esquemas del delito Flashcards
qué esquemas existen
- clásico
- neoclásico
- finalista
- post finalista/funcionalista
el esquema clásico del delito gira al rededor de…
la acción
qué es la acción en el esquema clásico
producción de un resultado con causalidad. Basta que haya querido actuar, no importa el algo querido
Inervación muscular que produce un cambio en el mundo exterior
requisitos para que haya acción en el esquema clásico
- hubo modificación del mundo exterior
- hubo causalidad
- fue voluntaria: mínimamente de mover los músculos
en qué está divido el esquema clásico?
- objetivo: acción, atipicidad, antijuricidad
- subjetivo: culpabilidad
tipicidad en el esquema clásico
es la descripción abstracta en la ley de un comportamiento externo. Por ello es descriptiva y objetiva.
antijuridicidad en el esquema clásico
contrario a derecho
incluso la legitima defensa, no es contrario a derecho
imputabilidad esquema clásico
hay sujetos imputables e inimputables. Antes de hacer el juicio de culpabilidad, hay que ver si son aptos para que se le haga
cuáles son los 2 grados de culpabilidad en el esquema clásico?
Dolo → Cuando se quiso obrar de determinada manera (voluntad y conocimiento)
Culpa → Cuando hay imprudencia o negligencia (conocimiento sin voluntad)
cuáles son las críticas al esquema clásico?
a. Causalidad: no siempre se puede explicar empíricamente: no todo delito produce modificaciones perceptibles (integridad moral).
b. La acción no comprende la omisión.
c. Hay delitos que no se percibe: la injuria
e. Hay veces que la acción es causal, produce un resultado, perceptible por los sentidos, pero socialmente no está visto como un mal: Si yo insulto a una persona no en un tribunal, sino en un partido de futbol no será visto igual: depende del contenido de la acción social o del contenido social.
se puede absolver de culpa en el esquema clásico?
si, con el error de derecho
-Tipos de error:
a. De Hecho: recae sobre los elementos del tipo: invencible.
b. De derecho: si recae sobre la permisión de la conducta.
*Si es invencible se excluye de la culpabilidad, pero si es vencible habrá culpabilidad si está tipificada.
qué es objetivo y subjetivo en el esquema neoclásico
- acción, tipicidad, antijuricidad es prevalentemente objetiva pero contiene elementos subjetivos y normativos.
- culpabilidad es prevalentemente subjetivo que requiere nexo psicológico + juicio de reproche
en el esquema neoclásico la culpabilidad se limita al nexo psicológico y la culpabilidad?
no, la acción debe ser reprochable
la acción en el esquema neoclásico cambia de la concepción clásica?
si, en la clásica era solo la enervación muscular, aquí ya hay voluntariedad, se analiza la razón de la acción: si con el disparo quería matar o cazar.
y Se tiene en cuenta la omisión (no actuar teniendo el deber de hacerlo)
antijuricidad en el esquema neoclásico
- no puede ser solamente la contradicción entre hecho y derecho, esta es antijuridicidad formal, pero también existe antijuridicidad material → lesión a bienes jurídicos y daño social.
- Antes era todo aquello contrario a derecho, pero ahora tiene un elemento valorativo → Tener en cuenta el daño social.
ej. ginecólogo que revisa a niña. - Es prevalentemente objetiva pero tiene elementos subjetivos (sobre todo en las causales de justificación).
qué es el juicio de reproche en la culpabilidad?
pudiendo haber actuado de forma diferente no lo hizo 🡪 Se analiza la imputabilidad, dolo, culpa y exigibilidad de otra conducta.
cuáles son los elementos del dolo en el esquema neoclásico
- voluntad
- cognitivo
- conozco los hechos
- sé que es delito
la culpa es que sea reprochable
qué es el dolo en el esquema neoclásico
- cognitivo
- conozco los hechos
- sé que es delito
la culpa es que la conducta sea reprochable
de qué depende la culpa?
2 cosas
1. si el error es de tipo o prohibición invencible, si es invencible, no hay culpa
2. números cláusos: que esté tipificado como culposo
el esquema finalista es deontológico?
si, es como sucedió, no cómo debería haber sucedido
Si los casualistas piensan que el juicio de derecho es “cómo debieron haber actuado” están muy errados dogmática penal NO se ocupa de la ontología sino de la deontología.
qué inicialmente plantea el esquema finalista?
la acción no se puede cambiar, no puede ser que tenga un poco de voluntad pero se revise en la culpabilidad - causalista
LA VOLUNTAD ESTÁ EN LA ACCIÓN, porque no hay acciones involuntarias.
el elemento cognitivo, el conocimiento de lo que hace además de la voluntad va en la acción.
qué significa que para los finalistas la acción sea final
el hombre conoce la causalidad y conforme este conocimiento dirige su comportamiento al fin que persigue, dirige el acontecer causal al fin propuesto.
el dolo está en la acción
de qué está compuesto el dolo para los finalistas
el mismo que el de los causalistas
Elemento voluntad
Elemento cognitivo → Conocimiento de los hechos (PERO NO SE OCUPA DE CONOCER LA ANTIJURICIDAD)
El conocimiento de la antijuricidad está en la culpabilidad.
tipicidad finalistas
la acción típica siempre es subjetiva.
