TUTELA Flashcards
¿Cuál es el objeto de la tutela?
Es la guarda de la persona y bienes de los que, no estando sujetos a patria potestad, tienen incapacidad natural y legal para gobernarse por sí mismos o por objeto la representación interina del incapaz.
¿Qué se cuida preferentemente en la tutela?
Se cuidará preferentemente de la persona de los incapacitados
De la guarda y educación de los menores a las modalidades que se señalen.
¿Cuáles son los tipos de incapacidad y quienes tienen incapacidad?
-Natural y legal
-Los mayores de edad y los mayores de edad disminuidos o perturbados en su inteligencia.
Cargo de interés público
La tutela es un cargo de interés público, que sólo podrá eximirse ante causa legítima; el que rehusare su desempeño sin causa legal, será responsable de los daños y perjuicios que se ocasionen al incapacitado.
¿Cómo se desempeña la tutela?
Se desempeñará por el tutor con la intervención del juez competente, del Ministerio Público y del curador, en los términos establecidos.
¿Qué individuos tendrán un curador?
Todos los individuos sujetos a tutela, excepto en los casos de los menores expósitos o bajo tutela dativa.
¿Cómo funcionan los tutores?
Todos los individuos sujetos a tutela, excepto en los casos de los menores expósitos o bajo tutela dativa.
*Los que tienen derecho a nombrar tutor, lo tienen también de nombrar curador.
¿Quién nombra al curador?
Será nombrado por el juez.
¿A qué esta obligado el curador?
-Defender los derechos del incapacitado dentro o fuera de juicio, cuando estén en oposición con los del tutor.
-Vigilar la conducta del tutor y poner en conocimiento del juez, todo aquello que pueda ser en perjuicio del incapacitado.
-Dar aviso al juez para nombrar nuevo tutor, cuando éste faltare o abandonare la tutela
¿Cuándo terminan las funciones del curador?
Las funciones del curador terminarán cuando el incapacitado salga de la tutela; el cambio de tutor no implica la sustitución de curador.
¿Cuáles son los tipos de tutela y cómo se puede conferir?
La tutela es testamentaria, legítima o dativa y Ninguna tutela puede conferirse sin que previamente se declare.
¿Cuándo se da la tutela legítima?
-Cuando no hay quien ejerza la patria potestad, ni tutor testamentario; y
-Cuando deba nombrarse tutor por causa de divorcio.
¿A qué corresponde la tutela legítima? *menores de edad
-A los hermanos, prefiriéndose a los que lo sean por ambas líneas; y
-Por falta o incapacidad de los hermanos, a los demás colaterales dentro del cuarto grado inclusive.
Tutela legítima de mayores de edad incapacitados
-Los cónyuges serán tutores legítimos entre ellos.
-Los hijos mayores de edad son tutores de su padre o madre libres de matrimonio.
-Cuando haya dos o más hijos, será preferido el que viva en compañía del padre o de la madre.
-Los padres son por derecho tutores de sus hijos solteros.
-A falta de tutor testamentario y de persona que con arreglo a los artículos anteriores deba desempeñar la tutela, serán llamados a ella, sucesivamente.
-Hijos del incapacitado, en su caso.
¿Bajo quién coloca la ley a los menores desamparados?
Bajo quienes los hayan acogido, quien tendrá las obligaciones, facultades y restricciones establecidas para los demás tutores
¿Qué es un menor expósito?
al menor que es colocado en una situación de desamparo por quienes conforme a la ley estén obligados a su custodia, protección y cuidado y no pueda determinarse su origen.
Cuyo origen no se conoce?
se considerará abandonado.
¿Que se considera como situación de desamparo?
La que se produce de un hecho a causa de la imposibilidad, del incumplimiento o inapropiado ejercicio de los deberes de protección establecidos por las leyes para la patria potestad, tutela o custodia de los menores, cuando éstos queden privados de la necesaria asistencia material o moral, ya sea en carácter de expósitos o abandonados.
Acogimiento
Tiene por objeto la protección inmediata del menor; si éste tiene bienes, el juez decidirá sobre la administración de los mismos,
¿A quién se le nombrara un tutor dativo?
A los menores de edad que no estén sujetos a patria potestad ni a tutela testamentaria o legítima
Cargos tutela dativa
-Presidente municipal
-Regidores del ayuntamineto o quien desempeñe la adminstración
-Profesores * primeria,secundaria o profesional
-Miembros de las juntas de beneficencia pub o priv
-Directores de instituciones de beneficencia pública
La tutela dativa tiene lugar:
Cuando no hay tutor testamentario, ni persona a quien conforme a la ley corresponda la tutela legítima;
II. Cuando el tutor testamentario esté impedido temporalmente de ejercer su cargo y no hay ningún pariente de los designados en el artículo 484; y
III. En los demás casos establecidos por la ley.
Verdadero o falso
El tutor dativo será designado por el menor, si hubiere cumplido dieciséis años. El juez competente confirmará la designación si no tiene justa causa para reprobarla.
VERDADERO
Impedidos para ser tutores
Los menores de edad;
-Los mayores de edad que se encuentren bajo tutela
-Los que hayan sido removidos de otra tutela por haberse conducido mal
-Los hayan sido condenados a la privación de este cargo o a la inhabilitación para obtenerlo
-El que haya sido condenado por robo, abuso de confianza, fraude o por delito contra la honestidad
-Los que no tengan oficio o modo honesto y conocido de vivir o sean notoriamente de mala conducta
-pleito con el incapacitado
-Los deudores del incapacitado en cantidad considerable
-Los jueces, magistrados y demás funcionarios o empleados de la administración de justicia
-El que no esté domiciliado en el lugar en que deba ejercer la tutela
-Los empleados públicos dependientes de las oficinas de hacienda o finanzas,
-El que padezca enfermedad crónica contagiosa
Separación del cargo de tutor
-Quien ejerce la administración de la tutela sin autorización de la ley
-Mal desempeño de la tutela
-Los tutores que no rindan sus cuentas dentro del plazo de ley
-Matrimonio
-Ausencia de 6 meses
Excusas legales para el desempeño de la tutela
Los empleados y funcionarios públicos *excepciones
Los militares en servicio activo
Los que tengan bajo su patria potestad 3 o más descendientes
Pobreza
Ignorancia o salud
60 años cumplidos
otra tutela o curaduría
y otras causas graves
¿Cuándo procede la caución y en qué consiste?
antes de que se le discierna el cargo
En hipoteca o prenda; y
II. En fianza.
III. La garantía prendaria
Excepción de la caución
-Los tutores testamentarios,
El tutor que no administre bienes
El padre, la madre y los abuelos
Los que acojan a un expósito,
¿A qué esta obligado el tutor?
A alimentar y educar al incapacitado;
A destinar recursos al incapacitado de manera correcta
Inventarios del patrimonio del incapacitado
A administrar el caudal de los incapacitados
A representar al incapacitado en juicio
A solicitar oportunamente la autorización judicial
Bienes
No pueden ser enajenados ni gravados por el tutor
no puede dar en arrendamiento los bienes del incapacitado por más de dos años
Alimentos
Deben ser suficientes para que nada necesario le falte, según su condición y posibilidad económica.
el juez fijará la cantidad para alimentos y educación.
El tutor destinará al menor a la carrera u oficio que éste elija.
¿Cuándo se extingue la tutela?
Por la muerte del pupilo o porque desaparezca su incapacidad; y
* Cuando el incapacitado sujeto a tutela, entre a la patria potestad, ya sea por reconocimiento o por adopción.