Derecho Romano examen parte 3 Flashcards
Geni
Espiritu de la familia
Que es persona
ES SUJETO DE:
Pertenece a un grupo
Filosofìa griega.- Nociòn de escencia
Cristianismo.- Dignidad de la persona humana
Persona
Pertenece a una familia
Filosofìa griega
Nociòn de escencia.- Lo que constituye cada cosa
Esclavitud
Quien se comporta como animal
Griegos
Unicos racionales
Ser humano
General a la especie
Cristianismo
Todo hombre està emparentado con la divinidad
Nadie puede vulnerar a otro hombre sin vulnerar a Dios
Jerarquia
–Ciudadanos
–No ciudadanos:
-Hombres libres
-Libertos
-Esclavos
-Mujeres libres
Ciudadano
Es considerado una persona que goza con derechos.
Poder por sobre
-La Patria potestas: era el poder del paterfamilias sobre sus hijos y sobre todas las personas agregadas al grupo familiar por adopción o adrogación; (FAMILIA)
-La Dominica potestas: poder o dominio sobre los esclavos; (LIBERTAD)
-La Manus maritalis: potestad sobre la esposa; (FAMILIA)
-Y el Mancipium: que era la potestad que se ejercía sobre un hombre libre entregado en noxa, ya por los delitos que hubiera cometido, ya para garantizar el pago de las obligaciones del paterfamilias bajo cuya potestad se hallaba. (LIBERTAD)
Incapacidad por hecho
Por la edad
Por sexo
Por capacidad mental
Incapacidad por derechos
Extranjero
Sujeto a patria potestad
(Goce de algunos derechos)
La persona segun el derecho
-Derecho por persona fisica.- Inicia con el nacimiento.
-Portio mulieris.-
Nascituru.- Derechos futuro de sucesiorio-
Demuestro que esta vivo
Proculeyano.- Sonido, si emana sonidos
Sabiniano.- Movimiento
Parto prematuro, deformidad, mostrum, portentum
No es considerado persona
Corpus iuris civilis
Presuncion de muerte por ser pùber e inpùber
Restitutio ad integrum
Consentimiento de tutor, de lo contrario:
Incapacidad
Demencia
enfermedad
Incapacidad mental
Populus romanus
Primera corporaciòn
Senatus populus romanus
Estados
Lex coleggi
Estatuto
Religion pùblica
Persona es todo ser fisico considerado como capaz de ser el sujeto de derechos
Papel que desempeña en la sociedad
no capacidad jurìdica
En tiempos imperiales y cristianos se le reconoció (al siervo) el derecho a la vida, a un trato digno (no sevicia), a la venta con la tierra, al no abandono.
AUGUSTO- Prohibe arrojarlos a las fieras (lex petronia)
ADRIANO – No matarlos.
ANTONIO - No sevicia.