penal 1 Flashcards

1
Q

¿Qué es un proceso?

A

Conjunto de etapas que llegan a un resultado.

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2
Q

De donde viene el Sistema Penal Acusatorio

A

Inglaterra

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3
Q

¿Cómo se inicia un proceso?

A

La persona denunciada pasa por un proceso:
* Investigada: Juez de Control:
* Imputada: Atribuirle algo a alguien.
* Acusada
* Sentencia: Antes de la pena se determina la culpabilidad o inocencia.

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4
Q

Como se puede hacer el proceso

A

enuncia, querella, declaratoria de perjuicio, etc. ya sea de manera escrita, compareciendo o electrónica ante el Ministerio Público; esto será una no<cia criminal y se situará el hecho en modo (ej. Arma de fuego - ¿Cómo?), <empo (ej. Hoy a las 7:00 am ¿Cuándo)) y lugar (ej. Metro Chabacano ¿Dónde?).

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5
Q

Personas que intervienen en un proceso:

A
  • Ministerio Público: Inves<ga y acusa (promueve la acción penal).
    Jueces
  • Asesor Jurídico de la Víc<ma: Puede ser público o privado. Le ayudan al MP.
  • Defensor: Puede ser privado o público.
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6
Q

Tipos de jueces

A
  • Juez de control: Se encarga de controlar al MP.
  • Juez de debate oral (puede ser en Tribunal): Juzga el caso.
  • Juez de ejecución de sanciones: Sanciones.
  • Para apelar están las Salas con 3 Magistrados y en Amparo al Juez de
    Distrito, al Tribunal Colegiado de Circuito y a veces hasta la SCJN.
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7
Q

Otros sujetos

A

Policía de inves<gación, policía preven<va, maestro de ceremonias, peritos, tes<gos, imputado, víc<ma*.

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8
Q

Por que las victimas no son un sujeto esencual al proceso

A

No puede existir por la misma conducta del sujeto activo (delitos donde se priva la vida y la libertad).

No atenta directamente contra un sujeto pasivo.

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9
Q

Sistema Penal Acusatorio:

A

El Sistema Penal Acusatorio es una en<dad compleja y persigue una serie de fines (procurar que el delito no quede impune, salvaguardar los derechos de la víc<ma, reparar el daño) a través del proceso; se basa en el Código Nacional de Procedimiento Penales; igualmente se aplica la Ley General de Víc<mas, Ley General de las Mujeres para el Acceso a una Vida de Violencia, etc. y supletoriamente el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.

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10
Q

Derecho Procesal Penal

A

Se le atribuye al Proceso Penal todas las soluciones a los problemas de la sociedad, lo cual es incorrecto, ya que existen salidas alternas para no tener que llegar a la sentencia (formas autocomposi<vas como el desis<miento o la legí<ma defensa y heterecomposi<vas) pueden ser acuerdo reparatorio, suspensión condicional del proceso y procedimiento abreviado.

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11
Q

Acusatorio caracs

A

a. Es oral.
b. La confesión no es reina de la prueba y debe de estar acompañada de otros
medios de prueba, no se puede llegar solo a la confesión.
c. Presunción de inocencia:
1. Es un principio que rige al derecho.
2. Es un Derecho Humano.
3. Es un estándar probatorio.

d. Carga de la prueba al MP.
e. Todos <enen derecho a una defensa, ya sea un abogado público o privado.
f. Le apuesta a la resocialización de la persona: No solo encerrar por encerrar, sino
que de acuerdo a un programa de educación, capacitación, deporte, trabajo y arte, la persona regrese a la ciudad y pueda iniciar una nueva vida.

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12
Q

Inquisitvo caracs

A
  1. La confesión es la reina de la prueba (podía ser arrancada mediante tortura).
    Lucro cesante: Debido a cierta conducta de un tercero dejo de recibir mi dinero.
    En teoría es contrario a la pena de muerte, pero EUA la <ene permi<da.
    Se <ene que despelgar todo el sistema de género, LGMAVLV, orden de alejamiento, etc.
    Salvo en el delito de lavado dinero, ahí la carga de la prueba si pertenece al acusado.
    Todos los DDHH del proceso, los tengo en todos los aspectos de mi vida.
  2. Es escrito.
  3. El juez era el mismo que acusaba. Diligencias para el mejor proveer: El juez
    decidía si los peritajes bastaban o no, ya que se podía seguir persiguiendo;
    todos estaban en contra del acusado.
  4. Presunción de culpabilidad: El imputado tenía la carga de la prueba para
    demostrar su inocencia.
  5. La prueba estaba tasada: La ley indica el valor de cada medio de prueba (es
    desigual).
  6. No había abogado defensor: Dios es quien te defiende.
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13
Q

