Título I_Estructura de la UPV Flashcards

1
Q

La UPV está integrada por…

A

facultades, escuelas técnicas o politécnicas superiores, departamentos, institutos universitarios de investigación y aquellos centros o estructuras necesarios para el desempeño de sus funciones.

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Q

Creación, modificación y supresión de las facultades, escuelas técncias o politécnicas superiores e institutos universitarios de investigación será acordada por…

A

la Generalitat.

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3
Q

Las facultades y escuelas téncias o politécnicas superiores son…

A

los centros encargados de la organización de las enseñanzas y de los procesos académicos, administrativos y de gestión conducentes a la obtención de títulos de Grado y títulos de Máster Universitario que habiliten para el ejercicio de profesiones reguladas. Podrán organizar y desarrollar también enseñanzas conducentes a la obtención de o tros títulos oficiales o propios, así como llevar a cabo aquellas otras funciones que determine la universidad.

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4
Q

Son miembros de las facultades y escuelas…

A

el PDI, el PAS, así como los estudiantes matriculados en alguna de las titulaciones oficiales impartidas por el centro.

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5
Q

Adscripción del profesorado

A

quedarán adscritos al centro que les asigne el departamento, atendiendo a la convocatoria

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6
Q

El cambio de adscripción a centros será efectuado por…
a petición de…
requerirá…

A

el rector a petición del interesado y requerirá la permanencia mínima de un curso académico en el centro anterior y el informe motivado del departamento y de los centros afectados.

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7
Q

Funciones de las facultades y escuelas (leer):

A
  1. Diseñar, organizar y desarrollar enseñanzas oficiales en el ámbito de su actividad, conducentes a la obtención de títulos oficiales o propios, de acuerdo con la oferta docente aprobada por el Consejo de Gobierno. 2. Elaborar sus planes de estudio, estableciendo los objetivos formativos de cada uno de ellos, y elevarlos al Consejo de Gobierno para su aprobación. 3. Establecer los criterios docentes y de evaluación del alumnado, atendiendo a los objetivos formativos y profesionales de cada titulación, así como la aprobación y el posterior seguimiento y control de los programas y de las metodologías docentes y de evaluación de las asignaturas presentados para cada curso por los departamentos. 4. Asignar la docencia a los departamentos que garanticen una mayor calidad, de acuerdo con los criterios generales establecidos por el Consejo de Gobierno. 5. Evaluar la actividad docente del profesorado que imparte docencia en el centro, conforme a la normativa que establezca el Consejo de Gobierno. 6. Facilitar la mejor inserción laboral del egresado especialmente a través de la organización de prácticas en empresas, instituciones públicas, fundaciones, asociaciones sin ánimo de lucro, y de los intercambios académicos con otras universidades. Asimismo, se procurará su formación permanente.
  2. Promover convenios internacionales con centros homólogos para intercambios de alumnos y/o reconocimiento de títulos o estudios. 8. Organizar y supervisar sus actividades docentes, así como la gestión de los servicios de su competencia. 9. Promover la realización de contratos con personas físicas, entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, de acuerdo con la legislación vigente y los presentes Estatutos. 10. Participar en los procesos de evaluación de la calidad y acreditación promoviendo activamente la mejora de sus actividades docentes. 11. Promover, organizar y desarrollar las actividades que contribuyan a que la sociedad tenga el mejor conocimiento de la ciencia y tecnología correspondientes a las titulaciones que el centro imparte
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8
Q

Los departamentos son…

A

las unidades de docencia e investigación encargadas de coordinar las enseñanzas de uno o varios ámbitos del conocimiento en uno o varios centros, de acuerdo con la programación docente de la Universitat y de apoyar las actividades e iniciativas docentes e investigadoras del profesorado. Podrán organizar y desarrollar también programas y estudios conducentes a la obtención de títulos de Máster Universitario, Doctor u otros títulos propios, así como llevar a cabo aquellas otras funciones que determine la Universitat.

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9
Q

Los departamentos agrupan…

A

al personal docente e investigador, funcionario y contratado, al personal investigación, estudiantes y al personal de administración y servicios que estén adscritos al mismo.

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10
Q

¿Quién puede acordar que profesores de un área de conocimiento se agrupen en más de un dpto.?

A

Excepcionalmente, el Consejo de Gobierno

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11
Q

Cuando un departamento esté integrado por profesores que desempeñen actividades docentes en varios centros geográficamente dispersos, ¿Quién podrá autorizar la constitución de qué?

A

El Consejo de gobierno, a propuesta del departamento, la creación de secciones departamentales.

