Examen Flashcards
- Inversión Extranjera. Ley 20.848, Regulación, Capitales Financieros, Principales Derechos concedidos
La inversión extranjera directa es toda inversión que realiza una persona física o jurídica que no reside en el mismo país. La ley 20848 reemplazo al decreto 600, a diferencia del decreto que era voluntario, esta ley un marco normativo general, ahora es controlado por InvestChile y estableció una igualdad de trato para todos los inversionistas.
Los principales derechos concedidos son:
Derecho a remesar utilidades: transferir al exterior ganancias en chile
Derecho de acceder al mercado cambiario formal: cambiar divisas de forma segura
Exención del pago del IVA: al importar maquinaria y equipo necesario para proyectos de inversión
Derecho a principio de no discriminación; mismo trato que inversionistas nacionales
- Inversión Extranjera. Concepto. DL 600, Ley 20.848, Capítulo XIV del Banco Central.
La inversión extranjera directa es toda inversión que realiza una persona física o jurídica que no reside en el mismo país
El decreto ley 600: duro hasta el año 2016, este era voluntario, controlado por el comité de inversiones extranjeras. La ley 20848 reemplazo al decreto 600, a diferencia del decreto que era voluntario, esta ley un marco normativo general, ahora es controlado por InvestChile y estableció una igualdad de trato para todos los inversionistas.
El capitulo 14 del banco central regula las inversiones, créditos y depósitos que vienen del extranjero. Esto regula a las empresas que trabajan en el MCF o mercado cambiario formal, inversionistas o receptores de dinero. No aplicara si el monto de dinero es menor a 10.000 dólares
- Recursos de Protección y Amparo. Concepto, Regulación y Comparación entre ellos
El recurso de protección protege múltiples derechos consagrado en el art 19, incluyendo el derecho de desarrollar actividades económicas, el amparo económico se encarga específicamente de proteger el derecho de desarrollar actividades económicas. Uno es más amplio, pero da un plazo mas corto para la presentación de la demanda. 30 días para uno y 6 meses para el otro
- Derecho del Consumidor. Procedimiento de Acciones y Procedimientos
Estas pueden ser de dos tipos, de interés individual o interés colectivo o difuso. Dependerá de la cantidad de consumidores afectados. El proveedor quedara sujeto a dos responsabilidades, Civil e Infracciónal, Perjuicios y Multas. Los jueces competentes serán los de policía local o cualquier tribunal ordinario
Procedimiento general: Se inicia una demanda, el juez los citara para conciliación, contestación y prueba, citación a oír sentencia
Ante un Interés Colectivo: inicia demanda sernac o 50 o más consumidores, esto es pasado a una revisión de admisibilidad, traslado al demandado y publicación del aviso, quinto día se realiza conciliación, la causa pasara a prueba si todo lo demás falla, citación a sentencia.
- Derecho del Consumidor. Infracciones
Los más comunes son:
Cobrar precios superiores a los informados
Publicidad falsa
Venta de sobrecupo en espectáculos
Suspensión injustificada de servicios pagados
Rotulación incorrecta de productos
- Derecho del Consumidor. Régimen General Garantías: Responsabilidad por Incumplimiento y Ejercicio de los Derechos
Responsabilidad por incumplimiento
Art18: Prohíbe cobrar un precio superior al exhibido
Art19: Si el contenido neto es menor al empaque se puede solicitar reposición, bonificación y devolución.
Art20: Casos en que se puede exigir reparación, reposición o devolución del precio
Ejercicio de derechos
Art21: el consumidor tiene un plazo de 6 meses sobre productos defectuosos
Art22: Si es defectuosos se le devolverá el dinero al consumidor o remplazado.
- Contratos de Adhesión. Concepto, Normas de Equidad analizadas en clases.
