Pruebas 3° y 4° Corte Flashcards
¿Qué principios atiende la prueba trasladada?
Los principios de economía procesal (no se incurre en un desgaste del aparato jurisdiccional) y necesidad de la prueba (el juez no puede fallar en algo distinto a los medios de prueba).
¿A qué se refiere una prueba trasladada?
Se pueden trasladar medios de prueba a otros procesos siguiendo los requisitos de procedibilidad.
¿Hay alguna formalidad para apreciar una prueba trasladada?
No, basta con la simple copia.
¿Qué se examina en una prueba trasladada?
Se deben examinar dos cosas: petición y participación. Esto parte del proceso origen en el que se practica el medio de prueba y el proceso destino al que se quiere traer, se debe revisar la solicitud en el proceso de origen y si esa persona participó.
Respecto del tema de la participación en audiencia, la persona debió ejercer su d.
de contradicción en el proceso de origen para que esa prueba trasladada proceda.
¿Se puede hacer valer una prueba donde no participaron todos los sujetos?
Sí, siempre que se ejerza el d. de contradicción que no se ha tenido la oportunidad de ejercer.
¿A qué hace referencia la ratificación del testigo o del testimonio?
Cuando hay una declaración testimonial en la que no todos participaron, se hace la ratificación de esta para que todos ejerzan su derecho de contradicción, para lo cual se practica nuevamente la diligencia.
¿Qué requisitos tiene la ratificación de testimonios?
A. Hay lugar a la ratificación si así lo solicitaron las partes o lo ordenó el juez.
B. El testigo no puede leer ni escuchar las preguntas que se le hicieron en la primera declaración.
¿La ratificación procede para otras declaraciones?
No, solo para testimonios.
¿Qué apreciaciones hay sobre las facultades oficiosas de los jueces?
A. No debería permitirse esas facultades porque eso es un prejuzgamiento, es decir, se rompen las cargas de demandante y demandado con su solicitud y aporte de medios de prueba.
B. Garantista: el juez está en el deber de fallar en justicia bajo un principio de equidad -se le da a c/quien lo que corresponde-, además si no hay claridad de los hechos, se justifica las facultades oficiosas.
¿Qué características tienen las facultades del juez para decretas medios de prueba de oficio?
A. Estas facultades son una excepción que se utiliza para verificar los hechos alegados por las partes.
B. Las providencias que decreten pruebas de oficio no admiten recursos.
C. Los gastos de la práctica de los medios los acarrean las partes. D. Para decretar declaraciones testimoniales se requiere que las personas aparezcan mencionadas en otras pruebas o cualquier otro acto procesal de las partes.
¿Cuándo se pueden ejercer estas facultades oficiosas?
Estas facultades se pueden ejercer tanto en 1° como en 2° instancia en el trámite de apelación, pero antes de fallar.
¿Cuál es el estándar de prueba en materia contencioso-administrativa, procesal y penal?
El estándar de prueba en materia contencioso-administrativa y procesal la probabilidad preponderante, mientras que en penal es “más allá de toda duda razonable”.
¿Cómo funciona el estatuto procesal del CGP, CPACA, el CPT y el EANI?
En los tres primeros las partes aportan los medios de prueba, la excepción es la solicitud de medios de pruebas. Frente al EANI se estableció que el dictamen se puede solicitar.
El CPACA, el CPT y el EANI tienen una remisión al CGP ante lo no regulado.
¿Qué son los peritos?
Los peritos son los sujetos idóneos para acreditar los hechos que requieren un conocimiento especializado, técnico, científico o artístico. Es un tercero imparcial que no tiene ningún nexo con las partes.
¿Qué es un dictamen?
Es el medio de prueba que se aporta al proceso para formar el convencimiento del juez de los hechos que exigen un conocimiento especializado, técnico, artístico o científico.
¿Qué es un dictamen de parte?
Es el llamado dictamen de acuerdo con las reglas del CGP, se dice “de parte” porque lo aporta la parte del proceso.
¿Qué es un contra dictamen?
Dictamen que busca controvertir otro.
¿Qué particularidad tenía el dictamen pericial con el CPC? Haga una breve mención al trámite.
Con el CPC el dictamen pericial se solicitaba, más no se aportaba. Por lo tanto, le correspondía al juez decretado el medio de prueba escoger en la lista de auxiliares de la justicia un perito, quién podía llegar o no a responder. Posteriormente, se posicionaba el perito en audiencia, se establecen los honorarios del perito. En esta se podían dar las preguntas o se daba un término de las partes para que enviaran las preguntas al perito y se daban 2 meses para el dictamen.
¿Cuál es el trámite de un dictamen pericial bajo el CGP?
El dictamen pericial se puede aportar en la demanda, la contestación de la demanda o el término de traslado de las excepciones de fondo, en caso de que no se pueda aportar en las oportunidades probatorias es necesario que se haga mención del medio de prueba en esas oportunidades haciendo énfasis en: (i) qué tipo de dictamen es y (ii) el tiempo aproximado -no puede ser menor a 10 días según el CGP-.
¿Qué pasa si no se aporta el dictamen pericial?
Se entiende desistido el medio de prueba.
¿En qué momento puede el juez decretar dictamen pericial?
El dictamen pericial se puede decretar en todo momento hasta antes de dictar sentencia -esto se hace en virtud de que el juez no falle si tiene dudas-.
¿Cómo funciona cuando el juez es quien decreta el dictamen pericial?
El juez determina el cuestionario que el perito debe absolver, fija el término para que se rinda el dictamen y señala los honorarios.
¿Cómo ejerce el derecho de contradicción respecto de un dictamen pericial?
A. Aportar otro dictamen.
B. Solicitar interrogatorio del perito.
C. Realizar ambas actuaciones.
¿Qué se debe buscar desvirtuar de un dictamen pericial?
A. Imparcialidad: cuando un perito no cumple con este deber puede tener en juego su tarjeta profesional y su reputación. Además, algunos peritos tienen un registro, lo cual puede aportar a que se evidencie el cumplimiento de los deberes.
B. Idoneidad: el experto al cual se recurre para el concepto se centra en los aspectos jurídicamente relevantes para la controversia.
¿Qué hace que algo sea un dictamen pericial?
A. El contenido: los conocimientos especializados, técnicos, científicos o artísticos.
B. El perito debe tener: imparcialidad e idoneidad.
¿Cuáles son los límites de un dictamen pericial?
A. No son admisibles los dictámenes periciales que traten puntos o asuntos jurídicos, aunque hay una excepción respecto de la ley y costumbre extranjera. Si se quiere aportar algo respecto de puntos de derecho se puede hacer mediante un concepto que forma parte de los alegatos de conclusión.
B. No se puede aportar 2 o más dictámenes periciales para probar el mismo hecho.
¿Qué tipo de personas elaboran dictámenes periciales?
Con el CPC los dictámenes eran elaborados y rendidos por una persona natural, pero ahora habiendo personas jurídicas que se dedican a los dictámenes periciales se incluye este tipo de personas. En estos casos debe haber una persona natural -puede ser el representante legal- que firme y absuelva el interrogatorio.
¿Qué pasa si un dictamen pericial elaborado por varias personas, una sola de ellas rompe la imparcialidad?
Esto se aplicará a todos los que elaboraron el dictamen
¿Qué pasa si el perito no jura que su opinión es independiente y corresponde a su real convicción profesional?
La ley lo presume, así no haya juramento.
¿Qué declaraciones e informaciones debe contener el dictamen pericial?
A.Identidad.
B. Datos del perito: para identificar y notificar a perito.
C. Formación + Soporte.
D. La lista de publicaciones, relacionadas con la materia del peritaje: deben haber sido realizadas en los últimos 10 años.
E. La lista de casos en los que haya sido designado como perito o en los que haya participado en los últimos 4 años: para acreditar la idoneidad o su experiencia o para mirar la imparcialidad del perito porque puede estar actuando de perito siempre de la misma empresa.
F. Si ha sido designado en procesos anteriores o en curso por la misma parte o por el mismo apoderado de la parte: por el tema de imparcialidad. En este caso se debe indicar el objeto del dictamen.
G. Estar incurso en las causales del art. 50 CGP: estas causales pueden brindar argumento para excluir a un perito.
H. Declarar si los exámenes, experimentos e investigaciones efectuados son diferentes respecto de los que ha utilizado en procesos que versen en la misma materia: en tal caso se debe argumentar.
I. Declarar si los mismos son diferentes al que utiliza en el ejercicio regular de su profesión u oficio: en tal caso se debe argumentar.
J. Relacionar y adjuntar los documentos e información utilizados para la elaboración del dictamen.
¿Qué pasa si falta un anexo del dictamen pericial?
Se debe propender por la tutela judicial efectiva, por lo que si el juez o funcionarios se dan cuenta de que faltó un anexo, no por ello se debe esperar para desestimar ese dictamen en una etapa avanzada del proceso, sino que en caso de que falte algún documento la idea es que esto pueda ser corregido y sea allegado.
Caso distinto si el perito no incluye ninguno de los nexos, ya que en este caso si deberá desestimarse.
¿Quién paga los honorarios del perito? ¿Hay alguna prohibición respecto de la remuneración?
Los honorarios deberán ser pagados por las partes de forma proporcional, pero esta remuneración NO debe pender del resultado del litigio.
¿Qué pasa si el perito no exige remuneración?