Inquisitivo antecedentes

A

Estuvo presente en nuestro país hasta el 2008; era violatorio de DDHH.
a. Antecedentes: Con la inquisición de la Iglesia Católica donde se perseguía a los
herejes, como mujeres hechiceras, gitanos, judíos, etc., se creó un procedimiento de sanciones:

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14
Q

Mixto

A

Es una mezcla entre el acusatorio e inquisisivo; existen herramientas legales que <ene el estado mexicano que son muy polémicas especialmente amnisga internacional porque están en contra del derecho a cas<gar.

“Das Feind Strafrecht”: Derecho penal del enemigo; polí<ca criminal de combate a la delincuencia organizada; el derecho (estado) amenaza al enemigo (criminal). Se le aplicará al que organiza grupos criminales en contra de la sociedad. Es un derecho de emergencia.

Aplica para las organizaciones con fines tales como terrorismo, narcotráfico, tráfico de personas, armas, homicidio doloso, asalto (cuando se asalta a los transpor<stas), secuestro, lavado de dinero, huachicol.
Delincuencia organizada: 3 o más personas que se organizan para cometer esos delitos.

“Das Burgerstrafrecht”: En el derecho penal del ciudadano, el estado dialoga con este.

– México es mixto, ya que hay normas muy garan<stas y muy agresivas (de combate a la mafia como el DPE).

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15
Q

a. En cuanto a las víc<mas: LGV:

A
  1. ¿Qué es una víc<ma?
  2. Tipos de víc<mas
  3. ¿Cómo reparar el daño? Debe de ser integral, ya que, en el sistema
    inquisi<vo, solo se condenaba al acusado y se daba una pequeña can<dad de dinero.
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16
Q

Antidemocrático

A

Son los sistemas musulmanes; es muy parecido a los sistemas inquisi<vos.

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17
Q

La reforma penal en México:

A

Reforma en el argculo 20 apartado A de la CPEUM: Principios del Sistema Acusatorio:

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18
Q

Principio de publicidad

A

a. Principio de publicidad: Todas las audiencias serán públicas:
1. Transparencia
2. Rendición de cuentas
3. Cultura de la legalidad
4. Combate a la corrupción

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19
Q

Inmediación

A

El juez deberá de estar presente en todas las audiencias y deberá de atender lo que le soliciten las partes; ya no puede delegar en un Secretario el desarrollo de la audiencia.
Todos tenemos el derecho humano a saber quién nos está juzgando.

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20
Q

Contradicción

A

(igualdad de armas en Colombia): El acusado o el MP <ene derecho a controver<r los medios de prueba o argumentos de la otra parte.

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21
Q

Continuidad

A

Las audiencias deberán celebrarse en periodos cortos.

22
Q

Concentración

A

En la misma audiencia se debe de tratar de llevar o ejecutar
actos procesales.

23
Q

Igualdad ante la ley:

A

No se pueden introducir parámetros de discriminación:
1. Personas indígenas: Deben de tener un traductor o intérprete.

24
Q

Debido proceso

A

Debido proceso

25
Q

Non bis in idem:

A

Nadie puede ser juzgado por el mismo hecho.

26
Q

Principio de presunción de inocencia

A

Menos en delitos de posesión, sexuales y financieros:
1. Es un principio que rige al derecho.
2. Es un Derecho Humano.
3. Es un estándar probatorio.

27
Q

Irretroac7vidad

A

No se me puede aplicar una ley retroac<vamente si me quita derechos.

28
Q

DDHH del imputado

A

Audiencia

Defensa: Lic en derecho

Presunción de inocencia: a. La carga de la prueba será por parte del MP.

Derecho a la no autoincriminación:
a. Es lo mismo que el derecho a guardar silencio.
b. Nadie puede obligar a que el imputado asuma un hecho siendo este el
responsable.
c. Puede ser total o parcial.
d. Al hacer la teoría del caso nunca hay que declarar primero porque hay que
armar el caso conforme a la declaración.
e. No se puede obligar a confesar porque si no, no habría proceso.

