Tema 1 Flashcards
Según lo dispuesto en el artículo 2.2 del CC, las leyes:
a) Solo se derogan por otras de mayor rango.
b) solo se derogan por otras posteriores y de mayor rango.
c) solo se derogan por otras posteriores.
c) solo se derogan por otras posteriores.
En cuanto a la protección que el Código Civil ejerce sobre el nasciturus, podemos decir que:
a) la protección, se produce a partir del nacimiento, que es el momento en el que el sujeto tiene capacidad de obrar.
b) solo se equiparará al concebido con el nacido, cuando ello le sea favorable.
c) equipara al concebido con el nacido a todos los efectos, pues se evita el desamparo.
b) solo se equiparará al concebido con el nacido, cuando ello le sea favorable.
Atendiendo al principio de jerarquía normativa, que consagra el artículo 9.3 de la constitución Española:
a) Una Disposición Oficial dictada por un Ministro, a través de una Orden Ministerial, tiene mayor valor jurídico que un Reglamento aprobado por el Consejo de Ministros.
b) Un Reglamento aprobado por el Consejo de Ministros, a través de un Real Decreto, tiene mayor valor jurídico que una Disposición Oficial dictada por un Ministro, a través de una O rden Ministerial.
c) Un Reglamento aprobado por el Consejo de Ministros, a través de un Real Decreto, tiene igual valor jurídico que una Disposición Oficial dictada por un Ministro, a través de una Orden Ministerial.
b) Un Reglamento aprobado por el Consejo de Ministros, a través de un Real Decreto, tiene mayor valor jurídico que una Disposición Oficial dictada por un Ministro, a través de una O rden Ministerial.
Los que habiendo nacido y residiendo en el extranjero ostenten la nacionalidad española por ser hijos de padre o madre españoles, también nacidos en el extranjero, cuando las leyes del país donde residan les atribuyan la nacionalidad del mismo, perderán la nacionalidad española si no declaran su voluntad de conservarla:
a) no se pierde la nacionalidad.
b) antes de 3 años desde la adquisición de la nacionalidad donde residen.
c) a los 3 años desde su mayoría de edad o emancipación.
c) a los 3 años desde su mayoría de edad o emancipación.
En el caso de un recién nacido en el que los padres tengan distinta vecindad civil, al mismo le corresponderá la vecindad:
a) de derecho común.
b) que corresponda a aquel de los dos respecto del cual la filiación se determinó antes.
c) del lugar del nacimiento.
b) que corresponda a aquel de los dos respecto del cual la filiación se determinó antes.
El nacido en un barco de la armada española, de madre apátrida:
a) podrá adquirir la nacionalidad española por residencia al año.
b) tiene la condición de español de origen.
c) requerirá residencia de 10 años para optar a la nacionalidad española.
b) tiene la condición de español de origen.
Procede la declaración de fallecimiento de una persona física:
a) cumplidos tres meses, contado de fecha fecha, en caso de siniestro, sin haberse tenido noticias suyas.
b) transcurridos cinco años desde las últimas noticias habidas del ausente.
c) cumplidos dos años, desde la expiración del año natural, de un riesgo inminente de muerte por causa de violencia contra la vida, en que una persona se hubiera encontrado sin haberse tenido con posterioridad noticias suyas.
a) cumplidos tres meses, contado de fecha fecha, en caso de siniestro, sin haberse tenido noticias suyas.
Los sefardíes originarios de España ¿Pueden obtener la nacionalidad española?
a) sí, mediante residencia durante un año al ser originarios de España.
b) no.
c) sí, mediante carta de naturaleza.
c) sí, mediante carta de naturaleza.
El extranjero que adquiera la nacionalidad española, deberá optar, al escribir la adquisición de la nacionalidad, por cualquiera de las vecindades siguientes:
a) la del lugar de residencia, la vecindad de sus progenitores o adoptantes, la del cónyuge o la de su elección.
b) la del lugar de residencia, la vecindad de sus progenitores o adoptantes o la del cónyuge.
c) la del lugar de residencia, en lugar de nacimiento, la última vecindad, de sus progenitores o adoptantes, o la del cónyuge.
c) la del lugar de residencia, en lugar de nacimiento, la última vecindad, de sus progenitores o adoptantes, o la del cónyuge.
