RECURSOS Flashcards
¿REPOSICION DE LAS RESOLUCIONES DICTADAS FUERA DE AUDIENCIA?
De las sentencias interlocutorias, de los autos y de los decretos dictados fuera de audiencias, podrá pedirse reposición al tribunal que los hubiere pronunciado. El recurso deberá interponerse dentro de tercero día y deberá ser fundado
¿COMO RESUELVE EL TRIBUNAL EL RECURSO DE REPOSICION?
El tribunal se pronunciará de plano, pero podrá oír a los demás intervinientes si se hubiere deducido en un asunto cuya complejidad así lo aconsejare.
¿EN QUE EFECTO SE CONCEDE EL RECURSO DE REPOSICION?
La reposición no tendrá efecto suspensivo, salvo cuando contra la misma resolución procediere también la apelación en este efecto.
¿REPOSICIÓN DE LAS RESOLUCIONES PRONUNCIADAS EN AUDIENCIAS ORALES?
La reposición de las resoluciones pronunciadas durante audiencias orales deberá promoverse tan pronto se dictaren y sólo serán admisibles cuando no hubieren sido precedidas de debate. La tramitación se efectuará verbalmente, de inmediato, y de la misma manera se pronunciará el fallo.
¿RESOLUCIONES APELABLES?
Las resoluciones dictadas por el juez de garantía serán apelables en los siguientes casos:
a) Cuando pusieren término al procedimiento, hicieren imposible su prosecución o la suspendieren por más de treinta días, y
b) Cuando la ley lo señalare expresamente.
¿las resoluciones sobre medidas cautelares que naturaleza jurídica tienen?
Son autos porque son esencialmente modificables, son incidentes y no establecen derechos permanentes.
¿RESOLUCIONES INAPELABLES?
- la resolución que niega lugar al abandono de la querella.
- la resolución que admite a tramitación una querella.
- resoluciones dictadas por el tribunal de juicio oral en lo penal.
¿RESOLUCIONES APELABLES?
- Niega lugar a una orden de detención
2.
¿PLAZO PARA INTERPONER EL RECURSO DE APELACIÓN?
. El recurso de apelación deberá entablarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la resolución impugnada.
Excepción; cuando la resolución es reponible y apelable debe interponerse en el plazo de la reposición ( 3 días) y en subsidio de esta.
¿FORMA DE INTERPONER EL RECURSO DE APELACIÓN?
Forma de interposición del recurso de apelación. El recurso de apelación deberá ser interpuesto por escrito, con indicación de sus fundamentos y de las peticiones concretas que se formularen.
¿ PROCEDE APELACIÓN VERBAL ?
Si, en el caso de art 149 en el caso de que no se decrete la prision preventiva respecto de una persona detenida o revoca una decreta respecto de un imputado, el fiscal pude apelar verbalmente y esta apelación se concede en ambos efecto.
¿Efectos del recurso de apelación?
La apelación se concederá en el solo efecto devolutivo, a menos que la ley señalare expresamente lo contrario.
¿ caso en que la apelación se concede en ambos efecto?
Cuando el fiscal apela verbalmente la resolución que niega la solicitud de prision preventiva o revoca la decretada respecto de un imputado.
¿Cuando procede el recurso de hecho?
1.Denegado el recurso de apelación,
2.concedido siendo improcedente
3. u otorgado con efectos no ajustados a derecho.
los intervinientes podrán ocurrir de hecho, dentro de tercero día, ante el tribunal de alzada, con el fin de que resuelva si hubiere lugar o no al recurso y cuáles debieren ser sus efectos.
¿ Como conoce la ICA del recurso de apelación?
Previa vista de la causa
¿Cuando se concede el recurso de nulidad penal o cual es el objetivo de recurso de nulidad penal?
El recurso de nulidad se concede para invalidar el juicio oral total o parcialmente junto con la sentencia definitiva, o sólo esta última, según corresponda, por las causales expresamente señaladas en la ley.
¿Resoluciones anulables?
1.Sentencia definitivas condenatorias o absolutorias dictadas por el tribunal de juicio oral en lo penal, en procedimiento por crimen o simples delitos de acción publica.
2. Sentencias definitivas dictadas por el juez de garantía en el procedimiento simplificado y monitorio.
3. Sentencias definitiva dictadas por el juez de garantía en procedimiento por crimen o simple delitos de acción privada.
¿ reparación del recurso de nulidad?
Si la infracción invocada como motivo del recurso se refiriere a una ley que regulare el procedimiento, el recurso sólo será admisible cuando quien lo entablare hubiere reclamado oportunamente del vicio o defecto.
¿ cuando no es necesaria la preparación?
No será necesaria la reclamación del inciso anterior cuando se tratare de alguna de las causales del artículo 374; cuando la ley no admitiere recurso alguno contra la resolución que contuviere el vicio o defecto, cuando éste hubiere tenido lugar en el pronunciamiento mismo de la sentencia que se tratare de anular, ni cuando dicho vicio o defecto hubiere llegado al conocimiento de la parte después de pronunciada la sentencia
¿Requisitos del escrito de interposición del recurso de nulidad?
Requisitos del escrito de interposición. En el escrito en que se interpusiere el recurso de nulidad se consignarán los fundamentos del mismo y las peticiones concretas que se sometieren al fallo del tribunal.
¿Admisibilidad del recurso nulidad en el tribunal ad quem?
Transcurrido el plazo previsto en el artículo anterior (5 días) , el tribunal ad quem se pronunciará en cuenta acerca de la admisibilidad del recurso
Lo declarará inadmisible;
1.- si concurrieren las razones contempladas en el artículo 380
2.- el escrito de interposición careciere de fundamentos de hecho y de derecho o de peticiones concretas,
3.- o el recurso no se hubiere preparado oportunamente.