PROCEDIMIENTO COMUN Flashcards
PROCEDIMIENTO COMUN
Etapa preparatoria, intermedia y juicio.
FASE PREPARATORIA
Fase de introducción o investigación.
- Tiene por objeto recabar todos los elementos que permitan fundamentar y elaborar una acusación.
- Motivos: aseguramiento de las pruebas, el encargado es el MP y personal.
- Indagar en el hecho criminal ocurrido.
ACTOS INTRODUCTORIOS
- Forma de iniciar el proceso penal.
- Formas de iniciar el proceso: querella, denuncia, prevención policial.
DENUNCIA
ART 299 CPP
QUERELLA
Acto procesal a traves del cual el ofendido por un delito o sus parientes dan inicio a un proceso penal.
- ART 302 CPP
- Se interpone ante un tribunal de sentencia.
PREVENCION POLICIAL
Notificar inmediatamente por parte de la PNC al MP sobre la noticia de la comisión de un delito.
- ART 304 y 305 CPP.
DE OFICIO
Se trata de cuando no hay necesidad que se compulse al MP a dar inicio al proceso penal a traves de una denuncia, querella o prevención policial.
-Se da cuando se conocen los hechos.
-Solo lo posee el MP, no el Juez.
ASPECTOS GENERALES A TENER EN CONSIDERACION DENTRO DE LA FASE PREPARATORIA
- Garantias constitucionales.
- Aspectos generales que regulan los procesos.
ACTOS PROCESALES
Todas las actividades que desarrolla el organo judicial (inicio y fin del proceso penal).
- Formalidades: lugar, modo o tiempo, forma.
LUGAR
Los actos deben de efectuarse en la sede tribunal.
MODO O FORMA
- Idioma: los actos deben de llevarse a cabo en el idioma que la ley establesca como oficial.
- Art 142 y 143 CPP.
TIEMPO
Elemento de suma importancia dentro de todos los procesos.
- El proceso se mide en horas, dias, meses y años.
TIPOS DE AUDIENCIA
- Unilaterales: tipo de audiencia orales solicitadas por el MP, siendo el Juez el único presente.
- Bilaterales: tipo de audiencia oral en donde participa el MP, querellante, defensor, sindicado.
- Mixtas: tipo de audiencia en las cuales se resuelven aspectos como: devolución de vehículos, pertenencias.
CITACIONES
Aviso por medio del cual se le indica a una persona que debe comparecer al proceso penal con el objeto de llevar a cabo un acto.
- Obligacion (art 161 CPP).
- Deben contener: tribunal o funcionario a quien debe comparecer, motivo, identificación de procedimiento, lugar, fecha y hora.