UNIDAD 1 Flashcards
Art. 1 LSS
La presente ley es de observancia general en toda la República, en la forma y términos
que la misma establece, sus disposiciones son de orden público y de interés social.
Finalidad de la seguridad social
Art. 2 LSS Tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de
los requisitos legales, será garantizada por el Estado.
¿Qué es el seguro social de acuerdo al Art.4?
El Seguro Social es el instrumento básico de la seguridad social, establecido como un
servicio público de carácter nacional en los términos de esta LSS.
Patrón según la LFT:
Artículo 10.- Es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores.
Trabajador según la LFT:
Artículo 8o.- Es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal
subordinado.
Trabajador permanente (Art. 5A F. VI, LSS)
Aquél que tenga una relación de trabajo por tiempo indeterminado.
Trabajador eventual (Art. 5A F. VII , LSS)
Aquél que tenga una relación de trabajo para obra determinada o por tiempo determinado en los términos de la LFT.
Sujetos o sujeto obligado (Art. 5A F. VIII, LSS)
Los señalados en los artículos 12, 13, 229, 230, 241 y 250-A de la ley, cuando tengan la obligación de retener las cuotas obrero-patronales del Seguro Social o de realizar el pago de las mismas, y los demás que se establezcan en esta LSS.
Sujetos o sujeto de aseguramiento (Art. 5A F. IX, LSS)
Los señalados en los artículos 12, 13, 241 y 250 A, de la
Ley.
Responsable o responsables solidarios (Art. 5A F. X, LSS)
Para los efectos de las aportaciones de seguridad
social son aquellos que define como tales el artículo 26 del Código y los previstos en esta Ley;
Beneficiarios (Art. 5A F. XII, LSS)
El cónyuge del asegurado o pensionado y a falta de éste, la concubina o el
concubinario en su caso, así como los ascendientes y descendientes del asegurado o
pensionado señalados en la Ley.
Derechohabientes o derechohabiente (Art. 5A F. XIII, LSS)
El asegurado, el pensionado y los beneficiarios de
ambos, que en los términos de la Ley tengan vigente su derecho a recibir las prestaciones del
Instituto.
Pensionado (Art. 5A F. XIV, LSS)
El asegurado que por resolución del Instituto tiene otorgada
pensión por: incapacidad permanente total; incapacidad permanente parcial superior al
cincuenta por ciento o en su caso incapacidad permanente parcial entre el veinticinco y el
cincuenta por ciento; invalidez; cesantía en edad avanzada y vejez, así como los beneficiarios
de aquél cuando por resolución del Instituto tengan otorgada pensión de viudez, orfandad, o
de ascendencia.
Cuotas obrero patronales o cuotas (Art. 5A F. XV, LSS)
Las aportaciones de seguridad social establecidas en la Ley a cargo del patrón, trabajador y sujetos obligados.
Salario (Art. 5A F. XVIII, LSS)
(Artículo 82, LFT) Salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo.