Cuestinario Laboral Teoria Flashcards

1
Q

DERECHO LABORAL

A

Es una rama del Derecho Público a través de la cual se estudia los principios y normas jurídicas que regulan las relaciones de patronos y trabajadores; establece los derechos y obligaciones de estos y las instituciones que permiten establecer sus conflictos.

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2
Q

TRABAJO:

A

Es toda actividad física o intelectual que una persona realiza para su beneficio o en beneficio de otra persona.

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3
Q

DONDE ESTA REGULADO EL DERECHO LABORAL:

A

Código de Trabajo Dto. 1441 del año 1;961; el cual es reforma del Dto. 330 de 1;945; este decreto 330 surge de la revolución de 1944. / Ley de Servicio Civil / Constitución / Convenios OIT

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4
Q

CUANTOS ARTICULOS TIENE EL CODIGO DE TRABAJO.

A

431 Artículos.

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5
Q

PATRONO:

A

Es la persona individual o jurídica que utiliza o aprovecha los servicios del trabajador a cambio paga una remuneración; en virtud de un contrato o relación de trabajo.

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6
Q

TRABAJADOR:

A

Es toda persona individual que presta a un patrono sus servicios materiales; intelectuales o de ambos; en virtud de un contrato o relación de trabajo.

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7
Q

Caracteristicas que conforman una RELACIÓN LABORAL Art. 18

A

1) Vinculo Económico Jurídico 2) El trabajador presta sus servicios personalmente o ejecuta una obra personalmente. 3) dependencia continuada 4) dirección inmediata o delegada 5) Remuneración

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8
Q

Que es un PRINCIPIO

A

Son los lineamientos o líneas directrices que inspiran la creación; interpretación y aplicación de las normas jurídicas.

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9
Q

PRINCIPIOS O CARACTERISTICAS IDEOLOGICAS DEL DERECHO DE TRABAJO:

A

Princicio de: 1) Tutelaridad 2) Derechos Mínimos 3) Irrenunciabilidad 4) Superación de los derechos mínimos 5) Necesariedad 6) Imperatividad 7) Realismo 8) Objetividad 9) Derecho Público 10) Democrático 11) Conciliación

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10
Q

PRINCIPIOS DOCTRINARIOS DEL DERECHO DE TRABAJO:

A

Principio de 1) Estabilidad laboral 2) Continuidad 3) Ausencia de Riesgo 4) Poco formalismo

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11
Q

PRINCIPIO DE TUTELARIDAD: Art. 103 CPRG; 30 CT y 4to. Considerando Literal “A” CT.

A

Consiste en que el Derecho de trabajo trata de compensar la desigualdad económica de patrono y trabajadores; otorgándoles a los trabajadores una protección jurídica preferente. El principio de tutelaridad no viola el principio de igualdad debido a que la Constitución impone que situaciones iguales sean tratadas normativamente de la misma forma y se impone también que situaciones distintas sean tratadas desigualmente conforme sus diferencias

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12
Q

No son derechos mínimos:

A

1)Contrato individual de trabajo 2) Pacto colectivo de trabajo 3) Reglamento interior de trabajo

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13
Q

PRINCIPIO DE SUPERACION DE LOS DERECHOS MÍNIMOS

A

Consiste en que patrono y trabajador pueden pactar derechos más allá de los derechos mínimos. Art. 102 CPRG.

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14
Q

PRINCIPIO DE IRRENUNCIABILIDAD

A

Este principio consiste en que los trabajadores se encuentran imposibilitados jurídicamente de privarse voluntariamente de los derechos que establece la legislación laboral en su favor. Art. 106 CPRG; 12 CT. Consecuencia: Son nulas de pleno derecho toda renuncia; disminución tergiversación o limitación a los derechos de los trabajadores. Art. 106 CPRG

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15
Q

COMO SE INTERPRETAN LAS NORMAS LABORALES

A

De acuerdo al artículo 10 de la LOJ. Textual (en el sentido literal de las palabras) Contextual (antes del texto) Constitucional (normas constitucionales) Integral (ver el conjunto de la ley) Se deberá tomar en cuenta el interés de los trabajadores en armonía de la conveniencia social. Art. 17 CT. Nota: En lo laboral; para interpretar no se utiliza el método teleológico; histórico; analógico equidad; o los principios grales. del derecho

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16
Q

PRINCIPIO DE REALISMO: Art. 103 CPRG; 4to. Considerando del CT.

A

Este principio consiste en que el derecho de trabajo estudia al individuo en su realidad social; resolviendo los conflictos con equidad atendiendo todos los factores económicos y sociales pertinentes.

