Doctrina de la Fuente Colateral Flashcards
Como REGLA GENERAL, ¿qué impide la doctrina de la fuente colateral?
Impide al causante de un daño deducir del importe de la indemnización la compensación o beneficio que haya recibido el perjudicado de otra fuente.
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Por EXCEPCIÓN, la doctrina de la fuente colateral no aplica automáticamente y para que aplique, ¿qué se requiere analizar?
- La naturaleza del daño sufrido;
- El propósito del beneficio colateral en cuestión.
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Cuando el perjudicado es indemnizado por los daños por un seguro sobre cosas, su reclamación extracontractual por los mismos daños ________, toda vez que la cantidad que reclama tiene la _______________ que la que recibe de la compañía aseguradora.
no procede;
misma naturaleza indemnizadora
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La compensación como beneficio social estatal es distinta (≠) a cuál otra compensación.
la compensación por negligencia.
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De conformidad con la doctrina de la fuente colateral, ¿el derecho de una parte a reclamar unos salarios por LUCRO CESANTE queda afectado por el hecho de que su patrono siga pagándole sueldos?
NO
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¿Cómo se considera el que el patrono continúe efectuando pagos de sueldo, aún cuando el afectado está recibiendo lucro cesante?
se considera un acto de liberalidad.
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¿Qué es el lucro cesante?
Es aquella partida de daño que debe pagarse al perjudicado por concepto de la pérdida de ingresos ocasionada y la disminución de su capacidad productiva.
[+1 pt]
¿Quién puede reclamar el lucro cesante?
Puede ser reclamado por la persona que depende económicamente de esos ingresos.
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