EXAMEN Flashcards
EMPLEADOS DE COMERCIO:
Aportes y contribuciones
Adicionales remunerativos
APORTES:
1. A la Seguridad Social:
JUBILACION 11%
PAMI 3%
ANSSAL 0,45%
AEC 2%
Cuota sind 2%
FAECYS 0,5%
- A la Obra Social:
OS 2,55%
CONTRIBUCIONES:
1. A la Seguridad Social:
JUBILACION 10,77%
PAMI 1,59%
ANSSAL 0,90%
AAFF 4,70%
FNE 0,94%
- A la Obra Social:
OS 5,10%
ART: %s/REM 9 + Fijo ($155)
SCVO: Valor Fijo $37,21
Adicionales Remunerativos:
- Adicional por Antiguedad. Por convenio es el 1% no acumulativo. En Bahia Blanca es el 1,2% acumulativo.
EJEMPLO: 3 años de antiguedad.
En Provincia bs as: 10000 x 1,03= 10300
En Bahia Blanca: 10000 x 1,012 x 1,012 x 1,012= 10364,34
- Presentismo: Se calcula como la doceava parte de la remuneracion del mes y se computa cuando el empleado no tiene mas de 1 ausencia injustiificada.
- En este regimen tambien existen los siguientes adicionales:
a. Adicional choferes y ayudantes de chofer.
b. Adicional por armado de vidriera.
c. por cajero.
EMPLEADOS DE LA CONSTRUCCION:
Aportes y contribuciones
Adicionales remunerativos
APORTES:
1. A la Seguridad Social:
JUBILACION 11%
PAMI 3%
ANSSAL 0,45%
Cuota Sindical 2,5%
(descuento x quincena, pago mensual)
Seg de vida 2% del basico sereno
(Descuento en segunda quincena, pago mensual)
- A la Obra Social:
OS 2,55%
CONTRIBUCIONES:
1. A la Seguridad Social:
JUBILACION 10,77%
PAMI 1,59%
ANSSAL 0,90%
AAFF 4,70%
FNE 0,94%
ADEMAS:
FICS 2% del FCL
IERIC 1% del FCL
FODECO 1% del FCL
Adic Jubilacion 5% de la rem sin detraccion
- A la Obra Social:
OS 5,10%
ART: %s/REM 9 + Fijo ($155)
Adicionales Remunerativos:
1. Antiguedad es un Monto fijo por cada año de antiguedad
2. Adicional por titulo (un monto fijo en funcion al tipo del titulo)
3. Asistencia perfecta 10% del basico
4. Adicional por zona de trabajo desfavorable
EMPLEADOS RURALES:
Aportes y contribuciones
Adicionales remunerativos
APORTES:
1. A la Seguridad Social:
JUBILACION 11%
PAMI 3%
ANSSAL 0,45%
Sepelio Renatre 1,5%
- A la Obra Social:
OS 2,55%
CONTRIBUCIONES:
1. A la Seguridad Social:
JUBILACION 10,77%
Adic JUBI 2%
PAMI 1,59%
ANSSAL 0,90%
AAFF 4,70%
Prest x Desemp 1,50%
- A la Obra Social:
OS 5,10%
ART: %s/REM 9 + Fijo ($155)
SCVO: La poliza se contrata aparte y no forma parte del F931.
La prestacion por desempelo remplaza al FNE y va para el RENATRE.
Adicionales Remunerativos:
- Adicional por Antiguedad:
1 a 10 Años 1% del basico s/categoria
10 Años en adelante 1,5% del basico s/categoria. - Presentismo: Solo viveros 5% y cebollas 10%
EMPLEADOS DE CASAS PARTICULARES:
Aportes y contribuciones
Adicionales remunerativos
A diferencia de las otras rubros laborales, la modalidad de APORTES Y CONTRIBUCIONES DE RURALES es a través de una escala que fija AFIP, mientras que las remuneraciones la fija la Comisión Nacional del Trabajo de casas particulares.
