DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA Flashcards

1
Q

Estructura de la Dirección General de la Policía

A

Organización Central: órganos competentes en todo el territorio nacional.

Organización Periférica: órganos con competencia en cierto territorio.

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2
Q

Órganos de la organización central

A

Órganos colegiados:
Junta de Gobierno.
Consejo Asesor.

Órganos dependientes directamente del titular de la Dirección General:
Dirección Adjunta Operativa
Subdirección General de Recursos Humanos y Formación.
Subdirección General de Logística e Innovación.
Gabinete técnico.
División de Cooperación Internacional.

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3
Q

Junta de Gobierno

A

Presta asistencia y colaboración al titular de la Dirección General en el desempeño de sus funciones.

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4
Q

Consejo Asesor

A

Asesora, emite informes y elabora estudios sobre los asuntos complejos o trascendentes.

Estará integrado por 16 Consejeros designados por el titular de la Dirección General, y estará incorporado en el Gabinete Técnico

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5
Q

Funciones de la Dirección Adjunta Operativa

A

Con nivel orgánico de subdirección general, colabora con el titular de la Dirección General en la dirección de las funciones:

De mantenimiento del orden público y la seguridad ciudadana

La dirección, coordinación y supervisión de las unidades

El seguimiento y control de los programas operativos

Los recursos humanos y materiales aplicables a dichos programas

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6
Q

Órganos de la Dirección Adjunta Operativa

A

Comisaría General de Información
Comisaría General de Policía Judicial
Comisaría General de Seguridad Ciudadana
Comisaría General de Extranjería y Fronteras
Comisaría General de Policía Científica

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7
Q

Comisaría General de Información

A

Le corresponde el manejo de la información de interés para el orden y la seguridad pública, tanto en el ámbito nacional como en el internacional.

Su estructura, financiación y funcionamiento es secreta.

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8
Q

Comisaría General de Policía Judicial

A

Le corresponde la investigación y persecución de delitos, especialmente de los relacionados con las drogas, delincuencia organizada, económica, financiera, tecnológica y el control de los juegos de azar.

También dirige los servicios de investigación de delitos monetarios y los relacionados con la moneda, y la colaboración con los servicios del Banco de España en estos asuntos.

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9
Q

Unidades de la Comisaría General de Policía Judicial

A

Secretaría General
Unidad de Droga y Crimen Organizado (UDYCO)
Unidad de Delincuencia Especializada y Violenta (UDEV)
Unidad Central de Inteligencia Criminal (UCIC)
Unidad Central de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF)
Unidad de Investigación Tecnológica (UIT)
Unidad Central de Atención a la Familia y Mujer (UFAM)

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10
Q

Secretaría General de la Comisaría General de Policía Judicial

A

Función de apoyo y asistencia

Elabora las metodologías de investigación criminal y lleva a cabo estudios técnicos y jurídicos

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11
Q

Unidad de Droga y Crimen Organizado (UDYCO) de la Comisaría General de Policía Judicial

A

Asume la investigación y persecución de delitos relacionados con el tráfico de drogas y el crimen organizado.

De esta unidad dependerán:
La Brigada Central de Estupefacientes (drogas)

La Brigada Central de Crimen Organizado (crimen organizado y Grupos de Respuesta contra el crimen organizado [GRECO])

La Unidad Adscrita a la Fiscalía General del Estado

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12
Q

Unidad de Delincuencia Especializada y Violenta (UDEV) de la Comisaría General de Policía Judicial

A

Investigación y persecución de delitos contra las personas, el patrimonio, los derechos de autor, el consumo y medio ambiente, en materia de dopaje en el deporte y en la vigilancia e inspección del juego.

De esta unidad dependerán:
La Brigada Central de Investigación de la Delincuencia Especializada (patrimonio, consumo y medio ambiente, derechos de autor) (depende el Servicio de Control de Juegos de Azar, [juego])

La Brigada Central de Investigación de Delitos contra las Personas (delitos contra la vida, la libertad, homicidios y desaparecidos)

La Brigada del Patrimonio Histórico (patrimonio histórico artístico)

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13
Q

Unidad Central de Inteligencia Criminal (UCIC) de la Comisaría General de Policía Judicial

A

Manejo de las informaciones relativas a la criminalidad, así como la elaboración, desarrollo y seguimiento de planes estratégicos y operativos.

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14
Q

Unidad Central de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Comisaría General de Policía Judicial

A

Investigación y persecución de delitos económicos y fiscales.

De esta unidad dependerán:
Brigada de Delincuencia Económica y Fiscal (hacienda, Seguridad Social, derechos de los trabajadores, fraudes financieros en los medios de pago, delitos bursátiles, espionaje industrial y estafas)

La Brigada Central de Investigación de Blanqueo de Capitales y Anticorrupción (blanqueo de capitales de delitos, piratería internacional, corrupción y localización y recuperación de activos)

La Brigada Central de Inteligencia Financiera (prevención de blanqueo de capitales)

La Brigada de Investigación del Banco de España (falsificación de moneda nacional y extranjera)

La Unidad Adscrita a la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada

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15
Q

Unidad de Investigación Tecnológica (UIT) de la Comisaría General de Policía Judicial

A

Investigación y persecución de delitos que impliquen la utilización de las TIC y el ciberdelito, relacionados con el patrimonio, el consumo, la protección al menor, la pornografía infantil, la libertad sexual, el honor y la intimidad, redes sociales, fraudes, propiedad intelectual e industrial y seguridad lógica.

