1.1. Introducción Flashcards
¿Cuáles son los pilares fundamentales de la CPEUM?
- Derechos Humanos
- Federalismo
- Separación de poderes: Pesos y Contrapesos
- Democracia: Para restringir el poder y que no sea absoluto
Distingue entre leyes FEDERALES y GENERALES
Las leyes federales son aquellas que se dirigen exclusivamente a la federación, a diferencia de las GENERALES que distribuyen competencias entre la federación, entidades e incluso municipios.
Señala los tipos de mecanismos de protección a la CPEUM
- Los pilares fundamentales de la CPEUM: DDHH, Federalismo, Separación de poderes y democracia
- Medios contenciosos/Jurisdiccionales: Amparo, Juicio Politico, Accion de inconstitucionalidad, controversia, etc.
Distingue entre cuestiones de constitucionalidad y de legalidad
Las cuestiones de constitucionalidad implican contrastar la materia de la controversia en contra de la CPEUM para saber si la viola o no
Las cuestiones de legalidad se refieren más bien a interpretación y exacta aplicación de la ley ordinaria (es decir todo lo que no sea materia constitucional)
¿Qué es el juicio de amparo?
Es la GARANTÍA CONSTITUCIONAL de CARÁCTER EXTRAORDINARIO por la que A INSTANCIA DEL GOBERNADO titular de un derecho subjetivo o de un interés legítimo, se tutelan los DERECHOS FUNDAMENTALES (NO ELECTORALES) reconocidos en la CPEUM y en los Tratados Internacionales de los que México forma parte, mediante una sentencia dictada por los tribunales del Poder JUdicial de la Federación que obliga (incluso coactivamente) a la RESTITUCIÓN EN EL GOCE DE LOS DERECHOS VULNERADOS.
Explica los elementos de la definición de Juicio de Amparo
- GARANTIA CONSTITUCIONAL:Instituido en la CPEUM y dirigido a restaurar el orden constitucional.
- CARCÁCTER EXTRAORDINARIO: Solo se promueve el juicio de amparo cuando se hayan agotado todos los medios ordinarios de defensa (definitividad)
- A INSTANCIA DE GOBERNADO: No es de oficio, su ejercicio no esta condicionado al estatus de ciudadano, se ejerce en contra de actos de autoridad y particulares (a partir de 2013)
- FINALIDAD DE RESTITUIR EN EL GOCE DE LOS DERECHOS VULNERADOS: Su finalidad es devolver las cosas al estado en que se encontraban
- El juez de amparo no puede dejar insubsistente el acto reclamado, sino que da la orden a la autoridad responsable de hacerlo
- Una sentencia de amparo no tiene resultado economico porque los DDHH no tienen contenido economico (para ello se debe recurrir a la via administrativa)
Establece el marco normativo del Juicio de Amparo
- CPEUM: Art. 103 y 107
- Ley de Amparo
- Supletoriamente: CFPC y en su defecto PGD
- Ley Organica del PJF
- Jurisprudencia
- Acuerdos Generales del Pleno de la SCJN o del CJF
¿Cuál es el objeto del JUicio de Amparo de acuerdo al artículo 1 de la Ley Reglamentaria?
Controversias suscitadas por normas generales, actos u omisiones de:
- Autoridad que violen derechos humanos
- Autoridad federal que vulneren o restrinjan la soberanía de los Estados o la esfera de competencias del Distrito Federal, siempre y cuando violen derechos humanos. (Amparo soberanía)
- Autoridades de los Estados o del Distrito Federal, que invadan la esfera de competencia de la autoridad federal, siempre y cuando violen derechos humanos. (Amparo soberanía)
Señala las finalidades del Juicio de Amparo
- CUANDO ES CONTRA ACTO POSITIVO: Restituir al quejoso en el pleno goce del derecho violado, resableciendo las cosas al estado que guardaban antes de la violación
- CUANDO ES CONTRA ACTO NEGATIVO: Obligar a la autoridad responsable a respetar el derecho de que se trate y a cumplir lo que el mismo exija
De acuerdo con la Jurisprudencia, el Juicio de Amparo es un medio para controlar tres tipos de normas respecto a los actos de autoridad. ¿Cuáles son esas tres?
