Título I_Estructura de la UPV Flashcards
La UPV está integrada por…
facultades, escuelas técnicas o politécnicas superiores, departamentos, institutos universitarios de investigación y aquellos centros o estructuras necesarios para el desempeño de sus funciones.
Creación, modificación y supresión de las facultades, escuelas técncias o politécnicas superiores e institutos universitarios de investigación será acordada por…
la Generalitat.
Las facultades y escuelas téncias o politécnicas superiores son…
los centros encargados de la organización de las enseñanzas y de los procesos académicos, administrativos y de gestión conducentes a la obtención de títulos de Grado y títulos de Máster Universitario que habiliten para el ejercicio de profesiones reguladas. Podrán organizar y desarrollar también enseñanzas conducentes a la obtención de o tros títulos oficiales o propios, así como llevar a cabo aquellas otras funciones que determine la universidad.
Son miembros de las facultades y escuelas…
el PDI, el PAS, así como los estudiantes matriculados en alguna de las titulaciones oficiales impartidas por el centro.
Adscripción del profesorado
quedarán adscritos al centro que les asigne el departamento, atendiendo a la convocatoria
El cambio de adscripción a centros será efectuado por…
a petición de…
requerirá…
el rector a petición del interesado y requerirá la permanencia mínima de un curso académico en el centro anterior y el informe motivado del departamento y de los centros afectados.
Funciones de las facultades y escuelas (leer):
- Diseñar, organizar y desarrollar enseñanzas oficiales en el ámbito de su actividad, conducentes a la obtención de títulos oficiales o propios, de acuerdo con la oferta docente aprobada por el Consejo de Gobierno. 2. Elaborar sus planes de estudio, estableciendo los objetivos formativos de cada uno de ellos, y elevarlos al Consejo de Gobierno para su aprobación. 3. Establecer los criterios docentes y de evaluación del alumnado, atendiendo a los objetivos formativos y profesionales de cada titulación, así como la aprobación y el posterior seguimiento y control de los programas y de las metodologías docentes y de evaluación de las asignaturas presentados para cada curso por los departamentos. 4. Asignar la docencia a los departamentos que garanticen una mayor calidad, de acuerdo con los criterios generales establecidos por el Consejo de Gobierno. 5. Evaluar la actividad docente del profesorado que imparte docencia en el centro, conforme a la normativa que establezca el Consejo de Gobierno. 6. Facilitar la mejor inserción laboral del egresado especialmente a través de la organización de prácticas en empresas, instituciones públicas, fundaciones, asociaciones sin ánimo de lucro, y de los intercambios académicos con otras universidades. Asimismo, se procurará su formación permanente.
- Promover convenios internacionales con centros homólogos para intercambios de alumnos y/o reconocimiento de títulos o estudios. 8. Organizar y supervisar sus actividades docentes, así como la gestión de los servicios de su competencia. 9. Promover la realización de contratos con personas físicas, entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, de acuerdo con la legislación vigente y los presentes Estatutos. 10. Participar en los procesos de evaluación de la calidad y acreditación promoviendo activamente la mejora de sus actividades docentes. 11. Promover, organizar y desarrollar las actividades que contribuyan a que la sociedad tenga el mejor conocimiento de la ciencia y tecnología correspondientes a las titulaciones que el centro imparte
Los departamentos son…
las unidades de docencia e investigación encargadas de coordinar las enseñanzas de uno o varios ámbitos del conocimiento en uno o varios centros, de acuerdo con la programación docente de la Universitat y de apoyar las actividades e iniciativas docentes e investigadoras del profesorado. Podrán organizar y desarrollar también programas y estudios conducentes a la obtención de títulos de Máster Universitario, Doctor u otros títulos propios, así como llevar a cabo aquellas otras funciones que determine la Universitat.
Los departamentos agrupan…
al personal docente e investigador, funcionario y contratado, al personal investigación, estudiantes y al personal de administración y servicios que estén adscritos al mismo.
¿Quién puede acordar que profesores de un área de conocimiento se agrupen en más de un dpto.?
Excepcionalmente, el Consejo de Gobierno
Cuando un departamento esté integrado por profesores que desempeñen actividades docentes en varios centros geográficamente dispersos, ¿Quién podrá autorizar la constitución de qué?
El Consejo de gobierno, a propuesta del departamento, la creación de secciones departamentales.