Actuará como Centro de Prevención y Respuesta E-Crime del CNP

De esta unidad dependerán:
La Brigada Central de Investigación Tecnológica (protección de menores, la intimidad, la propiedad intelectual e industrial y los fraudes en las telecomunicaciones)

La Brigada Central de Seguridad Informática, (seguridad lógica y los fraudes)

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16
Q

Unidad Central de Atención a la Familia y Mujer (UFAM) de la Comisaría General de Policía Judicial

A

Investigación y persecución de delitos sobre la violencia de género, doméstica y todos los delitos sexuales, también la protección de las víctimas de violencia de género.

De esta Unidad dependerán:
La Brigada Operativa Atención a la Familia y Mujer (delitos en el ámbito
familiar y contra la mujer y la protección de las víctimas de violencia de género).

El Gabinete de Estudios (lucha contra el problema social que estas violencias suponen)

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17
Q

Comisaría General de Seguridad Ciudadana

A

Le corresponde la prevención, mantenimiento y restablecimiento del orden y la seguridad ciudadana, las competencias sobre seguridad privada, la vigilancia de los espectáculos públicos, y la protección de altas personalidades, edificios e instalaciones que lo requieran.

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18
Q

Unidades de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana

A

Secretaria General
Jefatura de Unidades de Intervención Policial
Unidad Central de Protección
Jefatura de Unidades Especiales
Unidad Central de Seguridad Privada
Unidad Central de Participación Ciudadana

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19
Q

Secretaría General de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana

A

Función de apoyo y asistencia.

Tiene adscrita la Oficina Nacional de Deportes

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20
Q

Jefatura de Unidades de Intervención Policial de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana

A

Asume la prevención, mantenimiento y restablecimiento del orden público, así como la coordinación y control de las Unidades de Intervención Policial.

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21
Q

Unidad Central de Protección de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana

A

Asume la protección de las altas personalidades y de personas determinadas, como la de los edificios e instalaciones que lo requieran.

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22
Q

Jefatura de Unidades Especiales de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana

A

Asume las Unidades Especiales (Caballería, Guías Caninos, Subsuelo y Protección Ambiental), y Especializadas (Brigada móvil-Policía en el transporte y Unidades de Prevención y Reacción).

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23
Q

Unidad Central de Seguridad Privada de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana

A

Ejerce las funciones de control de las empresas y del personal de la seguridad privada. También llevará la coordinación y el apoyo técnico de las respectivas unidades territoriales.

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24
Q

Unidad Central de Participación Ciudadana de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana

A

Le corresponde el funcionamiento de las unidades dedicadas a la prevención y mantenimiento de la seguridad ciudadana, así como canalizar las relaciones con los ciudadanos y las demandas sociales en materia policial.

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25
Q

Comisaría General de Extranjería y Fronteras

A

Le corresponde el control de entrada y salida del territorio nacional de españoles y extranjeros, la prevención, persecución e investigación de las redes de inmigración ilegal y el régimen policial de extranjería, refugio y asilo e inmigración.

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26
Q

Unidades de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras

A

Secretaría General
Unidad Central contra las Redes de Inmigración y Falsedades Documentales (UCRIF)
Unidad Central de Fronteras
Unidad Central de Expulsiones y Repatriaciones (UCER)
Centro Nacional de Inmigración y Fronteras

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27
Q

Secretaría General de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras

A

Función de apoyo y asistencia

Se ocupa de lo relativo a la tramitación y control de los procedimientos de extranjería, gestiona el Registro Central de Extranjeros y el Registro de Menores Extranjeros No Acompañados.

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28
Q

Unidad Central contra las Redes de Inmigración y Falsedades Documentales (UCRIF) de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras

A

Investigación de las actividades delictivas relacionadas con la trata de seres humanos, el tráfico de personas, la inmigración ilegal y las falsedades documentales.

Maneja la información relativa a la extranjería y tráfico de personas.

Funciones de inteligencia en materia de extranjería.

En esta unidad se integran:
La Brigada Central de Falsedades Documentales (documentos falsos, dirige la cooperación internacional en este ámbito)

Brigada Central contra Trata de Seres Humanos (redes y organizaciones dedicadas al tráfico de personas, a la inmigración ilegal, explotación laboral y tráfico ilícito de mano de obra, trata de seres humanos, o explotación en la prostitución)

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29
Q

Unidad Central de Fronteras de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras

A

Realiza las funciones relativas a la entrada y salida de españoles y extranjeros del territorio nacional, y el régimen de fronteras, así como la coordinación en los puestos fronterizos.

De esta unidad depende la Brigada de Respuesta a la Inmigración
Clandestina (refuerzo de unidades y puestos fronterizos)

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30
Q

Unidad Central de Expulsiones y Repatriaciones (UCER) de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras

A

Se encarga de las expulsiones, devoluciones y repatriaciones de menores, así como de los centros de internamiento de extranjeros.
Realiza la determinación de la nacionalidad de procedencia de extranjeros indocumentados y coordina la información con los establecimientos penitenciarios sobre la excarcelación de extranjeros.

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31
Q

Centro Nacional de Inmigración y Fronteras de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras

A

Actúa como oficina central nacional para el cumplimiento de la normativa de la Unión Europea e internacional, en materias de extranjería, fronteras e inmigración.

Elabora informes especializados solicitados por distintos órganos nacionales e internacionales, en materia de extranjería y fronteras.

