Titulo 1 Flashcards
Articulo 11
Nacionalidad
- Nacionalidad se pierde/adquiere o conserva de acuerdo con la LEY
- Ningun español de origen podra ser privado
- Tratados de doble nacionalidad con paises afines con España. Si esos paises no conceden la doble nacionalidad, España no les quitara la doble.
Articulo 12
Mayoria de Edad
Los españoles son mayores a los 18
Articulo 13
Extranjeros
- Mismas libertades que los españoles. Concretamente lo mismo que viene en el titulo I, de acuerdo con ley y tratados.
- Solo españoles tienen derecho al articulo 23. Salvo lo q pueda establecerse por tratado o por ley -> sufragio activo y pasivo elecciones municipales
- Extradicion solo con tratado o ley, atendiendo a la reciprocidad. Delitos politicos no cuentan
- Ley establecera cuando apatridas y peña de otros paises, puiede recibir asilo.
Articulo 14
Igualdad ante la ley
-Los españoles somos iguales ante la ley, sin que pueda haber discriminacion por nacimiento, raza, sexo, religion, opinion o cualquier otra condicion.
Articulo 15
Derecho a la vida
-Todos tiene derecho a la vida, integridad fisica y moral. NO torturas o tratos degradantes. Abolida la pena de muerte salvo en tiempos de guerra x tribunal militar.
Articulo 16
Libertad de pensamiento
- Se garantiza la libertad ideologica, de culto y religiosa pa individuos y comunidades. Unica limitacion = que no la lien (orden publico)
- Nadie te puede obligar a declarar sobre esto (lo que tu creas no le importa a nadie)
- No hay confesion estatal. Pero aun asi se tendran relaciones con la iglesia catolica y demas confesiones.
Articulo 17
Derecho a la libertad y a la seguridad
- Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad
- Detencion preventiva = no podra durar + del tiempo necesario pa las averiguaciones, ademas, no + de 72 horas pa libertad o disposicion judicial.
- Habeas corpus, lo regulara la LEY. Ademas la LEY dira el tiempo max de prision preventiva.
Articulo 18
Honor e intimidad
- Se garantiza derecho honor, propia imagen e intimidad.
- Domicilio es inviolable. No se puede entrar sin: Autorizacion propietario, autorizacion juez, fragrante delito.
- Secreto comunicaciones: telegraficas, postales, telefonicas. Salvo orden judicial.
- Ley limitara el uso de la informatica.
Articulo 19
Libertad ambulatoria
-Los españoles pueden elegir su residencia, moverse por el territorio nacional sin limite.
Puedes ir y entrar al extranjero, segun lo que establezca la ley. Este derecho no puede ser limitado por ideologicos y politicos.
Articulo 20
Libertad expresion
Se reconoce el derecho a:
- A expresar libremente pensamientos e ideas.
- A la creacion artistica, literaria, cientifica o tecnica
- Libertad de catedra
- A recibir o comunicar info veraz (no fake news) Ley regulara -> secreto profesional o clausula de conciencia (por ejemplo un periodista que no quiera revelar sus fuentes)
- NO hay censura previa
- Medios de comunicacion del Estado. Lo regulara la ley. Los medios deberian ser prurales.
- Libertad de expresion tiene LIMITE= Derechos del titulo I, leyes que lo desarrollen y en el derecho al honor, intimidad, propia imagen y a la proteccion de la infancia.
- Secuestro de publicaciones, solo orden judicial.
Articulo 21
Derecho manifestacion y reunion
- Se reconoce el derecho a reunion pacifica y sin armas. NO autorizacion previa.
- Se reconoce el derecho a la manifestacion o reuniones en lugares de transito publico. SI necesita que se informe previamente a la autoridad. La autoridad solo puede rechazarlo si hay razones de peso pa creer que la van a liar parda (orden publico)
Articulo 22
Derecho de asociacion
- Se reconoce derecho de asociarse salvo que tu sociedad sea una celula del isis o algo asi, vamos, que vaya contra la ley.
- Deben inscribirse registro a efectos de publi
- Solo por resolucion judicial motivada se pueden chapar.
- Sociedaddes secretas (iluminatis) y paramilitares prohibidas
Articulo 23
Derecho de participacion asuntos publicos
- Podemos presentarnos a elecciones, o votar por alguien, en elecciones libres por sufragio universal.
- Podemos ser funcis haciendo opos o ser cargos publicos, con los requisitos que señalen las leyes.
Articulo 24
Derecho a la tutela judicial efectiva
- Todos tenemos derecho a que un juez nos atienda y vea nuestro caso, sin que pueda producirse indefension.
- Todos tenemos derecho a que un juez ordinario nos atienda una acusacion contra nosotros, a tener abogado, a ser informados de porque nos enmarronan. a que no se produzcan dilaciones indebidas, a presentar pruebas a nuestro favor, y a no declararnos culpables y a la presuncion de inocencia.
LA LEY regulara casos en los que no se esta obligado a declarar: Padres, hermanos, secreto profesional…
Articulo 25
Principio de legalidad penal + medidas seguridad
- Nadie puede ser condenado o multado (judicial o administrativo) por normas que no esten en vigor en ese momento.
- Las penas de carcel son para reinsertar. No trabajos forzados. Los reos tiene derechos de este capitulo, excepto los limitados por la condena (por ejemplo si vas a la trena) Tienes derecho a curro remunerado en chirona, y a cotizar a la SS. Y a los talleres (cultura…)
- La administracion civil NO puede poner carcel.
Articulo 26
Tribunales de honor
Se prohiben en la admon civil y las organizaciones profesionales.
Articulo 27
Derecho a la educacion y a la libertad de enseñanza
- Derecho a educacion. Libertad de enseñanza.
- La educacion tendra como objetivo el desarrollo de la personalidad humana respetando los principios democraticos.
- Padres tienen derecho a formacion moral y religiosa q quieran pa sus hijos.
- Enseñanza basica = Obligatoria y gratuita.
- Los poderes publicos garantizaran este derecho con programacion general de ensañanza, construccion de centros y la participacion de los sectores sociales implicados.
- Se pueden crear centros privados de enseñanza, siempre que respeten la constitucion.
- Padres, profes y en cierta medida alumnos, intenvendran en la gestion de los coles, segun diga la ley.
- Los poderes publicos inspeccionaran y homologaran los coles.
- Poderes publicos ayudaran a centros segun requisitos que establezca la ley (coles concertados)
- Autonomia unis, segun diga la ley.
Articulo 28
Derecho a la sindicacion
- Derecho a sindicarte si te sale de los huevos (es libre), y derecho a crear sindicatos. Los sindicatos se pueden meter en confederaciones o unirse a confederaciones internacionales. Solo se limitara o excluira de este derecho a las FFAA, y cuerpos milatares. Ademas se regulara la peculiaridad de los funcis.
- Derecho de huelga. LA LEY limitara esto en casos que afecte a los servicios esenciales para la comunidad. (Servicios minimos)