Un contrato de adhesión es el cual las cláusulas son establecidas unilateralmente por el proveedor, normas de equidad como la subsistencia del contrato, requisitos de elegibilidad, prevalencia de cláusulas añadidas, excepción sobre el idioma del contrato, copia del contrato e información sobre cobro y promociones
- Contratos de Adhesión. Concepto, Regulación. Relacione en cuanto a la facultad de regular el contenido del contrato.
Un contrato de adhesión es el cual las clausulas son establecidas unilateralmente por el proveedor, el consumidor ante esto solo podrá aceptarlas o rechazarlas, pero no modificarlas. Es un instrumento del derecho para proteger a la parte más débil del contrato.
- Obligaciones de los Proveedores. Alcance, regulación y detalle de la Obligación de Información de Productos con Deficiencias, usados o refaccionados; Obligación de Respetar la Dignidad y Derechos de las Personas en el uso de sistemas de seguridad.
El proveedor deberá informar si los productos están defectuosos o usados antes de la compra, si incumple podrá ser sancionado con la reposición de este, devolución del precio o indemnización
Los establecimientos deberán respetar los derechos humanos de los consumidores en el uso de sistemas de seguridad, evitando el abuso o la autotutela, en caso de incumplimientos puede ser sancionado con multas o incluso demandado por violación de los derechos fundamentales
- Obligaciones de los Proveedores. Alcance, regulación y detalle de la Obligación de Acatamiento y Cumplimiento de Contrato, Obligación de Información Clara y Comprensible, Obligación de Oferta Universal
Obligación de Acatamiento y Cumplimiento: el proveedor deberá respetar los términos y condiciones bajo los cuales ofreció el bien o pacto con el consumidor. En caso de incumplimiento se pide la ejecución forzada o la resolución del contrato
- Refiérase en particular al Derecho a Retracto y a la Irrenunciabilidad de los Derechos del Consumidor: concepto, regulación, funcionamiento
Facultad que otorga al consumidor la posibilidad de poner término unilateral al contrato dentro de un plazo determinado, sin necesidad de justificar su decisión.
Retractos por ventas a distancia
Retractos a contratos educativos
- Derechos del Consumidor. Alcance, regulación y detalle cada uno de los derechos analizados.
Libre elección del bien o servicio
Información Veraz y oportuna
No discriminación arbitraria
Seguridad en el consumo reparación e indemnización por daños
Educación para el consumo responsable
Derecho a retracto
Irrenunciabilidad de derechos
Derechos de consumidor financiero
- Refiérase en detalle a los actos sometidos a la Ley de Protección al Consumidor, según su art. 2°. Refiérase también a las excepciones del Art. 2° bis.
Actos jurídicos de doble carácter (civil y mercantil)
Comercialización de sepulcros
Contrato de arriendo de inmuebles
Contras de educación
Contrato de compraventa de viviendas por empresas constructoras
Contrato de servicio de salud
Excepciones
Actividades reguladas por leyes especiales
Interés colectivo o difuso
Indemnización por incumplimiento
- Concepto de Consumidor y Proveedor según la Ley de Protección al Consumidor; ámbito de aplicación de la Ley. Concepto de Información Básica Comercial, Publicidad, Anunciante, Promociones y Ofertas. Diferencia entre últimas 2.
Consumidor: persona que adquiere los bienes o servicios actuando como destinatario final no oneroso
Proveedor: persona jurídica o natural, que de manera habitual, produce, importa o comercializa bienes o servicios a consumidores, a cambio de un precio o tarifa.
Información Básica; indicaciones que el proveedor deberá entregar al consumidor
Publicidad: comunicación dirigida al consumidor para promocionar sus productos de manera veraz
Anunciante: toda entidad que realiza la publicidad, promoviendo sus bienes o servicios
Contrato de adhesión: aquel contrato que el proveedor establece unilateralmente las cláusulas, donde solo el consumidor podrá aceptar o rechazarlas
Oferta: rebaja del precio original por el mismo producto
Promoción: ofrecimiento de bienes y servicios en condiciones mas favorables