¿Quién podrá acordar la constitución, a los efectos de coordinación de la enseñanza, de unidades docentes en los departamentos?
El Consejo de Gobierno
¿A qué departamento estarán adscritos los profesores?
Atendiendo a la convocatoria de cada plaza.
¿Por quién se realizará el procedimiento de cambio de adscripción? ¿a petición de quién? ¿previo informe de?
por el Consejo de Gobierno, a petición del interesado y previo informe de los departamentos afectados.
Funciones de los departamentos (leer):
- Organizar y desarrollar la investigación y transferencia del conocimiento y de la tecnología en su campo de actividad. 2. Elaborar y proponer a las estructuras responsables de los títulos oficiales, para su aprobación y posterior publicación, las guías docentes de las distintas asignaturas a impartir por el departamento, que incluirán, entre otras, el programa de la asignatura, así como las metodologías docentes y de evaluación que se van a emplear en el proceso de enseñanza-aprendizaje. 3. Impartir la docencia encargada por cada estructura responsable de título y la organizada por el propio departamento. 4. Diseñar, organizar y desarrollar enseñanzas oficiales en el ámbito de su actividad, conducentes a la obtención de títulos oficiales de Máster Universitario y Doctor, así como otros títulos propios, de acuerdo con la oferta docente aprobada por el Consejo de Gobierno. 5. Elaborar sus planes de estudio, estableciendo los objetivos formativos de cada uno de ellos, y elevarlos al Consejo de Gobierno para su aprobación. 6. Establecer los criterios docentes y de evaluación del alumnado, atendiendo a los objetivos formativos y profesionales de cada titulación, así como la aprobación y el posterior seguimiento y control de los programas y de las metodologías docentes y de evaluación de las asignaturas presentados para cada curso por los departamentos.
- Asignar la docencia a los departamentos que garanticen una mayor calidad, de acuerdo con los criterios generales establecidos por el Consejo de Gobierno. 8. Evaluar la actividad del profesorado desarrollada en el departamento, conforme a la normativa que establezca el Consejo de Gobierno. 9. Promover convenios internacionales con otras entidades e instituciones para intercambios de alumnos y/o reconocimiento de títulos o estudios. 10. Organizar y supervisar sus actividades docentes y de investigación, así como la gestión de los servicios de su competencia. 11. Participar en la selección de su profesorado conforme a la normativa vigente y a los criterios que establezca la Universitat, así como ayudar a su promoción merecida. 12. Organizar y desarrollar la formación de los profesores en las actividades de docencia e investigación, en las áreas de conocimiento que les son propias. 13. Apoyar la actividad investigadora, fomentando la creación de grupos y promoviendo proyectos de investigación. 14. Promover la realización de contratos con personas físicas, entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, de acuerdo con la legislación vigente y los presentes Estatutos. 15. Participar en los procesos de evaluación de la calidad institucional y promover activamente la mejora de la calidad y la acreditación de sus actividades de docencia, investigación y transferencia del conocimiento. 16. Promover, organizar y desarrollar las actividades que contribuyan a que la sociedad tenga el mejor conocimiento de la ciencia y tecnología correspondientes a las áreas de conocimiento que le son propias.
La creación, modificación o supresión de departamentos corresponde al…
Consejo de gobierno
El número de miembros del PDI necesario para la constitución de un departamento se determinará
reglamentariamente.
¿A quién le corresponde la iniciativa para la creación, modificación o supresión de un departamento?
al Consejo de Gobierno, a los departamentos y al rector.
La propuesta de creación, modificación o supresión debe ir acompañada de una memoria justificativa en la que, como mínimo, se incluirán la razón de la propuesta, las áreas o ámbitos de conocimiento y asignaturas, la justificación académica de los objetivos docentes y de las líneas de investigación, el plan económico y los medios personales y materiales. El expediente se someterá a un período de información pública.
Los institutos universitarios de investigación son…
estructuras dedicadas a la investigación científica y técnica o a la creación artística. Podrán organizar y desarrollar programas y estudios conducentes a la obtención de títulos de Máster Universitario, Doctor y otros títulos propios, así como llevar a cabo aquellas otras funciones que determine la Universitat.
Tipología de institutos universitarios de investigación:
propios de la Universitat, adscritos, mixtos o interuniversitarios.
Son institutos propios aquellos integrados por…
personal de la Universitat y con dependencia exclusiva a ella.