Familia, D.F, Parentesco. Flashcards
Familia
Núcleo fundamental de la sociedad. Art.42 C.p
No hay sociedad sin F.
Conceptos
Amplio,
Restringido,
Intermedio.
Amplio: O de personas con las que existe un vínculo jurídico de orden familiar. NO TIENE FIN.
Restringido: Vínculo paterno filial.
Intermedio: grupo social que vive bajo autoridad del señor de la casa. (Ya no se usa, hay autoridad en los dos géneros.)
¿Con qué vínculos se crea la F?
Jurídicos: matrimonio religioso y civil.
-Crea la sociedad conyugal de inmediato.
Naturales: UMH.
-A partir de día 1 de mudanza.
Clases de Familia
Diversa,
Ensamblada,
Completa,
Incompleta.
Origen histórico de Familia
- Promiscuidad sexual.
- Consanguínea.
- Punalúa.
- Sindiásmica.
- Monogámica.
Criterios para definir F.
- Parental: VJ de consanguinidad o afinidad.
- Autoridad: F. Padres e hijos con dirección o autoridad.
Deber de cuidar y custodiar. (Autoridad familiar).
D. De padres para adm. Y usufr. B de hijo. (Patria potestad). - Vocación sucesorial.
- Económico: Se reduce a las que viven bajo el mismo techo. TODAS.
Vocación sucesoral
- Descendientes de grado más próximo.
- Ascendientes + C.
- Hnos + cónyuge.
- Sobrinos. BUT-> Si hay C, todo lo lleva él/ella.
- ICBF.
Jurídicamente F es…
O de pnas unidas por VF, en la medida y extensión que determina la L. Derivadas del Matrimonio, UMH o de la adopción.
Fuentes del D. De F.
- C.P.
- Tratados internacionales.
- Cód. Civil.
- Cód IA.
- Jurisprudencia.
- Costumbre.
- Doctrina.
Derecho de Familia
O de reglas de orden personal y patrimonial. Su objetivo es presidir la organización, vida y disolución de la F.
Moderno: normas de orden público e interés social.
Características del D de F
- Normas de orden Público.
- Sentido ético y moral.
- Institución básica pero sin personalidad jurídica.
- Relevancia constitucional e internacional.
Teorías de su Naturaleza jurídica
Muchos opinan y salen las sig. 3 teorías.
- Es de derecho publico.
- Es de derecho privado.
- No es de ninguna porque pertenece a reglas éticas y morales.
Parentesco
Relación de F que existe entre 2 personas, está puede ser:
Consanguínea,
Afinidad,
Civil.
Parentesco por línea
Serie y orden de las personas que descienden de una raíz o tronco🌳 común.
Línea recta: progenitura y la prole. ⬆️⬇️. Proceden las unas de las otras.
Línea colateral: orden de la F. (Hermanos, tíos, primos). No proceden las unas de las otras pero si de un mismo tronco común.
Parentesco por grado
Proximidad en el parentesco.
Se cuenta por el número de generaciones.
No se cuentan las cabezas sino la distancia, las líneas.
Efectos del parentesco por consanguinidad
- Produce derechos: Patria potestad, D. De sucesión, D. De alimentos.
- Produce obligaciones: 👫 de criar y educar 👧👦.
- Respeto descendientes para con ascendientes.
- 🚫 matrimonio entre línea recta y hasta 3º de línea colateral. Y con la familia biológica para adoptados.
Parentesco por Afinidad
Relación de persona que está o ha estado casada con los consanguíneos de su marido u esposa.
Parentesco Civil
Relación irrevocable paterno-filial que se establece entre personas que no lo tenían.
¿Principio que abarca toda el Derecho de familia?
El principio de solidaridad.
¿Qué relación tengo con el tío del hijo de la única hermana de mi papá?
Consanguinidad en línea recta ascendente de 1º. (Papá)
¿Qué parentesco tengo con Karol?
Parentesco por afinidad en línea colateral de 2º grado.
¿Qué parentesco tiene Stiles con Opalín?
Parentesco consanguíneo en línea recta descendente de 1º grado.
Tienen una relación de filiación ❣️