Una ciudadana extranjera casa desde hace 18 meses con funcionario diplomático español, acreditado en el país de origen de ella, ¿puede solicitar nacionalidad española?
a) sí, All llevar más de un año casada, y a todos los efectos se considera residencia legal en España.
b) no, debe residir de forma continuada en territorio español durante 10 años.
c) no, pues, aunque esté casada con español, en lugar de residencia, no es España.
a) sí, All llevar más de un año casada, y a todos los efectos se considera residencia legal en España.
Conforme el artículo 18 del código civil, es causa de consolidación de la nacionalidad española:
a) la posesión y utilización continuada de la nacionalidad española durante 10 años, con buena fe y basada en el título inscrito en el registro civil, salvo que se anule el título que la originó.
b) la posesión y utilización de la nacionalidad española durante 15 años, con buena fe y basada en el título inscrito en el registro civil, aunque se anule el título que la originó.
c) la posesión y utilización continuada de la nacional española durante 10 años, con buena fe y basada en el título inscrito en el registro civil, aunque se anule el título que la originó.
c) la posesión y utilización continuada de la nacional española durante 10 años, con buena fe y basada en el título inscrito en el registro civil, aunque se anule el título que la originó.
Cuando nos referimos al derecho, como facultad, atribución o prerrogativa frente a los demás, aludimos al derecho:
a) objetivo
b) positivo
c) subjetivo
c) subjetivo
¿Puede un menor de edad optar a la vecindad civil?:
a) no, salvo que se haya emancipado y haya cumplido los 12 años.
b) no, salvo que se haya emancipado, haya cumplido los 13 años y se ha asistido por su representante legal.
c) sí, si se ha emancipado y haya cumplido 14 años.
c) sí, si se ha emancipado y haya cumplido 14 años.
Es correcto afirmar que:
a) pierden la nacionalidad española los españoles emancipados que renuncian tácitamente o expresamente a ella, si tienen otra nacionalidad y residen habitualmente en el extranjero.
b) los que habiendo nacido y residiendo en el extranjero, ostenten la nacionalidad española, por ser hijos de padres o madre españoles, también nacidos en el extranjero, cuando las leyes del país, donde residan les atribuyen la nacionalidad del mismo, perderán, en todo caso, la nacionalidad española, si no declaran su voluntad de conservarla ante el encargado del registro civil, en el plazo de dos años, a contar desde su mayoría de edad o emancipación.
c) pierden la nacionalidad española los emancipados que, residiendo habitualmente en el extranjero, adquieran voluntariamente, otra nacionalidad o utilicen exclusivamente la nacionalidad extranjera que tuvieran atribuida antes de la emancipación.
c) pierden la nacionalidad española los emancipados que, residiendo habitualmente en el extranjero, adquieran voluntariamente, otra nacionalidad o utilicen exclusivamente la nacionalidad extranjera que tuvieran atribuida antes de la emancipación.
Es uno de los requisitos para la validez de la adquisición de la nacionalidad española por opción, carta de naturaleza o residencia:
a) que el mayor de 16 años y capaz, para prestar una declaración por sí, jure o prometa fidelidad al rey y obediencia a la Constitución y las leyes.
b) qué es mayor de 14 años y capaz, para prestar una declaración por sí, Julia, prometa, fidelidad al rey y obediencia a la Constitución y las leyes.
c) qué es mayor de 18 años y capaz, para prestar una declaración por sí, Julia, prometa, fidelidad al rey y obediencia a la Constitución y las leyes.
b) qué es mayor de 14 años y capaz, para prestar una declaración por sí, Julia, prometa, fidelidad al rey y obediencia a la Constitución y las leyes.