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17
Q

CONTRATO:

A

Es un acuerdo de voluntades en virtud del cual se crean; modifican o extinguen obligaciones.

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18
Q

CONTRATO DE TRABAJO: Art. 18 CT.

A

Es un acuerdo de voluntades celebrado entre dos personas una de ellas a la que llamamos trabajador se compromete a prestarle sus servicios personalmente a la otra a la que llamamos patrono; bajo su dependencia continuada y su dirección inmediata o delegada y a cambio el patrono se compromete a pagarle una remuneración por dichos servicios.

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19
Q

RELACION DE TRABAJO:

A

Es el vínculo económico jurídico entre dos personas; desde el momento que una de ellas a la que llamamos trabajador le presta sus servicios personalmente a la otra; a la que llamamos patrono; bajo su dependencia continuada y su dirección inmediata o delegada y a cambio el patrono se compromete a pagarle una remuneración por dichos servicios.

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20
Q

CUANDO SE PERFECCIONA EL CONTRATO DE TRABAJO: Art. 19

A

Desde el momento en que se inicia la relación laboral; o sea desde que surge el vínculo económico jurídico entre ellos.

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21
Q

CUANDO INICIA LA RELACIÓN LABORAL Art. 19 CT

A

Cuando el trabajador inicia a prestarle sus servicios al patrono siempre que se de en las cinco condiciones que indica el art. 18 del CT.

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22
Q

PRINCIPIO DE IMPERATIVIDAD DE LA RELACIÓN LABORAL: ART. 19.2

A

Consiste en que toda prestación de servicios o ejecución de obra que se realice conforme a las cinco características del art. 18 no importa que contrato se celebrara se tendrá por laboral.

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23
Q

ACTITUDES DEL TRABAJADOR SI EL PATRONO LE CAMBIA LAS CONDICIONES DE TRABAJO.

A

1)Denuncia ante inspección de trabajo para que sancione al patrono. 2) Darse por DESPEDIDO EN FORMA INDIRECTA (Art. 79.j.) 3) Aguantarse por necesidad (no es legal)

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24
Q

MODALIDADES O CLASES DE CONTRATO DE TRABAJO: Art. 25

A

a) Por Tiempo Indefinido b) A plazo fijo c) para Obra Determinada.

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25
Q

POR TIEMPO INDEFINIDO:

A

Trabajador permanente. (requisito legal: cuando el servicio que se va a prestar sea de naturaleza permanente o continuada)ej. Maestro.

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26
Q

A PLAZO FIJO:

A

Sujeto a condición; existe fecha inicio y de terminación;. (requisito legal: cuando el servicio que se va a prestar sea de NATURALEZA ACCIDENTAL O TEMPORAL) ej. Un interinato para cubrir a una secretaria en su prenatal y post natal. Ej. Contrato a un enfermero para dar primeros auxilios por un mes.

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27
Q

PARA OBRA DETERMINADA:

A

Se contrata un trabajador para que realice una obra; incluyendo todas sus prestaciones; en el pago total el salario; aguinaldo proporcional; bono 14 proporcional; vacaciones proporcionales; etc. Es decir; todas sus prestaciones. (requisito legal: cuando el servicio que se va a prestar sea de naturaleza accidental o temporal) ej. La construcción de una casa.

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28
Q

Art. 27 Cuatro contratos individuales que PUEDEN SER VERBALES; cuando se refiera:

A

a) agrícolas o ganaderas b) Servicio Doméstico c) accidentales o temporales que no excedan de 60 días d) para obra determinada; con valor que no exceda de Q100.00 y 60 días

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29
Q

El patrono queda obligado en el momento de celebrar el contrato verbal a suministrar al trabajador; UNA TARJETA O CONSTANCIA en la que conste:

A

1) La fecha de iniciación de la relación de trabajo 2) salario estipulado 3) Y al vencimiento de cada periodo de pago; el número de jornadas trabajadas o de tareas u obras realizadas

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30
Q

Artículo 31 y 32 TIENEN CAPACIDAD PARA CONTRATAR SU TRABAJO:

A

1) Los menores de edad; de uno u otro sexo; de 14 o más años 2) Los insolventes 3)Los fallidos.

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31
Q

Los contratos de trabajo celebrados con los jóvenes que tengan MENOS DE 14 AÑOS se deben celebrar:

A

-Con LOS REPRESENTANTES LEGALES de estos - AUTORIZACION DE INSPECCION GENERAL DE TRABAJO

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32
Q

Que tipo de relación tiene el representante patronal con el Patrono?

