Primer Parcial Flashcards
¿Cuándo procede el procedimiento ordinario laboral?
Artículo 870.-El procedimiento ordinario aplicará en aquellos conflictos individuales y colectivos de naturaleza
jurídica que no tengan una tramitación especial en esta Ley.
¿En qué consiste el derecho de “Vacaciones”?
Artículo 76.- Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual
de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará
en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.
Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.
¿En qué consiste la prestación del aguinaldo?
Artículo 87.- Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del
día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.
Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando
o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional
del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.
¿Qué pruebas son admisibles?
Artículo 776.- Son admisibles en el proceso todos los medios de prueba que no sean contrarios a la
moral y al derecho, y en especial los siguientes:
I. Confesional;
II. Documental;
III. Testimonial;
IV. Pericial;
V. Inspección;
VI. Presuncional;
VII. Instrumental de actuaciones; y
VIII. Fotografías, cintas cinematográficas, registros dactiloscópicos, grabaciones de audio y de video,
o las distintas tecnologías de la información y la comunicación, tales como sistemas informáticos, medios electrónicos ópticos, fax, correo electrónico, documento digital, firma electrónica o contraseña y, en
general, los medios aportados por los descubrimientos de la ciencia.
¿A qué deben referirse las pruebas?
Artículo 777.- Las pruebas deben referirse a los hechos controvertidos cuando no hayan sido
confesados por las partes.
¿Cuándo deben ofrecerse las pruebas?
Artículo 778.- Las pruebas deberán ofrecerse en la misma audiencia, salvo que se refieran a hechos
supervenientes o que tengan por fin probar las tachas que se hagan valer en contra de los testigos.
¿De qué se acompañarán las pruebas?
Artículo 780.- Las pruebas se ofrecerán acompañadas de todos los elementos necesarios para su desahogo.
Carga de la prueba del patrón es:
I. Fecha de ingreso del trabajador;
II. Antigüedad del trabajador;
III. Faltas de asistencia del trabajador;
IV. Causa de rescisión de la relación de trabajo;
V. Terminación de la relación o contrato de trabajo para obra o tiempo determinado, en los términos
de los artículos 37, fracción I, y 53, fracción III, de esta Ley;
VI. Constancia de haber dado aviso por escrito al trabajador o a la Junta de Conciliación y Arbitraje de
la fecha y la causa de su despido;
VII. El contrato de trabajo;
VIII. Jornada de trabajo ordinaria y extraordinaria, cuando ésta no exceda de nueve horas semanales;
IX. Pagos de días de descanso y obligatorios, así como del aguinaldo;
X. Disfrute y pago de las vacaciones;
XI. Pago de las primas dominical, vacacional y de antigüedad;
XII. Monto y pago del salario;
XIII. Pago de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas; y
XIV. Incorporación y aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social; al Fondo Nacional de la
Vivienda y al Sistema de Ahorro para el Retiro.
¿Quiénes pueden desahogar prueba confesional?
Artículo 786. Cada parte podrá solicitar que se cite a su contraparte para que concurra a absolver
posiciones.
Tratándose de personas morales, la confesional puede desahogarse por conducto de su
representante legal o apoderado con facultades para absolver posiciones.
Los sindicatos u organizaciones de trabajadores o patrones absolverán posiciones por conducto de su
secretario general o integrante de la representación estatutariamente autorizada o por apoderado con
facultades expresas.
¿Qué es una documental pública?
Artículo 795.- Son documentos públicos aquellos cuya formulación está encomendada por la Ley a un funcionario investido de fe pública, así como los que expida en ejercicio de sus funciones.
Los documentos públicos expedidos por las autoridades de la Federación, de los Estados, del Distrito
Federal o de los municipios, harán fe en el juicio sin necesidad de legalización.
¿Cuáles son los medios de perfeccionamiento de una documental privada?
Ratificación de contenido y firma, si no lo reconocen, ya ofreces pericial pero el medio de perfeccionamiento es la ratificación de contenido y firma.
¿Quién es patrón?
Artículo 10.- Patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores
¿Quién es trabajador?
Artículo 8o.- Trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal
subordinado.
¿Qué es trabajo?
Para los efectos de esta disposición, se entiende por trabajo toda actividad humana, intelectual o
material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio.
¿Quién es trabajador de confianza?
Artículo 9o.- La categoría de trabajador de confianza depende de la naturaleza de las funciones
desempeñadas y no de la designación que se dé al puesto. Son funciones de confianza las de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, cuando tengan
carácter general, y las que se relacionen con trabajos personales del patrón dentro de la empresa o
establecimiento.
¿Quién puede representar al patrón?
Artículo 11.- Los directores, administradores, gerentes y demás personas que ejerzan funciones de
dirección o administración en la empresa o establecimiento, serán considerados representantes del
patrón y en tal concepto lo obligan en sus relaciones con los trabajadores.
¿Quiénes son “parte” en el proceso?
Artículo 689. Son partes en el proceso del trabajo, las personas físicas o morales que acrediten su
interés jurídico en el proceso y ejerciten acciones u opongan excepciones.
¿Cómo se acredita la personalidad cuando eres apoderado de persona física?
Artículo 692
F.I Podrá hacerlo mediante poder
notarial o carta poder firmada por el otorgante y ante dos testigos, sin necesidad de ser ratificada ante la
Junta/Tribunal
¿Cómo se acredita la personalidad cuando eres abogado patrono o asesor legal (seas o no apoderado)?
Art.692 F.II Deberán
acreditar ser abogados o licenciados en derecho con cédula profesional o personas que cuenten con
carta de pasante vigente expedida por la autoridad competente para ejercer dicha profesión.
¿Cómo se acredita la personalidad cuando eres apoderado de persona moral?
Art.692 F.III Cuando el compareciente actúe como apoderado de persona moral, podrá acreditar su
personalidad mediante testimonio notarial o carta poder otorgada ante dos testigos, previa comprobación
de que quien le otorga el poder está legalmente autorizado para ello;