1er Parcial Flashcards
Definición de amparo
Garantía constitucional de caracter extraordinario por la que a instancia del gobernado titular de un derecho subjetivo o de un interés legítimo, se tutelan los derechos fundamentales reconocidos en la CPEUM y en los tratados internacionales de los que México es parte, mediante una sentencia dictada por los tribunales
Materia electoral
El juicio de amparo no procede en temas electorales ya que existe una vía especializada en esa materia. Tribunales Electorales art. 125
Quienes y como pueden ejercer el juicio de amparo
Cualquier ciudadano
Que haya sufrido un perjuicio
Interés jurídico o legítimo
Firma quien resiente la afectación
Extranjeros
Pueden promover juicio de amparo siempre y cuando estén sujetos a la legislación mexicana.
Quien controla el juicio de amparo
El parámetro de control del juicio de Amparo que es la Constitución y los Tratados Internacionales
Reglas generales del juicio de Amparo
CPEUM y TI nunca van a ser inconstitucionales
CPEUM es nuestra base/parametro de control
TI de DDHH → no se puede impugnar
TI no materia de DDHH → se puede impugnar
Principio de Instancia de parte agraviada
Quien reciente la violación de derechos humanos es quien promueve el amparo.
○ Personas morales también pueden promover por medio de un apoderado o miembro con facultades y cuando este actuando como personas de derecho privado y se les esté afectando su patrimonio.
○ Autoridades
○ Personas privadas de su libertad
○ Desaparecidos
Principio de Agravio personal
debemos de resentir una afectación, una vulneración. Este agravio personal debe de venir de una autoridad o un particular con carácter de autoridad y esta afectación tiene que actualizarnos a nosotros un interés determinado (asistido por un interés legítimo y jurídico).
Características de un acto de autoridad
○ Acción unilateral.
○ Facultad de imperio (aplicación de la fuerza pública).
○ Coercitivos.
○ Obligatorios.
○ Sin necesidad de ir a un juzgado.
Interés simple
El interés que tenemos todos los habitantes en que se cumpla el estado de derecho, que se cumplan las leyes. Puede que ni me afecte algo, pero en general quiero que se cumpla la ley. Si el quejoso no tiene un beneficio en concreto, entonces sería un interés simple.
Interés legítimo
El que no es jurídico, pero tampoco simple, la zona gris. Ejemplo, las cuestiones ambientales. El límite es hasta donde puedes probar que eso te afecta a ti. Con base a cierto interés podemos ir a reclamar un servicio público (derecho administrativo: como los servicios no son personales y particulares, sino para una comunidad, estaba confuso quien podía reclamar, aquí entra este interés). Por medio de este interés no podemos impugnar asuntos jurisdiccionales (es una cuestión de orden que obedece la cosa juzgada, finalmente es una cuestión de seguridad jurídica).
Interés jurídico
hay una afectación directa. Hay derechos subjetivos públicos, son los derechos humanos que tenemos en nuestra esfera jurídica (derecho objetivo: el que se encuentra en la ley objetivamente, derecho a la propiedad). Al momento que por ejemplo compramos una coca internalizamos ese derecho a la propiedad y es cuando se hace un derecho subjetivo. Este interés jurídico se refiere a ese derecho subjetivo.
Principio de Definitividad
Agotar todos los recursos o todos los medios de defensa posibles en contra de ese acto reclamado, porque el amparo es excepcional, extraordinario.
Principio de Estricto Derecho
El juez de amparo esta obligado a analizar tu demanda exactamente a lo que le estas planteando, no más ni menos, no te va a ayudar en nada
*Suplencia de la deficiencia de la queja art. 79 Opera estrictamente a los conceptos de violación (los actos reclamados son inconstitucionales por…), si están chafas o deficientes el juez nos va a ayudar, pero únicamente en este tema. En los temas de menores, agrarios, etc. si están en blanco la suplencia de la queja igual va a funcionar. Es completa, entra de manera total y absoluta.
*Suplencia del error: siempre y cuando describas perfectamente el derecho violado, te pueden ayudar arreglando el error con el numeral, con el número del artículo.
Principio de relatividad
fórmula Otero - solo quien realiza el juicio de amparo (quejoso) se va a ver beneficiado con su sentencia.
Declaratoria General de Inconstitucionalidad (DGI)
cuando se resuelve un amparo donde se determine que una norma es inconstitucional se le avisa al órgano emisor, las disposiciones de observancia general son materia de un amparo contra leyes, la DGI también tiene por objeto revisar esta disposiciones de observancia general; este aviso se hace para que se vayan preparando para cambiar o no la norma