EStatutos. Titulo II. Órganos centrales universidad Flashcards
El claustro es el órgano de…
representación de la comunidad universitaria
El claustro está formado por…
- Rector
- Secretario General
- Gerente
- máximo de 300 miembros entre los cuales:
153 profesores con vinculación permanente
38 profesores sin vinculación permanente
75 estudiantes
30 PAS
4 personal investigador en formación - Vicerrectores y vicesecretarios generales con voz y sin voto.
Cuando se renovará el claustro?
- Transcurridos 4 años, excepto los estudiantes que lo harán según el régimen electoral.
- Cuando cese el Rector o por revocación del mismo por el claustro.
Elecciones al claustro tendrán lugar el primer trimestre del curso académico.
Competencias del Claustro:
a) Defender la personalidad y los principios de la Universitat de València establecidos en el título preliminar de estos Estatutos.
b) Elaborar los Estatutos y las modificaciones de los mismos, así como reformular, en su caso, los textos inicialmente aprobados.
c) Aprobar y modificar los reglamentos de la Universitat de València en las materias que establecen los Estatutos y, en particular, el Reglamento electoral general.
e) Establecer los criterios generales que el Consejo de Gobierno deberá tener presentes para emitir su informe sobre la creación, modificación y supresión de facultades, escuelas e institutos universitarios de investigación de la Universitat de València y sobre la adscripción de centros a la misma.
f) Debatir y, en su caso, aprobar los objetivos generales de la política universitaria que el rector o la rectora debe presentar el segundo trimestre de cada año natural.
g) Debatir y, en su caso, aprobar las líneas generales de la propuesta de presupuesto que el rector o la rectora ha de presentar el segundo trimestre de
cada año natural, de manera coordinada con los objetivos mencionados en el apartado f) anterior.
h) Debatir el informe de gestión que, respecto de los objetivos generales aprobados para un curso académico y un ejercicio presupuestario y en atención, en su caso, a los presupuestos aprobados, ha de presentar el rector o la rectora el segundo trimestre de cada año natural.
i) Aprobar, en su caso, la gestión del rector o la rectora, una vez debatido el informe mencionado en el apartado h), así como la gestión de los demás órganos de gobierno de la Universitat.
j) Convocar, con carácter extraordinario, elecciones al Rectorado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 104 de estos Estatutos y con los efectos establecidos por el mismo.
k) Exigir responsabilidades a los cargos o representantes que elige y, en su caso, revocarlos.
l) Deliberar y tomar acuerdos sobre cualquier propuesta que le sea presentada y, en su caso, trasladarlos a los organismos correspondientes.
m)Todas aquellas que le reserven estos Estatutos y otras disposiciones aplicables.
La condición de claustral se pierde:
- por dimisión
- por revocación
- por inasistencia injustificada a 3 reuniones
- por cese de la vinculación del claustral al colegio electoral para el que fue elegido.
Las reuniones del Claustro serán convocadas por quien?
Con cuantos días de antelación? y en caso de urgencia?
el rector
El claustro será convocado al menos con 15 días de antelación, y en caso de urgencia con una antelación mínima de 24h.
El orden del día de las reuniones del claustro quién las confeccionará? que incluirá en ellas?
El rector confeccionará el orden del día, incluyendo los puntos propuestos por el Consejo Social, Consejo de Gobierno, la Junta de Centro, la Asamblea General de Estudiantes y un 10% de los claustrales.
El reglamento de régimen interno del Claustro, será aprobado por…
mayoría absoluta del Claustro.
El consejo de gobierno es el órgano…
colegiado de gobierno de la universidad.
El consejo de gobierno de la universidad desarrolla…
las líneas generales de la política universitaria aprobadas por el Claustro, ejerce la potestad reglamentaria no reservada a otros órganos y asiste al rector.
El consejo de gobierno, está formado por:
- Rector, que lo preside
- Secretario general
- Gerente
- 15 miembros designados por el rector, entre los que estarán todos los vicerrectores.
20 miembros del claustro (9 profesores doctores con vinculación permanente, 2 profesores sin vinculación, 1 personal investigador, 5 estudiantes, 3 PAS)
15 decanos de facultad o directores de escuela, dpto, o instituto (11 decanos de facultad, 3 directores de dpto, 1 director instituto) - 3 miembros del Consejo Social, que no pertenezcan a la comunidad univesitaria.
Competencias del Consejo de Gobierno:
- Convocar elecciones a rector o rectora, salvo cuando la competencia corresponda al Claustro.
- Convocar elecciones para la renovación total del Claustro.