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12
Q

¿Quién podrá acordar la constitución, a los efectos de coordinación de la enseñanza, de unidades docentes en los departamentos?

A

El Consejo de Gobierno

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13
Q

¿A qué departamento estarán adscritos los profesores?

A

Atendiendo a la convocatoria de cada plaza.

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14
Q

¿Por quién se realizará el procedimiento de cambio de adscripción? ¿a petición de quién? ¿previo informe de?

A

por el Consejo de Gobierno, a petición del interesado y previo informe de los departamentos afectados.

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15
Q

Funciones de los departamentos (leer):

A
  1. Organizar y desarrollar la investigación y transferencia del conocimiento y de la tecnología en su campo de actividad. 2. Elaborar y proponer a las estructuras responsables de los títulos oficiales, para su aprobación y posterior publicación, las guías docentes de las distintas asignaturas a impartir por el departamento, que incluirán, entre otras, el programa de la asignatura, así como las metodologías docentes y de evaluación que se van a emplear en el proceso de enseñanza-aprendizaje. 3. Impartir la docencia encargada por cada estructura responsable de título y la organizada por el propio departamento. 4. Diseñar, organizar y desarrollar enseñanzas oficiales en el ámbito de su actividad, conducentes a la obtención de títulos oficiales de Máster Universitario y Doctor, así como otros títulos propios, de acuerdo con la oferta docente aprobada por el Consejo de Gobierno. 5. Elaborar sus planes de estudio, estableciendo los objetivos formativos de cada uno de ellos, y elevarlos al Consejo de Gobierno para su aprobación. 6. Establecer los criterios docentes y de evaluación del alumnado, atendiendo a los objetivos formativos y profesionales de cada titulación, así como la aprobación y el posterior seguimiento y control de los programas y de las metodologías docentes y de evaluación de las asignaturas presentados para cada curso por los departamentos.
  2. Asignar la docencia a los departamentos que garanticen una mayor calidad, de acuerdo con los criterios generales establecidos por el Consejo de Gobierno. 8. Evaluar la actividad del profesorado desarrollada en el departamento, conforme a la normativa que establezca el Consejo de Gobierno. 9. Promover convenios internacionales con otras entidades e instituciones para intercambios de alumnos y/o reconocimiento de títulos o estudios. 10. Organizar y supervisar sus actividades docentes y de investigación, así como la gestión de los servicios de su competencia. 11. Participar en la selección de su profesorado conforme a la normativa vigente y a los criterios que establezca la Universitat, así como ayudar a su promoción merecida. 12. Organizar y desarrollar la formación de los profesores en las actividades de docencia e investigación, en las áreas de conocimiento que les son propias. 13. Apoyar la actividad investigadora, fomentando la creación de grupos y promoviendo proyectos de investigación. 14. Promover la realización de contratos con personas físicas, entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, de acuerdo con la legislación vigente y los presentes Estatutos. 15. Participar en los procesos de evaluación de la calidad institucional y promover activamente la mejora de la calidad y la acreditación de sus actividades de docencia, investigación y transferencia del conocimiento. 16. Promover, organizar y desarrollar las actividades que contribuyan a que la sociedad tenga el mejor conocimiento de la ciencia y tecnología correspondientes a las áreas de conocimiento que le son propias.
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16
Q

La creación, modificación o supresión de departamentos corresponde al…

A

Consejo de gobierno

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17
Q

El número de miembros del PDI necesario para la constitución de un departamento se determinará

A

reglamentariamente.

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18
Q

¿A quién le corresponde la iniciativa para la creación, modificación o supresión de un departamento?

A

al Consejo de Gobierno, a los departamentos y al rector.

La propuesta de creación, modificación o supresión debe ir acompañada de una memoria justificativa en la que, como mínimo, se incluirán la razón de la propuesta, las áreas o ámbitos de conocimiento y asignaturas, la justificación académica de los objetivos docentes y de las líneas de investigación, el plan económico y los medios personales y materiales. El expediente se someterá a un período de información pública.

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19
Q

Los institutos universitarios de investigación son…

A

estructuras dedicadas a la investigación científica y técnica o a la creación artística. Podrán organizar y desarrollar programas y estudios conducentes a la obtención de títulos de Máster Universitario, Doctor y otros títulos propios, así como llevar a cabo aquellas otras funciones que determine la Universitat.

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20
Q

Tipología de institutos universitarios de investigación:

A

propios de la Universitat, adscritos, mixtos o interuniversitarios.

