Cuestionario Flashcards

1
Q

Cómo se define jurídicamente una cosa y un bien, ¿Se pueden considerar sinónimos?

A

cosa es todo aquello que ocupa un lugar en el espacio pudiendo ser percibida por los sentidos y los bienes son aquellas cosas que prestan una utilidad al hombre siendo susceptibles de apropiación. la diferencia entre ambas es la apropiación que se puede tener de ellas, pero se consideran sinónimos.

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2
Q

Qué son los bienes muebles por anticipación, de a lo menos tres ejemplos.

A

son las cosas inmuebles, que para efectos de constituir derechos sobre ellas, se reputan muebles aún antes de la separación del inmueble.
- madera de un bosque
- las yerbas de un campo
- los animales de un vivar

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3
Q

Defina y ejemplifique los siguientes conceptos, inmueble por naturaleza, adhesión y destinación.

A

1º) Inmuebles por naturaleza. Corresponden al contenido de la disposición referida. Por ejemplo, una casa.
2º) Inmuebles por adherencia. ciertos bienes que, siendo muebles, se reputan inmuebles por estar adheridos permanentemente a un inmueble. Productos de la tierra o frutos de los árboles.
3º) Inmuebles por destinación. ciertos bienes muebles que la ley reputa inmuebles por estar permanentemente destinados al uso, cultivo o beneficio de un inmueble. Por ejemplo, los tubos de cañerías.

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4
Q

Qué significa que un bien sea comerciable, es lo mismo a que sea apropiable, ejemplifique

A

No es lo mismo ya que un bien comerciable son los que pueden ser objeto de relaciones jurídicas por los privados, de manera que sobre ellos puede recaer un derecho real o personal. Por ejemplo, la venta de un auto. Y los bienes apropiables son netamente los que tienen un dueño, por ejemplo, pedrito tiene un auto y lo quiere vender.

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5
Q

Defina, ejemplifique y distinga los bienes fungibles de los bienes consumibles.

A

Los bienes fungibles son los que pertenecen a un mismo género y se encuentran en un mismo estado. Y los bienes consumibles son los que atendida su natural función se destruyen en el primer uso.

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6
Q

Qué son los bienes de género y especies o cuerpos ciertos, ejemplifique.

A

individuo de una clase o género determinado perfectamente singularizado, por ejemplo, un auto de un color, modelo y año en específico.

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7
Q

Qué son los bienes nacionales de uso público, ¿Son sinónimos de los bienes fiscales?

A

Los bienes nacionales son todos aquellos que pertenecen a la nación, no son lo mismo a bienes fiscales ya que son aquellos que su uso no pertenece generalmente a los habitantes, pueden ocuparlas determinadas personas sin perjuicio de ello también que pueden autorizar a la comunidad a usar estos bienes. Por ejemplo, un bien fiscal sería el edificio de la municipalidad y un bien nacional serían las plazas.

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8
Q

Qué es un derecho personal según la ley, señale sus fuentes y de ejemplos de cada clase.

A

Según la ley los derechos personales o créditos son los que solo pueden reclamarse de ciertas personas que, por un hecho suyo o la sola disposición de la ley, han contraído obligaciones correlativas. Según el art 578 sus fuentes serían por la voluntad de la persona o por disposición de la ley.

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9
Q

Qué son los derechos reales, cuáles conoce ¿Existen derechos reales administrativos?

A

el derecho real es el que tenemos sobre una cosa sin respecto a determinada persona. Son derechos reales el de dominio, el de herencia, los de usufructo, uso o habitación, los de servidumbre activas, el de prenda e hipotecas. Se concibe como una relación persona-cosa, inmediata, absoluta, un derecho en la cosa. ¿existen derechos reales administrativos? Si, existen los derechos reales administrativos y están establecidos en chile por leyes especiales.

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10
Q

Define legalmente el dominio o propiedad.

A

Según el art 582 del cc “el dominio (que se llama también propiedad) es el derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponer de ella arbitrariamente; no siendo contra la ley o derecho ajeno.

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11
Q

Señale cuáles son las características o caracteres del dominio

A
  • Derecho absoluto
  • Derecho exclusivo
  • Derecho perpetuo
  • Derecho real.
  • Derecho excluyente.
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12
Q

Cuáles son los atributos del dominio. Suponga que usted es dueño de un taxi, cómo graficaría los atributos de la propiedad sobre ese bien, ejemplifique.

