Familia Romana Flashcards
Denominaciones:
o Civil Law o Romano-canónico o Sistema continental o Grupo Francés o Sistema romanístico o Romano-cristiano o Sistema neorrománico o Romano-germánico
1) Etapa del derecho romano arcaico:
Desde la fundación de Roma en el año 753 a. C., hasta la promulgación de las leyes de las XII Tablas en el año 449 a. C.
o Jueces o praeter romano.
o “El derecho romano se va generando por sí mismo, con una mínima intervención estatal representada por las leges”
o Adaptarse a situaciones nuevas, a nuevas necesidades que demanda la sociedad
2) Etapa del derecho romano preclásico
Desde la promulgación de las Leyes de las XII Tablas en el año 449 a. C. hasta el final de la República en el año 27 a. C.
3)Etapa del derecho romano clásico
Desde el final de la República en el año 27 a.C. hasta el Imperio de Alejandro Severo en el año 235.
4) Etapa del derecho romano postclásico
Desde la muerte de Alejandro Severo en el año 235, hasta que sube al trono el Emperador Justiniano en el año 527.
Códigos Gregoriano y Hermogeniano, el Código Teodosiano, codificación oficial promulgada por Teodosio II.
5) Etapa del derecho romano justineano
Desde el año 527 hasta el 565, duración del Imperio de Justiniano.
o Sistematización de criterios que se simboliza en la codificación del derecho romano realizada en Bizancio por el emperador Justiniano.
o Codificación de Justiniano, a través de cuatro obras: Código, Digesto, Instituciones y Novelas.
Fue expedido con el objeto de corregir completamente todo el derecho civil, toda la jurisprudencia romana y reunir en un sólo volumen las obras dispersas de la mayoría de los jurisconsultos
Digesto
Comprende las leyes imperiales, repartidas en doce libros; el primero sobre derecho eclesiástico, de las fuentes del derecho y de los oficios de los funcionarios imperiales; los libros II al VIII del derecho privado; el libro IX, al derecho penal y, finalmente, del libro X al XII al derecho administrativo.
El Código
Son una obra didáctica, solicitada por el emperador para facilitar el aprendizaje de su derecho.
Las Instituciones
Es una recopilación de las nuevas leyes, Constituciones imperiales, dictadas del 535 al 565
Las novelas
Corpus Iuris Civilis
Las cuatro obras de la codificación justinianea, declarada por una doctrina mayoritaria como el hito más importante de la historia de la familia jurídica romanogermánica.
Civilización romano-bizantina
Llegó a la alta edad media de la Europa occidental un derecho romano sistematizado, codificado; este suceso con dicionó la existencia del derecho romano hasta nuestros días porque hizo posible aplicarle el conjunto de técnicas interpretativas que la teología cristiana estaba aplicando al libro por excelencia, la Biblia
Se propuso reencontrar y explicar el sentido originario de las leyes romanas.
Escuela de los Glosadores
Continuación de la escuela de los glosadores, nace en el siglo xiv, en la ciudad de Perugia, con la idea clara de ir más allá de la teoría y “aterrizar” en la aplicación en la práctica jurí- dica.
A esta escuela se le debe la elaboración del Ius Commune.
Escuela de los Postglosadores
Venía a situar en un primer plano la dimensión histórica del fenómeno jurídico y, con ello, la necesidad de adecuar el derecho a las exigencias de la realidad político-social de cada momento y a las condiciones de los diferentes pueblos europeos
El Humanismo
Fuentes del Derecho Romano
- La ley: La primacía actual de la ley
- La costumbre: constituye en efecto la infraestructura sobre la cual se desarrolla el derecho y es la directriz para legisladores, juzgadores y doctrina que la aplican y la desarrollan.
- La jurisprudencia
- La doctrina
Representa la primera gran ley escrita del derecho romano, aprobada entre los años de 451 a 449 a. C.
Ley de las XII Tablas o Leyes de Solón
La unidad de este grupo es:
- La comunidad ideológica,
- El origen común
- La análoga estructura de estos
- Analogía en las fuentes jurídicas, parentesco en métodos de trabajo.
Usus Modernus Pandectarum
Derecho romano profundamente deformado bajo la influencia de las concepciones del derecho canónico.
Esta Escuela abandonó el método escolástico e impulsó en un alto grado la sistematización del derecho concibiéndolo de manera axiomática, eminentemente lógica, a imagen y semejanza de las ciencias.
Exaltó los “derechos naturales” del individuo, provenientes de la personalidad misma de cada sujeto
Escuela del Derecho Natural
Función de los parlamentos franceses
Se esforzaron en modernizar el derecho a cuyo efecto recurrían a toda tipo de consideraciones. El derecho común en Francia era ante todo la jurisprudencia de los Parlamentos; los recueils publicados de la época dan testimonio de su importancia.
Deutsches Privatrecht
La desintegración del Sacro Imperio Romano Germánico y de la sociedad que acaeció durante el siglo XIII conllevó en Alemania a la desaparición de toda jurisdicción central.
Codificación
Constituye la culminación natural de la obra emprendida durante siglos en las universidades.
Técnica que permitió realizar la ambición de la Escuela del derecho natural, al exponer en forma sistemática y apartada del caos de las compilaciones de Justiniano.
Méritos de la codificación
Constituyó un instrumento admirable para la expansión en Europa y fuera de Europa del sistema de derecho romano germánico.