Documentación Flashcards
LICENCIA
Corresponde al personal de las FFCCS, FFAA, Vigilancia Aduanera y CNI
Licencia TIPO A
Armas de la Categoría: 1ª, 2ª y 3ª
1.- Además de la que reciban como reglamentaria podrán poseer:
- Escala Básica: 1 arma Corta
- Escala Subinspección, Ejecutiva y Superior: 3 armas Cortas
2.- Servicio Activo o Disponible: Sera considerada como licencia Tipo A el carné profesional
LICENCIA
(Categoría, expedición y vigencia)
Armas de fuego cortas a particulares
Licencia TIPO B
1.- Armas de la Categoría: 1ª
2.- Expedición: DGGC
3.- Vigencia: 5 años
LICENCIA
(Categoría, expedición y vigencia)
Personal de Vigilancia y Seguridad
Licencia TIPO C
1.- Armas de la Categoría: 1ª, 2ª.1 y 3ª.2 o armas de guerra autorizadas
2.- Expedición: Se solicita al Jefe de la Comandancia de la GC
3.- Vigencia: Exclusivamente durante la prestación del servicio. Se deberá actualizar la fotografía cada 5 años
LICENCIA
(Categoría, expedición y vigencia)
Armas para caza mayor
Licencia TIPO D
1.- Armas de la Categoría: 2ª.2
2.- Expedición: Jefe de la Comandancia GC de la provincia de residencia
3.- Vigencia: 5 años
- Cada licencia ampara hasta 5 armas
LICENCIA
(Categoría, expedición y vigencia)
Armas de tiro deportivo del calibre 5.6, Escopetas o armas de gas comprimido de mas de 24,2 J, ballestas y lanzacabos
Licencia TIPO E
1.- Armas de la Categoría: 3ª, 7ª.2 y 7ª.3
2.- Expedición: Jefe de la Comandancia GC de la provincia donde resida.
OJO -> LANZACABOS: Expedida por el Del/Sub previo informe de la Comandancia de la Marina
3.- Vigencia: 5 años
- Requisitos: Pruebas de Capacitación que determine el MIR
- Número: No excederá de 6 escopetas o 6 armas largas rayadas para tiro deportivo ni de 12 armas en total.
LICENCIA
(Categoría, expedición y vigencia)
Armas de concurso de federaciones deportivas
Licencia TIPO F
1.- Expedición: DGGC
2.- Vigencia: 5 años
Clases
- Primera clase: Hasta 10 armas de concurso
- Segunda clase: Hasta 6 armas de concurso
- Tercera clase: Un arma corta o un arma larga de concurso, QUEDANDO EXCLUIDAS LAS PISTOLAS LIBRES
Que es la tarjeta de armas?
Es el documento que autoriza la Tenencia y Uso de armas de la categoría 4ª fuera del domicilio
Quien expide la Tarjeta de Armas?
El ALCALDE del municipio
La validez esta limitada al término municipal
Clase de Tarjeta de Armas
- Clase A: Tiro semiautomático y repetición
Documenta hasta 6 armas de la categoría 4ª.1
Validez de 5 años
Hay que tener 14 años
- Clase B: Un solo tiro
Documenta un número ilimitado de armas de la categoría 4.2.
Validez PERMANENTE
La Guía de Pertenencia y Circulación será obligatoria para las armas de las categorías:
1ª
2ª
3ª
6ª
7ª.1, 2, 3 y 4
8ª
*La categoría 9ª llevará certificado de inutilización
Quien expide las Guías de Pertenencia?
Serán expedidas por las Intervenciones de Armas, excepto:
- FFAA -> Ministerio de Defensa
- CNP -> DGP
- GC -> DGGC
- Vigilancia Aduanera -> DGGC
- Policía CCAA y Local -> DGGC
- ARMAS PARA LANZAR CABOS -> COMANDANCIAS DE LA GC, previo informe de las COMANDANCIAS DE LA MARINA
La Tarjeta Europea de Armas de Fuego
(Expedición y Validez)
La expide el DGGC
Validez de 5 años
*La tarjeta será INTRANSFERIBLE
Para mantener la vigencia de las licencias de armas con la duración determinada en los artículos anteriores, las expedidas a mayores de [-] necesitarán ser visadas a los [-] años desde la fecha de su expedición por [-], previa presentación del [-], expedido por un centro de reconocimiento autorizado o, en su caso, previa superación de las correspondientes pruebas complementarias de aptitud.
Para mantener la vigencia de las licencias de armas con la duración determinada en los artículos anteriores, las expedidas a mayores de sesenta y siete años necesitarán ser visadas a los tres años desde la fecha de su expedición por la Intervención de Armas y Explosivos, previa presentación del informe de aptitud psicofísica favorable, expedido por un centro de reconocimiento autorizado o, en su caso, previa superación de las correspondientes pruebas complementarias de aptitud.
¿Quién expide la licencia de armas para lanzar cabos?”
Las LICENCIAS DE ARMAS de fuego para lanzar cabos serán expedidas por los DELEGADOS DE GOBIERNO, previo informe de los Comandantes de Marina.
OJO
Las GUIAS DE PERTENENCIA las expide la Comandancia de la GC, previo informe de la Comandancia de la Marina
A quien corresponde determinar las armas de Guerra que podrán ser utilizadas por las FCS?
Corresponde al GOBIERNO a propuesta conjunta del MINISTERIO DEL INTERIOR y MINISTERIO DE DEFENSA