Parcial Flashcards

1
Q

¿Qué es un medio de control constitucional?

A

Son mecanismos establecidos con el propósito de que los actos desplegados en un Estado de Derecho estén conforme a la Constitución; actos atribuidos principalmente a las autoridades y en los cuales se incluyen la expedición de normas generales.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
2
Q

¿Cuáles son los medios de control constitucional no jurisdiccionales?

A

1) Tercer párrafo del artículo 1 de la CPEUM.
2) Organismos de Protección de DDHH
3) Facultad de investigación de la cndh
4) Facultades del Senado Art.76 f.V y VI (Destituir a Gobernador, nombrar provisional y llamar a elecciones)
5) Juicio Político
6) Declaración de procedencia (CNDH)
7) Responsabilidad Administrativa

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
3
Q

¿Cuál es la diferencia entre los medios de control Constitucional y los medios de control Convencionales?

A

En los medios de control Constitucionales el punto de referencia es la CPEUM, mientras que en los Convencionales son los tratados internacionales de DDHH (p.ej. CADDHH)

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
4
Q

¿Cuál es el medio de control constitucional concentrad, difuso y abstracto?

A

En el medio de control:
a) Concentrado: es resuelto por un grupo reducido de personas, pertenecientes al Poder Judicial de la Federación (SCJN, PC, TCC, TUC)

b) Difuso: a cargo de cualquier juez (Art.133 2nda Parte CPEUM)
c) Abstracto: para resolver el fondo del asunto no se necesita una afectación real en una esfera jurídica del promovente.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
5
Q

¿Qué declaración se hace en el medio de control difuso?

A

La controversia principal radica en otro tema y la “litis constitucional” es secundaria, por lo que el juez puede inaplicar el acto estima inconstitucional, sin hacer declaración expresa de la inconstitucionalidad en la parte resolutiva de la sentencia (la cual solo surte efectos entre las partes?

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
6
Q

¿Qué declaración se hace en el medio de control concentrado?

A

El planteamiento de constitucionalidad del acto muchas veces llega a ser la controversia principal del asunto, existe una declaración de la constitucionalidad expresa (surte efecto inter partes, solo en ciertos casos como AI y CC, ciertos casos de normas generales)

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
7
Q

Medios de control constitucional jurisdiccionales

A

Amparo
Acción de Inconstitucionalidad
Controversia Constitucional
Medios de control en materia electoral

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
8
Q

¿Qué es el amparo?

A

Es un medio de control constitucional jurisdiccional concentrado y control a través del cual se pretende resolver una controversia suscitada por un acto de autoridad en contra de un particular, en el que se alega violación de sus derechos

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
9
Q

Caso mininumal Medio de control en el que para resolver el promovente (medio) NO SE QUE ESCRIBISTE EN EL CUADERNO

A

Concreto PERO ESTA ES LA RESPUESTA

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
10
Q

¿Qué recurso procede contra el descechamiento de la demanda de amparo?

A

Amparo Directo: Reclamación (por que el que desecha es el presidente)
Amparo Indirecto: Queja

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
11
Q

¿Qué órganos del PJF pueden conocer en primera/segunda instancia?

A

Juzgados de Distrito

Tribunales Unitarios

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
12
Q

¿Cuál es el medio de impugnación contra el determinación del Consejo de la Judicatura de CDMX por la destitución de un servidor público?

A

Amparo Indirecto

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
13
Q

¿Qué amparo procede en contra de la confirmación de descechamiento de Jurisdicción Voluntaria?

A

Amparo indirecto, procedencia es el supuesto de acto fuera de juicio y después de concluido.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
14
Q

¿Qué tipos de suspensión existen?

A

Art.126/127

    • De Oficio (y aquellos casos en los que excepcionalmente se abre incidente): por regla general se concede de plano
  1. -A Petición de Parte: hay provisional y definitiva.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
15
Q

¿Contra qué actos procede la suspensión de oficio?