Derecho al acceso del expediente:
a. Ya sea el expediente de la inves<gación ante el MP.
b. Ya sea el expediente de proceso ante los jueces.

Información

Derecho a ser juzgado en un término fijo: Cuando la persona no está privada de la libertad (prisión), deberá de seguirse las reglas de prescripción del delito, si está privada de la libertad, no puede ser por más de 2 años.
Se evita lo del sistema inquisi<vo donde el imputado podía estar de manera indeterminada en prisión sin ser juzgado.

Tiempo en prisión: En caso de la PPO, el <empo que se haya estado se restará de la pena.

Incomunicacón: Está prohibida, menos en los casos de DO. A la persona se le quita el celular y todos los instrumentos de comunicación por radio

29
Q

DDHH victima

A

A. Asesoría jurídica y atención médica y psicológica

B. Coadyuvancia: La víc<ma en todo momento puede par<cipar tanto en la inves<gación como en el proceso.

C. Reparación del daño:

D. Resguardo de su identidad:

F. Inconformidad ante el Ministerio Público:

30
Q

Inconformidad ante MP

A

Se promueve el recurso de inconformidad ante el ministerio público (si no se ejercita la acción penal).

31
Q

Jurisdicción y Competencia:

A

Los Códigos Penales son locales, sin embargo, el proceso es federal (CNPP).
El juez del lugar donde se come<ó el delito será el competente tanto de la inves<gación como el juzgamiento.

32
Q

Jurisdicción

A

Decir el derecho. Es de los jueces.

33
Q

Competencia

A

De las demás autoridades (territorio, materia, grado, personas).

34
Q

Incompetencia

A

Se puede solicitar la incompetencia de un MP, juez, perito o cualquier funcionario, incluso de un Ministro de la Corte, cuando pueda verse afectada su imparcialidad.
Para que la incompetencia se pueda vencer <enen que pasar 2 años desde el momento del acto celebrado

35
Q

a. Formas de pedir la incompetencia:

A
  1. Excusa: El funcionario se inhibe de conocer del asunto.
  2. Recusación: Una de las partes le pide al juez que abandone el conocimiento
    del caso.
36
Q

VIII. Acumulación de procesos:

A

A través de un ejemplo: La misma persona <ene juicios en Michoacán, Estado de México, Ciudad de México, si la persona es detenida y en prisión en Ciudad de México, para evitar traslados, el abogado puede pedir que los expedientes se acumulen en uno solo ante el juez de la Ciudad de México.
Es una manifestación del principio de economía procesal (menor burocracia posible).

37
Q

Actos procedimentales y formalidades:

A

Serán mayoritariamente orales y solo los más importantes se emi<rán también por escrito:
* Acusación
* Orden de aprehensión, cateo, etc.
* No<ficaciones
* Sentencia

38
Q

X. Comunicación entre autoridades:

A

Los jueces se comunican vía exhorto (no importa el nivel). Se puede hacer vía no<ficador o vía electrónica.
Si es hacia una autoridad inferior (MP), se hará a través de una requisitoria

39
Q

Medidas de protección y providencias precautorias:

A

Se encuentran en la LGAMVLV y en el Código Nacional de PP. La otorga el MP o los jueces de oficio o a pe<ción de parte.

40
Q

Mecanismos de protección:

A
  1. Medidas de protección por alejamiento: El agresor no se puede aproximar a determinados metros en donde se encuentra la víc<ma (50-300 metros); prohíbe cualquier <po de comunicación.
    Es muy posi<va.
  2. Providencias precautorias: Embargo o congelamiento de cuentas.
  3. Medidas cautelares: Pretenden proteger tanto a la víc<ma como las personas que están en el proceso, asegurar la comparecencia del acusado y evitar un riesgo de fuga.
    La más grave y excepcional es la PP.
41
Q

Etapas de la investigación: INICIO

A

Inicio
- Demanda y querella
- Detenido y no detenido:
- Actos de inves7gación:
- Cadena de inves7gación:
- Citatorio

42
Q

Etapas inv Audiencia Inicial

A

La audiencia inicial comienza con la lectura de derechos, control de detención, imputación, oportunidad de declarar y finaliza con el debate de medidas cautelares.