Coordinará el intercambio de información y la cooperación en el ámbito de la inmigración y fronteras.

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32
Q

Comisaría General de Policía Científica

A

Le corresponde los servicios de criminalística, identificación, analítica e investigación técnica, así como la elaboración de los informes periciales y documentales que le sean encomendados.

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33
Q

Unidades de la Comisaría General de Policía Científica

A

Secretaría General
Unidad Central de Identificación
Unidad Central de Criminalística
Unidad Central de Investigación Científica y Técnica
Unidad Central de Análisis Científicos
Unidad Central de Coordinación Operativa

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34
Q

Secretaría General de la Comisaría General de Policía Científica

A

Función de apoyo y asistencia.

Está integrada por un Servicio de Coordinación y Planificación del que dependen las secciones de:

Personal

Formación

Gestión de Medios

Área de Informática y Análisis de la Información

Área de Seguridad y Mantenimiento.

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35
Q

Unidad Central de Identificación de la Comisaría General de Policía Científica

A

Asume las funciones relacionadas con la reseña dactilar, la identificación lofoscópica, el servicio automático de identificación dactilar y la antropología forense.

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36
Q

Unidad Central de Criminalística de la Comisaría General de Policía Científica

A

Asume las funciones en materia de falsificación documental, grafoscopia, trazas instrumentales, balística forense, acústica forense e informática forense.

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37
Q

Unidad Central de Investigación Científica y Técnica de la Comisaría General de Policía Científica

A

Asume las funciones de investigación científica y técnica y el control de calidad, así como las relaciones con otros organismos e instituciones, tanto nacionales como internacionales, en materia de Policía Científica.

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38
Q

Unidad Central de Análisis Científicos de la Comisaría General de Policía Científica

A

Gestionar los laboratorios de Policía Científica en las áreas de Biología-ADN, Química y Toxicología, así como la realización de analíticas especializadas.

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39
Q

Unidad Central de Coordinación Operativa de la Comisaría General de Policía Científica

A

Asume la realización de inspecciones oculares técnico-policiales, reseña fotográfica y tecnología de la imagen.

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40
Q

Funciones de la Subdirección General de Recursos Humanos y Formación

A

Responsable de la selección del personal de la Policía Nacional, y de la gestión y formación de los recursos humanos de la Dirección General de la Policía.

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41
Q

Órganos de la Subdirección General de Recursos Humanos y Formación

A

División de Personal
División de Formación y Perfeccionamiento

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42
Q

División de Personal de la Subdirección General de Recursos Humanos y Formación

A

Realiza las funciones de administración y gestión de personal.

Son unidades dependientes de esta:
Secretaría General
Unidad de Gestión de Personal Policial
Unidad de Régimen Disciplinario

43
Q

Secretaría General de la División de Personal

A

Función de apoyo y asistencia y el ejercicio de las funciones propias del Tribunal Médico

44
Q

Unidad de Gestión de Personal Policial de la División de Personal

A

Asume la administración de los recursos humanos policiales y la gestión de puestos de trabajo, así como la tramitación y expedición de documentos en los expedientes de personal.

De esta Unidad dependerán:
Área de Gestión del Catálogo del Cuerpo Nacional de Policía (Ejecución del Catálogo de Puestos de Trabajo del Cuerpo Nacional de Policía y la organización de los destinos)

Área de Documentación y Expediente Personal (Incidentes que afectan al expediente del personal policial)

45
Q

Unidad de Régimen Disciplinario de la División de Personal

A

Administra y gestiona el régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de
Policía y sobre los demás empleados públicos adscritos.

De esta Unidad dependerá el Área de Coordinación de Régimen Disciplinario (instrucción de los expedientes disciplinarios)

46
Q

División de Formación y Perfeccionamiento de la Subdirección General de Recursos Humanos y Formación

A

Realiza la función de formación para el ingreso, la promoción y la especialización de los miembros de la Policía Nacional.

Estará integrada por las siguientes unidades:
Secretaría General
Escuela Nacional de Policía
Centro de Altos Estudios Policiales
Centro de Actualización y Especialización

47
Q

Escuela Nacional de Policía de la División de Formación y Perfeccionamiento

A

Desarrolla e imparte los cursos y programas formativos de acceso a las Escalas Ejecutiva y Básica del CNP, así como la formación dirigida a los alumnos de otros cuerpos policiales y a los cursos de promoción interna de los funcionarios del CNP, con excepción de los encomendados al Centro de Altos Estudios Policiales. Tiene su sede en Ávila.

48
Q

Centro de Altos Estudios Policiales de la División de Formación y Perfeccionamiento

A

Desarrolla e impulsa las acciones formativas específicas y complementarias, de altos responsables de la Seguridad Pública y
de operadores de Seguridad en el ámbito de la Dirección General de la Policía. También le competen los cursos relacionados con la promoción
interna de funcionarios del CNP a la Escala Superior y a la primera
categoría de la Escala Ejecutiva.

49
Q

Centro de Actualización y Especialización de la División de Formación y Perfeccionamiento

A

Formación permanente para la actualización y especialización de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía. Tendrá su sede en Ávila, Linares (Jaén) y Madrid.

Al mismo pertenecen:
Escuela Europea de Policía (CEPOL).
Centro de Prácticas Operativas: ubicado en Linares (Jaén).