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21
Q

Son institutos propios aquellos integrados por…

A

personal de la Universitat y con dependencia exclusiva a ella.

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22
Q

Son institutos adscritos aquellos que…

A

dependiendo de otros organismos públicos o privados, suscriben un convenio con la Universitat.
Dicho convenio establecerá las modalidades de cooperación entre la universitat y el Instituto.

23
Q

Son institutos mixtos….

A

los promovidos y participados en colaboración con otros organismos de investigación públicos o privados sin ánimo de lucro, mediante un convenio que establecerá una estructura orgánica de doble dependencia entre las entidades colaboradoras.

24
Q

En los institutos mixtos, el reglamento de régimen interno deberá ser aprobado por…

A

ambas instituciones.

25
Q

Son institutos interuniversitarios…

A

los creados en colaboración con otra u otras universidades mediante convenio específico que establecerá su estructura y fines.

26
Q

¿quién fijará los contenidos de los acuerdos de cooperación o convenios que se establezcan para la creación de Institutos adscritos, mixtos e interuniversitarios?

A

El Consejo de Gobierno.

27
Q

Funciones de los Institutos Universitarios de Investigación:

A
  1. Organizar y desarrollar la investigación y transferencia del conocimiento y de la tecnología en su campo de actividad. 2. Diseñar, organizar y desarrollar enseñanzas oficiales en el ámbito de su actividad, conducentes a la obtención de títulos oficiales de Máster Universitario y Doctor, así como otros títulos propios, de acuerdo con la oferta docente aprobada por el Consejo de Gobierno. 3. Elaborar sus planes de estudio, estableciendo los objetivos formativos de cada uno de ellos, y elevarlos al Consejo de Gobierno para su aprobación. 4. Establecer los criterios docentes y de evaluación del alumnado, atendiendo a los objetivos formativos y profesionales de cada titulación, así como la aprobación y el posterior seguimiento y control de los programas y de las metodologías docentes y de evaluación de las asignaturas presentados para cada curso por los departamentos. 5. Asignar la docencia a los departamentos que garanticen una mayor calidad, de acuerdo con los criterios generales establecidos por el Consejo de Gobierno. 6. Evaluar la actividad del profesorado desarrollada en el Instituto, conforme a la normativa que establezca el Consejo de Gobierno. 7. Promover convenios internacionales con otras entidades e instituciones para intercambios de alumnos y/o reconocimiento de títulos o estudios. 8. Organizar y supervisar sus actividades docentes y de investigación, así como la gestión de los servicios de su competencia. 9 Apoyar la actividad investigadora, fomentando la creación de grupos y promoviendo proyectos de investigación. 10. Promover la realización de contratos con personas físicas, entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras de acuerdo con la legislación vigente y los presentes Estatutos. 11. Participar en los procesos de evaluación de la calidad institucional y promover activamente la mejora de la calidad y la acreditación de sus actividades de docencia, investigación y transferencia del conocimiento. 12. Promover, organizar y desarrollar las actividades que contribuyan a que la sociedad tenga el mejor conocimiento de la ciencia y tecnología correspondientes a los ámbitos de la investigación que le son propios.
28
Q

Son estructuras propias de investigación de la UPV:

A
  • los grupos de I+D+i
  • los Centros de Investigación
  • los Institutos de investigación.

Los centros e institutos podrán adquirir carácter interuniversitario y mixto, según establezca y regule el oportuno convenio.

29
Q

Funciones de las estructuras propias de investigación de la UPV:

A

desempeño de actividades de investigación, desarrollo e innovación, dando respuesta a la demanda de productos tecnológicos y artísticos, tanto de la universitat como del entorno social.

30
Q

Los grupos de I+D+i constituyen:

Resulta de:

A

la estructura básica para el desarrollo de la investigación en la universidad.
Resulta de la libre y voluntaria agrupación de investigadores y otro personal en torno a unas determinadas líneas de investigación.

31
Q

Los centros de investigación son:

A

estructuras de I+D+i orientadas a determinadas áreas de investigación. Deberán agrupar un número mínimo de investigadores y contar con una actividad investigadora destacada.

32
Q

Los institutos de investigación son:

A

estructuras I+D+i orientadas a determinadas áreas de investigación.
Deberán agrupar un número mínimo de investigadores y contar con una actividad investigadora destacada, que será en todo caso mayor que la exigida a los centros.

33
Q

Los centro e institutos de investigación podrán disponer de capacidad propia de…

A

gestión económica, administrativa y de recursos humanos y materiales.

