Paricial 1 Flashcards
son aquellos que son autónomos y pueden subsistir por ellos mismos
Los organismos descentralizados
son aquellos que dependen de hacienda
organismos desconcentrados
quien media entre dos o mas personas
Intermediario
Se encuentra sectorizada por rubros, lo cual consiste en agrupar diversas dependencias y entidades por ramas de la actividad pública, atendiendo a las características de sus funciones y atribuciones.
La Administración Pública Federal:
Cuando nos referimos a aquellas instituciones, que participan en el flujo indirecto de dinero y de otros medios de pago, a través de quienes tienen un excedente de liquidez (prestamista) para canalizarlos hacia quienes les falta liquidez (prestatarios), para la satisfacción de necesidades específicas
Intermediarios financieros:
tener una ganancia o buscar beneficio económico de una situación
Lucro
Las operaciones en las que el banco recibe dinero, son operaciones de crédito; aquellas en las que el banco da dinero también lo son.
Crédito
La transferencia de bienes que se hacen en un momento dado por una persona a otra, para ser devueltos a futuro, en un plazo señalado, y generalmente con el pago de una cantidad por el uso de los mismos.
Definición de crédito:
Es el conjunto de normas jurídicas, tendientes a regular la actividad de la banca y la intermediación en operaciones de crédito.
Derecho bancario
La captación de recursos del público en el mercado nacional para su colocación en el público, mediante actos causantes de pasivo directo o contingente, quedando en el intermediario obligado a cubrir el principal y, en su caso, los accesorios financieros de los recursos captados.
Servicio de Banca y Crédito:
Deuda directa del banco con el cliente.
Pasivo directo:
Lo que el banco guarda en caso de cualquier circunstancia.
Pasivo contingente:
Organizan, reglamentan y dan sentido a las diversas instituciones y operaciones bancarias.
Las fuentes de derecho:
Fundamento constitucional del derecho financiero, al que establece que corresponde al congreso legislar sobre intermediación y servicios financieros (Art. 73).
Fuente Constitucional:
Confiere al Estado la rectoría en el desarrollo económico de la Nación y en su sistema financiero. Fomentar del crecimiento y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza.
Artículo 25.
Son fuentes dotadas de eficacia normativa, inmediatamente inferior a la de la Constitución.
Fuentes primarias
Integran esta categoría las leyes y códigos que vienen a colmar alguna laguna en la ley o norma primaria.
Fuentes supletorias o secundarias.
Conjunto de ordenamientos jurídicos que regulan la vida de las empresas constituidas conforme a su tipo o naturaleza.
Legislación mercantil
Organización cuya actividad principal es la de captar recursos y conceder créditos.
Instituciones de crédito:
Sociedad anónima a la que el gobierno federal, le ha autorizado para dedicarse al ejercicio habitual y profesional de banca y crédito en los ramos de: depósitos, ahorro, financiamiento, hipotecario, fiduciario y servicios contextos.
Instituciones de banca múltiple:
Forma parte del Sistema Bancario Mexicano, las instituciones de la banca de desarrollo, son entidades de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonios propios.
Instituciones de banca de desarrollo:
“Son entidades de la administración pública federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, constituidas con el carácter de sociedades nacionales de crédito, en los términos de sus correspondientes leyes orgánicas y de esta Ley.”
Ley de Instituciones de Crédito Art. 30:
Instituciones mayoritariamente gubernamentales, que ejercen el servicio de banca y crédito para obtener el impulso de sectores, regiones o actividades prioritarias de acuerdo a sus leyes orgánicas constitutivas.
Instituciones de banca de desarrollo:
Su finalidad es apoyar y promover el desarrollo de las fuerzas productivas del país y el crecimiento de la economía nacional
Instituciones de banca de desarrollo: