Tema 11 (EXT II) Flashcards
Régimen Sancionador
La omisión o el retraso en la comunicación a las autoridades españolas de los cambios de nacionalidad, de estado civil o de domicilio, así como de otras circunstancias determinantes de su situación laboral cuando les sean exigibles por la normativa aplicable.
(52. a)) Leve
Régimen Sancionador
El retraso, hasta tres meses, en la solicitud de renovación de las autorizaciones una vez hayan caducado.
(52. b)) Leve
Régimen Sancionador
Encontrarse trabajando en España sin haber solicitado autorización administrativa para trabajar por cuenta
propia, cuando se cuente con autorización de residencia temporal
(52. c)) Leve
Régimen Sancionador
Encontrarse trabajando en una ocupación, sector de actividad, o ámbito geográfico no contemplado por la autorización de residencia y trabajo de la que se es titular
(52. d)) Leve
Régimen Sancionador
La contratación de trabajadores cuya autorización no les habilita para trabajar en esa ocupación o ámbito geográfico, incurriéndose en una infracción por cada uno de los trabajadores extranjeros ocupados
(52. e)) Leve
Régimen Sancionador
Encontrarse irregularmente en territorio español, por no haber obtenido la prórroga de estancia, carecer de autorización de residencia o tener caducada más de tres meses la mencionada autorización, y siempre que el interesado no hubiere solicitado la renovación de la misma en el plazo previsto reglamentariamente
(53. a)) Grave
Régimen Sancionador
Encontrarse trabajando en España sin haber obtenido autorización de trabajo o autorización administrativa previa para trabajar, cuando no cuente con autorización de residencia válida.
(53. b)) Grave
Régimen Sancionador
Incurrir en ocultación dolosa o falsedad grave en el cumplimiento de la obligación de poner en conocimiento de las autoridades competentes los cambios que afecten a nacionalidad, estado civil o domicilio, así como incurrir en falsedad en la declaración de los datos obligatorios para cumplimentar el alta en el padrón municipal a los efectos previstos en esta Ley, siempre que tales hechos no constituyan delito.
(53. c)) Grave
Régimen Sancionador
El incumplimiento de las medidas impuestas por razón de seguridad pública, de presentación periódica o de alejamiento de fronteras o núcleos de población concretados singularmente, de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ley
(53. d)) Grave
Régimen Sancionador
La comisión de una tercera infracción leve, siempre que en un plazo de un año anterior hubiera sido sancionado por dos faltas leves de la misma naturaleza
(53. e)) Grave
Régimen Sancionador
La participación por el extranjero en la realización de actividades contrarias al orden público previstas como graves en la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana
(53. f)) Grave
Régimen Sancionador
Las salidas del territorio español por puestos no habilitados, sin exhibir la documentación prevista o contraviniendo las prohibiciones legalmente impuestas
(53. g)) Grave
Régimen Sancionador
La contratación de trabajadores cuya autorización no les habilita para trabajar en esa ocupación o ámbito geográfico, incurriéndose en una infracción por cada uno de los trabajadores extranjeros ocupados
(52. e)) Leve