- Aprobar y modificar los reglamentos marco y los reglamentos de organización y funcionamiento de la Universitat, salvo que estos Estatutos u otras disposiciones aplicables atribuyan expresamente esta competencia a otros órganos.
- Emitir todos los informes preceptivos que determine la legislación vigente y estos Estatutos.
- Aprobar y revocar los convenios pertinentes para el cumplimiento de los fines de la Universitat de València.
- Crear, modificar y suprimir departamentos y los centros o las estructuras que la legislación vigente no reserve a otros organismos.
- Crear y modificar servicios generales, así como proponer al Claustro su supresión.
- Acordar, sin perjuicio de las competencias del Consejo Social, la creación por la Universitat o en colaboración con otras instituciones públicas o privadas, de empresas, fundaciones u otras personas jurídicas, así como la participación en las ya constituidas. De estos acuerdos deberá informar al Claustro en la siguiente sesión.
- Aprobar o modificar los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el Estado, así como determinar el centro propio al que se encarga la organización de las enseñanzas.
- Aprobar los títulos propios de la Universitat de València y sus planes de estudios.
- Aprobar anualmente el calendario académico y la oferta de curso académico.
- Aprobar estudios y actividades de extensión universitaria.
- Aprobar planes propios de promoción y desarrollo de la investigación y de formación de investigadores, así como de innovación educativa.
- Establecer los criterios generales para la configuración y la actualización de la plantilla del personal docente e investigador y de administración y
servicios. - Aprobar la relación de puestos de trabajo del personal docente e investigador y sus modificaciones, y proponer para su aprobación, en su caso, la
relación de puestos de trabajo del personal de administración y servicios, y sus modificaciones. - Aprobar los reglamentos que regulen los concursos de acceso y los de selección de personal docente e investigador contratado.
- Acordar las plazas de profesorado que han de ser provistas mediante concurso de acceso entre habilitados, así como la convocatoria de los correspondientes concursos de acceso.
- Acordar la convocatoria de concursos públicos para la selección de personal docente e investigador contratado laboral de duración indefinida.
- Nombrar profesores eméritos y acordar su contratación y la prórroga de la misma.
- Aprobar los reglamentos de concesión del doctorado honoris causa y de la medalla de la Universitat, y otorgar estas distinciones.
- Aprobar los procedimientos de selección y provisión de puestos de trabajo, así como acordar la convocatoria de la oferta de empleo público y de la provisión de puestos de trabajo del personal de administración y
servicios. - Proponer al Consejo Social el reconocimiento de las situaciones que, además de las establecidas por las disposiciones de la Generalitat, puedan causar derecho al componente retributivo por méritos de dedicación a la gestión universitaria.
- Aprobar los reglamentos de los procedimientos de admisión de estudiantes, de gestión de matrícula y de expedientes académicos, de revisión de calificaciones y de concesión de los premios extraordinarios.
- Proponer, en la elaboración del presupuesto, la política propia de becas y de ayudas al estudio.
- Aprobar las bases especiales de los conciertos singulares de la Universitat con las instituciones sanitarias en las que deban impartirse enseñanzas
universitarias. - Aprobar las directrices generales de política lingüística y el reglamento que las desarrolle.
- Exigir responsabilidades a los cargos o representantes que elige y, en su caso, revocarlos.
- En general, todas las competencias que le atribuyan la ley y los presentes Estatutos.
El mandato de los miembros del consejo de gobierno pertenecientes al claustro y directores o decanos será de…
2 años.
Los decanos que no sean miembros del consejo de gobierno tienen el derecho de asistir a las reuniones…
con voz pero sin voto.
Quien aprueba el reglamento de funcionamiento del Consejo de Gobierno?
El claustro, a propuesta del Consejo de gobierno, aprueba el reglamento de funcionamiento del mismo.
Como funcionará el consejo de gobierno?
en pleno y comisiones
El pleno puede delegar sus funciones en las comisiones, que mayoría es necesaria para la delegación?
mayoría absoluta
Cada cuánto se convocará el pleno?
al menos, 1 vez cada dos meses, siempre que lo convoque el rector, y cuando lo solicite 10% de sus miembros.
Con la presencia de quién se constituye válidamente el pleno del consejo de gobierno en primera convocatoria?
con la presencia del rector y el secretario general y la mitad de los miembros del consejo de gobierno.
Si no se alcanza la presencia de los miembros en la primera convocatoria del pleno del consejo de gobierno, cuándo podrá fijarse la segunda convocatoria?
transcurridos 30 minutos desde la primera.