Examen Flashcards
¿Dónde se presenta la demanda de amparo directo?
Checar lo de las salas * ??
¿Ante quién se presenta la demanda de amparo directo?
Artículo 176. La demanda de amparo deberá presentarse por conducto de la autoridad responsable, con copia para cada una de las partes.
La presentación de la demanda ante autoridad distinta de la responsable no interrumpe los plazos que para su promoción establece esta Ley.
Supuestos Demanda
- Si el tribunal se declara impedido - remite a tribunal que deba conocer
- Tribunal incompetente - remite a tribunal competente
- Demanda improcedente - se desecha
- No cumple - se previene - no cumple - vista MP - Se desecha
- No cumple - se previene - cumple - se admite
- Todo bien - se admite
**Contra la admisión o desechamiento procede el recurso de reclamación - Prevención para conocer demanda en otro tribunal - corresponde conocimiento a otro
- Cumplimiento de la autoridad responsable
- No interpuesta - si no se cumplió.
¿Quién provee sobre la suspensión de la sentencia reclamada en amparo directo y cuál es el término para hacerlo?
En conformidad con el artículo 190, la autoridad responsable es quien provee sobre la suspensión de la sentencia reclamada en el amparo directo y tiene 24 horas para hacerlo.
¿Quién tiene competencia para conocer del amparo directo?
El Tribunal Colegiado de Circuito es competente para conocer sobre el amparo directo
¿Cuáles son los requisitos de la demanda de amparo directo?
Art. 175
I. El nombre y domicilio del quejoso y de quien promueve en su nombre;
II. El nombre y domicilio del tercero interesado;
III. La autoridad responsable;
IV. El acto reclamado.
Cuando se impugne la sentencia definitiva, laudo o resolución que haya puesto fin al juicio por estimarse inconstitucional la norma general aplicada, ello será materia únicamente del capítulo de conceptos de violación de la demanda, sin señalar como acto reclamado la norma general, debiéndose llevar a cabo la calificación de éstos en la parte considerativa de la sentencia;
V. La fecha en que se haya notificado el acto reclamado al quejoso o aquélla en que hubiese tenido conocimiento del mismo;
VI. Los preceptos que, conforme a la fracción I del artículo 1o de esta Ley, contengan los derechos humanos cuya violación se reclame; y
VII. Los conceptos de violación.
Ley que se haya dejado de aplicar o se aplicó mal?
¿Quién pronuncia la prevención de la demanda? Explica un poco sobre esta determinación
El presidente del tribunal colegiado de circuito deberá resolver en el plazo de tres días si admite la demanda, previene al quejoso o la desecha por encontrar motivo indudable de su improcedencia.
El presidente señalará un plazo no mayor a 5 días para que se subsanen las omisiones o se corrijan los defectos precisados en la demanda. Si el quejoso no cumple el requerimiento, el presidente la tendrá como por no presentada y lo comunicará a la autoridad responsable.
¿Quién pronuncia el desechamiento de la demanda? Explica un poco sobre esta determinación
El presidente del tribunal colegiado de circuito deberá resolver en el plazo de tres días si admite la demanda, previene al quejoso o la desecha por encontrar motivo indudable de su improcedencia.
¿Quién pronuncia la admisión de la demanda? Explica un poco sobre esta determinación
El presidente del tribunal colegiado de circuito deberá resolver en el plazo de tres días si admite la demanda, previene al quejoso o la desecha por encontrar motivo indudable de su improcedencia.
Si este no encuentra motivo de improcedencia o fue subsanado, se admite y manda a notificar a las parte el acuerdo relativo para que en un plazo de 15 días presenten sus alegatos o promuevan amparo adhesivo.
Auto admisorio:
- Lugar y Fecha del proveído
- Recepción del informe y de los autos de primera y segunda instancia de la autoridad responsable
- Ordena formar el expediente y registrarlo en el libro de gobierno
- Tercero interesado - 15 días alegatos o amparo adhesivo
- Intervención al MP de la adscripción del TCC, sala o pleno
Requisitos:
- TCC competente
- Inexistencia de causas de impedimento
- Que no exista órgano que ya haya resuelto o haya trámite pendiente.
- Cumplimiento total de la autoridad responsable
- No omisiones en el escrito de demanda
- Cumplimiento previo a los requerimentos y prevenciones.