La tabla define valores de Aportes, Contribuciones y cuota de riesgos del trabajo en tres categorías. Menos de 12hs semanales, entre 12hs y 16hs y 16 hs o mas.
PRACTICA ¿Cuándo se configuran y como se calculan las HORAS EXTRAS?
Las HORAS EXTRAS se configuran cuando:
1. El trabajador excede las 8 horas diarias o 48 hs semanales de trabajo.
2. El trabajador trabaja Sábado después de 13hs y Domingo
CALCULO:
- De lunes a viernes 50% extra
ósea la hora común x1,5 - Sábados después de las 13 y domingos 100% extra ósea la hora común x 2
La hora común sale de dividir el sueldo bruto dividido las horas trabajadas al mes.
PRACTICA ¿Qué es el SAC y como se calcula?
El SAC es un salario adicional que se paga en dos cuotas (30 junio y 18 de diciembre) y se calcula sobre la mejor remuneración devengada del semestre dividido 2.
CALCULO: Mejor rem semestre/2
(entran todos los conceptos remunerativos inclusive hs extras, vacaciones, remuneración variable)
PRACTICA ¿Qué situaciones especiales se pueden dar con el SAC?
Se pueden dar las siguientes situaciones especiales:
- Empleado no trabajo todo el semestre: SAC PROPORCIONAL
- Se extingue CT: SAC PROPORCIONAL
- Licencia por maternidad y Accidentes de trabajo: Se INTERRUMPE EL TIEMPO DE SERVICIOS por ende NO CORRESPONDE PAGAR SAC. Solo debemos pagar Sac proporcional por lo que trabajó antes de la licencia.
- Vacaciones en dos semestres diferentes Ej Diciembre enero. Para el calculo del sac se toman las vacaciones pero solo las que corresponden al semestre
- Adicionales Retroactivos: No se toman en cuenta para el calculo de SAC.
PRACTICA ¿Qué características tienen las VACACIONES y como se calculan?
Las características de las VACACIONES son las siguientes:
- Se pagan al momento de que empiezan.
- Se otorgan entre 1/10 y 30/4
3.Requisito: haber prestado servicios durante la mitad de los días hábiles del año, sino 1 día de vacación por cada 20 trabajados.
- Tiempo
0 a 5 14 días
5 a 10 21 días
10 a 20 28 días
20 a inf 35 días
CALCULO: Sueldo Bruto/ 25 x días vac
Empleados Jornalizados SB/30 x días vac
Trabajadores temporada 1 día x cada 20 trabajados
Sit especiales:
1. Se interrumpen las Vac por enfermedad inculpable
2.Los feriados dentro de las vacaciones no corresponde pago adicional.
PRACTICA ¿Cuáles son las Licencias Especiales y como se calculan?
Las licencias especiales son las siguientes:
Matrimonio 10 días
Examen 2 días
(no necesariamente tiene que ser hábiles)
Nacimiento 2 días
Muerte padre 3 días
Muerte de conyugue 3 días
Muerte de Hijo 3 días
Muerte de Hermano 1 días
(Si o si 1 día debe ser hábil)
CALCULO: Sueldo Bruto/25 x días.
PRACTICA: Feriados y Días No Laborables ¿Cómo se calculan?
Bueno los DIAS NO LABORABLES el empleador elije si se trabaja o no y se pagan como un día simple.
Los FERIADOS el empleador también elige si se trabaja o no pero estos se calculan dependiendo si se trabajo o no:
- Si se trabajó se paga como un día de vacaciones SB/25 x FERIADO
- Si NO trabajó se paga el plus y se descuenta el día. De esta manera:
SB/25 X FERIADO = 4000
SB/30 X FERIADO= (3700) se descuenta.
PRACTICA: Enfermedades y Accidentes Inculpables ¿Qué son, cual es el tiempo de licencia y como se pagan?
ENFERMEDADES Y ACCIDENTES INCULPABLES
¿Qué son? son Accidentes que ocurren fuera del Ámbito laboral y sin dolo por parte del empleado.
El empleado debe avisarle al empleador y llevar cetificado medico. Aun asi el empleador puede pedir el certificado de medico patronal.
