Ficha nemotécnicas parte II Flashcards
¿Cuál es el problema con el concepto de Orden Público Económico (OPE) en Chile?
El concepto de OPE en Chile es ambiguo y difuso, lo que ha generado diversas interpretaciones y aplicaciones.
Algunos ven el OPE como una barrera para la autonomía de la voluntad y una justificación para las potestades económicas del Estado.
Otros proponen el OPE como una garantía constitucional para los ciudadanos y una forma de ordenar el poder económico del Estado.
¿Qué propone el autor para el OPE en Chile?
El autor propone un nuevo concepto de OPE que enfatice su vocación de garantía constitucional y su perspectiva ordenadora del poder económico estatal, en lugar de su naturaleza justificante de potestades estatales.
La propuesta del autor permitiría una interpretación más clara de las garantías económicas del artículo 19 de la Constitución.
¿Cuál es la definición más difundida del concepto de Orden Público Económico (OPE) según la producción doctrinaria?
La definición más difundida del concepto de OPE según la producción doctrinaria es la propuesta por Cea Egaña, que lo define como “el conjunto de principios y normas jurídicas que organizan la economía de un país y facultan a la autoridad para regularla en armonía con los valores de la sociedad nacional formulados en la Constitución”.
¿Por qué se ha producido una desnaturalización del contenido del OPE según Fermandois y Avilés Hernández?
Según Fermandois y respaldado según Avilés Hernández, la definición de Cea Egaña ha llevado a una desnaturalización del contenido del OPE al enfocarse solamente en la regulación de la economía y no tomar en cuenta otros aspectos importantes del orden público.
¿Cómo se ha limitado el concepto del OPE según la definición de Hurtado Contreras?
Según la definición de Hurtado Contreras: “el conjunto de principios y normas jurídicas que organizan la economía de un país y facultan a la autoridad para regularla en armonía con los valores de la sociedad nacional formulados en la Constitución,”, el OPE se limita a las medidas gubernativas, lo que limita su alcance y no toma en cuenta la complejidad del orden público económico.
¿Cómo se ha limitado el concepto del OPE según la definición de Hurtado Contreras?
Según la definición de Hurtado Contreras: “el conjunto de principios y normas jurídicas que organizan la economía de un país y facultan a la autoridad para regularla en armonía con los valores de la sociedad nacional formulados en la Constitución,”, el OPE se limita a las medidas gubernativas, lo que limita su alcance y no toma en cuenta la complejidad del orden público económico.
¿Qué es el OPE según Ripert y cuál es su influencia en la doctrina del orden público económico en Chile?
Según Ripert, el OPE es una organización económica obligatoria junto a la organización política del Estado. Su influencia en la doctrina del OPE en Chile es evidente, ya que se enfoca en la regulación de las relaciones contractuales nacidas de la autonomía de la voluntad y el Estado debe supervisar estas relaciones mediante regulaciones. Su definición es dirigista.
- ¿Quién es Gérard Farjat y por qué es relevante en el estudio del Orden Público Económico?
- ¿Cuál es la definición de OPE propuesta por Farjat?
- ¿Qué elementos adicionales agrega Farjat al concepto clásico de orden público?
- ¿Cómo describe Farjat la función del OPE en relación con la intervención estatal en la economía?
- Gérard Farjat es un autor cuya obra Droit Economique ha sido muy influyente en el estudio del Orden Público Económico. Es relevante porque su definición del OPE se ha utilizado ampliamente en la doctrina y jurisprudencia.
- Según Farjat, el OPE es el conjunto de medidas adoptadas por los poderes públicos para organizar las relaciones económicas.
- Farjat agrega al concepto clásico de orden público una función organizativa e interventora para efectos económicos, lo que incluye medidas de política económica y protección para equilibrar la actividad contractual.
- Farjat describe la función del OPE como autorizar a la autoridad para intervenir en la economía, en particular mediante el orden público económico de dirección y protección. Esto implica una clara tendencia hacia la intervención estatal en la economía.