A

LABORAL de patrono ha empleado. Puede que no sea laboral a través de un Mandatario Art.4.2

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33
Q

Diferencia entre Reclutador e Intermediario:

A

RECLUTADOR: Es la persona individual que contrata trabajadores en nombre del patrono INTERMEDIARIO: Es la persona individual o Jurídica que contrata trabajadores en nombre propio. (No proporciona equipo ni capital) el que los proporciona es el Patrono.

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34
Q

Forma del Contrato de trabajo: Art. 27 y 28

A

Escrita o Verbal

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35
Q

OBLIGACIONES DE LOS Sujetos Laborales Art. 61 CT

A

La principal obligación del patrono es el pago de salario y la del trabajador es la prestación del servicio Art. 18 y 65 CT.

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36
Q

OBLIGACIONES DE LOS PATRONOS. Art. 61

A

A)Enviar dentro del improrrogable plazo de los dos primeros meses de cada año a la Dirección General de Trabajo un Informe IMPRESO; que incluya los EGRESOS Totales que hayan tenido por concepto de salarios; bonificaciones y cualquier otra prestación económica. B) Preferir en igualdad a los GUATEMALTECOS; y a los que hayan servido bien. C) Guardar la debida CONSIDERACIÓN; absteniéndose de insultarlos o pegarles. D) Suministrarle INSTRUMENTOS Y ÚTILES necesarios para ejecutar el trabajo. E) Proporcionar un LOCAL para guardar los instrumentos. F) PERMITIR LA INSPECCIÓN y vigilancia del Ministerio de Trabajo; rel. Art. 281.c. G) PAGAR al trabajador el salario. H)Concederles permiso para ejercer el SUFRAGIO ELECTORAL.

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37
Q

PROCEDIMIENTO Y SANCIONES POR FALTAS COMETIDAS POR PATRONOS.

A

EN LA VIA DE LOS INCIDENTES; las multas se dejaron las mismas del art. 272.

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38
Q

Toda violación a una disposición preceptiva del título III (salarios; jornadas; descansos)

A

Multa de 3 a 12 salarios mínimos mensuales

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39
Q

Para PATRONOS:

A

Multa de 2 a 10 salarios mínimos mensuales Para TRABAJADORES: Multa de 1 a 5 salarios mínimos mensuales ej. 256.2

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40
Q

Art. 65. SUSPENSION DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO DEFINICION:

A

Una o ambas partes; dejan de cumplir sus obligaciones fundamentales; parcial o totalmente; durante un tiempo determinado; sin que por ello terminen los contratos.

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41
Q

CLASES DE SUSPENSION DE CONTRATO DE TRABAJO:

A

INDIVIDUAL: Afecta una sola relación laboral. (patrono o trabajador) COLECTIVA: Afecta la totalidad o la mayoría de relaciones laborales que estén vigentes; por la misma causa. PARCIAL: Cuando una sola de las partes deja de cumplir sus obligaciones fundamentales. TOTAL: Cuando ambas partes dejan de cumplir con sus obligaciones fundamentales.

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42
Q

RIESGOS SOCIALES:

A

Hay dos grandes riesgos sociales: ENFERMEDADES Y ACCIDENTES.

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43
Q

Art. 66. Son causas de SUSPENSION INDIVIDUAL PARCIAL de los contratos de trabajo

A

a)Las licencias; descansos remunerados de ley con goce de salario; b) Las enfermedades; los riesgos profesionales acaecidos; los descansos pre y post natales; y los demás riesgos sociales análogos que produzcan incapacidad temporal comprobada; c) La obligación de trabajo SIN goce de salario adicional que impone el art. 63.e

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44
Q

Art. 68. Son causas de SUSPENSION INDIVIDUAL TOTAL de los contratos de trabajo:

A

A)Las licencias o descansos SIN goce que acuerden. B) Los casos previstos en el art. 66.b; una vez transcurridos los términos en los que el patrono está obligado a pagar medio salario; como se alude en dicho artículo. C) La prisión provisional; la prisión simple y el arresto menor que en contra del trabajador se decrete.

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45
Q

Art. 70. Son causas de SUSPENSION COLECTIVA PARCIAL de los contratos de trabajo:

A

a) La huelga legalmente declarada; imputables al patrono; b) En los casos previstos por los artículos 251;252 segundo párrafo. C)La falta de materia prima para llevar adelante los trabajos; imputable al patrono.

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46
Q

Art. 71. Son causas de SUSPENSION COLECTIVA TOTAL de los contratos de trabajo

A

a) La huelga legalmente declarada; causas NO hayan sido estimadas imputables al patrono b) El paro legal; c) falta de materia prima; NO sea imputable al patrono d) La muerte o la incapacidad del patrono; cuando tenga como consecuencia del trabajo.