50
Q

Área de Procesos Selectivos de la División de Formación y Perfeccionamiento

A

Administra los procesos selectivos para el acceso y promoción interna en el CNP, así como la habilitación del personal de seguridad privada y a la inspección de Centros de Formación de Seguridad Privada.

51
Q

Funciones de la Subdirección General de Logística e Innovación

A

Es responsable de la dirección y coordinación de la gestión de los recursos económicos y materiales, de los sistemas de telecomunicación e información, de la documentación de españoles y extranjeros y de los archivos policiales.

52
Q

Unidades de la Subdirección General de Logística e Innovación

A

División Económica y Técnica
División de Documentación

53
Q

Funciones de la División Económica y Técnica de la Subdirección General de Logística e Innovación

A

Con nivel orgánico de subdirección general, le corresponde el análisis y control de calidad y la adquisición de los medios materiales, y su asignación, distribución, administración y gestión.

54
Q

Unidades de la División Económica y Técnica de la Subdirección General de Logística e Innovación

A

Pertenecen a esta división:
Secretaría General

Jefatura de Sistemas especiales: desarrollo y aplicación de equipos técnicos destinados a la investigación policial.

Unidad Económica: elabora la propuesta de presupuestos del
CNP, la ejecución presupuestaria y la gestión administrativa de expedientes de contratación.

Unidad Técnica: asume la gestión de los medios necesarios para desarrollar las actividades de la Dirección General.

55
Q

División de Documentación de la Subdirección General de Logística e Innovación

A

Le corresponden los servicios de documentación de españoles y extranjeros, de los archivos policiales y de la Sección del Archivo General en la Dirección General de la Policía.

Estará integrada por las siguientes unidades:
Secretaría General.

Área de Tratamiento Documental y Archivo.

56
Q

Unidades del Gabinete Técnico

A

Está integrado por las siguientes unidades:

Secretaría General

Área de Publicaciones

Área jurídica

57
Q

Secretaría General del Gabinete Técnico

A

Presta asistencia y apoyo.
Asumirá los proyectos de respuesta a las preguntas e interpelaciones parlamentarias, quejas y recomendaciones del Defensor del Pueblo y cuestiones que se planteen sobre el funcionamiento de los servicios de la Dirección General de Policía.
Dirige y supervisa la Orden General de la Dirección General de la Policía y los servicios de traducción e interpretación.

58
Q

Unidad dependiente de la Secretaría General del Gabinete Técnico

A

De la Secretaría General depende el Área de Apoyo Técnico, que da asistencia informática a la Dirección Adjunta Operativa y a las Subdirecciones Generales de Recursos Humanos y del Gabinete Técnico y da gestión y mantenimiento a las Web oficiales del CNP y a los eventos públicos de este.

59
Q

Área de Publicaciones del Gabinete Técnico

A

Le corresponde la coordinación de las publicaciones de la Dirección General de la Policía, así como las relaciones con entidades públicas
y privadas derivadas de dicha función, en particular con la Fundación
Policía Española.

60
Q

Área jurídica del Gabinete Técnico

A

Le corresponden los proyectos normativos de la Dirección General
de la Policía, e informar sobre aquellos sometidos a la consideración del órgano directivo y la elaboración de informes de contenido jurídico, así como recabar informes de la Abogacía del Estado en el Departamento y el trámite de los asuntos relacionados con la Agencia Española de Protección de Datos que afecten a la Dirección General.

61
Q

Funciones de la División de Cooperación Internacional

A

Le corresponde la gestión de la Oficina Central Nacional de INTERPOL, la Unidad Nacional de EUROPOL y la Oficina SIRENE, la dirección de la colaboración y auxilio a las policías de otros países y la coordinación de los grupos de trabajo en los que participe la DGP en instituciones
internacionales, así como lo relacionado con el apoyo a terceros países y personal policial que presta servicio en el extranjero.

62
Q

Unidades de la División de Cooperación Internacional

A

Está formada por las siguientes unidades:

Secretaría General: apoyo y asistencia. A ella está adscrito el Centro
de Comunicaciones Internacionales en el que se integrará la Oficina
Central Nacional de la Red BDL de la Unión Europea.

Área de Coordinación Internacional: se encarga de la cooperación policial internacional no atribuida específicamente a otras unidades.

63
Q

Órganos de la organización periférica

A

Jefaturas Superiores de Policía.
Comisarías Provinciales y de las Ciudades de Ceuta y Melilla.
Comisarías Locales.
Comisarías de Distrito.
Puestos Fronterizos.
Unidades de Cooperación Policial en los Centros de Cooperación Policial
y Aduanera.
Unidades de Extranjería y Documentación en Puestos Fronterizos.
Dependencias.

64
Q

Funviones de las Jefaturas Superiores de Policía

A

Son órganos de mando, gestión, coordinación e inspección de los distintos servicios dependientes de la Dirección General de la Policía existentes en el ámbito territorial de actuación.

65
Q

Unidades de las Jefaturas Superiores de Policía

A

Las Jefaturas Superiores contarán con una Unidad de Apoyo

Dependiendo del jefe superior existirán:
Unidad de Coordinación Operativa Territorial (UCOT), coordinación de las operaciones de las unidades territoriales operativas, en el ámbito.

En el caso de jefaturas superiores pluriprovinciales, se podrán crear brigadas regionales de cada comisaría general, que dependerán
de la Unidad de Coordinación Operativa Territorial.
También, las jefaturas superiores de Policía que se determinen contarán con secretarías generales.