A

Los atributos del dominio son el uso, el goce y la disposición, en este caso yo como dueño del taxi tengo todas las facultades para ejercer cualquier acción sobre el vehículo sin que nadie pueda impedírmelo, mientras no sea contra la ley o derecho ajeno. Cualquier modificación al taxi sería la disposición que tiene el dueño sobre la cosa.

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13
Q

Qué son las cláusulas de no enajenar, cómo se clasifican, tratándose de las convencionales refiérase a su validez y a las distintas posturas doctrinarias.

A

Las cláusulas de no enajenar en chile son disposiciones contractuales que restringen o prohíben la transferencia o venta de un bien, para que estas sean válidas debe haber un interés válido del enajenante o adquiriente o tercero en prohibir la enajenación y esta no puede ser perpetua. Dentro de la clasificación, estas se dividen en convencionales que son establecidas por acuerdo entre partes y legales que son impuestas por la ley en situaciones específicas, por ejemplo, hipotecas. Sobre las cláusulas de no enajenar convencionales y su validez, existen 3 posturas, estas son: la doctrina mayoritaria Argumenta que, salvo en los casos en que la ley expresamente lo permite, la cláusula de no enajenar carece de validez. Se basa en que limita el dominio al privarlo de su atributo esencial de disposición, atentando contra el principio de la libre circulación de los bienes. Fundamento Legal: El Código Civil no resuelve expresamente el problema y contiene normas dispersas que reconocen o niegan su validez. Y finalmente tenemos el principio de autonomía de la voluntad que los autores defienden su validez, argumentando que, si es posible enajenar el dominio, también es posible limitarlo. La autonomía de la voluntad permite establecer restricciones contractuales.

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14
Q

Explique en qué consiste el sistema de título y modo para la adquisición del dominio, y en qué se diferencia de la teoría del efecto real del contrato.

A

El título es el antecedente o acto jurídico suficiente que habilita para adquirir el dominio, es el contrato o hecho que da origen al derecho de propiedad y el modo es el acto o evento que materializa la transferencia del dominio, por ejemplo, la tradición que es la entrega de la cosa vendida. En el caso del título y modo requieren confluencia de ambos elementos para que se transfiera el dominio, el titulo no transfiere el dominio por sí solo, pero es un antecedente necesario. Y el efecto real de contrato sostiene que tienen efectos directos sobre terceros, incluso sin tradición o entrega, por ejemplo, un contrato que confiere derechos reales como una hipoteca puede afectar a terceros sin necesidad de tradición. En resumen, el sistema de título y modo es fundamental para entender cómo se adquiere el dominio en chile mientras que la teoría del efecto real del contrato se centra en los efectos directos de ciertos contratos sobre terceros.

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15
Q

Qué es la copropiedad ¿Es contraria la copropiedad al carácter de exclusivo y excluyente propios del dominio?

A

La copropiedad en Chile implica compartir derechos sobre una cosa, manteniendo una parte proporcional de la propiedad sin dividir físicamente los bienes. Esta no es contraria al carácter exclusivo y excluyente propio del dominio ya que cada copropietario tiene derechos exclusivos sobre su unidad, pero también comparten responsabilidades y limitaciones en relación con los bienes comunes.

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16
Q

En qué casos es más evidente la dualidad título y modo de adquirir, y en qué casos no lo es según nuestro Código Civil (en qué supuestos el título y modo se confunden con mayor nitidez razone respecto de la tradición).

A

El caso más común es la compraventa y la tradición de los bienes inmuebles, porqué bienes inmuebles el título puede ser el título de cv y el modo es la inscripción en el conservador de bienes raíces.

Los casos donde se confunden los supuestos de título y modo lo encontramos en el artículo 684 n°5 del código civil, donde encontramos al mero tenedor. Yo soy dueño de un bien como, por ejemplo, de un piano, y llega un señor dueño de un productor y me pide que le venda el piano, pero debo seguir trabajando con el piano y le pido que me lo arriende, en base a esto sería el mero tenedor, reconocer dominio ajeno… a partir de una ficción nos evitamos la entrega para que constituya tradición. (a modo de ejemplo para explicar) (mero contrato, ficción legal).

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17
Q

Cómo se definen los modos de adquirir y cuáles son, ¿se trata de un catálogo taxativo?