A

Art.15 LA

1) Actos que importen privación a la vida
2) Ataques a la libertad fuera de procedimiento
3) Incomunicación
4) Deportación o expulsión
5) Proscripción o destierro
6) Desaparición forzada de personas
7) Incorporación forzada al Ejército, Armada y Fuerza Aérea
8) Materia Agraria (Núcleos)
9) Prohibidos por 22 CPEUM
9. 1 Pena de Muerte
9. 2 Mutilación
9. 3 Infamia
9. 4 Marcas
9. 5 Azotes
9. 6 Palos
9. 7 Tormento de cualquier especie
9. 8 Multa excesiva
9. 9 Confiscación
9. 10 Cualquier otra pena inusitada y trascendental

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
16
Q

Tipos de pruebas en un Amparo Indirecto ante TUC

A

Todas menos confesional

17
Q

Tipos de pruebas en Amparo Directo

A

No se ofrecen pruebas, a menos que sean supervenientes

18
Q

¿Quién promueve respecto de suspensión en Amparo Directos?

A

Autoridad Responsable

19
Q

¿Qué sucede si el quejoso no indica la autoridad responsable y el tribunal de amparo ya lo previno?

A

Se tiene por no presentado el amparo

20
Q

¿En la actualidad, con base en los párrafos segundo y tercero del artículo 1 de la CPEUM, es posible que cualquier autoridad aplique un medio de control constitucional difuso?

A

No ya que nuestro máximo tribunal ha dicho que ello provocaría incertidumbre jurídica (excluye a administrativas)

21
Q

diferencia entre autoridad y órgano de gobierno

A

El órgano de gobierno es el género y la autoridad la especie. No todos los actos que emiten órgano de gobierno (p.ej Para estatales son órganos de autoridad)

22
Q

¿Cuáles son los requisitos de un acto de autoridad para ser considerados como tales para el amparo?

A

Provenir de un órgano de gobierno, ser uniletareal y obligatorio

23
Q

¿Los únicos actos que realiza la autoridad son jurisdiccionales?

A

No, pueden ser formalmente judiciales y materialmente ejecutivos (licitaciones) o legislativos (acuerdos generales)

24
Q

¿Quién es quejoso en el JA?

A

Aquel que aduzca ser titular de un derecho subjetivo o tiene un interés legítimo, inidvidual o colectivo, siempre que la norma, acto u omisión vilen los derchos del 1º de la ley y que s eproduzca una afectación real y actual en su esfera jurídica

25
Q

¿Cuáles son los requisitos para que una persona moral acuda al amparo?

A

1) Debe existir un acto de autoridad que afecte su patrimonio
2) Se encuentren en plano de igualdad con particulares

26
Q

¿Quién es competente de conocer AI?

A

La regla general son los JD, de manera excepcional son los TUC (cuando sean actos de otro TUC, siempre y cuando no sean sentencias definitivas)

27
Q

¿Quién conoce del AI en revisión?

A

Regla general TCC, excepcionalmente SCJN (facultad de atracción o subsista problema de inconstitucionalidad de normas generales o la sentencia tenga interpretación directa de CPEUM)

28
Q

¿Quién conoce de AD?

A

Regla general los TCC, de manera excepcional la SCJN por atracción

29
Q

¿Quién conoce del AD en revisión?

A

SCJN- Técnicamente es uninstancial cuando las sentencias versen sobre la constitucionalidad de NG, interpretación directa de precepto constitucional o de T.I. (DEBEN FIJAR UN CRITERIO DE IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA)

30
Q

Procedencia del amparo directo

A

1.- Autoridad Responsable: tribunales

Acto: laudos, sentencias definitivas y resoluciones que pongan fin al procedimiento

31
Q

Procedencia del amparo indirecto

A

1.- Autoridad responsable : tribunales
Actos:
a)Fuera de juicio
b) Después de concluido
c) Dentro de juicio de imposible reparación
d)Afecten a terceras personas extrañas de juicio

    • Autoridad responsable: No tribunales
      a) Amparo contra normas generales
      b) Amparo administrativo (actos materialmente administrativos o procedimientos administrativos seguidos a manera de juicio)
32
Q

¿Qué otra violación puede impugnarse en AD además de aquella que puso fin a juicio?