66
Q

Cantidad de Jefaturas Superiores de Policía

A

Existe una jefatura superior por cada comunidad autónoma, con sede en la capital (Andalucía tiene 2 jefaturas: Sevilla [Occidental] y Granada [Oriental].
En total hay 20 jefaturas superiores.

67
Q

Comisarías provinciales y de las ciudades de Ceuta y Melilla

A

Existirá una comisaría provincial de Policía en cada provincia del territorio nacional con sede en la capital de la misma, así como en Ceuta y Melilla.

En las provincias donde se ubique la sede de la Jefatura Superior de Policía y en Ceuta y Melilla, se podrá determinar que la jefatura superior asuma directamente la jefatura de la comisaría provincial y la de las comisarías de dichas ciudades.

Actualmente hay 44 comisarías provinciales.

68
Q

Estructura de las comisarías provinciales y de las ciudades de Ceuta y Melilla

A

Secretaría General

Unidad de Coordinación Operativa Provincial: existirá cuando el número de dependencias y volumen de la plantilla lo aconseje, coordinará las operaciones de las unidades territoriales operativas, y realizará el seguimiento, control e inspección de los servicios.

Unidades territoriales operativas: contarán con tantas unidades territoriales operativas especializadas como comisarías generales se establezcan, que ejercerán el apoyo a las unidades de su misma área funcional, en los términos que apruebe la Dirección Adjunta Operativa.

69
Q

Comisarías locales

A

Realizará en el territorio de su demarcación las funciones del Cuerpo Nacional de Policía.

Actualmente hay 125 comisarías locales

70
Q

Comisarías de distrito

A

Son las unidades básicas de la organización policial en las grandes urbes. Existirán en las localidades y en el número que se determinen,
por resolución del Director General de la Policía, cuando las circunstancias así lo aconsejen.

Actualmente hay 63 Comisarías de distrito.

71
Q

Puestos fronterizos

A

Son los pasos habilitados de entrada y salida del territorio nacional de españoles y extranjeros. Realizarán las funciones de control de entrada y salida de personas del territorio nacional, así como la seguridad interior de los aeropuertos cuando tuvieran su sede en los mismos.

Actualmente existen:
4 puestos terrestres.
38 puestos aéreos.
34 puestos marítimos

72
Q

Unidades de cooperación policial en los centros de cooperación policial y aduanera

A

Son unidades destinadas a desarrollar, en la zona fronteriza, la cooperación en materia policial con aquellos Estados con los que España comparte frontera común.

Existen las siguientes:
Con Portugal: 5.
Con Francia: 4.
Con Marruecos: 2.

73
Q

Unidades de extranjería y documentación en puestos fronterizos

A

Asumirán las funciones policiales en materia de extranjería y documentación y la ejecución de controles móviles en la zona fronteriza, así como la tramitación y expedición de documentación de extranjeros en los puestos fronterizos.

74
Q

Dependencias de las unidades de la organización periférica

A

Las unidades que integran la organización periférica de la Dirección General de la Policía tendrán dependencia funcional de los órganos centrales correspondientes a su área de actividad policial.

75
Q

Naturaleza del Cuerpo Nacional de Policía

A

(Art. 2.1 LO 9/15) El Cuerpo Nacional de Policía es un instituto de naturaleza civil dependiente del Ministerio del Interior.

76
Q

Origen del Cuerpo Nacional de Policía

A

En 1824 una real cédula creaba la Policía General del Reino.
Tiene su origen directo en la Constitución de 1978.

77
Q

Regulación del Cuerpo Nacional de Policía

A

La legislación sobre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad está contenida en la LO 2/1986, de 13 de marzo, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

La LO 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de Policía Nacional regula lo relativo a las normas generales, escalas y categorías, derechos de representación colectiva y el Consejo de Policía.

78
Q

Escalas y categorías del Cuerpo Nacional de Policía

A

(Art. 17 LO 9/15) Se estructura el CNP en 4 escalas y 7 categorías:

Escala Superior (Grupo A, subgrupo A1)
Primera: Comisario Principal (promoción interna desde la Escala inferior).
Segunda: Comisario (promoción interna desde la Escala Ejecutiva).

Escala Ejecutiva (Grupo A, subgrupo A1)
Primera: Inspector Jefe (promoción interna).
Segunda: Inspector (oposición libre y promoción interna).

Escala de Subinspección (Grupo A, subgrupo A2): Subinspector (promoción interna desde la Escala Básica).

La Escala Básica (Grupo C, subgrupo C1)
Primera: Oficial (promoción interna).
Segunda: Policía (oposición libre).

79
Q

Funciones de las Escalas

A

(Art. 18 LO 9/15)
Escala Superior, dirección de los servicios policiales.

Escala Ejecutiva, mando de los servicios policiales.

Escala de Subinspección, supervisión de los servicios policiales.

Escala Básica, ejecución de las funciones de la Policía Nacional.

80
Q

Sistemas de provisión de puestos de trabajo de la DGP

A

Concurso de méritos: se tienen en cuenta los méritos establecidos por el baremo general de mérito.

Concurso específico de méritos: se tienen en cuenta méritos concretos para el puesto que se ofrece.

Libre designación.

Las convocatorias de puestos de trabajo deberán publicarse en la Orden General, debiendo incluir las condiciones y méritos solicitados.

81
Q

Situación de servicios especiales

A

(Art. 55 LO 9/15)
En situación de servicios especiales percibirán las retribuciones
del puesto que desempeñen y no las de Policía Nacional.