La Licencia con goce de haberes (3/6/12 meses) va desde que ocurre el accidente hasta que termina el periodo de licencia según antigüedad y cargas de familia. Luego que termina el periodo de la licencia si la enfermedad continua, se le conserva el puesto al empleado por un año mas sin goce de haberes y si pasado ese año, el empleado no puede volver el empleador puede despedir sin indemnización del 245.
CALCULO:
Antigüedad
0 a 5 3 meses SCF 6 meses CCF
5 A inf 6 meses SCF 12 meses CCF
(estos tiempos son anuales, si se enferma dos veces se agota la misma licencia)
Se le paga la Remuneración habitual mas los aumentos que surjan por convenio y esta a cargo del empleador.
¿Qué ocurre si luego de un accidente o enfermedad inculpable el empleado se reincorpora con incapacidad?
EXISTEN 4 SITUACIONES QUE SE PUEDEN DAR:
_
1. Empleador tiene tareas adecuadas y las otorga. JOYA todo sigue igual
- Empleador no tiene tareas adecuadas: despido + art 245 a la mitad
- Empleador tiene tareas y no las otorga. El contrato se extingue + art 245
- Trabajador no regresa al trabajo por incapacidad absoluta. Se extingue el contrato + art 245
SITUACIONES DE DESPIDO
- Lo despide durante la licencia: corresponde art 245 + sueldos correspondientes a todo el tiempo que le faltare de licencia.
AAFF ¿Cuáles son las principales características de las AAFF? ¿Cómo se clasifican?
CARACTERISTICAS DE LAS AAFF:
1.Las paga ANSES a través del pago directo SUAF, acreditación en la cuenta sueldo.
2.Existen 3 sistemas:
a. Contributivo (empleados a través de aporte del 4,7%)
b. No contributivo (beneficiarios del SIPA) ósea jubilados
c. No contributivo (Economía informal)
- Las prestaciones no son consideradas remunerativas, no están sujetas a gravámenes, no se tienen en cuenta para el calculo de SAC, vacaciones o indemnizaciones y son inembargables salvo alimentos.
AAFF SE CLASIFICAN EN:
1.PAGO MENSUAL:
Asignación por hijo (por cada hijo menor de 18, tabla)
Asignación hijo con discapacidad (hijo con dis, sin limite edad ni max rem)
Prenatal (se paga los 9 meses, valor igual a asig por hijo)
- PAGO PERIODICO
Ayuda escolar Anual (hijo 4 a 17)
Maternidad (30 y 60 o 45 y 45)
Maternidad Down (se ext 6 meses mas la licencia) - PAGO UNICO
Nacimiento
Adopción
Matrimonio - PAGO ANUAL
Asig por cuidado salud integral (Madres gestantes y madres de niños menores de 3 años, que cobren asig x hijo)
PRACTICA AAFF ¿En base a que se calculan las AAFF? ¿Existen topes?
CALCULO AAFF:
Las Asignaciones Familiares se calculan en base al INGRESO GRUPO FAMILIAR
IGF= REM BRUTA + RENTAS (monotributista/autónomo) + PRESTACIONES (Jubilación/planes/art)
Se excluye del calculo: HS EXTRAS, SAC Y PLUZ ZONA DES.
EL IGF posee dos topes:
1. TOPE MAX $808.124,00
2. TOPE Integrante $404.062,00
(los topes no se aplican en maternidad, ni hijo con discapacidad)
AAFF: Asignación y licencia por maternidad
Licencia por maternidad: La empleada opta por tomarse 30 y 60 días o 45 y 45 días de la fecha probable de parto.
LA empleada deberá pedir la licencia al empleador a las 12 semanas de gestación teniendo un certificado medico con la fecha probable. EL empleador hace todos los tramites en la ANSES para que la empleada cobre la Asignación por Maternidad.
CALCULO: El MONTO de la Asignación por maternidad es IGUAL a la Remuneración bruta que le hubiese correspondido recibir a la trabajadora.
Si la remuneración es variable se hace un promedio de los últimos meses.