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47
Q

CUANDO HAY TERMINACION DE CONTRATOS:

A

Cuando cesa efectivamente la relación laboral

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48
Q

DESPIDO DIRECTO JUSTIFICADO:El trabajador debe incurrir en algunas de las causas que la ley señala como causas justas para poder ser despedido.

A

a) inmoral; injuria; a la calumnia o a las vías de hecho contra patrono o compañero de trabajo b) cometa algún delito o falta contra la propiedad en perjuicio del patrono; o compañeros c) revelación de secretos; d) ausencia injustificada e) se niege a evitar accidentes o enfermedades; f) infrinja prohibiciones del artículo 64 g) haya inducido en error al patrono; h) Pena de arresto o prisión por sentencia. i)Falta Grave a obligaciones del contrato.

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49
Q

EN QUE CONSISTEN LAS VIAS DE HECHO:

A

En agresiones físicas o agresiones verbales al patrono.

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50
Q

EL TRABAJADOR TIENE UN PLAZO PARA RECLAMAR LAS PRESTACIONES DE:

A

2 años. Art. 264

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51
Q

Art. 266. EL TÉRMINO DE PRESCRIPCIÓN SE INTERRUMPE:

A

a) demanda o gestión ante autoridad; b) que la persona a cuyo favor corre la prescripción reconozca; el derecho de aquel contra quien transcurre el término de prescripción. c) fuerza mayor o caso fortuito.

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52
Q

Art. 267. CUAL ES EL EFECTO DE LA INTERRUPCIÓN:

A

Inutilizar para la prescripción todo el tiempo corrido antes de que aquella ocurra.

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53
Q

Art. 84. SE PODRÁ PONERLE TÉRMINO A LOS CONTRATOS A PLAZO FIJO Y PARA EJECUCIÓN DE OBRA DETERMINADA; ANTES DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO SIN JUSTA CAUSA?

A

SI; pagando a la otra daños y perjuicios correspondientes a juicio del inspector o si ya ha surgido litigio; a juicio de los tribunales de trabajo y previsión social.

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54
Q

Art. 84.2 A CUANTO EQUIVALE EL ANTICIPO QUE DEBE DARLE EL PATRONO AL TRABAJADOR CUANDO SE LE PONE TÉRMINO A UN CONTRATO A PLAZO FIJO O PARA OBRA DETERMINADA ANTES DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO.

A

No puede ser inferior a un día de salario por cada mes de trabajo continuo ejecutado

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55
Q

QUIENES SON LAS PERSONAS BENEFICIARIAS DE LA INDEMNIZACIÓN POST MORTEN:

A

Herederos o Concubina

56
Q

CONCUBINA:

A

Es la persona con quien convive maridablemente.

57
Q

COMO SE ACREDITA LA CALIDAD DE BENEFICIARIO EN LA INDEMNIZACIÓN POST MORTEN:

A

Atestados del Registro civil; o por cualquier medio de prueba que no sea prohibido. (fotos; videos; testigos)

58
Q

EN QUE TIEMPO PRESCRIBE EL DERECHO DE LOS BENEFICIARIOS DE RECLAMAR LA INDEMNIZACIÓN POST. MORTEN.

A

Es imprescriptible

59
Q

CUANDO SUCEDE LA MUERTE DEL TRABAJADOR Y NO GOZABA DE LA PROTECCION DEL IGSS; LA OBLIGACION DEL PATRONO ES LA DE CUBRIR LA INDEMNIZACIÓN POST MORTEN. ¿A CUANTO EQUIVALE?

A

Un mes de salario por cada año trabajado; dicha indemnización debe cubrirla el patrono en mensualidades equivalentes al monto del salario que por el propio lapso devengaba el trabajador. Art. 102.p CPRG antinomia con 85.a CT

60
Q

ES NECESARIO QUE SE DECLAREN LOS HEREDEROS DE ACUERDO A UN PROCESO SUCESORIO; PARA ENTREGAR LA INDEMNIZACIÓN POST MORTEN.

A

No es necesario que se requieran las formalidades legales conforme al derecho común. (la declaración la realiza los tribunales de trabajo y previsión social (EN INCIDENTE) Esta declaración no puede ser invocada para otros fines.

61
Q

Art. 86 TERMINACION DEL CONTRATO POR DISPOSICIÓN LEGAL SIN RESPONSABILIDAD PARA LAS PARTES:

A

1)Por el vencimiento del plazo en los contratos a plazo fijo y por la conclusión de la obra en los contratos para obra determinada. 2) Por mutuo consentimiento.

62
Q

Art. 82. e). EL PATRONO PUEDE DESPEDIR A UN TRABAJADOR POR CAUSA DE ENFERMEDAD O INVALIDEZ PERMANENTE O VEJEZ; NO ESTA OBLIGADO A SATISFACER INDEMNIZACIÓN SIEMPRE Y CUANDO?