El tiempo en tal situación se les computará a efectos de trienios,
antigüedad y el régimen de Seguridad Social. Además, podrán participar en los procesos de promoción interna que se convoquen.

En situación de servicios especiales tendrán derecho a reingresar al servicio activo en la misma localidad, en un puesto de trabajo de
las mismas características, siempre que el pase a servicios especiales haya sido desde una situación que reserve el puesto de trabajo.

82
Q

Situación de suspensión de funciones

A

(Art. 63, 64, 65 LO 9/15)
En la situación de suspensión de funciones el funcionario no podrá prestar servicios en ninguna Administración Pública ni en los organismos dependientes o vinculadas a ellas durante el tiempo de la pena o sanción.

La suspensión de funciones, puede ser firme o provisional (por la tramitación de un procedimiento judicial o expediente disciplinario.).

La suspensión determinará la pérdida del puesto de trabajo cuando exceda de 6 meses.

83
Q

Situación en segunda actividad

A

(Art. 66 LO 9/15)
Tiene por objeto garantizar una adecuada aptitud psicofísica
de los Policías Nacionales para el desempeño de las funciones de su puesto de trabajo que garantice su eficacia en el servicio.

84
Q

Causas de situación en segunda actividad

A

(Art. 67 LO 9/15)
Se pasará a la situación de segunda actividad por las siguientes causas:

Por insuficiencia de las aptitudes psicofísicas para el desempeño de la función policial.

Por petición propia, una vez cumplidas las edades establecidas

Por petición propia, tras haber cumplido 25 años en servicio activo, servicios especiales o excedencia forzosa en la Policía Nacional.

85
Q

Edades para pasar a segunda actividad

A

Escala Superior: 64 años.

Escala Ejecutiva: 62 años.

Escala Subinspección: 60 años.

Escala Básica: 58 años.

86
Q

Derechos de ejercicio colectivo

A

(Art. 8 LO 9/15)
Los Policías Nacionales tienen derecho a constituir organizaciones sindicales de ámbito nacional para la defensa de sus intereses profesionales.

Solo podrán afiliarse a organizaciones sindicales formadas exclusivamente por Policías Nacionales.

Dichas organizaciones no podrán federarse o confederarse con otras que no estén integradas por policías nacionales, aunque sí podrán formar parte de organizaciones internacionales de su mismo carácter.

87
Q

Límites del derecho de sindicación y acción sindical

A

(Art. 91 LO 9/15)
El ejercicio del derecho de sindicación y de acción sindical tendrá como límites el respeto de los derechos fundamentales y libertades públicas de la Constitución y el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, así como el respeto a las FCSE, la seguridad ciudadana y a los propios funcionarios y la garantía del secreto profesional. Serán también límites los principios básicos de actuación del art. 5 de la LO 2/86

88
Q

Ejercicio de las actividades sindicales

A

(Art. 94 LO 9/15)
Los funcionarios podrán celebrar reuniones sindicales en locales oficiales, fuera de las horas de trabajo y sin perturbar la marcha del servicio, previa autorización del jefe de la dependencia, que sólo podrá denegarla cuando considere que el servicio puede verse afectado.

La autorización deberá solicitarse con una antelación mínima de 72 horas, dónde se hará constar la fecha, hora y lugar de la reunión.

La resolución deberá notificarse, al menos, 24 horas antes de la prevista para la reunión.

89
Q

Organización del Consejo de Policía

A

(Art. 94 LO 9/15)

Bajo la presidencia del Ministro del Interior existirá el Consejo de Policía, órgano colegiado de participación con representación paritaria de la Administración y de los representantes de los miembros de la Policía Nacional.

Los representantes de la Administración en el Consejo de Policía serán designados por el Ministro del Interior.

Loa representantes de los miembros de la Policía Nacional en el Consejo se estructurarán por escalas, habiendo 1 representante por cada 6.000 funcionarios en cada una de las escalas del Cuerpo.

90
Q

Funciones del Consejo de Policía

A

(Art. 94 LO 9/15)

Mediación y conciliación en caso de conflictos colectivos.

Estudiar las propuestas sobre derechos sindicales y de participación.

Participar en el establecimiento de las condiciones del servicio de los funcionarios.

Participar en la determinación de los criterios por los que se establezca el ámbito territorial donde se fije la residencia de los funcionarios.

Formular las mociones y consultas relativas al estatuto profesional.

Estudiar los criterios generales de los planes y fondos para la formación, la promoción interna y el perfeccionamiento.

Estudiar los datos sobre el personal que pasa a segunda actividad y jubilación por lesiones sufridas en servicio, así como quienes de segunda actividad reingresen en la situación de servicio activo.

Participar en el establecimiento de criterios generales de acción social.

Emitir informes en los expedientes disciplinarios por faltas muy graves a miembros de la Policía Nacional y a los representantes de los sindicatos.

91
Q

Elecciones del Consejo de Policía

A

(Art. 95 LO 9/15)

Se celebrarán elecciones en la Policía Nacional, para designar los representantes en el Consejo de Policía.

Las elecciones se celebrarán por escalas, votando a los candidatos a representantes en una lista.

Los candidatos podrán ser presentados por los sindicatos de funcionarios o por las agrupaciones de electores de las distintas escalas

92
Q

Mandato en el Consejo de Policía

A

La duración del mandato de los Consejeros será de 4 años, pudiendo ser reelegidos.

