Decreto 8/2015 Flashcards
Decreto convivencia
Decreto 8/2015, de 8 de enero, por el que se desarrolla la Ley 4/2011, de 30 de junio, de convivencia y participación de la comunidad educativa en materia de convivencia escolar.
Quienes forman la comisión de convivencia y cada cuanto se reúnen.
Está compuesta por:
-El director (presidente)
-Representantes del alumnado
-Representantes del profesorado
-Representantes de las familias
-Representante del PAS
Uno de ellos actuará como secretario.
Los integrantes son nombrados por el director a propuesta del consejo escolar.
Se reunirán una vez por trimestre y cuando lo convoque el director o 1/3 de sus miembros.
Plan de convivencia
Documento que garantiza los derechos y libertades dentro de los principios democráticos de convivencia.
Estará incluido en PE.
Es elaborado por la comisión de convivencia o por el equipo directivo (cuando la comisión no esté constituida), y aprobado por el consejo escolar.
Estructura:
-Analisis de la situación.
-Objetivos
-Actuaciones (medidas o programas a desarrollar)
-Protocolo de acoso escolar
-Concreción de las actuaciones
-Normas de convivencia
-Conductas contrarias a la convivencia y correcciones.
-Normas de funcionamiento de la comisión convivencia (miembros, reuniones)
-Mecanismos de coordinación y colaboración.
-Estrategias para la difusión del plan.
-Procesos de seguimiento, evaluación y mejora.
NOF
Incluirán:
-Las normas de convivencia
-La organización de espacios, tiempos y recursos
-Los procedimientos de comunicación a las familias de las faltas de asistencia y las correspondientes autorizaciones y justificantes.
Aula de convivencia
Se crean para sustituir el tiempo de expulsión del alumnado que haya estado privado de su derecho de asistencia al centro.
La dirección será quién dicte que un alumno será atendido en el aula de convivencia.
Mediacion art.26
Estrategia de resolución de conflictos en la que una tercera persona ayuda a las partes implicadas a alcanzar un acuerdo.
Se favorecerá la mediación realizada por el alumno que hubiese obtenido formación y cualificación para la intervención en estas situaciones.
Conductas leves contrarias a la convivencia. Art. 42
-Agresiones, daños, injurias y ofensas que no alcancen la gravedad suficiente.
-Portar objetos, sustancias o productos prohibidos en las normas que sean peligrosas para la salud o que perturben el normal desarrollo de la actividades docentes.
-Faltas de asistencia o puntualidad reiterada.
-Reiterada asistencia al centro sin el material necesario.
-Las demás conductas que dicten las normas de convivencia del centro.
Medidas correctoras de conductas leves. Art. 43
-Amonestacion
-Comparecencia en Jefatura de estudios
-Realización de tareas que contribuyan a la mejora del centro (horario lectivo)
-Suspensión para participar en AE yC hasta dos semanas.
-Cambion de grupo de 1 semana.
Conductas graves contrarias a la convivencia. Art.38
-Agresiones, injurias, ofensas y amenazas.
-Actos de desafío a la autoridad y PAS.
-Grabacion, manipulación y difusión de imágenes o grabaciones que atenten contra el honor.
-Suplantacion de personalidad y falsificación de documentos académicos.
-Daños graves a las instalaciones y materiales.
-Resistencia a entregar un objeto, sustancia o producto peligroso.
-Reiteracion de conductas leves.
-Incumplimiento de las sanciones impuestas.
-Actos de discriminación grave. (Medidas severas)
-Acoso escolar. (Medidas severas)
Medidas correctoras de conductas graves. Art. 39
-Realizacion de tareas que contribuyan a la mejora del centro (dentro o fuera del horario lectivo)
-Suspension del derecho a participar en AEyC (2 semanas/1mes)
-Cambio de grupo.
-Suspension derecho de asistencia a determinadas clases (4 días/1mes)
-Suspension de asistencia al centro (4 dias/1 mes)
-Cambio de centro.
Responsables de aplicación de las medidas correctoras.
-Profesor o tutor
-Jefe de estudios.
-Director.
La imposición de medidas correctoras se comunicará a las familias antes de que se hagan efectivas, así como a la comisión de convivencia.