En estos casos el juez determinará el cuestionario que el perito debe absolver y se somete a contradicción.
¿El interrogatorio del perito tiene límite de preguntas?
No, no tiene límite de preguntas.
¿Qué pasa si el perito citado no asiste a la audiencia?
En este caso el dictamen no tendrá valor, a menos que haya una excusa por fuerza mayor o caso fortuito, caso en el cual se suspenderá la audiencia (válido por una sola vez).
¿Qué pasa si las partes no colaboran en la práctica de un dictamen pericial?
Si las partes no colaboran se entenderá como un indicio en su contra.
¿Qué pasa si las partes impiden la práctica de un dictamen pericial?
Si las partes impiden la práctica del dictamen se presumirán ciertos los hechos susceptibles de confesión y se impondrá una multa.
¿Se puede designar perito al alguien sobre quien recaiga una causal de recusación?
No se podrá designar como perito a alguien en el cual recaiga una causal de recusación.
¿A qué hace referencia la inspección judicial?
La inspección judicial hace referencia a aquellas circunstancias donde el juez necesita con sus propios sentidos cerciorarse de ciertos hechos.
La inspección Judicial ¿Es un medio de prueba directo o indirecto?
Es un medio de prueba directo, pues hay una relación directa con la fuente de prueba.
¿Cómo se clasifican las inspecciones judiciales?
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A. Obligatorias.
B. No obligatorias
¿Qué caracteriza la inspección judicial?
A. Es un medio de prueba directo.
B. Es excepcional por cuestiones de economía procesal.
C. Es residual porque se va a preferir recurrir a otros medios de prueba.
D. Es permitido y debe promoverse el Uso de herramientas tecnológicas.
E. La inspección se da sobre bienes inmuebles o muebles y personas.
¿Cuál es el objeto de una inspección judicial?
Que se puedan esclarecer los hechos relacionados con personas cosas o lugares.
¿Para qué acudir a inspección de documentos si se pueden aportar?
Para los casos en que hay documentos sometidos a reserva o se trata de documentos que reposan en un registro o se quiere que se revise que no esté adulterado o que juez examine la fuente misma.
¿La inspección judicial se acompaña de otras pruebas? ¿Qué pasa si es sobre personas?
La inspección judicial puede acompañarse del dictamen de un perito u otros medios de prueba, si se trata de personas el juez podrá ordenar los exámenes necesarios.
¿Qué pasa si ya hay practicada una inspección judicial dentro del proceso o como prueba extraprocesal?
Si ya existe una inspección judicial practicada dentro del proceso extraprocesalmente con audiencia de todas las partes, no puede decretarse nuevamente sobre los mismos puntos, a menos de que el juez considere que se requiere claridad.
¿En qué casos es obligatoria la inspección judicial? ¿Por qué?
A. Declaración de pertenencia : es una forma de asegurar de que quien dice que es dueño es dueño de todo el bien.
B. Servidumbre.
C. Procesos posesorios
D. Procesos de deslinde y amojonamiento.
¿La inspección judicial se solicita o se aporta?
La inspección judicial se puede solicitar o aportar, se puede aportar pueden existir inspecciones judiciales como prueba extraprocesal.
¿Qué requisitos debe cumplir la solicitud de inspección judicial?
A. La inspección que se solicite debe estar debidamente fundamentada.
B. Identificar sobre qué va a recaer la inspección judicial. C. Identificar en esa solicitud dónde puede hallarse esa persona, cosa o la dirección del inmueble. Identificar el objeto de la prueba -esto tiene que ver con la utilidad-.
¿Qué pasa si se aporta una inspección judicial sin haber ejercido el derecho de contradicción? ¿Cuál es el iter probatorio de la inspección judicial?
Si se trata de un proceso en el que es obligatoria la inspección judicial se tendrá que volver a practicar, pero si no es un proceso de este tipo queda decisión del juez volver a practicar la inspección.
¿Cuál es el iter probatorio de la inspección judicial?
La inspección se pudo dar acumulada en el 372 (audiencia inicial) e incluso ahí mismo se puede abordar también lo que se da en la de instrucción y juzgamiento, pero si se da en una fecha distinta se haría en la etapa de práctica de medios de prueba.
¿Qué pasa si la parte que pidió la inspección no se presenta?
El juez puede abstenerse de practicarla.
¿Qué pasa si una de las partes obstaculiza la inspección judicial?
Se impondrá una sanción y se presumirán ciertos los hechos que la otra parte pretendía demostrar con la inspección. Si la prueba fue decretada de oficio se entenderá la conducta como indicio grave.
¿Qué puede ordenar el juez en medio de la inspección judicial?
El juez puede ordenar planos, experimentos, grabaciones o que durante la diligencia se reconstruyen los sucesos. En general, cualquier medida para esclarecer los hechos