A

Este protegido por los beneficios del IGSS (se tramita la pensión ante el IGSS y cuando está aprobada se procede a despedirlo)

63
Q

EL TRABAJADOR PUEDE RENUNCIAR POR ENFERMEDAD CUANDO SE VEA IMPOSIBILITANDO DE SEGUIR TRABAJANDO ¿QUE OBLIGACIÓN TIENE EL PATRONO SI NO ESTA CUBIERTO POR EL IGSS?

A

Cubrir el 50 por ciento de la indemnización;

64
Q

SI ESTA CUBIERTO POR EL IGSS Y EL ESTUDIO ACTUARIAL SEA MENOR QUE LO QUE LE CORRESPONDERÍA EN LA INDEMNIZACIÓN. ¿QUE OBLIGACION TIENE EL PATRONO?

A

Cubrir la diferencia que resulte para completar tal indemnización.

65
Q

SALARIO Art. 88

A

Es la retribución que el patrono debe pagar al trabajador en virtud del cumplimiento del contrato de trabajo o de la relación de trabajo vigente entre ambos.

66
Q

LA JORNADA EXTRAORDINARIA ES PARTE DEL SALARIO:

A

Si; Art. 121; 93; CT; Art. 102.g CPRG

67
Q

LA BONIFICACION INCENTIVO ES PARTE DEL SALARIO:

A

Si; de acuerdo al convenio 95 OIT Art. 1

68
Q

PRINCIPIO DE AUSENCIA DE RIESGOS: Art. 88 último parrafo

A

Consiste en que la participación que haga el patrono; en ningún caso el trabajador debe asumir los riesgos de pérdidas que tenga el patrono. Rel. art. 92.2

69
Q

PRINCIPIOS QUE RIGEN AL SALARIO:

A
  1. Todo trabajo debe ser equitativamente remunerado. 2. Igualdad salarial 3. Pago en moneda de Curso legal. Excepto cheque o productos alimenticios. 4.Inembargabilidad del salario Art. 102.e CPRG; 96 CT.
70
Q

¿CADA CUANTO SE DEBE AJUSTAR EL SALARIO MÍNIMO?

A

Cada Año. Art. 113

71
Q

EN QUE CONSISTE EL SUBEMPLEO?

A

Es desempeñar un trabajo inferior al es que está preparada la persona.

72
Q

Art. 103 ¿CUÁL ES LA FINALIDAD DE FIJAR EL SALARIO MÍNIMO?

A

Satisfacer necesidades normales; básicas; morales y culturales

73
Q

EXCEPCIÓN SALARIO MÍNIMO:

A

Trabajo de Aprendizaje

74
Q

SALARIOS MÍNIMOS ESPECIALES:

A

Panificadores; Reposteros Medios de comunicación.

75
Q

COMISION NACIONAL DEL SALARIO:

A

Organismo técnico y consultivo encargado de asesorar al Ministerio de Trabajo y Previsión Social en la política general del salario.

76
Q

COMISIONES PARITARIAS:

A

Son las encargadas de realizar una investigación y proponer de común acuerdo un salario mínimo.

77
Q

CUANTAS COMISIONES PARITARIAS EXISTEN;

A

En cada departamento o circunscripción económica. Actualmente hay 2; para actividades agrícolas y no agrícolas.

78
Q

Art. 105 ¿POR CUANTAS PERSONAS ESTAN CONFORMADAS LAS COMISIÓNES PARITARIAS?

A

5 patronos; 5 trabajadores y 1 inspector de trabajo (acuerdo gubernativo 777-94). Para la integración de la comisión de salario Mínimo existe un reglamento de la comisión nacional del salario Mínimo y de las comisiones paritarias del salario mínimo.

79
Q

Art. 107. CUANTO DURAN EN SUS CARGOS LOS INTEGRANTES DE LAS COMISIONES PARITARIAS..

A

Dos años.

80
Q

Art. 108.COMO SE NOMBRAN A LOS INTEGRANTES DE LA COMISION PARITARIA DEL SALARIO MÍNIMO.

A

Deben ser nombrados por el Ministerio de Trabajo y Previsión social; dentro de los 20 primeros días del mes de enero del año que corresponda.

81
Q

REP. PATRONOS:

A

Cada asociación patronal (Cacif; cámaras) debe proponer 10 o más candidatos para cada comisión; dentro de los que se han de escoger los más aptos y que reúnan los requisitos de ley.