A

Aquellas cometidas durante el procedimiento que
a)afecten defensas de quejoso
b)trasciendan en resolución
Pero tienes que haber impugnado esta en el procedimiento e invocarla como agravio en 2da instancia

33
Q

¿Qué tipo de resoluciones definitivas son impugnables en amparo indirecto?

A

Aquellas dictadas por una autoridad distinta a tribunales (como la Procuraduría Federal del Consumidor, el IMPI -en ciertos procesos- UNAM, etcétera)

34
Q

¿Qué Amparo procede contra las resoluciones de los tribunales unitarios de circuito?

A

Amparo Directo: Si se trata de una sentencia definitiva o resolución que ponga fin al juicio; del que conocerá un TCC o la SCJN (ejerciendo la facultad de atracción).

Amparo Indirecto: Si se trata de una resolución que no constituya una sentencia definitiva comprendida dentro de una de las fracciones IV, V; y, VI, del artículo 107 de la Ley de Amparo; del que conocerá otro TUC

35
Q

Improcedencias del juicio de amparo

A

Art.61
I. Contra adiciones o reformas a la CPEUM;

II. Contra actos de la SCJN;

III. Contra actos del Consejo de la Judicatura Federal;

IV. Contra resoluciones dictadas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;

V. Contra actos del Congreso de la Unión, en procedimiento de colaboración con los otros poderes que objeten o no ratifiquen nombramientos o designaciones para ocupar cargos, empleos o comisiones en entidades o dependencias de la Administración Pública Federal, centralizada o descentralizada, órganos dotados de autonomía constitucional u órganos jurisdiccionales de cualquier naturaleza;

VI. Contra resoluciones de los TCC;

VII. Contra declaración de procedencia y en juicio político, así como en elección, suspensión o remoción de funcionarios en los casos en que las Constituciones correspondientes les confieran la facultad de resolver soberana o discrecionalmente;

VIII. Contra normas generales respecto de las cuales la haya una declaratoria general de inconstitucionalidad

IX. Contra resoluciones dictadas en los juicios de amparo o en ejecución de las mismas;

X. Contra normas generales o actos que sean materia de otro juicio de amparo pendiente de resolución promovido por el mismo quejoso, contra las mismas autoridades y por el propio acto reclamado, aunque las violaciones constitucionales sean diversas, salvo que se trate de normas generales impugnadas con motivo de actos de aplicación distintos. En este último caso, solamente se actualizará esta causal cuando se dicte sentencia firme en alguno de los juicios en la que se analice la constitucionalidad de las normas generales; si se declara la constitucionalidad de la norma general, esta causal no se actualiza respecto de los actos de aplicación, si fueron impugnados por vicios propios;

XI. Contra normas generales o actos que hayan sido materia de una ejecutoria en otro juicio de amparo, en los términos de la fracción anterior;

XII. Contra actos que no afecten los intereses jurídicos o legítimos del quejoso, y contra normas generales que requieran de un acto de aplicación posterior al inicio de su vigencia;

XIII. Contra actos consentidos expresamente o por manifestaciones de voluntad que entrañen ese consentimiento;

XIV. Contra normas generales o actos consentidos tácitamente.

No se entenderá consentida una norma general, a pesar de que siendo impugnable en amparo desde el momento de la iniciación de su vigencia no se haya reclamado, sino sólo en el caso de que tampoco se haya promovido amparo contra el primer acto de su aplicación en perjuicio del quejoso.

Cuando contra el primer acto de aplicación proceda algún recurso o medio de defensa legal por virtud del cual pueda ser modificado, revocado o nulificado, será optativo para el interesado hacerlo valer o impugnar desde luego la norma general en juicio de amparo.

XV. Contra las resoluciones o declaraciones de las autoridades competentes en materia electoral;

XVI. Contra actos consumados de modo irreparable;

XVII. Contra actos emanados de un procedimiento judicial o de un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio, cuando por virtud del cambio de situación jurídica en el mismo deban considerarse consumadas irreparablemente las violaciones reclamadas en el procedimiento respectivo, por no poder decidirse en tal procedimiento sin afectar la nueva situación jurídica.

