EXAMEN ORAL Flashcards
¿Cuáles son las formas de terminación de la Investigación?
Facultad de abstenerse de investigar
Archivo temporal
No ejercicio de la acción
FACULTAD DE ABSTENERSE
El MP podrá abstenerse de investigar, cuando los hechos relatados en la denuncia, querella o acto equivalente no fueren constitutivos de delito o cuando los antecedentes y datos suministrados permitan establecer que se encuentra extinguida la acción penal o la responsabilidad penal del imputado. Esta decisión será siempre fundada y motivada.
No ejercicio de la acción
Antes de la audiencia inicial, el MP previa autorización del Procurador o del servidor público en quien se delegue la facultad, podrá decretar el no ejercicio de la acción penal cuando de los antecedentes del caso le permitan concluir que en el caso concreto se actualiza alguna de las causales de sobrecimiento previstas.
Archivo temporal
El MP podrá archivar temporalmente aquellas investigaciones en fase inicial en las que se encuentren antecedentes, datos suficientes o elementos de los que se puedan establecer líneas de investigación que permitan realizar diligencias tendentes a esclarecer los hechos que dieron origen a la investigación. El archivo subsistirá en tanto se obtengan datos que permitan continuarla a fin de ejercitar la acción penal.
SOLUCIONES ALTERNAS
Son formas de solución alterna del procedimiento
TIPOS DE SOLUCIONES ALTERNAS
ACUERDO REPARATORIO
LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO
EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO
ACUERDO REPARATORIO
Son aquellos que son celebrados por la víctima y el imputado que, una vez aprobados por el MP o el JC, tienen como efecto la extinción de la acción penal.
¿cuándo proceden los acuerdos reparatorios?
Procederán desde la presentación de la denuncia o querella hasta antes de decretarse el auto de permuta de juicio.
¿Hasta cuándo se puede solicitar la suspensión del proceso penal?
En el caso de que se haya dictado el auto de vinculación a proceso y hasta ANTES de que se haya dictado el auto de a juicio.
¿Quién puede suspender el proceso penal? ¿Y hasta cuántos días se puede suspender el proceso p?
El Juez de control, a petición de las partes, podrá suspender el proceso penal hasta por treinta días
La suspensión del proceso penal dentro de un acuerdo reparatorio se hace para que…
para que las partes puedan concretar el acuerdo con el apoyo de la autoridad competente especializada en la materia
Procederán los acuerdos reparatorios únicamente en los casos siguientes:
I. Delitos que se persiguen por querella, por requisito equivalente de parte ofendida o que admiten el perdón de la víctima o el ofendido;
II. Delitos culposos, o
III. Delitos patrimoniales cometidos sin violencia sobre las personas.
V O F
El Ministerio Público o el Juez de control, podrá invitar a los interesados a que suscriban un acuerdo reparatorio, hasta pasada la audiencia preliminar.
FALSO
Estas autoridades podrán hacer la invitación desde su primera intervención, debiendo explicarles a las partes los efectos del acuerdo.
Las partes podrán acordar acuerdos reparatorios de cumplimiento _________ o __________.
inmediato o diferido.
En caso de señalar que el cumplimiento debe ser diferido y no señalar plazo específico, se entenderá que el plazo será ___
POR UN AÑO
¿Qué pasa si el imputado no cumple con el acuerdo reparatorio?
Si el imputado incumple sin justa causa las obligaciones pactadas, la investigación o el proceso, continuará como si no se hubiera celebrado acuerdo alguno.
V O F
Los acuerdos reparatorios deberán ser aprobados por el MP a partir de la etapa de investigación complementaria y por el JUEZ DE CONTROL en la etapa de investigación inicial.
FALSO
El juez de control aprueba hasta la etapa de investigación complementaria.
Y el MP en la etapa de investigación inicial
PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Se aplica cuando el imputado acepta su responsabilidad en el delito que se le imputa. Este procedimiento permite simplificar el proceso judicial y reducir tiempos y costos.
La suspensión condicional del proceso
La suspensión condicional del proceso es una propuesta realizada por el Ministerio Público o el imputado que incluye un plan para reparar el daño causado y cumplir con ciertas condiciones que protejan los derechos de la víctima. Si estas condiciones se cumplen, se extinguirá la acción penal.
La suspensión condicional del proceso procederá en los casos en que se cubran los requisitos siguientes:
I. Que el auto de vinculación a proceso del imputado se haya dictado por un delito cuya media aritmética de la pena de prisión no exceda de cinco años;
II. Que no exista oposición fundada de la víctima y ofendido, y
III. Que hayan transcurrido dos años desde el cumplimiento o cinco años desde el incumplimiento, de una suspensión condicional anterior, en su caso.
V O F
Una vez dictado el auto de vinculación a proceso, la suspensión condicional del proceso no podrá solicitarse en cualquier momento hasta después de acordarse la apertura de juicio.
FALSO
la suspensión condicional del proceso SÍ podrá solicitarse en cualquier momento hasta ANTES de acordarse la apertura de juicio.
El trámite de la suspensión condicional del proceso
I. La víctima u ofendido serán citados a la audiencia en la fecha que señale el Juez de control.
II. La incomparecencia de éstos no impedirá que el Juez resuelva sobre la procedencia y términos de la solicitud.
III. En su resolución, el Juez de control fijará las condiciones bajo las cuales se suspende el proceso o se rechaza la solicitud y aprobará el plan de reparación propuesto.
IV. El plan de reparación podrá ser modificado por el Juez de control en la audiencia.
V. La sola falta de recursos del imputado no podrá ser utilizada como razón suficiente para rechazar la suspensión condicional del proceso.
V O F
Los acuerdos reparatorios deberán ser aprobados por el JUEZ DE CONTROL a partir de la etapa de investigación complementaria y por el MP en la etapa de investigación inicial.
VERDADERO
¿Objetivo del criterio de oportunidad?
Es priorizar la persecución de delitos más graves, la cooperación del imputado en la investigación de otros casos o el beneficio para la sociedad.