43
Q

Etapas Control de detención

A

a. En flagrancia:
1. Se de<ene al inves<gado en flagrancia.
2. El MP le lee sus derechos y se le priva de la libertad por 48 horas.
3. Si el MP en 48 horas encuentra datos de prueba se consigna al inves<gado al juez de control.
4. El juez de control le lee sus derechos.
5. El juez de control confirma que la detención se haya hecho con
derecho.
6. El acusado permanece en el juzgado.
b. Sin detenido:
1. Después de que el MP entrega la carpeta de inves<gación al juez, si hay datos de prueba este libera la orden de aprehensión.
2. Se le lleva ante el juez de control y se le leen sus derechos.
3. El acusado permanece en el juzgado.
Una vez cumplidos estos pasos se deriva a la imputación.

44
Q

Imputación:

A

En la misma audiencia donde se leyeron mis derechos y se realizó el control de detención se realiza la imputación siguiendo el principio de concentración.
Atribuirle a alguien la probable comisión de un delito.

45
Q

Reglas imputación

A
  1. Leída o explicada por el MP (es quien acusa o imputa) en un lenguaje que el ciudadano pueda entender.
  2. Una vez que se le imputa el delito se le da la oportunidad de declarar.
    * Se puede negar a declarar.
    * Es más fácil armar el caso y después declarar a lo contrario.
  3. Después de la oportunidad para declarar viene la etapa más dramá<ca que es el debate de medidas cautelares.
46
Q

E. Debate de medidas cautelares:

A

Según el principio de concentración el imputado sigue en juzgado. Las medidas cautelares las impone el Juez de Control a solicitud del MP; persigue 3 finalidades:
1. Asegurar la comparecencia de la persona a juicio.
2. Evitar peligro de fuga.
3. Proteger a las víc<mas y demás par<cipantes del proceso.
La medida cautelar es la Prisión Preven<va.
El CNPP dice que la PP será absolutamente excepcional, sin embargo, en México, según el art. 19 de la CPEUM existe un sistema dual en cuanto a la PP, que es la PP Oficiosa y la PP Jus<ficada (a pe<ción de parte).
1. Oficiosa: Para delitos más graves. Se vive el proceso en reclusión.

47
Q

a. Denuncia y querella:

A
  1. Oficio: Todos estos <pos penales se persiguen por denuncia. Cualquier persona puede presentar la no<cia criminal.
  2. Querella: El Código lo indica y son los que se persiguen a pe<ción de la parte afectada. En la querella el legislador deposita el derecho para hacerle saber al MP el hecho a la víc<ma.
    La mayoría de los delitos patrimoniales son de querella, menos asalto, robo
    con violencia o contra persona con discapacidad.
48
Q

Detenido y no detenido

A

Flagrancia: Cuando se de<ene a la persona en el momento de la ejecución del delito

49
Q

Caso urgente:

A

o El MP ejecuta la detención sin orden del juez.
o Cuando se trata de delito grave: Aquellos que merecen PPO.
o Haya peligro de fuga.
o Por razones de hora o de día no pueda acudirse al juez para solicitar la orden de aprehensión.

50
Q

Proceso flagrancia caso urgente

A
  • Una vez que la persona es detenida es llevada a la agencia del MP (48 horas y si es DO 96 horas); se le tienen que leer los derechos.
  • Si la persona manifiesta peligrosidad se le procederá a ponerle las esposas; se deben de poner solo cuando sea necesario, por seguridad del policía, la patrulla o del propio detenido.
  • Los objetos, instrumentos o productos del delito se aseguran.
  • Oficial primer respondiente: La primera autoridad en acercarse al lugar de los hechos.
  • En esas 48 horas el MP aplicará actos de diligencias y de investigación.
  • Primero se asegura celular, dinero, llaves, etc. y se ponen a disposición del MP.
  • El juez de control otorga una orden de intervenir el teléfono en un plazo máximo de 6 horas.
    El MP revisa el teléfono; no lo puede hacer sin la orden anterior, por el DH de la privacidad.
    Después de las 48 horas se puede emitir un auto de no ejercicio de la acción penal (NEAP) y se le pone en libertad o se emite un auto de ejercicio de la acción penal y se le remite al reclusorio (en la CdMx están para hombres el reclusorio Norte, Sur y Oriente y para mujeres
    Santa Martha y el Penal De Tepepan) ante el juez.
    Los reclusorios son para los que están bajo proceso y los penales son para los que ya fueron sentenciados.