En caso de vacante se cubrirá automáticamente por el candidato que ocupe el puesto siguiente en la lista.

93
Q

Regulación del Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía

A

Se encuentra regulado en la Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía.

94
Q

Faltas muy graves

A

(Art. 7 LO 4/10)

Son faltas muy graves:

a) El incumplimiento del deber de fidelidad a la Constitución en el ejercicio de las funciones.

b) Haber sido condenado por un delito doloso relacionado con el servicio o que cause grave daño a la Administración o a las personas.

c) El abuso de atribuciones que cause grave daño a los ciudadanos, a los subordinados, a la Administración o a las entidades con personalidad jurídica.

d) La práctica de tratos inhumanos, degradantes, discriminatorios o vejatorios a los ciudadanos bajo custodia policial.

e) La insubordinación a las Autoridades o mandos de que dependan.

f) El abandono de servicio, salvo causa de fuerza mayor.

g) La publicación o la utilización indebida de secretos oficiales.

h) La violación del secreto profesional cuando perjudique a la labor policial, a los ciudadanos o a las entidades con personalidad jurídica.

i) El incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades cuando dé lugar a una situación de incompatibilidad.

j) La participación en huelgas o similares con el fin de alterar el normal funcionamiento de los servicios.

k) La falta de colaboración manifiesta con otros miembros de las FCSE cuando perjudique gravemente el servicio o derive consecuencias graves para la seguridad ciudadana.

l) Embriagarse o consumir drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas durante el servicio o realizarlo en estado de embriaguez o bajo los efectos de los productos.

m) La negativa injustificada a someterse a reconocimiento médico, prueba de alcoholemia o de detección de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

n) Toda actuación que suponga discriminación por cualquier condición o circunstancia personal o social.

ñ) El acoso sexual y laboral.

o) La obstaculización grave al ejercicio de las libertades públicas y derechos sindicales.

p) Las infracciones muy graves sobre utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos

95
Q

Faltas graves

A

(Art. 8 LO 4/10)

Son faltas graves:

a) La grave desconsideración con los superiores, compañeros, subordinados o ciudadanos, en el ejercicio de sus funciones o cuando cause descrédito notorio a la Institución Policial.

b) Desobediencia a los superiores o los responsables del servicio de las órdenes o instrucciones, salvo que sean infracción del ordenamiento jurídico.

c) Omisión de la obligación de dar cuenta al superior con debida diligencia de todo asunto que requiera su conocimiento o decisión urgente.

d) La falta de presentación en la diligencia donde estuviera destinado en los casos de declaración de los distintos estados o en caso de alteración grave de la seguridad ciudadana.

e) La tercera falta injustificada de asistencia al servicio en un período de 3 meses cuando las dos anteriores hubieran sido sancionados por falta leve.

f) No prestar servicio, alegando supuesta enfermedad.

g) La falta de rendimiento reiterada que perjudique a los ciudadanos, a las entidades con personalidad jurídica o a la eficacia de los servicios.

h) El abuso de atribuciones cuando no sea falta muy grave.

i) Emitir informes sobre el servicio que, sin faltar a la verdad, la desnaturalicen o la alteren, cuando se perjudique a la Administración o a los ciudadanos, siempre que no sea delito o falta muy grave.

j) Intervenir en un procedimiento administrativo cuando concurra alguna de las causas legales de abstención.

k) No ir provisto en los actos de servicio del uniforme reglamentario, de los distintivos de la categoría o cargo, del arma reglamentaria o de los medios de protección o acción que se determinen, siempre que no medie autorización en contrario.

l) Exhibir armas sin causa justificada, así como utilizarlas en acto de servicio o fuera de él infringiendo las normas que regulan su empleo.

m) Extraviar, perder o dar lugar a la sustracción por negligencia inexcusable de los distintivos de identificación o del arma reglamentaria.

n) Asistir de uniforme a cualquier manifestación o reunión pública, salvo que sean actos de servicio u oficiales, en los que haya sido autorizada.

ñ) Causar, por negligencia inexcusable, daños graves en la conservación de los locales o los demás elementos de los servicios.

o) Impedir, limitar u obstaculizar a los subordinados el ejercicio de los derechos reconocidos, siempre que no sea falta muy grave.

p) Embriagarse o consumir drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas fuera del servicio, cuando tengan carácter habitual o afecten a la imagen del Cuerpo Nacional de Policía. Se entenderá habitualidad cuando se acreditasen 3 o más episodios en un periodo de un año.

q) La tenencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, excepto que se derive del servicio.

r) Solicitar y obtener cambios de destino por recompensa, ánimo de lucro o falseando las condiciones que los regulan.

s) Emplear o autorizar la utilización para usos distintos del servicio, de medios de la función policial.

t) Las infracciones en la legislación sobre utilización de videocámaras por las FCSE en lugares públicos, que no sean falta muy grave.

u) El incumplimiento de los plazos en materia de incompatibilidades, cuando no supongan el mantenimiento de una situación de incompatibilidad.

v) La violación del secreto profesional cuando no perjudique a la labor policial, a las entidades con personalidad jurídica o a cualquier ciudadano.

w) La falta de colaboración manifiesta con otros miembros de los FCSE, siempre que no sea falta muy grave.

x) La infracción de deberes u obligaciones de la función policial, cuando se produzcan de forma grave y manifiesta.

y) Haber sido condenado en virtud de sentencia firme por un delito doloso, cuando no sea falta muy grave, o por una falta dolosa cuando la infracción penal esté relacionada con el servicio.

z) La no prestación de auxilio con urgencia en los hechos en que sea obligada su actuación, salvo que sea delito.

z.bis) La infracción de las normas de prevención de riesgos laborales que pongan en grave riesgo la vida, salud, o integridad física, propia o de sus compañeros o subordinados.

z.ter) La negativa reiterada a tramitar cualquier solicitud, reclamación o queja relacionada con el servicio, cuando no sea falta leve.

z.quáter) Las faltas muy graves que según el artículo 12, merezcan la calificación de graves.