¿Quién debe firmar la demanda de amparo directo? Explica la personalidad y requisitos
El directamente quejoso o por medio de su representante legal por un poder.
El menor de edad o persona con discapacidad podrá pedirlo por si mismo o por cualquier persona en su nombre cuando su legítimo representante: Se ignore quien sea, esté ausente, esté impedido o se niegue a hacerlo.
14 años puede designar.
El autorizado legal solo puede expediente, oir y recibir not y términos amplísimos. Escrito de exhibición a la sala sí lo puede firmar. Lo demás lo firma el quejoso o su representante.
Explica los términos del juicio de amparo directo
Por regla general se tienen 15 días para presentar la demanda a partir del día siguiente en el que hayan surtido efectos la notificación. O bien, existen 2 excepciones, 15 días siguientes de que el quejoso tuvo conocimiento del acto o 15 días siguientes que se haya ostentado sabedor.
Para sentencias definitivas con pena de prisión - hasta 8 años
Actos que implique la privación de propiedad o posesión de derecho agrario - hasta 7 años
Recordar el del art. 22 (no hay tiempo) y norma autoaplicativa o extradición 30 días.
¿Cuáles son las obligaciones a cargo de la autoridad responsable al recibir la demanda de amparo directo?
- Certificar al pie de la demanda la fecha en que se notificó la resolución reclamada, fecha en que se recibió la demanda y días
inhábiles entre una y otra. - Prevenir al quejoso para que presente las copias de la demanda, salvo excepciones.
- Decidir sobre la suspensión del acto reclamado.
4.Emplazar a las partes para
que comparezcan ante el TCC o
el Presidente del Pleno para
la defensa de sus derechos - Remitir los documentos al tribunal que deba resolver el Amparo Directo
Explica el trámite ante la autoridad responsable en relación con la demanda de amparo directo
- Se realiza la demanda de amparo directo con los requisitos del Art. 175.
- Se presenta por conducto de la Autoridad Responsable con copias para las partes.
- La autoridad responsable tiene 5 días para proveer sobre la recepción de la demanda y 24 horas sobre la suspensión del acto.
- Emite auto:
a) Nombre y dom. del Quejoso
b) Nombre y dom.del Tercero Interesado
c) Autoridad Resp.
d) Acto reclamado
e) Rendir informe Just.
f) Si falta copias de demanda, requerir su exhibición por 5 días
g) Correr traslado a Terceros
h) Proveer sobre la suspensión:
requisitos de procedencia y medidas de efectividad
i) Realizar certificación específica
j) Ordenar remitir autos al Colegiado
k) Formar cuadernillo de antecedentes - Deberá:
- Notificaciones a los
terceros por el Actuario
de su Adscripción
* Elaboración del Informe
Justificado
* Realizar la certificación
exigida por la Ley; Art. 178
* Integrar constancias para
enviar a Colegiado
* Integrar Cuadernillo de
Antecedentes - Remite autos a la oficialía de turnos de colegiados especializados
- Llegada de actuaciones a la oficialía de turnos.
Explica el trámite ante el Colegiado en el amparo directo
- Presidente resuelve en 3 días si admite, previene o desecha.
- Otorga un plazo no mayor a 5 días para subsanar.
- Otorga un plazo de 15 días para que las partes presenten sus alegatos o promuevan amparo adhesivo.
- 3 días siguientes el presidente turna el expediente al magistrado ponente para que se formule el proyecto de resolución dentro de los 90 días siguientes.
- Turna a ponencia
- Resolución en sesión pública.
Explica la procedencia del amparo directo
- Contra sentencias definitivas o laudos que decidan sobre el juicio en lo principal, provenientes de tribunales judiciales, adminsitrativos, agrarios o del trabajo.
- Contra resoluciones definitivas que sin decidir el juicio en lo principal lo den por concluido, provenientes de tribunales judiciales, adminsitrativos, agrarios o del trabajo.
- Contra sentencias definitivas y resoluciones que pongan fin al juicio dictadas por tribunales de lo contencioso administrativo - siempre que sean favorables al quejoso con el único efecto de hacer valer conceptos de violación en contra de las normas generales aplicadas y siempre que la autoridad interponga el recurso de revisión en materia contenciosa administrativa. (Se admite recurso - se resuelve - se estudian conceptos).