TREBEP e Incompatibilidades Flashcards
Coruña, Laracha, Vilanova
Significado TREBEP
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básdico del Empleado Público
Ámbito de aplicación TREBEP
Art 2. TREBEP
- AGE
- Administración CC.AA.
- Administración EE.LL.
- Organismo públicos, agencias y entidades de dº público
- Universidades públicas
¿Por qué legislación rigen los Cuerpos de Policía Local?
Art. 3 TREBEP
Por TREBEP y por la legislación de las comunidades autónomas, excepto en lo establecido para ellos en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
Los funcionarios de carrera en situación de servicio se regirán
Art. 86 TREBEP
Por las normas del Estatuto y la normativa de función pública de la Administración Pública en que presten servicios
Personal con legislación específica propia
Art. 4 TREBEP
- Personal funcionario de las Cortes Generales y de asambleas legislativas autonómicas
- Personal funcionario de los demás Órganos Cosntitucionales y órganos estatutarios autonómicos
- Jueces, Magistrados, Fiscales y demás personal al servicio de la Administración Jurídica
- Personal militar de las Fuerzas Armadas
- Personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
- Personal retribuido por arancel
- Personal del Centro Nacional de Inteligencia
- Personal del Banco de España y Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito
Definición
Empleados públicos
Art. 8 TREBEP
Quienes desempeñan funciones retribuidas en las AA.PP. al servicio de los intereses generales
Clasificación empleados públicos
Art. 8 TREBEP
- Funcionarios de carrera
- Funcionarios interinos
- Personal laboral
- Personal eventual
Definición
Funcionario de carrera
Art. 9 TREBEP
Personal vinculado a una A.P. por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente
Definición
Funcionario interino
Art. 10 TREBEP
Personal que por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son nombrados con carácter temporal para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera
Causas interinidad
Art. 10 TREBEP
- Existencia de plazas vancantes no cuebiertas por funcionarios de carrera. Máximo 3 años
- Sustitución transitoria de los titulares. Tiempo necesario
- Ejecución de progamas de carácter personal. Máximo 3 años (prorrogable 12 meses)
- Exceso o acumulación de tareas. Máximo 9 meses en un período de 18
Tras el fin de la relación de interinidad (después de 3 años), ¿quién podrá ocupar la vancante?
Art. 10 TREBEP
Un funcionario de carrera, pero si el proceso selecctivo queda desierto se podrá nombrar a otro funcionario interino
¿En que caso se pueden alargar los tres años de interinidad?
Art. 10 TREBEP
Cuando se haya publicado una convocatoria para cubrir la plaza que ocupa, hasta que se resuelva
Definición
Personal laboral
Art. 11 TREBEP
Personal que en virtud de un contrato de trabajo formalizado por escrito presta servicios retribuidos por la A.P.
Definición
Personal eventual
Art. 12 TREBEP
Personal en virtud de nombramiento y con carácter no permanente que solo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendoo retribuidoo con carlo a los créditos presupuestarios consignados para este fin
¿La condición de personal eventual puede constituir como mérito?
Art. 12 TREBEP
No
Definición
Personal directivo
Art. 13 TREBEP
Personal que desarrolla funciones directivas profesionales en las AA.PP., definidas en las normas específicas de cada Administración
Criterios de evalucación personal directivo
Art. 13 TREBEP
- Eficacia y eficiencia
- Responsabilidad de su gestión
- Control de resultados, cumplimiento objetivos
Derechos individuales empleados públicos
Art. 14
17
- Inamovilidd en la condición de funcionario de carrera
- Desempeño efectivo de las funciones o tareas
- Progesión en la carrera profesional y promoción interna
- Percibir las tribuciones e indemizaciones
- Participar en la consecución de objetivos de su unidad y ser informado de las tareas a desarrollar
- Defensa jurídica y protección de la A.P.
- Formación continua y actualización de sus conocimientos y capacidades
- Respeto a su intimidad, propia imagen y dignidad
- No discriminación
- Adopción de medidas de conciliación
- Intimidad en el uso de dispositivos digitales y desconexión digital
- Libertad de expresión
- Recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud laboral
- Vacaciones, descansos, permisos y licencias
- Jubilación
- Prestaciones de la Seguridad Social
- Libre asociación profesional
Derechos individuales ejercidos colectivamente
Art. 15 TREBEP
5
- Libertad sindical
- Negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones laborales
- Ejercicio a huelga, con garantía de mantenimiento de los servicios esenciales
- Planteamiento de conflictos colectivos en el trabajo
- Reunión