34
Q

¿Quién regulará el procedimiento y los requisitos de creación, modificación y supresión de los centros e institutos propios de investigación?

A

el Consejo de Gobierno

35
Q

La creación de los centros e institutos de justifica por…

A

las ventajas derivadas de la potenciación de las actividades investigadoras, la consecución de recursos externos, la publicidad de sus actividades y facilidades de difusión y explotación de sus resultados.

36
Q

Para la creación de los centros e institutos se requiere acreditar…

A

resultados en las áreas de investigación correspondientes y la previa consolidación y estabilidad en el tiempo, el grupo de investigadores que en él se integre.

37
Q

Los institutos de investigación podrán solicitar…

A

su acreditación externa con el fin de ser reconocidos como Institutos Universitarios de Investigación.

38
Q

Para el gobierno de los centros/institutos se contará con…

A

un director, que deberá ser doctor y con actividad investigadora reconocida, así como otros órganos que establezca su propio reglamento.

39
Q

¿quién designará a los directores de los centros/institutos?

A

el Rector

40
Q

¿Quién aprobará el reglamento de funcionamiento interno de centros/institutos?

A

El Consejo de Gobierno

41
Q

La UPV podrá crear…que tendrán como fines específicos…

A

otros centros propios, que tendrán entre sus fines específicos la extensión cultural, la especialización profesional, las aplicaciones tecnológicas o artísticas y otras actividades formativas o de investigación.

42
Q

¿quién aprobará la creación o supresión de los centros propios? ¿y qué aprobará?

A

El Consejo de Gobierno y aprobará el reglamento de funcionamiento interno de estos centros.

43
Q

¿Quiénes podrán solicitar la adscripción de Centros de Educación Superior a la UPV?

A

Entidades públicas o privadas y las propuestas de adscripción se formularán conforme a lo dispuesto por el consejo de Gobierno.

44
Q

La adscripción de los centros de educación superior será a propuesta del…, previo informe del…y requerirá la aprobación de…

A

Consejo de gobierno, previo informa favorable del Consejo Social y requerirá la aprobación del órgano competente de la CCAA cuando así lo requiera las disposiciones legales vigentes.

45
Q

¿Con quién podrá crear Centros de cooperación internacional? y ¿para qué? ¿quién elabora su documento de creación?

A

en colaboración con otros universidades o centros de I+D+i extranjeros, para el desarrollo de actividades docentes, investigadoras y de transferencia de tecnología. Su creación, funciones y evaluación se establecerá en el documento de creación, elaborado por el Consejo de gobierno.

46
Q

La Universitat creará y mantendrá los servicios integrados en la misma que resulten necesarios para el apoyo al estudio, a la docencia y a la investigación así como la asistencia a la comunidad universitaria para el adecuado cumplimiento de sus funciones. La creación, modificación o supresión de dichos servicios, así como la supervisión de su funcionamiento, el establecimiento de los criterios para su evaluación y la aprobación de sus reglamentos de organización y funcionamiento, se realizará

A

por acuerdo del Consejo de Gobierno, a propuesta del rector.

47
Q

Los colegios mayores son…

A

centros universitarios que proporcionan residencia a los estudiantes y promueven la formación cultural y científica de los residentes, proyectando su actividad al servicio de la comunidad universitaria.

48
Q

¿por quién podrán ser creados los colegios mayores?

A

por la propia universitat o promovidos por otras entidades públicas o privadas de conformidad con la legislación vigente y los presentes Estatutos. En este último caso se requerirá la adscripción previa a la Universitat mediante el oportuno convenio cuya aprobación compete al Consejo de Gobierno.

49
Q

Órganos de gobierno de los colegios mayores:

A
  • director
  • consejo de dirección
  • consejo colegial que elegirá un decano por y de entre sus miembros.
    En el caso de los adscritos deberán contar con un director académico representando a la universitat.
50
Q

¿a quién le corresponde el nombramiento de los directores de los colegios mayores?

A

al rector, oído el Consejo de Gobierno.

51
Q

¿por quien serán aprobados o modificados los estatutos de cada colegio?

A

por el Consejo de Gobierno.

52
Q

Las residencias universitarias se crearán de acuerdo con las normas dictadas por…

A

el Consejo de Gobierno.

53
Q

¿las residencias por quién podrán ser creadas?

A

por la propia universidad o por otras entidades públicas o privadas de conformidad con la legislación vigente y con los presentes estatutos.
En este último caso, se requerirá la adscripción previa a la Universitat mediante el oportuno convenio, cuya aprobación compete al Consejo de Gobierno.