¿Cómo se basaron los autores que escribieron sobre el orden público económico en la obra de Gérard Farjat?
La mayoría de los autores que escribieron sobre el orden público económico se basaron en la obra de Gérard Farjat llamada Droit Economique, en la que definió el OPE como el conjunto de medidas adoptadas por los poderes públicos para organizar las relaciones económicas.
Gérard Farjat agrega al concepto de OPE elementos que van más allá de la mera prohibición al concepto civil de orden público, incluyendo un papel organizativo e interventor para efectos económicos. Su análisis es más amplio de lo que se le atribuye comúnmente y muestra una clara tendencia a autorizar a la autoridad para intervenir en la economía.
¿Cómo evolucionó la doctrina nacional en relación al OPE después de la Constitución de 1980?
La entrada en vigor de la Constitución de 1980 en Chile no mostró un cambio significativo en la posición dirigista de la doctrina sobre el OPE. Autores como Cea Egaña y Hurtado Contreras continuaron en la línea riperiana sin asimilar la nueva propuesta económica de la Carta. Aunque algunos autores, como Luis Montt, evidenciaron que el concepto de OPE estaba sufriendo una mutación en la doctrina, sin abandonar por ello el énfasis en la acción reguladora y planificadora del Estado.
¿Cuál fue el problema central del Orden Público Económico identificado por Guerrero del Río?
El trabajo más destacado de Guerrero del Río fue “La Constitución Económica” de 1979, que adelantó con precisión los nuevos elementos del OPE y reformuló su esencia con novedad para el nuevo período.
El problema central del Orden Público Económico identificado por Guerrero del Río fue la determinación del grado de regulación o intervención del Estado en la economía, basado en el principio de subsidiariedad y respetando los derechos y garantías constitucionales.
¿Cuáles son las tres razones por las que las definiciones revisadas del OPE son conceptualmente erróneas o perfectibles según la crítica presentada?
Las tres razones por las que las definiciones revisadas del OPE son conceptualmente erróneas o perfectibles según la crítica presentada son: a) se enfocan en la fuente de las regulaciones en lugar de su contenido sustantivo, lo que implica un análisis formal en lugar de sustantivo; b) ignoran la jerarquía normativa y la supremacía constitucional en lo que respecta a cuestiones económicas; y c) se centran en justificar la imperatividad de las regulaciones económicas estatales y omiten los elementos fundamentales del sistema económico constitucional.
Concepto de OPE según Avilés Hernandez:
- OPE es la recta ordenación de los elementos sociales en su dimensión económica para satisfacer las necesidades materiales del hombre.
- Distinción entre elementos sociales-naturales y jurídico-positivos.
- El OPE es una realidad valórico-social compuesta por elementos sociales-naturales y jurídicos-positivos, incluyendo derechos, libertades y normas positivas.
Tesis de Avilés sobre OPE:
- Agrupa tres tesis: funcionales, materiales y situacionales.
- Las tesis funcionales no dan contenido especial al OPE.
- Las tesis materiales se enfocan en la esencia del OPE y critican a Cea Egaña por subordinar el OPE a la norma.
- Las tesis situacionales contemplan la noción filosófica de orden como eje central del concepto de OPE.
Evaluación y crítica de la propuesta de Avilés:
- Se coincide en la utilización del concepto de ordenación de elementos como base de la definición del OPE y en presentarlo como una noción meta-normativa inclusiva de los elementos sociales de dimensión económica.
- Se discrepa de la concepción de las normas y regulaciones como el instrumento del OPE, ya que se argumenta que todos los elementos económicos son instrumentales para alcanzar la plena satisfacción material y espiritual de la persona.
- Se considera que tanto el comerciante individual como el legislador tienen la misma tarea importante en la consecución del OPE.
- No es adecuado asignar una actitud confrontacional a la ley o regulación con el individuo.
- La jurisprudencia del Tribunal Constitucional en la materia debe ser considerada como antecedente.