A

Los modos de adquirir se refieren a los hechos o actos jurídicos que permiten la transferencia del dominio o de otros derechos reales. Aunque no existe una definición legal específica, la doctrina los conceptualiza como los medios a través de los cuales una persona adquiere la calidad de propietario. En el artículo 588 del código civil se enumeran, estos son la ocupación, la accesión, la tradición, y la sucesión por causa de muerte. Se entiende que el art 588 si es taxativo

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18
Q

Cómo se define la tradición, cuál es su naturaleza jurídica.

A

Según el cc es un modo de adquirir el dominio de la cosa y consiste en la entrega que el dueño hace de ellas a otro, habiendo por una parte la facultad e intención de transferir el dominio y por la otra parte, la intención y la capacidad de adquirirlo. Y su naturaleza jurídica es que es un acto jurídico bilateral que involucra a dos partes, su objetivo es extinguir la obligación.

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19
Q

Quiénes son las partes en la tradición y qué requisitos deben cumplir

A

Las partes son la persona que entrega la cosa, el dueño actual de la cosa), y la persona que recibe la cosa (el tradente y el adquirente. Los requisitos que deben cumplir son que tiene que haber la presencia de las dos partes, el consentimiento de los dos, la existencia de un título traslaticio de dominio. Y finalmente la entrega de la cosa.

20
Q

Por qué se dice que la tradición es un acto causado.

A

Un acto causado es aquel en el que existe una causa o motivo específico que justifica su realización, en el contexto de la tradición, se refiere a que la entrega de la cosa no es un acto aislado, sino que está causado por un título previo como un contrato de compraventa, donación, etc. Y la tradición como acto causado no ocurre de manera espontánea, está causada por un contrato o título que establece la obligación de transferir la cosa. En resumen, se dice que la tradición es un acto causado por un título previo, y su realización está justificada por la existencia de una causa o motivo específico

21
Q

Sobre qué tiene que haber consentimiento en la tradición

A

tiene que haber consentimiento del tradente y del adquirente, se exige la intención de transferir por una de las partes y de adquirir por la otra. esta se puede verificar por representantes sin ningún problema salvo que la ley lo especifique como en el testamento. (el consentimiento debe recaer sobre la cosa objeto de la tradición, el titulo que le sirve de causa y la persona a quien se efectúa la tradición.)

22
Q

¿Puede realizarse la tradición sobre bienes muebles de una forma distinta a las señaladas en el artículo 684 del CC?

A

no ya que la tradición de bienes muebles debe cumplir con uno de estos métodos para que se transfiera el dominio legalmente.

23
Q

Señale cómo se realiza en nuestra legislación, la tradición sobre bienes muebles, inmuebles, derecho real de herencia, derechos personales y litigiosos. Sea exhaustivo

A

la tradición sobre derechos reales muebles pueden ser real, ósea que es entregado por el tradente o ficta que se hace por medio de una ficción, símbolo o señal que representa la cosa, la ley 684 nos señala algunas formas. tradición sobre derechos reales sobre un bien inmueble es por medio de la inscripción de titulo en el registro del conservador de bienes raíces (la excepción es que la servidumbre es por escritura publica). tradición de derecho real de herencia se dice que no necesita una inscripción. tradición de derechos personales se verifica con la entrega del titulo echa por el cedente al cesionario, en este caso es un acto solemne donde debe anotarse en ese titulo el traspaso del derecho, designar cesionario y la firma del cedente.

24
Q

cómo se define el derecho real de usufructo. En qué se diferencia del cuasiusufructo

A

el usufructo se define como un derecho real que consiste en la facultad de gozar de una cosa con cargo de conservar su forma y substancia, y de restituirla a su dueño una vez que termine el usufructo. y la diferencia con el cuasiusufructo es que este ultimo recae sobre cosas consumibles como alimentos o recursos naturales y tiene reglas para la restitución al final del periodo de uso.

25
Q

¿Pueden ser el nudo propietario y el usufructuario la misma persona?

A

si y en este caso tendría pleno dominio de la cosa, lo que significa que tendría plena propiedad, uso, goce y disposición de la cosa.

26
Q

Quiénes son las partes en el usufructo.

A

el nudo propietario que es el dueño legal del bien, y el usufructuario que tiene el derecho de usar y disfrutar de la cosa, pero con la obligación de conservarla y restituirla al final del usufructo.

