4.2 Flashcards
Cortes de Cádiz: Contexto guerra
Durante Guerra Independencia 1808-1814 → nuevo régimen político
Revolución política → asumir soberanía nacional y romper absolutismo
Surgen Juntas locales → juntas provinciales → Sep 1808: Junta Central Suprema: gobierno de la resistencia
Junta Central Suprema: Cortes
Trasladada a Cádiz.
Desacreditada por derrotas militares → Consejo de Regencia 5 miembros: órgano de gobierno hasta Fernando VII.
Junta Central: debatido reunión de Cortes Generales → regencia cuando establecen poderes locales en ciudades americanas (peligro el imperio)
Cortes constituidas por:
autoconstituyen: Asamblea Constituyente/asumen soberanía nacional
Inician sesiones septiembre 1810 → juramento de diputados: defender integridad de España (y América)
Funcionan hasta primavera 1814.
Diputados
- clase media
- eclesiásticos
- abogados
- militares
- funcionarios
- catedráticos
- burgueses
clase popular y mujeres no representados (papel fundamental de campesinos contra franceses)
Representantes americanos: los de origen americano que había en Cádiz
Tendencias diputados
- Liberales: reformas revolucionarias
- Ilustrados (jovellanistas): reformas moderadas sin cambiar absolutismo
- absolutistas: mantener viejo orden monárquico
Aprobación de medidas de las Cortes
Medidas → desmantelan fundamentos políticos, sociales y económicos de Antiguo Régimen.
- X Régimen señorial: impide modernizar administración local/provincial. X gremios → modernas relaciones producción liberal-capitalista
- Desamortización: propiedades afrancesados/órdenes militares disueltas/ conventos y monasterios destruidos por guerra/mitad de tierras comunales
- X Aduanas interiores/Honrado Concejo de la Mesta
- X Inquisición. X conventos - 12 miembros
- Decreto de libertad de prensa/producción/contratación/comercio
- Debate: reorganización territorial de España (contenido regionalista) → uniformidad territorial/centralización política
Constitución: principios básicos
Reforma política: Constitución 1812 (19 marzo)
Primera ley fundamental aprobada → Parlamento nacional, España.
Principios básicos: constitución francesa 1791.
- Soberanía nacional. nación + colonias
- División de poderes. Legislativo: cortes unicamerales. Ejecutivo: rey y ministros. Judicial: tribunales. Rey no puede disolver cortes, 1 derecho de veto suspensivo y transitorio 2 años sobre leyes aprobadas en las Cortes.
- Monarquía constitucional
- Reconoce derechos individuales y colectivos: libertad de imprenta, propiedad, educación, sufragio…
- Igualdad de todos ante la ley, fuero único. mismas leyes - iglesia y ejército. X fueros, leyes contrarias a constitución. Codgios y tribunales para todos, igualdad fiscal, burocracia centralizada, ejército nacional, Milicia Nacional → orden constitucional.
- Catolicismo: religión única y oficial. (absolutistas)
- Sufragio universal masculino e indirecto (varones, mayores de edad, X clero regular)
Constitución consecuencias
- Ciudadanos reconocen a Fernando VII como rey constitucional
- Constitución refleja influjo de Iglesia y nobleza, declara estado confesional y reconoce propiedades de privilegiados.
Aplicación posterior
- Ni Constitución ni leyes: aplicación práctica → guerra.
- Fernando VII deroga constitución
- Símbolo de liberalismo
- Inspiración a textos posteriores