Cuando en amparo indirecto se reclamen violaciones a los artículos 19 ó 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solamente la sentencia de primera instancia hará que se consideren irreparablemente consumadas las violaciones para los efectos de la improcedencia prevista en este precepto. La autoridad judicial que conozca del proceso penal, suspenderá en estos casos el procedimiento en lo que corresponda al quejoso, una vez concluida la etapa intermedia y hasta que sea notificada de la resolución que recaiga en el juicio de amparo pendiente;

XVIII. Contra las resoluciones de tribunales judiciales, administrativos o del trabajo, respecto de las cuales conceda la ley ordinaria algún recurso o medio de defensa, dentro del procedimiento, por virtud del cual puedan ser modificadas, revocadas o nulificadas.

XIX. Cuando se esté tramitando ante los tribunales ordinarios algún recurso o medio de defensa legal propuesto por el quejoso que pueda tener por efecto modificar, revocar o nulificar el acto reclamado;

XX. Contra actos de autoridades distintas de los tribunales judiciales, administrativos o del trabajo, que deban ser revisados de oficio, conforme a las leyes que los rijan, o proceda contra ellos algún juicio, recurso o medio de defensa legal por virtud del cual puedan ser modificados, revocados o nulificados, siempre que conforme a las mismas leyes se suspendan los efectos de dichos actos de oficio o mediante la interposición del juicio, recurso o medio de defensa legal que haga valer el quejoso, con los mismos alcances que los que prevé esta Ley y sin exigir mayores requisitos que los que la misma consigna para conceder la suspensión definitiva, ni plazo mayor que el que establece para el otorgamiento de la suspensión provisional, independientemente de que el acto en sí mismo considerado sea o no susceptible de ser suspendido de acuerdo con esta Ley.

No existe obligación de agotar tales recursos o medios de defensa, si el acto reclamado carece de fundamentación, cuando sólo se aleguen violaciones directas a la Constitución o cuando el recurso o medio de defensa se encuentre previsto en un reglamento sin que la ley aplicable contemple su existencia.

Si en el informe justificado la autoridad responsable señala la fundamentación y motivación del acto reclamado, operará la excepción al principio de definitividad contenida en el párrafo anterior;

XXI. Cuando hayan cesado los efectos del acto reclamado;

XXII. Cuando subsista el acto reclamado pero no pueda surtir efecto legal o material alguno por haber dejado de existir el objeto o la materia del mismo; y

XXIII. En los demás casos en que la improcedencia resulte de alguna disposición de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, o de esta Ley.

36
Q

Plazo promoción amparo indirecto

A

15 días regla general
30 días normas autoaplicativas y extradición
7 años privación total o parcial de derecho agrarios de núcleo ejidal
Siempre : art.15 LA

37
Q

Requisitos demanda de amparo

A
Amparo Indirecto (108 L.A.)
La demanda de amparo directo deberá formularse por escrito, o por medios electrónicos en los casos en que la ley lo autorice, en la que se expresarán:

I.- Nombre y domicilio del quejoso y del que promueve en su nombre, quien deberá acreditar su representación.
II.- El nombre y domicilio del tercero interesado; y si no los conoce, manifestarlo así bajo protesta de decir verdad.
III.- La autoridad o autoridades responsables (indicación especial en amparo vs leyes)
IV.- El acto que de cada autoridad se reclame (hace alusión a normas generales y omisiones);
V.- Bajo protesta de decir verdad, los hechos o abstenciones que constituyan los antecedentes del acto reclamado o que sirvan de fundamento a los conceptos de violación;
VI.- Los preceptos que, conforme al artículo
1º de esta Ley, contengan los derechos humanos y las garantías cuya violación se reclame.
VII.- “letra muerta –opinión personal-”.
VIII. Los conceptos de violación

38
Q

Autos que pueden recaer en lapresentación de la demanda de AI

A
Admisión. (112) (179)
Desechamiento. (113) (179)
Prevención. (114) (180)
Impedimentos.(51)
Incompetencia.(45,47,48)