27
Q

Cuáles son los derechos y obligaciones que nacen de este derecho real (usufructo). Señale un título que le permita adquirir este derecho real

A

los derechos del usufructuario: facultad de usar la cosa, facultad de administración, facultad de gozar de la cosa, hipotecar el usufructo, ceder y enajenar el usufructo. y las obligaciones es gozar de la cosa sin alterar su forma y sustancia, gozar de la cosa como un buen padre de familia y pagar las expensar o mejoras para la conservación, y restituir la cosa fructuaria una vez extinguido el usufructo. y los derechos del nudo propietario es que puede enajenar la cosa, hipotecarla o transmitirla, reclamar la cosa fructuaria, derecho a indemnizaciones, etc.

28
Q

Cómo se define el fideicomiso.

A

según el articulo 733, se llama propiedad fiduciaria a la que está sujeta al gravamen de pasar a otra persona, por el hecho de verificarse una condición. (sus requisitos son que el bien sea susceptible de fideicomiso, exista el fiduciario y el fideicomisario y que exista una condición.)

29
Q

Qué es la prescripción adquisitiva o usucapión.

A

es un modo de adquirir el dominio de las cosas comerciables ajenas, por haberlas poseído durante cierto tiempo. es un modo de adquirir derivativo, es a titulo gratuito, es un modo de adquirir por actos entre vivos y tiene una naturaleza mixta ya que supone un hecho que es la posesión y el acto jurídico que es unilateral ya que debe alegarse. la cosa debe ser susceptible a ser ganada por prescripción, debe tener la posesión de la cosa y que esta no sea interrumpida, que no esté suspendida y tiene que haber transcurso del tiempo.

30
Q

Cuáles son las reglas comunes a toda prescripción

A
  • debe ser alegada
  • es irrenunciable
  • opera a favor o en contra de toda persona que tenga la libre disposición de lo suyo.
31
Q

Cuáles son los requisitos de la prescripción adquisitiva ordinaria

A
  • que la cosa sea susceptible de adquirirse por prescripción
  • la posesión
  • transcurso del tiempo
  • que no se encuentre interrumpida ni suspendida.
32
Q

Qué es la interrupción de la prescripción y cuáles son sus clases.

A

es todo hecho que, destruyendo una de las condiciones esenciales de la prescripción adquisitiva hace inútil todo el tiempo transcurrido, existen dos tipos:
- interrupción natural: porque se a hecho imposible ejercer actor posesorios respecto de la cosa o porque lo ha adquirido un tercero (puede recuperarse mediante acciones posesorias)
- interrupción civil: porque quien se pretende dueño interpone una acción judicial para recuperar la cosa. solo quien interpone la acción puede alegar la interrupción.

33
Q

Qué es la suspensión de la prescripción y a favor de quién opera.

A

es un beneficio establecido por la ley a ciertas personas, para que en su contra no corra la prescripción, mientras sura su incapacidad o el motivo que ha tenido en vista del legislador. estos son a favor de los incapaces absolutos, mujeres casadas en Sociedad Conyugal mientras dure esta y herencia yacente. (art 2509)(dif entre suspensión y interrupción)

34
Q

Cuáles son los requisitos de la prescripción extraordinaria y cómo opera.

A
  • requisitos legales
  • que la posesión sea irregular
  • que el transcurso de la posesión sea de 10 años
    esta corre contra toda persona y no se suspende. y es indiferente que la persona contra quien prescribe este o no presente.
35
Q

Puede un mero tenedor, adquirir un bien por prescripción.

A

no ya que se llama mera tenencia la que se ejerce sobre una cosa, no como dueño si no en lugar o a nombre del dueño, esto significa que se reconoce dominio ajeno y que tiene solo el corpus pero no el animus, y en este caso no podría porque el mero tenedor no es poseedor y uno de los requisitos de la prescripción es tener la posesión de la cosa.

36
Q

Cómo se define la acción reivindicatoria.

