PREGUNTAS GENERALES Flashcards
Diferencia entre CUIT, CUIL y DOMICILIO ELECTRÓNICO
CUIL:
Es un número utilizado para identificar a trabajadores en el ámbito laboral y de la seguridad social.
Lo utilizan empleados registrados, beneficiarios de prestaciones sociales y jubilados.
Es asignado por ANSES.
CUIT:
Es un número utilizado para identificar a personas físicas, jurídicas y otros entes en el ámbito tributario y aduanero.
DOMICILIO ELECTRÓNICO:
Es el CUIT del abogado sin puntos, guiones o espacios.
Se denuncia a fin de que con él se vincule el expediente al que se presenta y al cual le enviarán las notificaciones relativas al expediente.
Encuadre del caso
Para que un caso termine siendo exitoso, hace falta conocer en profundidad los hechos, tener apoyatura en la prueba y un conocimiento de las normas aplicables al caso.
Para poder darle un encuadre legal al caso, es necesario formular preguntas al cliente de forma tal de conocer en profundidad los hechos y poder encuadrarlo en el derecho.
¿Qué significa ABOGADO PATROCINANTE?
Un abogado patrocinante es aquel que representa a una parte en un juicio, pero no actúa en su nombre.
El representado del abogado actuará por DERECHO PROPIO:
- Firma las presentaciones
- Excepto: presentaciones de mero trámite (van con firma del letrado)
¿Qué significa APODERADO?
Un apoderado es el abogado a quien se le otorga un poder notarial (certificado por escribano público) para actuar en nombre de otra persona (el poderdante).
Actúa en nombre del poderdante en diversas gestiones legales, administrativas o comerciales. Esto incluye firmar documentos, realizar trámites, presentar escritos con su firma.
SE DEBE PRESENTAR EL PODER EN LOS ESCRITOS INICIALES.
¿Qué notificaciones deben realizarse por cédula?
- CITACION A TESTIGO:
Para asegurar que un testigo comparezca en juicio, la notificación se realiza en su domicilio real. - TRASLADO DE LA DEMANDA:
La notificación de la demanda al demandado también se realiza en su domicilio real para garantizar que la parte demandada tenga conocimiento de la acción judicial en su contra.
3) TRASLADOS DIRIGIDOS A PERSONAS QUE NO ESTÉN PRESENTADAS EN EL EXPEDIENTE
4) AL REBELDE - LA PROVIDENCIA QUE DECRETA LA REBELDÍA