- LEGALIDAD: Normas generales ordinarias que regulan los actos de autoridad
- CONSTITUCIONALIDAD: CPEUM
- CONVENCIONALIDAD: Tratados Internacionales
¿Cuáles son los dos tipos de proceso en los que se clasifica el Amparo, de acuerdo a la LA y la CPEUM?
- INDIRECTO: Cuyo conocimiento corresponde por lo general a los Juzgados de Distrito
- DIRECTO: Cuyo conocimiento corresponde a los TCC
En cuanto a la naturaleza jurídica del Juicio de Amparo, existe la discusión respecto a si se trata de un recurso o de un juicio. Establece la tabla comparativa que nos da a entender que se trata de un juicio y no de un recurso:
a) Se refiere al recurso y b) se refiere al juicio
- SUJETOS
a) Concurren las mismas partes del juicio original (ej. apelado y apelante)
b) Ya no son las mismas partes que litigan el juicio original (quejoso, autoridad, tercero, MP) - FINALIDAD
a) Se ciñe a analizar la legalidad del acto recurrido
b) Trata de determinar si el órgano que dictó la sentencia violó o no la CPEUM (Tratandose del AD no es un mero analisis de legalidad, sino un analisis de legalidad a la luz de la CPEUM) - FORMAS
a) Se presenta el escrito de interposición, el de agravios (sobre legalidad) y se da vista al apelado para que manifieste lo que a su interés convenga.
b) El quejoso interpone una DEMANDA de amparo cuya pretención es que se le restituya en el derecho violado, la autoridad responsable rinde informe justificado (contestación), el 3o interesado manifiesta lo que a su derecho conviene y el MPF puede formular pedimentos - REENVIO
a) El revisor sustituye al inferior y corrige errores
b) No hay sustitución, la propia autoridad responsable deberá corregir las violaciones en que incurra - EJECUCIÓN DE SENTENCIA
a) El incumplimiento de la sentencia no suele dar lugar a sanciones ni responsabilidades
b) EL incumplimiento puede dar lugar a la separación de las autoridades de su encargo y su consignación ante el MPF - DENOMINACIÓN LEGAL
a) Se les llama expresamente recursos
b) La CPEUM, LA y LOPJF llaman al Amparo “juicio” de manera expresa
Señala los principios rectores del Juicio de Amparo y cómo se clasifican
- RELATIVOS AL EJERCICIO DE LA ACCIÓN
a) Instancia o iniciativa de parte agraviada
b) Agravio Personal y Directo
c) Definitividad - RELATIVOS A LA SENTENCIA DE AMPARO
d) Estricto derecho
e) Relatividad - EN TORNO A LA TRAMITACIÓN DEL AMPARO
f) Prosecución judicial
¿Qué es el principio de instancia de parte agraviada y quién es esa parte agraviada?
Se refiere a que el Juicio de Amparo solo puede promoverlo la persona física o moral a quien le afecte la norma general o el acto reclamado, ya sea por sí, por medio de su representante legal o apoderado, o por medio de su defensor en un procedimiento penal.
Este principio hace posible el equilibrio entre los poderes públicos porque el Amparo no procede de oficio
¿Quién es la parte agraviada en el juicio de amparo?
Es el QUEJOSO, la persona que aduce ser titular de un derecho subjetivo o de un interes legitimo individual o colectivo, seimpre que alega que la norma, acto u omisión reclamados VIOLAN LOS DERECHOS PREVISTOS y con ello se produzca una AFECTACIÓN REAL Y ACTUAL A SU ESFERA JURÍDICA, ya sea de manera DIRECTA O EN VIRTUD DE SU ESPECIAL SITUACIÓN frente al orden jurídico