A

según el art 889 es la que tiene el dueño de una cosa singular, de que no está en posesión, para que el poseedor de ella sea condenado a restituírsela. la naturaleza de esta es que es una acción real

37
Q

Cuáles son sus requisitos de aplicación (acción reivindicatoria) y en qué procedimiento se ejerce

A

los requisitos de la acción reivindicatoria son:
- ser dueño de la cosa
- que el reivindicante esté privado de la posesión
- que la cosa sea susceptible de reivindicarse
en el procedimiento se ejerce contra el actual poseedor o contra el mero tenedor que retenga la cosa indebidamente, las medidas precautorias se tramitan en juicio ordinario con el objeto de asegurar los resultados del juicio, las obligaciones del poseedor vencido para con el reivindicante son restituir la cosa y la indemnización de los deteriores que hubiere causado en la cosa, restitución de los frutos y la indemnizacion de los gastos de custodia y aquí entran las prestaciones mutuas que son las devoluciones e indemnizazciones que recíprocamente se deben el reivindicante y el poseedor. y las obligaciones del reivindicante es indemnizar gastos invertidos en la producción de frutos y la indemnización por las mejoras. (mejoras necesarias, mejoras útiles, mejoras voluptuarias)
y derecho de retención del poseedor vencido hasta que el reivindicante le pague o asegure el pago.

38
Q

Qué y cuáles son las acciones posesorias. Señale sus requisitos comunes y específicos.

A

las acciones posesorias tienen por objeto conservar o recuperar la posesión de bienes raíces o de derechos reales constituidos en ellos. estas son la querella de amparo, la querella de restitución y la querella de restablecimiento. sus requisitos son que la persona tenga la facultad de entablar la acción (que tenga la cosa por un año sin interrupción) que la cosa sea susceptible de ampararse por la vía de accion posesoria, que la accion no esté prescrita. FALTA INFO

39
Q

Qué es la posesión, cuál es su naturaleza jurídica y cuáles son sus elementos

A

la posesión es la tenencia de una cosa determinada con animo de señor o dueño, sea que el dueño o el que se da por tal tenga la cosa por si mismo o por otra persona que la tenga en su lugar y a nombre de el. su naturaleza jurídica es que es un hecho porque si fuese derecho estaría dentro de los derechos reales, y al definir posesión señala que es la tenencia y la tenencia es un hecho. en este caso los elementos son el corpus que es la aprehensión material y el animus que es el ánimo de señor y dueño, se puede perder el corpus pero no el animus ya que este ultimo es el elemento determinante.

40
Q

Qué cosas se pueden poseer y cuáles no.

A

las cosas susceptibles de posesión son las cosas comerciables (quedando de lado las cosas comunes a todos los hombres y los bienes nacionales de uso publico), cosas determinadas. pudiendo ser cosas corporales como incorporales, ósea que hay posesión de los derechos.

41
Q

Cómo clasificaría ud. La posesión.

A

la posesión regular e irregular que son útiles y las posesiones viciosas que con inútil. (aprender definiciones)

42
Q

Cuáles son los requisitos de la posesión regular, refiérase a cada uno de ellos, conceptualice y ejemplifique.

A

está el justo titulo que es el antecedente o justificación de la posesión, las clases de titulo son el constitutivo que le da origen al dominio y el traslaticio que es para transferirlo y el declarativo que solo declara un derecho.
la buena fe inicial que esta se presume y solo es requisito que exista al momento de adquirirse la posesión.
y la tradición que si se invoca un titulo traslaticio de dominio es requisito la tradición.

43
Q

Cuáles son los requisitos de la posesión irregular.

A

la posesión irregular es la que carece de uno o más de los requisitos de la posesión regular (justo titulo, buena fe inicial o no ha realizado tradición). y en este caso solo se puede ganar el dominio por prescripción extraordinaria, 10 años para muebles y inmuebles.

44
Q

¿Puede un poseedor violento o clandestino adquirir por prescripción? Señale una sentencia que razone sobre este supuesto (Corte de Apelaciones o Corte Suprema).

A

no, ambas posesiones no permiten adquirir el dominio de a cosa por prescripción y el poseedor vicioso carece de acciones posesorias, en este caso solo puede ejercer la querella de restablecimiento. (la posesión violenta es que se adquiere por la fuerza o cuando se apodera de la cosa pacíficamente en ausencia del dueño y cuando este llega lo repele; y la posesión clandestina es la que se ejerce ocultando la cosa a los que tienen derecho de oponerse a ella, esta es temporal mientras dure la clandestinidad y desde que cesa deja de ser viciosa y pasa hacer poseedor irregular.)

45
Q

cómo se adquiere, mantiene y se pierde la posesión sobre bienes muebles, inmuebles no inscritos e inscritos (énfasis en la teoría de la posesión inscrita).
¿Cómo opera la posesión del derecho real de herencia?

A

la posesión del derecho real de herencia se adquiere desde el momento en que es deferida, y existen diferentes modos de adquirirlo, como la tradición y la prescripción. (tabla comparativa en resumen)