Informacion, Quejas Y Recursos Flashcards
Donde se regula la información ,quejas y recursos :
Título II, capítulo VI LOGP (artículos 49,50 )
Título II, capítulo V RP ( artículo 52,53,54)
Según el art 49 LOGP los internos a su ingreso recibirán :
información escrita :sobre
1) el régimen del establecimiento,
2) sus derechos y deberes,
3) las normas disciplinarias
4) y los medios para formular peticiones, quejas o recursos.
Según el art 49 LOGP los internos que no entiendan la información escrita ?
A quienes no pueden entender la información por el procedimiento indicado, les será facilitada por otro medio adecuado.
Los internos tienen derecho a formular peticiones y quejas relativas a?y ante quien ?segun el art 50 LOGP
Los internos tienen derecho a formular peticiones y quejas relativas a
1) su tratamiento o
2) al régimen del establecimiento
ante el Director o persona que lo represente, a fin de que tome las medidas oportunas o, en su caso, las haga llegar a las autoridades u Organismos competentes.
Si fueren hechas por escrito, podrán presentarse en pliego cerrado, que se entregará BAJO RECIBO
( Una lectura detallada del artículo 50 pone de manifiesto la existencia de dos tramitaciones distintas: Cuando se trate de PETICIONES o QUEJAS formuladas por escrito se entregará al interno “recibo”, pero cuando se trate de RECURSOS previstos en la LOGP, hay que entregar al interno no un mero recibo sino “copia sellada”. Desde este prisma es como hay que entender lo dispuesto en el Art. 53 RP, que parece mezclar los conceptos expuestos.
Si los internos interpusieren alguno de los RECURSOS previstos en esta Ley, los presentarán :
los presentarán asimismo ante el Director del establecimiento, quien los hará llegar a la autoridad judicial, entregando una copia sellada de los mismos al recurrente.
Una lectura detallada del artículo 50 pone de manifiesto la existencia de dos tramitaciones distintas: Cuando se trate de PETICIONES o QUEJAS formuladas por escrito se entregará al interno “recibo”, pero cuando se trate de RECURSOS previstos en la LOGP, hay que entregar al interno no un mero recibo sino “copia sellada”. Desde este prisma es como hay que entender lo dispuesto en el Art. 53 RP, que parece mezclar los conceptos expuestos.
Los internos formulan peticiones y quejas ante: según el art 50 LOGP
Director o persona que le sustituya
Las peticiones y quejas hechas por escrito podrán presentarse y se entregará ?
Puede presentarse en pliego cerrado y se entrega bajo recibo
Según el art 50 LOGP los recursos se presentan ante ?
Director del establecimiento quien los hará llegar a la autoridad judicial
Los recursos interpuestos por el interno se le entregará
Copia sellada
Los internos recibirán a su ingreso información escrita sobre : según el 52 rp
1)sobre sus derechos y deberes,
2)el régimen del Establecimiento,
3)las normas disciplinarias y 4)
los medios para formular peticiones, quejas y recursos.
Con este fin, se les entregará un ejemplar de la cartilla o folleto informativo general y de las normas de régimen interior del Centro penitenciario de que se trate, que el CENTRO DIRECTIVO de la Administración Penitenciaria correspondiente editará necesariamente en CASTELLANO y en la lengua COOFICIAL de la Comunidad Autónoma
Los internos extranjeros se les informara además de lo visto 52.1 rp
los internos extranjeros se les informará, además,
1) de la posibilidad de solicitar la aplicación de tratados o convenios internacionales suscritos por España para el traslado a otros países de personas condenadas,
2) así como de la sustitución de las penas impuestas o a imponer por la medida de expulsión del territorio nacional, en los casos y con las condiciones previstas por las leyes.
3) Igualmente, se les facilitará la dirección y el número de teléfono de la representación diplomática acreditada en España del país correspondiente.
A estos efectos, el mencionado Centro Directivo procurará editar folletos de referencia en aquellos idiomas de grupos significativos de internos extranjeros en los Establecimientos españoles.
A los extranjeros que desconozcan los idiomas en que se encuentre editado el folleto se les hará una traducción oral de su contenido por los funcionarios o internos que conozcan la lengua del interesado y, si fuese necesario, se recabará la colaboración de los servicios consulares del Estado a que aquél pertenezca
En todo caso aquellos internos que no puedan entender la información escrita :
En todo caso, a aquellos internos españoles o extranjeros que no puedan entender la información proporcionada por escrito, les será facilitada la misma por otro medio adecuado
En el departamento de ingresos y en la Biblioteca de cada Establecimiento habrá
habrá, a disposición de los internos, varios ejemplares de la Ley Orgánica General Penitenciaria, del Reglamento Penitenciario y de las normas de régimen interior del Centro. La Administración procurará proporcionar a los internos extranjeros textos de la Ley Orgánica General Penitenciaria y de su Reglamento de desarrollo en la lengua propia de su país de origen, a cuyo fin recabará la colaboración de las autoridades diplomáticas correspondientes.
Todo interno tiene derecho a formular, verbalmente o por escrito, peticiones y quejas sobre materias que sean competencia de la Administración Penitenciaria, pudiendo presentarlas: y ante quien?según rp
si así lo prefiere el interesado, en sobre cerrado, que se entregará bajo recibo.
Dichas peticiones y quejas podrán ser formuladas ante el
1)funcionario encargado de la dependencia que al interno corresponda,
2) ante el Jefe de Servicios o ante el
3)Director del Centro o quien legalmente le sustituya.
El Director o quien éste determine habrán de adoptar las medidas oportunas o recabar los informes que estimen convenientes y, en todo caso, hacer llegar aquéllas a las Autoridades u organismos competentes para resolverlas
Las peticiones y quejas que formulen los internos quedarán registradas y las resoluciones que se adopten al respecto:
se notificarán por escrito a los interesados, con expresión de los recursos que procedan, plazos para interponerlos y órganos ante los que se han de presentar.