Elementos De Existencia Flashcards
¿Cuándo se da el consentimiento?
Comienza con una oferta. Hay consentimiento cuando se acepta una oferta.
Manifestación del consentimiento (se da por dos medios)
A) tácita- todos aquello hechos que presuman o autoricen a presumir el consentimiento
B) expresa- de manera verbal, escrita o por signos inequívocos
Maneras en las que puede darse el consentimiento
A) entre presentes: cuando no hay fijación de plazo, la aceptación tiene que ser inmediata (art. 1805 CC; sin fijación de plazo y art. 1804; con fijación de plazo.)
B) entre ausentes: hay 4 teorías DERI:
- T. De la declaración–> se manifiesta la voluntad de aceptar una oferta sin necesidad de hacer saber a su oferente dicha aceptación. (Manifestación de la voluntad)
- T. De la expedición–> además de aceptar la oferta y manifestar su voluntad, se le hace saber al oferente de la aceptación. (Manifestación d la voluntad + remisión)
- T. De la recepción–> la aceptación de la oferta es recibida por el oferente, se entere o no este del contenido. (Manifestación de la voluntad + remisión + recepción) [esta es la que se acepta en nuestro código civil; art. 1806 y 1807]
- T. De la información–> hay consentimiento únicamente cuando el oferente se entera del contenido de la aceptación. (Manifestación de la voluntad + remisión + recepción + información)
Casos específicos con respecto de la teoría de la recepción
- si el oferente se retracta de su oferta, la retractación tiene que llegar antes que la oferta y viceversa. Art. 1808 CC
- en caso de muerte del oferente y que el aceptante no se entere, los herederos del oferente quedan obligados a sostener la oferta. Art. 1809 CC
- cuando la aceptación no es lisa y llana se convierte en una contraoferta. Art. 1810 CC
Objeto y sus clasificaciones
A) objeto directo –> consiste en crear, transmitir, modificar o extinguir derechos y obligaciones.
B) objeto indirecto –> consiste en la cosa o en el hecho material del contrato. Art. 1824 CC.
Objeto indirecto; obligaciones de dar, hacer o no hacer.
- Obligaciones de dar:
-la cosa que el obligado debe de dar debe ser:
A) físicamente posible–> la cosa debe de existir en la naturaleza o tener ls potencialidad de existir.
B) jurídicamente posible–> cosa debe ser determinada o determina le en cuanto a su especie, cantidad o calidad. Y debe estar en el comercio. La cosa puede estar fuera del comercio por 1) su naturaleza; la luna o 2) por disposición de la ley; el palacio nacional (art. 748 y 749 CC) - Obligaciones de hacer:
- es un hecho de la conducta del obligado. Tienen que ser:
a) físicamente posibles–> deben ser humanamente realizables . No pueden ir en contra de la naturaleza.
b) jurídicamente posibles –> que vaya conforme al supuesto de la norma.
c) lícitas –> obligación debe de ir conforme a las normas de orden público y a las buenas costumbres.- la licitud es determinada por la naturaleza. No es lo mismo que legal.
- la licitud es EXTERNA, al igual que la verdad y lo bueno.
- Obligaciones de no hacer
- es una abstención. Ej. Un contrato de una actriz con televisa en donde se abstenga de trabajar con otra televisora.
Solemnidad
Es la forma elevado a grado de existencia. Ej. El matrimonio o el testamento.
Es elevado a forma de existencia porque si no se da la forma llamada solemnidad, el acto no existe.
¿Cuáles son los pilares del derecho?
La ética
La lógica
La sociología
Elementos de existencia. Cuales son y fundamento legal.
Se encuentran en el artículo 1794 CC*
Los elementos de existencia son:
A) consentimiento
B) objeto
C) solemnidad