82
Q

REP. TRABAJADORES:

A

Debe hacerse entre los miembros de los comités ejecutivos de todos los sindicaos de trabajadores legalmente constituidos en cada departamento o circunscripción económica; que reúnan los requisitos de ley.

83
Q

EFECTOS del Salario Minimo

A

La fijación del Salario mínimo modifica automáticamente los contratos de trabajo

84
Q

TIEMPO DE TRABAJO EFECTIVO:

A

Es aquel en que el trabajador permanecerá a las órdenes del patrono Art 116 CT; 102.g CPRG.

85
Q

POR LAS CONSTANCIA EN QUE SE PRESTEN LOS SERVICIOS LAS JORNADAS PUEDEN SER:

A

Ordinarias yExtraordinarias.

86
Q

LIMITES DE JORNADA:

A

DIURNO: 8 horas diarias 44 a la semana; extraordinaria (4 horas); hasta 12 horas diarias NOCTURNA: 6 horas diarias 36 a la semana; extraordinaria (6 horas); hasta 12 horas diarias. MIXTA: 7 horas diarias 42 a la semana; extraordinaria (5 horas); hasta 12 horas diarias.

87
Q

Art. 118. PUEDE HABER AUMENTO DE JORNADA ORDINARIA?:

A

Si; hasta en dos horas diarias; siempre que por su propia naturaleza no sean insalubres o peligrosos; y no exceda de los límites de cuarenta y cuatro horas; treinta y seis horas y cuarenta y dos horas que para la jornada diurna; nocturna o mixta se determine.

88
Q

TIPOS DE JORNADA

A

CONTINUA (derecho a descanso mínimo de media hora dentro de esa jornada; se computa como tiempo de trabajo efectivo) Art. 119 DISCONTINUA. (Dividida en periodos de descansos; debe pactarse en contrato.) Art. 119

89
Q

Art. 122. EL LIMITE DE JORNADAS ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS NO PUEDEN EXCEDER DE:

A

Un total de 12 horas diarias.

90
Q

Art. 124. NO ESTAN SUJETOS A LAS LIMITACIONES DE JORNADA DE TRABAJO.

A

1) representantes del patrono. 2) Los que laboren sin fiscalización superior inmediata 3) puestos de vigilancia o que requieran su sola presencia 4)trabajen fuera del local donde esté establecida la empresa.

91
Q

SI UNA PERSONA LABORÓ ÚNICAMENTE 5 DÍAS TENDERA DERECHO A DESCANSO SEMANAL?

A

SI; la semana laboral se computará de cinco a seis días. Art. 126

92
Q

SI UNA PERSONA SE ENFERMO DOS DÍAS Y NO LABORÓ TENDRÁ DERECHO A DESCANSO SEMANAL?

A

Por enfermedad no se interrumpe la continuidad laboral art. 82 literal C y D.

93
Q

ASUETOS ESPECIALES:

A

Día de la madre Dto. 1794 Día de la secretaria Dto. 25-94

94
Q

Art. 130. EL TIEMPO QUE EL TRABAJADOR SE ENFERME Y NO LABORE TENDRÁ DERECHO A VACACIONES?:

A

SI; por enfermedad no se interrumpe la continuidad del trabajo Art. 130 y 82 c) y d)

95
Q

Art. 131. CUAL ES EL REQUISITO PARA QUE EL TRABAJADOR TENGA DERECHO A VACACIONES?

A

Haber trabajado durante un año por lo menos 150 días.

96
Q

QUIENES SON TRABAJADORES CAMPESINOS:

A

Los peones; los mozos; jornaleros; ganaderos; cuadrilleros; y otros análogos.

97
Q

DE QUE FORMA SE CONTRATAN LOS TRABAJADORES CAMPESINOS:

A

Por tarea.

98
Q

Art. 139. CUANDO SE CONTRATA A UN TRABAJADOR Y SE PERMITE QUE LABOREN SUS PARIENTES ¿SERA QUE HAY RELACION LABORAL?

A

Si; ya que la relación laboral se perfecciona en el hecho mismo de iniciar las labores.

99
Q

Art. 199.2 EN QUE CONSISTE EL TRABAJO DE FAMILIA:

A

Es el que se ejecuta por los cónyuges; los que viven como tales o sus ascendientes o descendientes en beneficio común y en el lugar donde ellos habiten.

