AMPARO INDIRECTO Flashcards
¿Quién conoce del amparo indirecto?
RG: el juez de distrito.
EX: Tribunales Colegiados de Apelación cuando la violación sea cometida por otro Tribunal Colegiado de Apelación o Juzgado de Distrito.
¿Qué arts lo regulan?
103 y 107 CPEUM
Amparo contra normas generales (amparo indirecto)
Procede contra normas generales ya sean autoaplicativas o heteroaplicativas. Se entiende que son normas generales:
1. Tratados internacionales que no reconozcan DDHH.
2. Leyes federales.
3. Constituciones locales.
4. Reglamentos federales y locales.
5. Acuerdos.
6. Decretos.
7. Resoluciones de observancia general.
Casos especiales: omisiones legislativas, violaciones indirectas y tratados internacionales.
Para identificar si una NG es heteroaplicativa o autoaplicativa tenemos que atender al criterio de INDIVIDUALIZACIÓN INCONDICIONADA.
A. Autoaplicativa: no necesita de la expedición de una norma o de un acto, es decir, es incondicionada.
B. Heteroaplictiva: la norma requiere de la expedición de otra norma o de un acto (condicionada).
Inconstitucionalidad indirecta de las NG
Lo común es que en un juicio de amparo, se presenten violaciones indirectas a la Constitución.
En el amparo directo se impugna la sentencia definitiva o no necesariamente sentencias definitivas pero que frenan el procedimiento de manera anticipada. Adicionalmente, se puede impugnar que el art. que te impusieron es inconstitucional.
En estos casos, no se impugna una norma por ir directamente en contra de la Constitución, sino porque pretende ser aplicada por encima de una norma de jerarquía superior (conflicto de competencia entre normas locales y federales)
La inconstitucionalidad de una norma también puede aducirse cuando se estime que dicha norma tiene una jerarquía menor que otra
No se puede promover juicio de amparo contra resoluciones en amparo. Por ello no puede aducirse la inconstitucionalidad de la Ley de Amparo por esta vía, salvo dos excepciones:
o Recurso de queja interpuesto con motivo de desechamiento de demanda de amparo. El quejoso puede hacer valer inconstitucionalidades de la Ley en relación al desechamiento.
o Interposición de un recurso de revisión en amparo directo.
Amparo contra omisiones legislativas
Cuando se ataca una omisión legislativa se pide al juez que ordene al Congreso a legislar sobre determinado punto.
- Omisiones propias: obligación constitucional.
- Omisiones impropias. No hay obligación constitucional pero sí hay un vacío normativo.
CRITICA: Esto es contrario a la autonomía de los Poderes de la Unión.
-Respuesta: es un acto en defensa de la Constitución porque no se está cumpliendo una obligación constitucional.
Amparo contra tratados internacionales
Los tratados internacionales que no regulan derechos humanos pueden ser objeto de impugnación por la vía del amparo, mientras que los tratados que regulan y protegen derechos humanos no se pueden impugnar porque tienen jerarquía constitucional.
Se sugiere un control difuso.
Amparo judicial
Se debe distinguir entre:
1. Actos realizados dentro de juicio: Desde la demanda hasta la sentencia.
- Actos realizados fuera de juicio
a. Medios preparatorios a juicio;
b. Personas extrañas a juicio. - Actos realizados después de concluido el juicio.
Actos realizados dentro de juicio
RG: no procede el juicio de amparo indirecto en contra de los actos realizados dentro de juicio.
EX: actos en juicio cuya ejecución sea de imposible reparación o derechos no remediables.
Si la resolución no es favorable y estas violaciones intraprocesales trascienden al sentido de la sentencia, se impugna vía amparo directo. Son intraprocesales porque hay que esperar a que se pronuncie para ver si violación procesal trascendió al momento en que se practicó la sentencia.
Requisitos para que se pueda dar el AI:
v Actos procesales que violan derechos fundamentales.
v Estos derechos no se pueden reparar con los recursos, sentencia definitiva o sentencia de amparo directo.
v Son derechos no remediables, es decir, una vez practicados son actos consumados.
