Semana 1: Hurto Simple Flashcards
Hurto Simple:
El que, para obtener provecho, se apodera ilegítimamente de un bien mueble, total o parcialmente ajeno, sustrayéndole del lugar donde se encuentra,
Bien Jurídico:
Por la ubicación sistemática del tipo en el Código Penal, el bien jurídico objeto de la tutela penal es el Patrimonio.
Tipicidad objetiva:
Acción de apoderarse. Ilegitimidad del apoderamiento Acción de Sustracción Bien mueble Valor del bien mueble Bien total o parcialmente ajeno Provecho económico
Sujeto Activo:
cualquier persona, a acepción del dueño del bien mueble objeto material del hurto.
Sujeto Pasivo:
cualquier persona, ya sea natural o jurídica, ya sea propietaria o poseedora de un bien mueble. Cuando el bien esta en posesión de una persona diferente del dueño, sujeto pasivo de la acción será quien ostente la posesión y sujeto pasivo del delito será siempre el propietario.
Tipicidad Subjetiva;
Injusto penal netamente doloso. Además de la intensión del agente de obtener un provecho.
Antijuricidad:
Se verificará si efectivamente se ha vulnerado el derecho de propiedad y además si no concurre alguna norma permisiva o causal de justificación.
Culpabilidad:
Se busca determinar si tal conducta es atribuible o imputable al agente (mayor de 18 años y no sufre grave anomalía psíquica y conocer que su conducta es antijurídica).
Consumación:
Se da en la medida que el sujeto activo tiene el apoderamiento y las posibilidad de disponer del bien.
Tentativa:
Cuando el agente suspende, ya sea voluntariamente o por causas ajenas a su voluntad: Inicio de la acción y mínima disposición del bien.
Penalidad:
No menor de uno ni mayor de tres años.