96
Q

Faltas leves

A

(Art. 9 LO 4/10) Son faltas leves:

a) Retraso o negligencia en el cumplimiento de las funciones y órdenes.

b) La incorrección con los ciudadanos o con miembros de las FCSE, cuando no sea falta más grave.

c) La inasistencia al servicio que no sea falta más grave, el incumplimiento de la jornada de trabajo y las faltas repetidas de puntualidad, en un período de 30 días.

d) El mal uso o descuido de los locales o los demás elementos de los servicios, así como el incumplimiento de las normas en esta materia, cuando no sea falta más grave.

e) Extraviar, perder o dar lugar a la sustracción por negligencia, los distintivos de identificación, el arma reglamentaria u otros medios policiales.

f) Exhibir los distintivos de identificación sin causa justificada.

g) Prescindir del reglamentario para formular una solicitud, reclamación o queja relacionada con el servicio, así como no tramitar las mismas.

h) Descuidar el aseo personal e incumplir las normas sobre la uniformidad, siempre que no sea falta grave.

i) Ausencia injustificada del servicio, cuando no sea falta más grave.

j) Omisión intencionada de saludo a un superior, no devolverlo o infringir las normas que lo regulan.

k) Cualquier juego en las dependencias policiales, cuando perjudique la prestación del servicio o menoscabe la imagen policial.

l) Ostentar insignias, condecoraciones u otros distintivos, sin estar autorizado para ello, siempre que no sea falta más grave.

m) Ser condenado en virtud de sentencia firme por una falta dolosa cuando la infracción penal cause daño a la Administración.

n) Aquellas faltas graves que, según los criterios del artículo 12, merezcan la calificación de leves.

97
Q

Prescripción de las faltas y sanciones

A

(Art. 15 LO 4/10) Prescripción de las faltas:

Muy graves: 3 años

Graves: 2 años

Leves: 1 mes

(Art. 16 LO 4/10) Las sanciones prescriben de igual forma

98
Q

Extensión de la responsabilidad

A

(Art. 5 LO 4/10)

Incurrirán en la misma responsabilidad que los autores de una falta: los que induzcan a su comisión.

Incurrirán en falta de inferior grado: los que encubrieran la comisión de una falta muy grave o grave, y los superiores que la toleren.

99
Q

Sanciones disciplinarias

A

(Art. 10 LO 4/10)

Sanciones por faltas muy graves:

a) Separación del servicio.

b) Suspensión de funciones desde 3 meses y 1 día hasta 6 años.

c) El traslado forzoso.

Sanciones por faltas graves: suspensión de funciones desde 5 días a 3 meses.

Sanciones por faltas leves:

a) Suspensión de funciones de 1 a 4 días.

b) El apercibimiento.

100
Q

Traslado forzoso

A

(Art. 11 LO 4/10)

Los funcionarios sancionados con traslado forzoso no podrán obtener un nuevo destino de donde fueron trasladados, en el período de 1 a 3 años.

101
Q

Criterios de graduación de sanciones

A

(Art. 12 LO 4/10)

Para la sanción se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

a) La intencionalidad.

b) La reincidencia (ya hubiera sido sancionado por otra falta más grave o por 2 de la misma gravedad o inferior).

c) El historial profesional.

d) La incidencia sobre la seguridad ciudadana.

e) La perturbación en el normal funcionamiento de la Administración o de los servicios encomendados.

f) El grado de afectación a los principios de disciplina, jerarquía y subordinación.

102
Q

Principios del procedimiento sancionador

A

(Art. 17 LO 4/10)

El procedimiento sancionador de los miembros del CNP se ajustará a los principios de legalidad, impulso de oficio, imparcialidad, agilidad, eficacia, publicidad, contradicción, irretroactividad, tipicidad, responsabilidad, proporcionalidad y concurrencia de sanciones, y comprende los derechos a la presunción de inocencia, información, defensa y audiencia.

103
Q

Competencia sancionadora por faltas muy graves y graves

A

(Art. 13 LO 4/10)

Sanción de separación del servicio por faltas muy graves: Ministro del Interior.

Sanción de suspensión de funciones de 3 años y 1 día a 6 años y de traslado forzoso por faltas muy graves: Secretario de Estado de Seguridad.

Sanción de suspensión de funciones hasta 3 años por faltas muy graves, así como para sanciones por faltas graves: el Director General de la Policía y de la Guardia Civil.

104
Q

Competencia sancionadora por faltas leves

A

(Art. 13 LO 4/10)

d) Sanción por faltas leves:
Delegados del Gobierno, jefes de los órganos centrales hasta el nivel de subdirector general o asimilados, jefes superiores de policía, los jefes de las comisarías provinciales y locales y los jefes de las unidades del Cuerpo Nacional de Policía.

e) Los órganos competentes para imponer sanciones de una naturaleza, lo son también para imponer sanciones de naturaleza inferior.