Actos realizados DESPUÉS de concluir el juicio
RG: los actos en ejecución de sentencia NO son impugnables vía amparo indirecto.
EX: puede impugnarse la última resolución del procedimiento de ejecución o hasta la adjudicación o entrega de los bienes en el caso de los remates.
La jurisprudencia señala que son dos tipos de actos:
1. Actos en ejecución de la sentencia: aquellos que materializan un precepto previsto en una sentencia definitiva. En contra de estos no procede amparo indirecto.
a. Incidente de liquidación de intereses;
b. Embargo.
- Actos para ejecutar una sentencia. Si procede el juicio de amparo indirecto.
La Ley señala que en el caso de los actos de ejecución, el amparo indirecto solo puede promoverse en contra de la última resolución dictada en el procedimiento, la cual puede ser:
v Órgano jurisdiccional aprueba el cumplimiento total.
v Juez declare la imposibilidad material o jurídica de dar cumplimiento.
v Se ordena el archivo definitivo del expediente.
Actos ejecutados FUERA de juicio
- MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO.
-Son requisitos necesarios para el ejercicio de una acción ejecutiva
-Se impugnan si se emiten resoluciones que no le favorecen. - MEDIDAS CAUTELARES
-Actos procesales que se dictan para que la persona demandada no se “sustraiga” de la justicia.
-Puede consistir en:
a. Embargo de bienes.
b. Arraigo. - PROCEDIMIENTOS DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
-Los interesados acuden al juez para que constituya ciertos derechos. - JUICIOS INCIDENTALES
-Procesos tramitados por cuerda separa y que son accesorios al juicio principal.
a. Nulidad del procedimiento arbitral.
b. Oposición a homologación de laudo arbitral
CONTRA ACTOS QUE AFECTAN A PERSONAS EXTRAÑAS.
-Personas extrañas: aquellas que no participan como parte material en un procedimiento judicial, pero se afecta las propiedades o las posesiones de esa persona.
-El tercero debe demostrar fehacientemente su interés jurídico (demostrando la propiedad con documento de fecha cierta). En estos casos tiene un plazo de 15 días a partir de que el tercero manifieste haber tenido conocimiento del acto reclamado.
CONTRA ACTOS DE AUTORIDAD QUE DETERMINEN INHIBIR O DECLINAR LA COMPETENCIA O CONOCIMIENTO DE UN ASUNTO
La parte demandada puede cuestionar la competencia de un juez por dos vías:
1. Vía declinatoria. Esta se plantea ante el juez que realizó el emplazamiento.
2. Vía inhibitoria. Se le solicita que se declare competente y que se requiera al incompetente para que le remita los autos.
Amparo administrativo
- PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SEGUIDOS EN FORMA DE JUICIO.
-. Se sigue el procedimiento ante la autoridad administrativa, desde su inicio de oficio o a petición de parte, el ofrecimiento y desahogo de pruebas y el dictado de una resolución. - PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EQUIPARADOS SEGUIDOS EN FORMA DE JUICIO
- CONTRA ACTOS Y OMISIONES DEL MP
Procede en contra de las omisiones del MP en la investigación - CONTRA ACTOS DE PARTICULARES
Presentación de la demanda
Forma de presentar la demanda de amparo:
1. Escrito libre con firma autógrafa.
2. Comparecencia en casos que requieran atención inmediata.
3. Medios electrónicos.
Requisitos de la demanda
1. Nombre y domicilio del quejoso.
2. Nombre y domicilio del tercero interesado.
3. Autoridad responsable. Si es un amparo contra NG estas seran:
-Congreso de la Unión.
-Presidente de la República.
-Titulares de dependencias.
-Titular del DOF.
4. El acto reclamado.
5. Antecedentes.
6. Preceptos que contengan DDHH y garantías.
7. Conceptos de violación.
DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑAN LA DEMANDA
1. Copia certificada del poder con el que se va a acreditar la personalidad.
2. Documentos que acrediten el interés jurídico.