Personas y Acto Jurídico Flashcards
sujetos del derecho (qué son?, relación jurídica)
- Los sujetos de derecho son las personas (físicas, jurídicas)
- En una relación jurídica esta el sujeto activo (acreedor) y el pasivo (deudor). Un sujeto NO PUEDE SER ACTIVO Y PASIVO.
Enlace jurídico normativo
Es la relación entre:
- Supuesto normativo
- Hecho
- Consecuencia de derecho (Si se da el hecho)
Hay una relación necesaria entre hipótesis y consecuencia.
Hay una relación contingente entre titular y derecho, e imputado y obligación (se puede cumplir o no).
Persona
Todo ente capaz de ser titular e derechos y sujeto de obligaciones. Están las fisicas y las morales.
Atributos de las personas
1- Nombre 2- Domicilio 3- Nacionalidad 4- Capacidad 5- Estado Civil 6- Nacionalidad
5- Estado Civil
- Situación que guarda una persona (física) dentro del seno familiar.
- Las actas de registro civil hacen prueba plena
6- Nacionalidad
- Es el vínculo de pertenencia entre una persona y un Estado.
- Formas de adquirir la nacionalidad:
- Nacimiento
- Naturalización
Sistemas para que el Estado conceda la nacionalidad (art. 30 CPEUM)
- Ius sanguinis: hijo de padres mexicanos
- Ius solis: x lugar de nacimiento
- Ius domicilii: Naturalización
4- Capacidad
- De goce: ser sujeto de derechos y obligaciones (irrevocable)
- De ejercicio: De exigir derechos y obligaciones (se adquiere con la mayoría de edad / art. 450 CCF)
- Existe incapacidad (que revoca el ejercicio) puede ser natural o legal.
Incapacidad
La falta de aptitud en una persona para hacer valer sus derechos por sí misma.
La capacidad es regla, la incapacidad es excepción.
Los menores de edad y discapacitados son incapacaes.
Para la discapacidad el juez debe de dictar un estado de interdicción.
Qué establece el Artículo 22 del CCNL
- Lo que significa persona. Que son las personas físicas y las morales
- Que los sujetos del derecho son personas fisicas y morales
Personalidad
Personalidad es la aptitud para ser titular de derechos y sujeto de obligaciones. Es que una persona pueda actuar en el campo del Derecho.
Es la posibilidad abstracta de actuar como activo o pasivo en una relación jurídica.
Artículo 23 del CCNL
La personalidad es exclusiva de los sujetos de derecho
Nasciturus
Otorga capacidad de goce. se obtiene a las 24 horas de nacido vivo o si se registra antes de ese tiempo
Características de los derechos de personalidad
- Originarios: se dan con el nacimiento
- Innatos: no necesitan reconocimiento
- Sin contenido patrimonial: no tiene valor $$$
- Irrenunciables
Tipos de personas morales (Art. 25 CCF)
- Nación, estados y municipios
- Instituciones públicas
- Sociedades mercantiles y civiles
- Sociedades cooperativas y mutualistas
- Sindicatos
- Asociaciones reconocidas x la ley (científicas, políticas, religiosas, etc.)
- Personas morales extranjeras
Elementos del domicilio
- Objetivo: residencia de una persona en un lugar
- Subjetivo: propósito de esa persona para habitar en dicho lugar
Paradero y Residencia
- Paradero: donde se encuentra una persona en el momento
- Residencia: permanencia habitual en el lugar (el domicilio se establece alrededor de esta normalmente)
Domicilio voluntario, convencional y necesario
Voluntario: Lugar escogido libremente para residir en él
Convencional: Lugar establecido para cumplir con obligaciones jurídicas
Necesario o legal: El que establece la ley para el respeto de los derechos de la persona o cumplimiento de sus obligaciones
Hechos simples y jurídicos
Simples: No tienen consecuencias de Derecho
Jurídicos: Acontecimientos positivos o negativos que tienen efectos de Derecho.
- Crean, transmiten, modifican o extinguen derechos y
obligaciones
Hechos jurídicos voluntarios e involuntarios
Voluntarios: Se manifiesta la voluntad de quien comete el hecho de hacerlo
Involuntarios: NO existe voluntad de quien comete el hecho de hacerlo
Hechos jurídicos voluntarios intencionales y no intencionales
Intencionales: Voluntario con la intención de producir las consecuencias de Derecho. (Intención de crear, transmitir, modificar o extinguir derechos y obligaciones)
No intencional: Voluntario SIN la intención de producir consecuencias de Derecho
Acto jurídico
Es el hecho jurídico, voluntario e intencional
Clasificación de actos jurídicos
- Individuales y bilaterales o plurilaterales
- Onerosos o gratuitos
- Momentáneos o de tracto sucesivo
- Entre vivos o mortis causa
- Conmutativos
Actos jurídicos unilaterales y bilaterales
Unilateral: donde interviene una sola voluntad (testamentos, oferta al público, oferta de recompensa, etc.)
Bilateral o pluri: Donde hay 2+ voluntades (convenios y contratos)