100
Q

Art. 141. PARA SER REPRESENTANTE O INTERMEDIARIO DE UN PATRONO SE NECESITA:

A

Autorización Escrita de la Inspección General de Trabajo - Carta Poder renovable cada año con visto bueno de la Inspección General de Trabajo

101
Q

Art. 142 ES OBLIGACION DEL PATRONO O DE SU REPRESENTANTE EXIGIR AL TRABAJADOR CAMPESINO; ANTES DE SER CONTRATADO QUE PRESENTE:

A

Constancia de trabajo Art. 87 CT

102
Q

Art. 143 ES OBLIGACION DE LA INSPECCION GENERAL DE TRABAJO INSTRUIR A LOS TRABAJADORES CAMPESINOS PARA QUE LOS REPRESENTANTES DEL PATRONO LES EXHIBAN:

A

la carta poder; antes de contratar sus servicios.

103
Q

Art. 61 l;m;n; QUE OBLIGACIONES TIENE EL PATRONO CON LOS TRABAJADORES CAMPESINOS.

A

Proporcionarles vivienda; leña para su consumo; agua; frutos; lugar donde tengan sus animales domésticos; pastos naturales.

104
Q

AL FINALIZAR LA RELACION LABORAN ENTRE PATRONO Y CAMPESINO; ESTE TIENE 30 DÍAS PARA DESOCUPAR EL INMUEBLE; ¿QUE TRAMITE SE INTERPONDRÍA SI EL TRABAJADOR NO DESOCUPA EL INMUEBLE?

A

Incidente de lanzamiento. Art. 63 i.

105
Q

CAPACIDAD DE LOS MENORES DE EDAD PARA CONTRATAR SU TRABAJO:

A

Que tengan 14 años o más Art. 31 Esto constituye una violación al Derecho Laboral por el CONVENIO 138 DE LA OIT ratificado por Guatemala; en el que consta en que la capacidad de los menores de edad para contratar su trabajo debe ser de 15 años. En el cual se comprometen los países signatarios de ir eliminando paulatinamente el trabajo de menores.

106
Q

PUEDEN TRABAJAR LOS MENORES DE 14 AÑOS:

A

Está prohibido; Art. 148 l. e.

107
Q

Art. 150. EXCEPCION DE QUE PUEDEN TRABAJAR LOS MENORES DE 14 AÑOS; SIEMPRE Y CUANDO LA INSPECCION GENERAL DE TRABAJO LO AUTORICE Y SE COMPRUEBE LO SIG:

A

a) vía de aprendizaje o necesidad b) Trabajos livianos compatibles con su físico c) la obligatoriedad de su educación.

108
Q

QUE ESTIPULA EL CONVENIO 182 OIT SOBRE EL TRABAJO DE MENORES:

A

Peores formas de trabajo infantil; tales como que el menor trabaje en condiciones insalubres o peligrosos; prostitución; narcotráfico; guerras; el compromiso es eliminar estos trabajos.

109
Q

Art. 148. QUE JORNADAS ESTAN PROHIBIDAS PARA EL TRABAJO DE LOS MENORES DE EDAD:

A

Jornada nocturna; Mixta y Extraordinaria.

110
Q

DISCRIMINACIÓN: 151 b)

A

Hacer diferencia entre mujeres solteras y casadas; o mujeres que estén con responsabilidades familiares; para los efectos del trabajo.

111
Q

INAMOVILIDAD: 151 c)

A

Gozan de este derecho las trabajadoras que estuvieren en estado de embarazo o periodo de lactancia. (descanso pre y post-natal)

112
Q

EXCEPCION DE LA INOMOVILIDAD DE QUE GOZAN LAS TRABAJADORAS EN ESTADO DE EMBARAZO O PERIODO DE LACTANCIA: 151 c)

A

Incurrir en una falta establecida en el artículo 77;

113
Q

QUE PASA SI SE DESPIDE A ESTA MUJER SIN DECLARACIÓN JUDICIAL:

A

Podrá solicitar la reinstalación a través de un Juicio Ordinario laboral.

114
Q

PARA GOZAR DE INAMOVILIDAD LA TRABAJADORA DEBERÁ APORTAR AL PATRONO: 151 d)

A

Certificación médica de su estado de embarazo dentro de los dos meses siguientes.

115
Q

DESCANSO PRE Y POST NATAL: 152

A

retribuido el 100% de su salario durante los 30 días (pre-natal) y los 54 (post-natal)

116
Q

QUIEN ES EL ENTE QUE DEBE PAGAR EL SALARIO A LA MUJER TRABAJADORA EN EL PERIODO DE DESCANSO PRE Y POST NATAL: 152 b)

A

El patrono; pero si está acogida a los beneficios del IGSS lo hará este último.

117
Q

QUE OBLIGACION TIENE EL PATRONO SI SE TRATA DE UN ABORTO NO INTENCIONAL O DE PARTO PREMATURO NO VIABLE: 152 c)

A

El descanso se reducirá a la mitad.

118
Q

PERIODO DE ADAPTACIÓN: 152 f)

A

Es la licencia que tendrá derecho la trabajadora que adopte a un menor de edad; que equivale al post-parto (54 días)

119
Q

PERIODO DE LACTANCIA: 153

A

de media hora 2 veces al día durante sus labores; hasta 10 meses

120
Q

GUARDERIAS: ART. 155

A

más de 30 trabajadoras para hijos menores de 3 años.

121
Q

TRABAJO A DOMICILIO: Art. 156

A

El trabajador presta su trabajo o sus servicios al patrono en su domicilio sin supervisión directa del patrono; pero bajo la subordinación del mismo.

122
Q

CUAL ES EL UNICO TRABAJO EN EL QUE SE SENTENCIA AL PATRONO POR INCUMNPLIMIENTO CON UNA DOBLE INDEMNIZACIÓN:

A

Trabajo a domicilio art. 159.2

123
Q

OBLIGACIONES DE LOS PATRONOS Resp. Trabajo a Domicilio Art. 157

A

Todo patrono que ocupe a uno o más trabajadores a domicilio; debe de llevar un libro sellado y autorizado por la dirección general de trabajo

124
Q

DERECHO DE RETENCIÓN: ART. 158

A

Los trabajos defectuosos o el evidente deterioro de materiales autorizan al patrono para retener hasta la 10ma parte del salario que perciban los trabajadores a domicilio; mientras se discuten y declaran las responsabilidades consiguientes.

125
Q

OBLIGACION DEL PATRONO de establecer LOCAL Art. 160

A

cuando 10 o más trabadores le soliciten

126
Q

TENDRÁN DERECHO AL SALARIO MÍNIMO LOS TRABAJADORES DOMESTICOS:

A

Si; Art. 103 (todo trabajador tiene derecho a devengar un salario mínimo que cubra sus necesidades normales de orden material; moral y cultural y que le permita satisfacer sus deberes como jefe de familia)

127
Q

CUAL ES EL ÚNICO TRABAJO EN EL CUAL NO HAY OBLIGACION DE PAGAR EL SALARIO MÍNIMO:

A

Trabajo de Aprendizaje.

128
Q

QUE COMPRENDE ADEMÁS DEL PAGO EN DINERO; EN EL TRABAJO DOMESTICO:

A

Suministro de habitación y manutención; salvo pacto en contrario.

129
Q

QUE DEBE EXIGIR EL PATRONO AL TRABAJADOR DOMESTICO ANTES DE FORMALIZAR EL CONTRATO DE TRABAJO Y COMO REQUISITO ESENCIAL:

A

La presentación de un certificado de buena salud; expedido dentro de los 30 días anteriores a la presentación del mismo.

130
Q

SON APRENDICES:

A

Los que se comprometen a trabajar a un patrono a cambio de que éste les enseñe en forma práctica; un arte; profesión y oficio; sea directamente o por medio de un tercero; y les de la retribución convenida; LA CUAL PUEDE SER INFERIOR AL SALARIO MÍNIMO.

131
Q

EL CONTRATO DE TRABAJO DE APRENDIZAJE SOLO PUEDE ESTIPULARSE: Art. 171

A

A PLAZO FIJO la inspección general de trabajo debe vigilar porque todo contrato de aprendizaje dure únicamente el tiempo que a su juicio sea necesario tomando en cuenta; la edad del aprendiz; la clase y método de enseñanza y la naturaleza del trabajo.

132
Q

OBLIGACION DEL PATRONO AL TÉRMINO DE LOS CONTRATOS DE APRENDIZAJE: Art. 172

A

Expedir certificado DEL aprendizaje de un arte; profesión u oficio de que se trate; dicho certificado debe ser entregado en un plazo de 24 horas.

133
Q

EL APRENDIZ PUEDE PONER TÉRMINO AL CONTRATO CON UN SOLO AVISO PREVIO DE:

A

5 días.

134
Q

Art. 183.

A

No pueden las partes dar por concluido ningún contrato de embarco ni aún por justa causa; mientras la nave esté en viaje;

135
Q

Art. 188.

A

Es ilegal la huelga que declaren los trabajadores cuando la embarcación se encuentre navegando o fondeada fuera de puerto.

136
Q

PATRONO (EMBARCO):

A

Es el naviero o armador; propietario o no de la nave; que la pareja pertrecha y expide a su propio nombre y por su cuenta y riesgo.

137
Q

DERECHO PROCESAL LABORAL:

A

Es una rama del Derecho de trabajo a través de la cual se estudian los principios y normas jurídicas que regulan el desarrollo y eficacia del proceso laboral; como un mecanismo para resolver los distintos conflictos que surgen entre patronos y trabajadores con ocasión de la relación de trabajo.