Delitos que tienen como objeto bien sea como sujeto activo, pasivo o como condición intrínseca del delito la función pública Flashcards
Funcionario público
- Aquella persona que realiza actividades de naturaleza pública en virtud de un mandato que a su vez es proveniente de un acto de escogencia
- Puestos de elección popular
- El puesto requiere un acto administrativo de nombramiento, que es un acto jerárquico.
- Sus actos son válidos si son legales
Actos de interés para el Derecho Penal
los que se refieren al uso de los recursos del estado, establecidos con un término genérico, del “erario público”. es la conceptualización del patrimonio y se habla de la actividad privada.
Póliza de fidelidad
es una actividad de los entes aseguradores que realiza el funcionario que entra en función rinde esa fianza frente al instituto. los notarios deben rendir la póliza
Deber de probidad
Insito en el nombramiento. La actividad improba será objeto de estudio por el procurador de la ética.
Resistencia y resistencia agravada
- El portador de la condición de autoridad pública, el funcionario público, se ve atacado en sus funciones por una circunstancia determinada
- El particular no tiene derecho a resistirse a una solicitud de una autoridad pública, excepto en la detención ya que en este caso sí tiene derecho a resistirse
Art. 311
Atentado
- “Será reprimido con prisión de un mes a tres años el que empleare intimidación o fuerza contra un funcionario público para imponerle la ejecución u omisión de un acto propio de sus funciones”
- Diferencia de la resistencia: particular toma iniciativa tratando de que la autoridad actúe de cierta manera o impidiéndole cumplir.
- Consiste en obligar a la autoridad pública a hacer algo o evitarlo (al evitar puede caerse en resistencia)
Art. 312
Resistencia
Se impondrá prisión de un mes a tres años al que empleare intimidación o violencia contra un funcionario público o contra la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquel o en virtud de un deber legal, para impedir u obstaculizar la ejecución de un acto propio del legítimo ejercicio de sus funciones. La misma pena se impondrá a quien empleare fuerza contra los equipamientos policiales utilizados por la autoridad policial para realizar su labor.
Resistencia
- Reforma del 2012
- Notas: “caso bonito”
- Realizar actos tendientes a obligar al funcionario a actuar de cierta manera.
- Es un acto pasivo: acto que impide al funcionario realizar un acto determinado
- Excepción: libertad, que es un bien supremo. Analogía con legítima defensa de terceros.
Auxilio a la autoridad convierte en
Autoridad pública.
Actos de resistencia agravada
Desobediencia
En dos tipos penales:
- art. 314: libertad sobre otros bj.
- LJC: se refiere a no obedecer/aplicar una disposición de la sala que se encuentre firme. Provocado incongruencias. Art. 13 LGAP.
Perjurio
Es un recurso que se utiliza para constituir prueba.
SC: los resultados de una confesión no pueden ser utilizados en contra de la persona en un proceso penal Art. 36 CP.
Base: hay hechos que son o pertenecen al ámbito personal pero no se relacionan a la materia penal- debe decirse la verdad.
Bajo fe de juramento.
Más frecuente: el ingreso económico.
Perjurio - hechos propios.
Se realiza cuando una autoridad jurisdiccional cita a una parte a confesión.
Art. 319
Violación de sellos
- “Será reprimido con prisión de tres meses a dos años, el que violare los sellos puestos por la autoridad sobre una cosa.
Si el responsable fuere funcionario público y hubiere cometido el hecho con abuso de su cargo, el máximo de la pena se elevará hasta tres años”
-Producto de un acto administrativo de naturaleza prohibitiva.
-Marchamos
-Sellos se ponen para impedir acceso.
-Cadena de la prueba.
-Común: clausura de lugar
Art. 320
Violación de la custodia de las cosas
Sustrajere, ocultare, destruyere, inutilizare.
Servir de prueba ante la autoridad.
Interés del servicio público.
- Evidencia que está al alcance de las personas.
- Principal y legajo
- Custodia en caja fuerte
- Destrucción: publicación de edicto para la reconstrucción del expediente.
Art. 322
Ejercicio ilegal de la profesión
- Se requiere una habilitación especial. No hay autorización.
- Implica un ardid y un engaño.
- Delito funcional.
- Delito mediático: mediatiza la acción.
- Genera una pérdida patrimonial. Se transforma en estafa.
- “Falsos profesionales”.
Falso testimonio
Consiste en no decir la verdad cuando se tiene la obligación de hacerlo por la condición de testigo o perito.
Tres alternativas: mentir - callar - alterar.
No requiere juramentación.
Perjurio.
Tipo objetivo: conocer la realidad de los hechos.
Tipo subjetivo: voluntad de cambiar, alterar o contar los hechos de manera incompleta.
No admite la culpa.
Art. 324
Soborno de testigos
Torcer al testimoniante de la verdad de los hechos mediante la promesa remuneratoria o la amenaza intimidante.
Art. 325
Ofrecimiento de testigos falsos
Mismas condiciones del tipo objetivo/subjetivo.
Cualquiera que ofrezca testigos con conocimiento de su falsedad.