Parentesco Flashcards
Relaciones de parentesco
Existen tres tipos de relaciones de parentesco. Por consanguinidad, por afinidad, y por adopcion de las personas naturales.
(CcPR 2020 Art. 366) (31 L.P.R.A. § 6522)
Definicion parentesco
El parentesco es la relación jurídica entre dos o más personas unidas por vínculos de sangre, vínculo genético o por disposición de la ley.
Las normas sobre parentesco prescritas en este título rigen en todas las materias que regula la ley.
(CcPR 2020 ART. 365) (31 L.P.R.A. § 6521)
Parentesco por consaguinidad
El parentesco por consanguinidad o genético es el vínculo que existe entre personas que descienden de un mismo ascendiente o tronco común.
(CcPR 2020 Art. 366) (31 L.P.R.A. § 6522)
Parentesco por adopcion
La adopción crea un parentesco equivalente al consanguíneo entre:
(a) el adoptado y el adoptante;
(b) el adoptado y todos los parientes consanguíneos del adoptante;
(c) el adoptante y los descendientes del adoptado; y
(d) todos los adoptados por la misma persona.
La ley puede imponer prohibiciones especiales a la filiación adoptiva, distintas a las de la
filiación consanguínea.
(CcPR 2020 Art. 367) (31 L.P.R.A. § 6523)
Parentesco por afinidad
El matrimonio crea parentesco por afinidad entre cada uno de los cónyuges y los parientes consanguíneos del otro en la línea recta y en la línea colateral.
La disolución del matrimonio termina el parentesco por afinidad, salvo cuando la ley dispone otra cosa.
(CcPR 2020 Art. 368) (31 L.P.R.A. § 6524)
Limites del parentesco por afinidad
El parentesco por afinidad no produce vínculo jurídico entre los parientes por consanguinidad de uno de los cónyuges y los parientes por consanguinidad del otro cónyuge.
(CcPR 2020 Art. 369) (31 L.P.R.A. § 6525)
Proximidad del parentesco
La proximidad del parentesco se determina por el grado y la línea que unen a una persona con otra.
(CcPR 2020 Art. 370) (31 L.P.R.A. § 6530)
Grado y generacion del parentesco
El grado es el vínculo entre dos personas que pertenecen a generaciones sucesivas.
Existe una nueva generación cada vez que, a partir del tronco común, los descendientes generan otros nacimientos sucesivos.
Los nacidos de una persona pertenecen a una misma generación.
(CcPR 2020 Art. 371) (31 L.P.R.A. § 6531)
Linea de parentesco
La línea es la serie no interrumpida de grados y puede ser recta o colateral.
La línea recta es la constituida entre personas que descienden unas de otras. La línea recta es ascendente o descendente, según el punto de partida y la relación de parentesco que se quiera establecer.
La línea colateral es la constituida entre personas que no descienden unas de otras, pero que proceden de un tronco común.
(CcPR 2020 Art. 372) (31 L.P.R.A. § 6532)
Computo de grados en la linea recta
En la línea recta se determina la proximidad del parentesco entre una persona y su ascendiente o descendiente, contando un grado por cada generación que los une.
(CcPR 2020 Art. 373) (31 L.P.R.A. § 6533)
Computo de grados en la linea colateral
En la línea colateral se determina la proximidad del parentesco entre dos personas sumando un grado por cada generación que une a la primera hasta el ascendiente común y, desde allí, se
desciende sumando un grado por cada generación hasta el pariente colateral cuya proximidad se computa.
(CcPR 2020 Art. 374) (31 L.P.R.A. § 6534)
Computo del parentesco por afinidad
La proximidad del parentesco por afinidad se determina por el número de grados en que cada uno de los cónyuges está con los parientes por consanguinidad del otro cónyuge.
(CcPR 2020 Art. 375) (31 L.P.R.A. § 6535)