres. Ejemplo: Te pago 10 millones de pesos si ganas todos los partidos del equipo de futbol de la Javeriana.

39
Q

Ilícita:

A

la que contrarie esos preceptos. Ejemplo: te pago 10 millones si matas a una persona.

40
Q

e) Posible e imposible

A
  • Posible: la condición que es susceptible de realización en el mundo de lo físico. Ejemplo: te pago 20 mil pesos si cierras la puerta.
  • Imposible: la que no puede realizarse. Ejemplo: te entrego mi casa si tocas una estrella.
41
Q

F) Expresa o tacita

A
  • Expresa: manifiestamente aparece en el pacto de las partes. Ejemplo: le compro un caso a Vanessa si se casa el año entrante.
  • Tacita: se sobrentiende o esta implícita en el pacto de las partes ya sea por la forma en la que convinieron su relación o por la naturaleza misma de la prestación.