Cuando se analiza la tipicidad se deben analizar los elementos:
Subjetivos → Dolo (volitivo, cognitivo)
Objetivos → Sujetos, objeto, conducta
Hay atipicidad cuando falta alguno de los elementos subjetivos o cuando no hay elementos subjetivo → Cuando esto pasa, hay error de tipo.
culpabilidad finalista
juicio de reproche
1. conocimiento de la antijuricidad
2. exigibilidad
tipos de error en el finalismo
Error:
a. De tipo: equivoca en uno de los elementos del tipo
b. De prohibición:
i. Directo: si pienso que no está prohibido.
ii. Indirecto: si piensa que en la situación se justifica.
+Teoría limitada de la culpabilidad: si hay un elemento justificante se asimila al error de tipo.
¿Qué pasa si el error es vencible o invencible en el finalismo?
Si el error es de tipo invencible, excluye la tipicidad.
Si el error es de tipo vencible, hay acción típica con culpa si existe tipo culposo (numerus clausus)
qué critica el sistema funcionalista?
que el sistema finalista es coherente pero toma decisiones injustas
cuáles son las corrientes del funcionalismo
- radical: Jakobs
- moderado: Roxin
de qué parte el funcionalismo moderado
Parte de criticar la acción finalista como criterio exclusivamente ontológico, no valora las cosas como son sino el deber ser de las cosas (valorativista).
Aprehenda la sistemática pero se debe meter el pensamiento problema = esto a través de la política criminal para otorgar justicia con coherencia en una sistemática pero si hay que sacrificarla, se hace.
qué agrega Roxin al delito
criterios de valoración desde la política criminal, la planeación por parte del gobierno respecto al delito
quién determina qué es acción según el funcionalismo moderado
solamente la norma + valores sociales los que le dan real sentido a la acción (no es posible afirmar la existencia de la acción apriorísticamente).
Error de prohibición indirecto funcionalismo moderado
cuando se comete este error es injusto que sistemáticamente se sancione por un delito culposo que no existe. Se sacrifica el sistema en aras de justicia.
causalidad e imputación funcionalismo moderado
tipicidad que no basta causalidad, sino valorada en la norma mientras se pueda IMPUTAR.
Capacidad de culpabilidad de un sujeto.
Ej: Camilo va manejando su carro borracho y un suicida se le bota y lo mata. Camilo es causa del resultado muerte, la acción culposa de camilo es una acción final, se le puede imputar la acción de manejar borracho, PERO NO se le puede imputar la muerte (hay causalidad pero NO imputación).
tipicidad funcionalismo moderado
se reconduce hacia la imputación objetiva: para poder imputar es necesaria la creación de riesgo jurídicamente desaprobado que se concreta en el resultado.
tiene 3 funciones:
1. Sistemática: se ven los elementos del tipo penal.
2. Dogmática: elementos que se deben conocer (exclusión del dolo).
3. Político criminal: confrontación del principio de legalidad.
antijuricidad funcionalismo moderado
juicio de lo injusto
solucionar conflictos de interés del estado en el bien jurídico a proteger
1. determinar si hay un comportamiento que amerite el derecho penal
2. si tiene una causal de justificación.
culpabilidad funcionalismo moderado
RESPONSABILIDAD → Reemplaza la culpabilidad. Aquí se introduce la necesidad de la pena, si la pena no se necesita, el sujeto no es responsable.
culpabilidad (juicio de reproche) + necesidad de pena
ej. declara no responsable al padre que mata a sus hijas
qué dice Luhman del funcionalismo radical
El sistema social funciona cuando cada una de sus partes cumple con la expectativa que tiene de él, cada una de las personas cumple sus expectativas, si alguna de ellas no lo hace pues deja de funcionar
en qué se fundamenta el funcionalismo radical
Es delito la violación de una expectativa normativa, la defraudación o lesión de esto, en tanto que el cumplimiento es el que permite que funcione el sistema
se deja de lado la concepción de bien jurídico
qué aporta Hegel sobre el funcionalismo radical?
prevención general positiva fundamental
la pena para reafirmar el sistema, la norma comunica cómo comportarse
Cuando un delincuente comete un delito, está comunicando que no hay vigencia del derecho. Toca mandar el mensaje de que el derecho penal sigue vigente, se reafirme
imputación funcionalismo radical
- Objetiva: posibilidad del estado con la expectativa de decir que el comportamiento es de él
La concreción panificable del riesgo en el resultado. - Subjetiva: posibilidad de decir que obró contra derecho tiñendo la posibilidad de no hacerlo
cuándo hay delito en el funcionalismo radical
solo es delito lo que viola relaciones jurídicas esperadas , de acuerdo a su competencia, porque la sociedad le asigna un rol a cada persona